Sep 222013
 

Álvarez Ruíz, Fernando: «Una Piedad de Gregorio Hernández»

Bueno Rocha, José: «La cuestión del obispo Nepopis de Mérida»

Bueno Rocha, José: «Sepulturas pétreas en Los Arenales de Cáceres»

Fernández Serrano Francisco: «La religiosidad del Doctor Sorapán yRieros»

Fernández Serrano, Francisco: «El doctorado teológico del historiador Solan de Figueroa»

González Ramos, Vicente: «El obispo Fray Francisco Barbado Viejo»

Guerín Betts, Patricio: «Los obispos cistercienses de Badajoz»

Jiménez Priego, Mª Teresa: «Documentos de la Colegiata de Zafra»

Martín Vizcaíno, José: «La Cofradía de la Virgen del Puerto en Madrid»

Muñoz Gallardo, Juan Antonio: «Apuntes históricos de la sede Metropolitana de Mérida»

Muñoz Gallardo, Juan Antonio: «Biografía de D. Vicente Barrantes Moreno»

Núñez Martín, Ramón: «D. Juan Tena, Hijo Ilustre de Trujillo»

Paule Rubio, Ángel: «Villanueva de la Sierra y la primera fiesta del árbol»

Rodríguez Amores, Lorenzo: «Un pueblo trujillano: Navalvillar de Pela»

Sánchez Alegría, Eleuterio: «El ascetismo español, factor decisivo en la retirada de Carlos V a Yuste»

Sánchez Morales, Narciso: «Los desiertos carmelitanos. San José de las Batuecas»

Soria Sánchez, Valentín: «Monjes y Monasterios de Jarandilla»

Oct 011972
 

Patricio Guerín Betts.

Cronológicamente casi veinte años de diferencia, de hecho perfecta continuidad. No sabemos qué gracia ni qué desgracia tenía esta diócesis para recibir obispos de extraordinaria valía y cuando más estaban rindiendo, perderlos o por la muerte o por traslado. Citemos a un san Juan de Ribera, que cuanto menos estuvo en Badajoz más estuvo en Valencia.

De los dos cistercienses el primero fue don Fray Angel Manrique. Llegó ya muy gastado, si bien con óptima disposición. Emprendió la labor de un joven, la Visita pastoral asidua, seguida de un sínodo en 1648. Era la base firme de una renovación de la diócesis. El error en designarle tan tardíamente frustró tan intensa y meritoria labor.

Entre los que rindieron homenaje a su memoria fue don Fray Francisco Rois de Mendoza, monje cistercienses de Valparaíso, que tuvo la oración fúnebre en el colegio de san Bernardo de Salamanca. Pasan diecinueve años largos y Rois y Mendoza ocupa la sede de Badajoz.

Día alegre de su entrada. Muy detalladamente lo refieren las actas capitulares. Salió el cabildo hasta el puente. El señor Obispo, que venía montado en una mula, muy afable. Parece que las relaciones entre el prelado y el cabildo fueron siempre excelentes.

Monseñor Rois, nacido en 1611, y que entró en la diócesis el 18 de octubre de 1668 tenía entonces 57 años de edad. Traía ideas casi fijas y muy dinámicas. Había venido, pero tenía que ver. Veni, vidi. Por eso muy en breve visita la santa iglesia catedral, las iglesias y conventos de la ciudad y la diócesis.

El 16 de julio de 1670 es día memorable en los fastos pastorales de Badajoz. Sale de su palacio el señor obispo, don Francisco Rois Bernaldo de Quirós Mendoza, presuroso, llevado por el espíritu de Dios en dirección al lugar donde estaba reunido el cabildo. Sabe que será bien recibido, que se le quiere, pero no sabe cómo será recibida su propuesta. Venía a decirles que había visto. Había visitado oficialmente la catedral, parroquia y monasterios de la ciudad, Alburquerque, Jerez de los Caballeros y sus valles (parajes ambos que llevaban casi 20 años sin visitar), Fregenal y su vicaría, Zafra, Villagarcía, Burguillos, Ducado de Feria y todo lo restante hasta salir por Talavera la Real a su palacio de Badajoz jueves 23 de marzo de 1670 a celebrar la Semana Santa y había averiguado personalmente la necesidad de mucha nueva reforma.

Pero no hay que atender solamente a los títulos de sangre de don Francisco. Hay que recordar que es hermano de don Diego, expaje del duque Alberto y ex-capitán y monje cisterciense de Valparaíso, hermano de dos monjas cistercienses de las Huelgas de Burgos y cisterciense él también de Valparaíso desde los 17 años. Hay que recordar su brillante carrera en Alcalá de Henares, en Salamanca, donde fue discípulo de don Fray Angel Manrique, obispo también de Badajoz, a quien ya había sucedido (siquiera nominalmente) como Prior de Calatrava y predicador del Rey. Y no digamos de las cátedras que obtuvo, si bien ni como catedrático ni como escritor creemos que llegase a la altura de Manrique.

En labor pastoral, sin embargo, en Badajoz llevaba ventaja, ya que era más joven. Nacido en 1611, no había cumplido los 60 años y nos lo figuramos con paso ágil, gesto elegante y convincente y un ardor pastoral devorador.

El cabildo le recibe con respeto y cariño y destina el día 18 para meditar la respuesta, pero por de pronto le da las gracias y le acompaña hasta la puerta de la iglesia. El 18 nombra a los que le habían de asistir en los preparativos del sínodo y reconoce que es muy justa y santa obra.

Si bien los preparativos y por fin el 1 de febrero de 1671, domingo de Septuagésima, comienza el sínodo. De antemano se habían registrado los archivos y resultaba que propiamente vigente era el que celebró en 1501 el obispo don Alonso Manrique. Se hizo especial mención de los de don Diego Gómez de Lamadrid en 1582, don Fray Juan Roco de Campofrío en 1630 y don Fray Angel Manrique en 1648. Sorprende que no se tiene en cuenta los tres sínodos que parece celebró San Juan de Ribera, distintos sin duda de Rois en el carácter, pero semejante en el celo pastoral. Lo cierto es que a esta asamblea la llama gran sínodo don Pedro Rubio en su Historia del Seminario Diocesano y a él se refiere como a últimos sínodo el anuario eclesiástico de 1928, de modo que, si entonces se consideraba que habían transcurrido 170 años sin sínodo viable, desde esa fecha hubo un lapso mucho más prolongado. Aunque este mismo sínodo no sabemos si entró en vigor, no porque no fuera de la intención del señor Obispo, sino por cuanto al imprimirse en 1673, ya estaba designado para el arzobispado de Granada. Gracias y desgracia para Badajoz su segundo obispo cisterciense. Vino, vio, sentó las bases para remedio de los males y fomento del bien, pero no tuvo tiempo para aplicar lo legislado. Consta que entregó al cabildo un ejemplar de las sinodales, que subsiste y que despidió de dichos capitulares en la sesión del 12 de mayo de 1673. El cabildo le recibió a la puerta de la iglesia, le acompañó hasta el recinto capitular, donde tomó asiento entre el deán y el prior, les habló durante un rato y escuchó la contestación del deán y luego fue escoltado de nuevo hasta la puerta de la iglesia.

Pasó a Granada, donde siguió trabajando intensamente en el campo pastoral, hasta que enfermó y al cabo de largos meses de enfermedad falleció santamente. Eso fue lo que perdió prematuramente la diócesis de Badajoz.

En cambio conserva hasta hoy su Angel, que fue también el Angel del obispo Rois y de tantos otros. Ahí están los restos de la capilla del sagrario de la catedral, donde él confirmó a numerosos fieles en 14 de febrero 1646. Pidieron su restos sus hermanos de Santa María de Huerta. La carta es inédita y reza así:

Señor

El Abad, Prior, Monjes y convento, hijos de esta Real Casa de Huerta, en nuestro capítulo juntos humildes y postrados a las puertas de Vuestra Señoría dicen, que nuestro Señor fue servido de llevarse para sí a su gran Padre, Maestro y Señor, Padre Maestro Fray Angel Manrique hijo de esta Real Casa y dignísimo obispo de esta santa noble e ilustrísima iglesia de Badajoz y que desean en algo mostrar a su gran Padre y al mundo lo tiernamente que le amaban y cuán cordialmente le veneraban y querían. Por tanto han acordado suplicar a Vuestra Señoría, como por esta carta firmada de su Abad y Secretario lo hacen, se sirva Vuestra Señoría de darles y volverles a su amado Jacob y Padre, que, si su Ilma. no lo mandó a su hijo José, que es el Abad de Huerta, ni le juramentó a la traslación de sus huesos, fue sin duda porque, como tan atento y mirado, conoció ser superfluo, respecto lo generoso, grande, piadoso y religioso del pecho de Vuestra Señoría y que ni quedaba en Egipto, ni su José las había de haber con Faraón sino con Vuestra Señoría que tanto se deprecian siempre de honrar a todos y fiando más en muerte su Ilma. para la traslación de sus huesos a su querida Raquel de lo que Vuestra Señoría le supo en que de lo que su Ilma. podía acordar y mandar como Jacob a la despedida de ella, lo omitió. Petición es, Señor, justa y pía y digna de lo que siempre Vuestra Señoría se esmera en honrar a todos, con que está Casa se promete el feliz suceso de sus deseos, porque de antemano besa a Vuestra Señoría su mano, reconociéndose desde hoy por su perpetua esclava, solicita y deseosa prospere a Vuestra Señoría la divina clemencia crecidos aumentos de la divina gracia.

Huerta y marzo 24 de 649.

Fray Gabriel Trincado,
Abad de Huerta
Rubricado

Por mandato de su Paternidad
Fray Dionisio de Herrera,
Secretario
rubricado

Llegó tarde esta carta y sin posible efectividad, ya que el anónimo Continuador de la Historia de la Diócesis dice que el cabildo no accedió, creyendo (son palabras textuales) que en él tiene esta Iglesia un Angel de guarda después de veintiún años. Y yo, cisterciense que celebré mi primera Misa en Santa María de Huerta treinta y cinco años ha, creo que reposan en buenas manos los preclaros restos del Angel de guarda de Badajoz.

Oct 011972
 

Ángel Paule Rabio.

«El amor a la Naturaleza sea la escala para conocer amar, servir a su Creador y llegar a El».

Villanueva de la Sierra, Villa con Ayuntamiento, a un centenar de Km. de nuestra capital, recostada al socaire de la Sierra de Dios Padre de clima templado, con celebérrima campiña olivarera, primera en la provincia. Sus 275 Has. de eucaliptos, complementados por 1.400 Has. de pinos, hacen de su clima un oloroso balsámico, fuente de vitalidad para sus conviventes.

Entre sus memorables cosas, se encuentra la Fuente de la Mora, de la que Marineo Siculo hace una loable descripción: «A dos tiros de ballesta en la ladera de una sierra al pie de la cual está fundada la Villa hay una fuente que arroja y expele de sí un gran caudal como un brazo; la naturaleza y calidad de esta fuente es que en principio del mes de Abril, cuando empieza la Primavera mana y sale de ella la cantidad de agua que se ha dicho y por todo el verano corre de ella mucha y muy fría agua de lindo y delicado gusto para beber por ser delgada y muy fría y en pasando el verano y llega el otoño, que es por el mes de Octubre se seca de todo punto y deja de correr por todo el invierno y está de esta manera seca hasta que torna la Primavera y entonces empieza a manar la cantidad de agua dicha…»

Otro acontecimiento histórico tuvo en este delicioso lugar: La muerte de Viriato, del celebérrimo pastor lusitano.

Enumeraríamos muchos datos, pero por no ser objeto de este tratado vamos a quedarlos marginados.

Estamos aquí para dar luz y vida a un hombre y a un pueblo. Hombre y pueblo autores de un hito histórico, que por ser primero exhala tal fragancia que llega hasta los mas recónditos lugares de la Tierra. Se trata de la «Primera Fiesta del Árbol».

Sin hacer estudio exhaustivo de esta primera fiesta, vamos a dar un paso atrás y recontarnos al año 1.805. Por esta época había en esta Villa un venerable sacerdote: don Ramón Vacas Roxo. Fue corta su estancia aquí, pero lo suficiente para hacer historia. Su nombre queda esculpido en los corazones villanovenses y por extensión a todos los amantes de la Naturaleza. ¡Que en los tiempos actuales se pensara tributar homenaje a un árbol! no tiene importancia, pues el déficit de oxígeno exige un tributo, un amor, un respeto a este monstruo de la Naturaleza. Pero entonces, en los albores del l805, cuando Villanueva cuajada de nudosos matorrales, de añosas encinas, de milenarios olivos, de baconianos arbustos, no invitaba a pensar en esa necesidad.

Amor y no necesidad fue el móvil de la preclara mente de este eclesiástico que persuadido de lo importante que tiene el arbolado para la salubridad, higiene, ornato, carácter, ambiente y costumbres, determina darle aire de fiesta. Otro San Francisco de Asís.

Hoy es martes de Carnaval del año 1.805. Alegría y alborozo por doquier. Mozas vestidas con atavíos de charras, otras de aldeanas, allí se ve un corro en animada charla de mujeres con su cabeza cubierta por la pesada cobija salpicada de lentejuelas. Grupos de hombres con sus majos chalecos de botones plateados, calzón ajustado, calzas negras y cabeza cubierta con aplanado sombrero, jugaban a la lanchuela. Niños con sus Calzones hasta media pierna, llevan botas nuevas (mañana Dios dirá). Todos esperan. De repente se oyen sones de campanas. La «Gorda» y la «Mediana», estos son sus nombres, celebérrimas campanas, lanzan al aire sus melodiosas notas. La «Gorda» con sus fonos de hombre fuerte, hercúleo, sones de conquista. La «Mediana» , con dulzura de mujer. Bello conjunto. Mozos de recio temple, las voltean.

Todo está preparado. Misa solemne. Así empiezan los villanovenses las grandes obras. Hoy es gran día. Todo es esplendor, radiante, belleza, amor.

Ya está preparado nuestro Reverendo, revestido con ornamentos sacros, va acompañado de los clérigos del lugar (había mas en el pueblo). Los dos maestros a la cabeza del rebaño pueril, el pueblo detrás, a la retaguardia. Todos caminan con paso lento, magistral firme. Se acercan al Egido y allí dos bizarros mozos abren un hoyo y plantan su primer árbol: un álamo. Continúan por la Arroyada de la Fuente de la Mora y a ambos lados van sembrando mas álamos. Las campanas siguen sonando, a vuelo. Termina la plantación. Se organizó:

…..»Un banquete y baile. La fiesta y plantación tuvieron un éxito rotundo y al día siguiente se invitó por medio de oficio a los clérigos y personas acaudaladas del lugar para que se imitara el ejemplo que había dado a la juventud, puesto que aun quedaban sitios amenos y susceptibles de nuevas plantaciones. Y se realizaron sus generosos designios…..»

Baile y vino tinto. Así es la historia. Más tarde esta fiesta se extendió y llegó hasta América del Norte. En 1.872 Mr. Morton gobernador del Estado de Nebraska fundó la sociedad de Aborday (día del árbol) y quiso usurpar el honor de ser la primera en la celebérrima fiesta, cuando esta gloria nos corresponde a nosotros, extremeños, recios conquistadores, continuadores de Pizarro.

Esta fiesta se olvidó. Pero el polvo de la indiferencia fue limpiado con el plumero de los bellos recuerdos. Hoy es actualidad. Está en primer plano.

El pasado año, en junio del 71, el Ayuntamiento en Pleno, con su Alcalde D. Gonzalo Simón de Cáceres al frente, el Rvdo. Párroco don Ángel Martín Ramos, y este cronista, asistimos a un simpático homenaje que la Diputación de Barcelona ofreció a los pioneros de esta fiesta. A las doce y en el Salón Dorado de la Diputación, tuvo lugar una docta conferencia a cargo del muy ilustre D. Juan Salvatella Parelleda, sabio conocedor del tema. Barcelona estuvo orgullosa y emocionada de tener allí a los representantes del pueblo cacereño. Diputados, clérigos, maestros, alcaldes de los municipios barceloneses estuvieron presentes. El acto terminó con un vino de honor.

Quiero terminar, agradeciendo, deliberadamente, al Rvdo. D. Francisco Fernández Serrano, que me instó a estar presente con este trabajo en los coloquios religiosos-históricos. Para mi un honor. Agradezco también la atención prestada a todos los aquí reunidos, haciéndoles coparticipes de esta ejemplo, que con la primera fiesta al árbol dimos a vecinos y a extranjeros.

Extremadura es una gran estrella.

Oct 011972
 

Teresa Jiménez Priego.

Año 1725

Contestación dada por los canónicos de Zafra al decreto del Obispo de Badajoz, que quería despojar al Abad de varios privilegios concedidos por el Papa.

Ilmo. Señor

D. Juan Guerra Navarro, Comisario del santo Oficio, Racionero y Cura de la Insigne Iglesia Colegial de Zafra, Consumisso Rendimiento suplica a V.S.I. se digne atender ala Representación q. Como Comisario de su Iglesia executa con lamayor Confianza en lagrandeza y justicia de V.S.I. delograr faborable Resolución y q. aograra enla Cuna el terrible monstruo de un plaito q. ala Colexial inobitableo se le prepara, quando Solo desea mantener con la profunda Veneración q. pracica á V.S.I. lapaz Recomendada en el evangelio (pacem relinquo bobis; Joan, cap. 14, v.23) y q. Como herencia nos la dexó el amantísimo Redentor y Maestro deel mundo: no pudiendo menos el Vigilantisimo Cuidado de V.S.I. q. emplearse en promoberla por su experimentada venignidad y por ser sucesor de los primeros aquienes se concedió este tesoro, deque es V.S.I. fiel despensador, cuio exemplo desea imitar aquella Iglesia, I recevir dela Grandeza de V.S.I. la continuación de su honor y no deberlo a él Ruidoso desapacible estruendo de un litixio, lleno siempre de escrupolosos inconbenientes y demenos edificación p. los seglares, q. copian sus haciones delasque miran exercitadas por los eclesiásticos.

Dada la piedad de V.S.I. Perdón a el Comisario Si bibamente expresare los motibos desu pretensión Justificada, porq. aesto le precisa su encargo y el dolor de ber amenazada lamas decorosa Prenda de su Iglesia y Por un Principe sobre justo, enteramente amado de el suplicante y de Bu Cavildo entero.

El día once de este mes fué Requerido el Venerable Abbad (título no deestrañar pues q. con el Seaservido el Rey Nº Sr. repetidas veces escribirle) de aquella Colexial Insigne con un decreto do V.S.I. p. q. no use de la capa magna Consistorial, no dé la bendición a los Predicadores, ni a el Incienso quando nosea Preste, prohibiendo a los Predicadores el dar la benia a el principio de el Sermon y el tratamiento de Rmº Sr..=

El mismo día paso estanoticia del Cavildo q. como interesado enlos honores desucaveza sepenetró de un sentimiento dolorosísimo de tan notable determinación, pero haciendo memoria de q. V.S.I. a manifestado sus entrañas paternales sin Intermisión a toda Su Diócesis acordo q. el suplicante expusiese a los pies de V.S.I. los motibos conque Su Venerable Abbad a mantenido las onrosas preeminencias deque el decreto pretende despoxarla creiendo tendran faborable audiencia enla acreditada justificación de V.S.I.

Principia el decreto con el supuesto de abusos Introducidos enaquella Iglesia contra la Dignidad Episcopal y verdaderamente Señor q. sepasma la cortedad deel Suplicante ael escuchar q. el honor deun Inferior pueda deslutrar la superioridad Venerable do V.S.I. pues siempre asido decoro de la Grandeza con tener entre loa q. le son subordinados las prerrogatibas mas recomendables y onra; la Iglesia Collexial de Zafra secontiene y es de la Diócesis de V.S.I. hasta sujeta por Bullas Pontificias en segunda Instancia y mas conla profunda reverencia q. profesa ala Persona de V.S.I. y BU sagrada Dignidad Conque no alcanza como pueda ofender ala elevada superioridad de V.S.I., lo decoroso y privilexiado dequien protexta y confiesa la subordinazión y Rendimierto.

Mandar sobre un juez ordinario decorado por la Silla Apostólica con el precioso honor deusar lamitra y báculo y Zelebrar de Pontifical enziertos dias, no encuentra la ignoranzia del suplicante Como pueda disminuir la elebada Grandeza de V.S.I. por quantos honores ubiere acumulado justamente a su empleo; antesbien serexistra más proporzionado el ordem hierarquico, enque seamantenido siempre la Iglesia.

Pero deszendiendo mas enparticular alos motibos de Juetizia conque seaseguran las prerrogatibas q. el decretoinpugna seara patente noser abusos usurpados» ni ofensibos dela Dignidad de V.S.I.

La Capa magna Consistorial es bestidura prezisa, que usa el Prelado adezelebrar de Pontifical Como lo prebiene la Santidad de clemente octavo en el zeremonal de Obispos q. nolelimita aesta Sagrada Dignidad solo, en el Captº 25 y 26 de el lib. 2 Sinoes q. literalmente lo estiende aqual quiera Prelado q. tiene insignias Pontificales y Zelebra y esto en las Collexiales con expresión dexando explicado antea ser la Capa una delas bestiduras precisas ala Zelebrazión Pontifical conque en elmismo Zeremonial seasegura el trato y aunpreziso uso dela Capa para la Zelebración y estandole esta concedida ael Venerable Abbad nosepuede conprehender Como sesaven las Bullas Pontifizias de Ereczion y Concordia en q. Su Santidad concede los adornos Pontificales q. aora selequiere estorbar, prohibiéndole la Capa:

Nopuede el Suplicante creer dela Justificación de V.S.I. aquerido in obserbar la expezial Clausula dela Concordia en este punto, q. con claridad afianza eluso de mitra y Báculo alliorum que Pòntificalim dicto Abbati. q. son palabras delamisma Bulla Conprehensibas por indefinidas dela Capa q. sinduda no es de tan espezial Considerazión Como la Mitra y el báculo, q. son los distintibos, espezificos Pontificales.

Persuadese si aque asido Informado Siniestramente V.S.I. sobre el uso de la capa suponiendo elque el Venerable Abbad la lleva siempre; siendo zierto q. solo selapone en los dias determinados q. sela conzede Zelebrar de Pontifical en la Bulla o por permisión de V.S.I.. Conq. no pudiendosele embarazar la Pontifical Zelebrazión, ni tanpoco aquellas bestiduras y adornos conq. se prepara lasagrada funzión, porq. fuera absurdo intolerable elque exerciese elministerio sacrosanto sin aquel decente bestido q. el Zeremonial le tiene señalado.

Lo mismo discurre el suplicante y por la misma Razón y guardar consequenzia se ade obserbar enorden ael Caudatario porq. la Capa magna sin este requisito sirviera mas a el estorbo q. a la dezenzia y todo es p. la autoridad de elministerio y no puedemenos V.S.I. q. desear la maior Magestad deuna hazión tan digna y antesbien fuera justa suadvertenzia enla menor omisión delo dezente atan alto empleo.

Prosigue el decreto prohibiendo a el Venerable Abbad el dar la bendizión alos predicadores y al inzienso y le pareze ael Suplicante debaxo dela Correczión de V.S.I., q. siendo la Dignidad Abbazial deeltodo exenta deesta jurisdiczión ordinaria y inmediatamente suxeta a la Silla apostólica no seledevio imponer prezepto, ni zensura sobre negozio q. no perteneze a esta jurisdiczión, como en segunda instancia, ni como observanzia del Sinodo Diocesano, pues auno, ni aotro, toca el decreto y q. esta resistido por la bulla el hazer subdito deeste juzgado la persona de el Venerable Abbad en qualquiera materia q. no sea de las dos referidas; no osara dezir el Suplicante es quebrantamiento dela Concordia por el respecto conq. benera la Justificazión de V.S.I., pero expone este reparo por simereziere su aceptación.

Esto supuesto alos Abbades le permite el derecho la bendizión Solemne, q. es propia de los Sres. Obispos, conq. conmás razón podrá dar aquella q. es demenor clase y q. la puede dar cualquiera sacerdote siendo Preste: pues Conzedido lo q. es más ninguna duda tiene la concesión de lo q. es tanto menos dentro de la misma línea.

Y se exfuerza conq. labendición se deve rezevir deel maior conforme la doctrina deel Apóstol, minor a majori benedicitur y fuera rezebirla el Predicador destro q. aquel Prelado, faltar aelprecepto de San Pablo, q. está establezido tanbien enel derecho Canonico y q. el Venerable Abbad sea el Superior en aquella Collexiata no admite Controbersia y sobre afianzarlo las bullas esta dezidido ser los Abbades Cabeza desus Cavildos como los Sres. Obispos deel clero todo cuia semejanza lebastara p. no ser forastera de su dignidad aquella prerrogativa.

Y aunque no falta sabio q. elebo la Dignidad abazial ano Inferior clase q. la episcopal, no aspira atanta gloria el Venerable Abbad de Zafra, pero que diría este escriptor eclesiástico tan zelebrado sibiera q, un súbdito de un Abbad deva la bendición ael predicador y al incienso presente su superior y Cabeza y pribaba de aquel exercizio ael q. contempló en tan sublime grado.

Y se confirma conq. la Dignidad Abbazial es prelazia y puede bendezir todas las cosas sagradas q. no necesitan de unzión, conq. por esta parte no alcanza el suplicante porq. selelimita el dar bendiziones á predicadores y a inzienso, quando todo perteneze ael culto, a la debozión, a el ministerio deel altar; y no es fazil allar razón de diferenzias, ni los Autores distinguen debendiziones quando establezen en loe Abbades estas preeminenzias: ni es episcopal pribativa porq. la executa cualquiera q. Zelebra, Conq. no puede llamarse ubsurpazión de aquella Dignidad sagrada.

Prosigue el decreto prohibiendo alos Predicadores dar la benia ael Venerable Abbad ael principio deel Sermón y manda sele de ael Presto y lepareze ael Suplicante tiene esto elmismo inconveniente y reparos acordados, q. el dar la bendizión ael predicador ó inzienso q. es sufiziente satisfaczión p. este Caso.

Pero no puede el suplicante omitir loque en términos dize Pariscrasso, lib. 1º Capt. 22; en su zerenonial; ibi non enim fit regulariter reberentia ili qui alteri reberentiam fecit, sed soli ei fit reberentia qui ibi summus est ommium: de suerte q. p. la benia requiere este escriptor a el superior deel auditorio y siéndolo sin disputa el Venerable Abbad porq. es Prelado deaquel Cavildo fuera invertir el orden Zeremonioso desautorizar ael Prelado anteponiéndole enla Cortesía un Subdito, dexando a su superior enolbido.

No quisiere el Suplicante disputar la obligazión o libertad dedar esta benia en los Predicadores, aunq. pudiera con el fundamento grave q. ofrece el Sr. Clemente octavo en su zeremonial afirmar, q. no ay tal obligazión enbirtud deel, porq. sus palabras son, inter contienem cum conbertit se ad episcopum velegatum caput profunde inclinat y estas no mandan otra cosa, q. si el Predicador sebolbiese azia el Sr. Obispo o ablare, le incline profundamente la caveza; sino es quando ad episcopum se conbertit, porq. la proposición del Zeremonial es indefinida, que equibale a unibersal: conq. la benia q. regularmente se practica no es laque el Zeremonial ordena y por consequenzia se podrá defender, no ser esta obligatoria en los Predicadores, niel omitirla, o darla, contra el Zeromonlal.

Mas como sea dicho no es el pensamiento deel suplicante contrabertir la justisima costumbre y reverenzia q. sepractica conlos Sres. Obispos y demás Prelados, sino es formar un argumento deel discurso antezedente faborable ael Venerable Abbad de la Collexial de Zafra.

Labenia quedan los Predicadores enel principio deel sermon como oi se practica no estamandada en el zeremonial: luego es cortesia, ya obligatoria, q. introduxo la costumbre: fundada sinduda en el precepto de la oratoria de captar la benebolenzia de los oientes, prinzipiando por el mas digno, dictamen q. alcanzo la gentilidad y se canonizó después en los púlpitos de nuestra religión: por la costumbre se ade governar esta cortesanía, pues no ay derecho escripto q. como oy se practica la reduzca á precepto: luego todos aquellos superiores aque la costumbre le a adquirido esta prerrogativa se les deve continuar sinque sea justo quitarles este privilegio, originado de la costumbre poderosa p. afianzarlo: luego el Venerable Abbad funda su justicia p. la venia en el modo q. se ussa en el mismo principio de q. se pueden valer quantos la logran oy, q. es la costumbre la qual milita por el Venerable Abbad mas q. Zentenaria.

El discurso es lexítimo y quando no deseara oir el suplicante a donde esta mandada fuera dela costumbre la venia verbal q. sepractica y sies sola la costumbre su orixen, porq. a de ser estable p. quantos la consiguen y se les da y no p. el Venerable Abbad aquien también la costumbre la oonzedió; la disparidad no es fácil de encontrar.

Ni tanpoco se encuentra ofendida la Dignidad Episcopal en q. se le de la benia a otro, maxime ausente, pues aun en su presencia se le da á muchos siendo seglares y no comparables con la suprema autoridad de los Sres. Obispos. Esta verdad la acreditan las novilísimas ciudades de España q. en la concurrencia de ambos cavildos son saludadas con higual política y aun tiempo: Y si entonzes no es ofensa esta Igualdad conlos seglares nolo puede ser ensuausencia, laque se diera aun Prelado eclesiástico, con jurisdizión ordinaria y con uso de Mitra y báculo, é inmediatamente suxeto ala Silla Apostólica, cuios títulos lo decoran tanto, q. no puede haver seglar, por elebado q. se figure, q. se atreva á litigarle igualdades, sin ofender los sacrosantos decretos, q. dieron aelgrado sacerdotal la respetable distinzión q. oi goza y mas estando unida atan Insignes Pribilexios: y sobre no tratar el Venerable Abbad adquirirse la benia con el nombre de Ilustrísimo, como lo an conseguido tantos seculares; es mas agena de controbersia.

Prosigue el decreto prohibiendo á los Predicadores eI tratamiento de Rmº Sr. ael Venerable Abbad y no puede menos el Suplicante q. azer presente a V.S.I. ser el título de Rmº adquirido con el largo uso demas de zien años, desuerte q. no ai memoria de hombres en contrario: fundamento tanbigoroso q. lo dexa bien establezido; porq. oia se considera costumbre ó prescripzión, le sobra muchísimo tiempo p. asegurarse en esta prerrogativa y si bien años bastan p. prescribir cosas contra la Iglesia Romana, muchos menos seran menester p. adquirir loque no tiene tan grande exención.

Y sin desbiarse el suplicante deel Sumo Respecto q. mantiene a V.S.I. y de baxo desu Correzción nopuede dexar de acordar, q. el título de Ilustrísimo, q. dignamente usan los Sres. Obispos no les compete por derecho y sola la costumbre a dado justificazión deste decoro: conq. siendo la misma costumbre quien a franqueado al Venerable Abbad el título de Rmº., no parece justo obscurecerlo; quando emtarambos fundan en un mismo principio, con la distancia decada Dignidad, q. sin duda confiesa el suplicante y reconocen todos.

También acuerda no puede ser ofensa de la Imª Mitra de Badaxoz tener por su Inferior Prelado aelque se autoriza con el Renombre de Rmº. deque los Sres. Obispos con mucha razón anpasado ael de Ilmºs. Otra prueba ofrece elmismo Zeremonial enla prohibizión de seda y color q. nosea morado y contado esso, sin disputa usan los Sres. Obispos uno y otro, yaseve con el justo derecho q. lea contribuido la costumbre: pero esto mismo es argumento fuerte, deque ellamisma a podido conceder ael Venerable Abbad (aunquando tubiera contrasi el Zeremonlal, q. no tiene) el renombre de Rmº, pues p. todos debe ser higual la razon, q. trae orixen de derecho consuetudinal.

El balor dela costumbre y con expezialidad enpunto depreheminenzia tiene tantos apios en ambos derechos, q. se pudiera llenar mucho papel con textos q. la aseguraran pero no es deela sunto deuna representazión ser molesto conzitar.

Pero el Suplicante se prezisa á hacer manifiesto á V.S.I. q. todas las prerrogativas deque el decreto pretende despoxar ael Venerable Abbad las tiene afianzadas sin contradizión, con el curso demas deun siglo, cuia antiguedad cree el suplicante leade servir p. obtener supretensión, dela justizia q. V.S.I. practica en todo.

Ni el parrafo 20 deel Breve de Nº Smº pª Benedicto 13, q. se publicó este año, seopone alguna delas preheminenzias q. usa el Venerable Abbad, porq. ni en la capa magna, ni en labenia, dar bendizión alos Predicadores y a el ynzienso, ai abuso contra loque prescribe el Zeremonial de Obispos, Ritual Romano, Rúbricas del misal y breviario, antes bien son mui confomes á el Derecho Canónico, como ha fundado ya el mismo Zeremonial y mui correspondiente alas Bullas de Ereczión y Concordia, enq. se establezió su Dignidad y Prelazía.

El título de Rmº no se encuentra en dicho Zeremonlal proposizión q. lo Resista y es depresumir dela benignidad Apostólica queno conprehende enel nombre de abusos, las urbanidades q. a balidado la costumbre y no a reprobado el derecho, antes las admite y sustenta y si dicho brebe confirmatorio quita la costumbre deque el Venerable Abbad sebala, no save el Suplicante como podran mantenerse las Cosas quelleva referidas y son contra el Zeremonial expresas. Y la sabia interpretazión q. los Sres. Obispos diesen á el brebe essa misma sufragara á todos; aunq. el Venerable Abbad no la nezesita porq. no esta Cooprehendido enelbrebe el título no opuesto ael Zeremonial; salva la zensura Apostólica y sumente pues Su Santidad, admite la costumbre Razonable enelmismo brebe.

Ultimamente Representa á V.S.I. q. quando ubiera alguna duda sobre si son abusos los q. contiene el decreto dignos de Reformazión debiera antes deser condenado el Venerable Abbad ser zitado y oido enjuizio conpetante y pribarle antes de sus preheminencias no puede dexar deser reparable porquela defensa es detodos derechos y no puede executarla al q. no se zite, ni sercondenado sin audiencia ymas enmaterias deonor tan apreziada.

Por estos motibos ael parezer de el Suplicante bien fundados, espera de la justificazión y Benignidad de V.S.I. sea de dignar de diferir ala pretensión desu Cavildo q. rendidamente haze la suplica suspendiendo el decreto, q. será muy conforme á el Paternal amor y Grandeza do V.S.I.

Carta del Nuncio levantando la excomunión al abad Pinillos. 1718.

Nos es licenciado D. Phelipe de los Fueros y Huertas prothonotario Apostólico, Auditor General del Tribunal de la Nunciatura y Juez Particular, Diputado por el Ilmo. y Rvmo. Señor Nuncio de su Santidad en estos Reynos de España, con especial comisión para el conocimiento y determinación de todas las causas y negocios principiados y pendientes en dicho tribunal de la Nunciatura cuia comisión tenemos aceptada de que el presente secretario zertifica: Por las presentes y la authoridad Apostólica a nos concedida de que en esta parte usamos mandamos a los curas de las Parrochiales de la Ciudad y obispado de Badajoz y demás de estos reynos y señoríos y a sus lugares thenientes y a cada uno yn solidum en virtud de santa obediencia y so pena de excomunión Mayor Apostólica sententie. Y otras penas a nuestro arbitrio que luego de como sean requeridos con las presentes borren tilden y quiten de los libros y tablillas de excomulgados de sus Iglesia donde tubieren puesto y escripto al Dr. Dn. Joseph Hrz. Pinillos Abbad y canónigo en la Santa Iglesia Collegial de la villa de Zafra, mandado publicar por el ordinario eclesiástico de Badajoz; sobre el conocimiento de la causa fulminada contra D. Juan Guerra Navarro prevendado racionero de dicha Iglesia Colegial y borrado y tildado de los dichos libros y tablillas de excomulgados de sus Iglesias le admitan a las oras y oficios debinos comunion y union de los fieles xriptianos y participación de los Santos Sacramentos; atente a que oy día de la fecha en agravio de los procedimientos de dicho ordinario le hemos concedido nuestras letras de himbición común invimlispendentie y compulsoria para que remitan a nuestro tribunal los nuebos autos sobre lo que dicho es, con absolución y el presente mandamiento para que sea quitado de las tablillas; y lo cumplan cada uno por lo que les tocare con apercibimiento que haciendo lo contrario procederemos contra los ynobedientes a declararlos por incursos en las dichas zensuras y penas en estos escriptos (palabra ininteligible-en todo?) lo demás que hubiere lugar en derecho.

Y debajo de las dichas zensuras mandamos a cualquier notario o escrivano que fuere requerido con las presentes las notifique y debido de fee sin las detene?.

Dadas en Madrid a seis días del mes de julio de mil setecientos y diez y ocho años.

Ldo. Joseph de los Fueros y Huertas
Auditor General y Apostólico
(rúbrica)

Por mandato del Sr. Auditor Gral. Juez Apco.
Juan López delgado
(rúbrica)

Oct 011972
 

José Bueno Rocha.

No cabe duda que el siglo mejor conocido de la Iglesia emeritense, que por otro lado coincide con el de su máximo esplendor, es la segunda mitad del siglo VI y la primera mitad del VII, que comienza con la ocupación bizantina de la zona y concluye con el III Concilio emeritense.

La mayor parte de este período ha sido historiado por un anónimo monje emeritense del monasterio eulaliense, obra de la mitad primera del siglo VII. Su género literario hay que clasificarlo en una obra popular, en donde se ponderan hechos reales con otros más o menos maravillosos para destacar las cualidades de las personas biografiadas, al modo de las florecillas de San Francisco de Asís. La segunda parte de este opúsculo es la crónica de los obispos Paulo (530-560), Fidel (560-571), Masona (573-605), Inocencio (605 -?), Renovato (¿ – 633?).

Estos datos se completan con la epigrafía, pues 22 epígrafes emeritenses pertenecen a los siglos VI (17) y VII (5, otros 13 estás sin datar, pero que en su mayor parte hay que incluir en esta época. Totalizan, pues, treinta y cinco epígrafes.

Finalmente tenemos los datos de las actas de los Concilios, que reflejan los planteamientos más vitales de la época, entre los que hay que incluir en primer lugar el Emeritense del año 666, y los toledanos III (a.589), IV (a.635), VIII(a.635) y X (a.656).

MASONA

De toda esta época, el pontificado más importante fue el de Masona (573-605), dilatado pontificado que ocupa dos reinados vitales en la Historia de España, el de Leovigildo (572-86) y Recaredo (586-601). De este pontificado se conocen media docena de hombres eclesiásticos, y casi otro tanto de la nobleza, así como una veintena de hombres y mujeres laicos.

Pero si es verdad que es el momento histórico mejor conocido de la iglesia de Mérida, no obstante hay aún algunos puntos esenciales oscuros, como el que nos ocupa y otros varios aún sin resolver, como ya indiqué en mi comunicación al IV CONGRESO DE ESTUDIOS EXTREMEÑOS de Mérida, bajo el título: «Cuestiones de Crítica histórica de la Iglesia local de Extremadura en las épocas romana, visigoda y mozárabe«.

En realidad, falta aún por realizar con espíritu de crítica histórica la biografía del más destacado obispo del episcopologio emeritense. El presente estudio intenta ser una aportación a un punto oscuro, aún no definitivamente resuelto y que creemos de capital importancia en ese momento histórico: el origen, la personalidad, la tarea y el fin del obispo NEPOPIS.

Es cosa sabida que Masona tuvo que sufrir destierro en tiempos de Leovigildo a causa de su fe. De origen godo («nobili ortus… genere quidem Gothus» (VPE, V.6.1), como nos dice el anónimo monje de Sta. Eulalia, sucede en el pontificado a un obispo de origen griego, Fidel, igual que su antecesor, Paulo. No deja de ser significativo que desde el año 530 hasta el 571, la sede emeritense sea ocupada por dos hombres de procedencia oriental, fechas que coinciden casi exactamente con el reinado de Justiniano (527-565) y con la presencia del ejército bizantino en la península de modo estable desde el año 554, pero con presencias griegas en nuestra región desde el año 521 (Petroglifo de Torrecilla de los Ángeles, en Las Hurdes) hasta el año 575 (Plasenzuela, en el Campo de los Norbanos).

El paso de un obispo de origen griego a otro de origen godo ocurrió, según el monje emeritense, de modo suave: «praedecesore nimirum astrigeris civibus concerto in coelis, successore manae dulcedo eiusque insigne meritum cunctorum civium moerorem lenivit in terris, ut omnibus pro obitu tanti pontificis moeror non solum discuteretur, verum etiam instar priscorum patrum Heliae quondam et Helisei duplicata paracliti spiritus gratia palam cunctis cernentibus sancti Fidelis antistitis in Masonam sanctum episcopum requievisse videretur, ut plebs sublato pastore non usquequaque taederet afflicta languore sed gemitato gaudio congauderet, divina tribuente miseratione, dum et illum sui pro salute praemissit ad coelos et istum eximiae virtutis virum suscepit gratulanter in terris» (VPE, V.1.2-4).

De muy diversa manera fue el acceso de Fidel al pontificado: «post cuius discessum (Pauli) quidam pestiferi homines iuxta id quod vir Dei praedixerat verbis malignis contra beatissimum Fidelem episcopum musitare coeperunt, ut eum de loco que constitutus fuerat per quacumque occasione pellerent» (VPE, V.l).

Creemos entender que ello se debía a dos hechos diferentes: hacía el año 560 el poder bizantino ya debía estar algo mermado en Mérida, mientras que en torno al año 573, Mérida ya debía estar en poder de Leovigildo en una etapa de pacificación promovida por tan hábil gobernante. Completa esta etapa la elección de Masona, católico aunque de zaza goda, elección a la que no fue ajeno, pensamos, el hábil Leovigildo y la incorporación al gobierno de sus hijos Recaredo y Hermenegildo (a. 573), que había de gobernar la Bética y Lusitania.

Pero los hechos vinieron a corroborar que este hábil plan no fue eficaz en la práctica.

En efecto, casado Hermenegildo con Igunda en el año 579, poco después se convirtió al catolicismo (a. ¿580?) y se rebeló contra su Padre, apoyado por la gran mayoría de católicos hispanorromanos de las cuencas del Guadiana y Guadalquivir y con el apoyo moral de arzobispos católicos de prestigio como Masona de Mérida, ciudad partidaria del hijo del Rey.

Reunido un buen ejército para combatir al hijo, Leovigildo toma la ciudad de Mérida (a. 582), hecho reseñado por Gregorio de Tours («cui et Emeritam Civitatem abstulit«) y acuña moneda con tal motivo («LIVVIGILDVS REX / EMÉRITA VICTORIA»).

Tomada la ciudad – dato que calla el cronista emeritense – Leovigildo pretende instaurar a un obispo arriano, fiel a su causa, SUNNA, que quiere reemplazar al obispo legítimo Masona por la sedición («pro seditionis simultatibus excitandis et pro conturbatione sanctissimi viri vel totius populi in eadem civitatem episcoporum Arrianae pertis instituit» (VFE, V.5.2) y apoyado por la fuerza del rey victorioso consigue el dominio de casi todas las iglesias de la ciudad aunque no de la basílica eulaliense adonde se había refugiado como el más valioso de los reductos el obispo legitimo («hic iamdictus perfidiae auctor dum in urbem Emeretensem adveriens quasdam basilicas cum omnibus earum privilegiis praecipiente rege sublatas ausu temerario de potestate proprii pontificis sibimet aggrediens usurparet» (VPE, V.5.4/202)).

No pudiendo conseguir Sunna el dominio sobre Santa Eulalia, lo que venía a representar en Mérida, un valor semejante a la posesión de la sede episcopal, escribe al Rey ausente que sitiaba Sevilla (a. 583), lo que induce a éste a buscar de momento una solución diplomática para ganar tiempo o encontrar una solución ecléctica, como acertadamente intuyó López Prudencio (San Masona, 44). Buena prueba de ello es, sin duda, la disputa o disputas públicas entre los dos diligentes, arriano y católico, ante un clero y unos fieles indecisos y en gran parte sin criterio entre la libertad y ortodoxia de la fe y el sometimiento al poder civil.

Sunna y sus partidarios, con influencia en el Aula Regia, no dejaron de insistir ante el Rey, que se ve al fin obligado a una intervención directa, posiblemente cuando ya estaba asegurada la victoria final frente a Hermenegildo o este desterrado (a.584). En consecuencia, el Obispo Masona es llevado a la fuerza a Toledo y presentado ante el tribunal real, donde debe responder de graves acusaciones (v. VPE, V.6.4). El juicio real acabó con una sentencia de destierro:

«Masonam, moribus nostris semper contra nos infestum et fidei nostrae inimicum religionisque contrarium, ocius a conspectibus nostris subtractum exilio religari iubemus». (VPE, V.6.23/216). El destierro duró tres años (584-586) (v.VPE, V.7.1/219) y que no acabó sino en la enfermedad ultima del Rey (agosto-septiembre del 586), acaso como un gesto penitencial de reconciliación.

Es precisamente en estos tres años cuando tiene lugar la presencia en Mérida de este tercer obispo, NEPOPIS, que es el objeto de nuestro trabajo y personaje que plantea varias cuestiones:

  1. ¿Quién era Nepopis?
  2. ¿Que motivaciones le llevaron a Mérida y ocupar la sede de Masona?
  3. ¿Cuánto tiempo estuvo ejerciendo su ministerio en Mérida?
  4. ¿Cómo fueron sus últimos días?

I. PERSONALIDAD DE NEPOPIS.

Se ha venido repitiendo, quizás con más rutina que reflexión sobre las fuentes, que Nepopis era un obispo arriano. Así lo afirman Tamayo de Vargas en su «Historia de Mérida» y el P. Flórez en el t. XIII de «España Sagrada», entre otros. Creemos que en el primer caso se debe a la credulidad del falso S. Máximo que transcribe la firma de los obispos arríanos convocados por Leovigildo en Toledo el año 58O,y en este sentido López Prudencio es deudor a la misma falsa fuente ya que sigue a Tamayo.

En el caso del P. Flórez, ignoramos la razón que le lleva a afirmar que era obispo arriano de otra ciudad, pero acaso sea un cierto pudor de admitir que se trata de un obispo católico.

En realidad, la única fuente al respecto es el anónimo cronista de Sta. Eulalia, que afirma: «et hic erat alienae civitatis episcopus» (VPE, V.6.29/), con ocasión de establecerse en Mérida. Y lo reafirma en otros pasajes, diciendo: «at propriam urbem in qua antea fuerat episcopus fugere nitebatur», «ad propriam tendebat civitatem», «pulsus ab Emérita ad suam civitatem festim perrexit» (VPE, V.8.8-11) cuando tiene que abandonar Mérida porque regresa a ella Masona.

En estos textos se ven claramente dos cosas:

  1. Nepopis no era de Mérida, sino de otra ciudad.
  2. Era obispo de esa ciudad.

En puridad no puede afirmarse que era obispo arriano, dato que no aparece reflejado en ninguno de los párrafos del cronista cuando habla de él. Al contrario, son varios los indicios para pensar todo lo contrario, esto es, que se trata de un obispo católico.

En efecto, el cronista emeritense:

  1. Cuando habla de Sunna siempre alude a su filiación arriana; de Nepopis ni siquiera lo insinúa.
  2. No consta en ningún momento que Nepopis ocupara violentamente la sede ni que fuera apoyado directa o indirectamente por Leovigildo.
  3. No se comprende la presencia de un segundo obispo arriano que pasa a primer plano de preferencia, cuando ya había uno, en el preciso momento en que Masona ha dejado el campo libre. Pero sí se comprende la presencia de un obispo católico cuando el pastor legítimo está desterrado.
  4. Cuando regresa Masona a su sede, Nepopis abandona precipitadamente la ciudad, no así Sunna que permanece en ella como jefe de los arríanos.

Ayudará a comprender lo que venimos afirmando la sinopsis de los tres obispos:

Masona

«impar omnium virtutum vir ortodoxus» (V.l.l)

sacerdotali ordine Masona succedit Fideli».

«nobili ortus … genere quidem. Gothus..
mente promptissima erga Deum per quam devotus…
moribus sanctis ornatus,… amator fratrum…
(V.P.2)

Sunna

«virum pestiferum » arrianae haereseos
pravitatem per omnia vindicantem…
in eadem civitate episcoporum Arrianae partís instituit»
(V.5.2)

mente sinister,
moribus pravus,
lingua mendax,…
de bonis indignus,

(v.5.3)

Nepopis

pseudosacerdoe… atque in locum viri Dei
in Emeretensem urbem substituitur, …
et hic eral alienae civitatis epiacopua»
(V.6.29)

homo … profanus servus sane diaboli
angelus satanae praenuntius antichristi

(V.6.P9)

Cierto que el cronista llama a Nepopis «pseudosacerdos», epíteto semejante al que emplea para Sunna a quien denomina «pseudoepiscopus», pero las razones son totalmente diversas:

  • Sunna es el hereje que viene a sembrar la guerra y el mal, que se apodera violentamente de las iglesias y sus bienes, que goza de la protección del Rey hereje, que es causa en definitiva del destierro del Obispo legítimo y que no acepta la penitencia.
  • Nepopis es un obispo católico de otra ciudad, que contra derecho ocupa la sede metropolitana abandonando la propia, que es tolerado mientras el obispo legítimo está ausente, que quiere enriquecerse con los bienes de la Iglesia emeritense y que huye avergonzado y asustado al enterarse del regreso del Pastor legítimo.

En definitiva, Sunna y Nepopis son «pseudosacerdotes» y «pseudoepiscopus» Por la diversa situación de lo inválido y lo ilícito.

Ahora bien, ¿cual era la ciudad de la que era obispo Nepopis? ¿De donde venía este hombre?

Según la «Historia de España» dirigida por Menéndez Pidal (III, 391), Nepopis es un oriental, mientras para Pérez de Urbel («Los monjes españoles…, I, 270) era egipcio.

Ignoramos las razones en que se apoyan estos autores para sus afirmaciones, ya que el cronista no deja ningún indicio que pueda apoyar esta conjetura. En efecto, la frase «erat alienae civitatis episcopus» no quiere decir otra cosa que Nepopis no era emeritense. Si es verdad que el sepulcro de Eulalia era la ocasión para peregrinaciones y posteriores «devotiones» o consagraciones, como pudo ser el caso del abad Nancto, africano, no es lícito generalizar sin más.

Además, la presencia de un obispo «oriental» (griego) en un lugar tan importante como Mérida, en un momento histórico en que la Península toma conciencia de unidad nacional bajo Leovigildo no deja de ser extraño. En efecto, difícil de aceptar por una comunidad en la que ya los orientales han perdido gran parte de su influencia y cuando no se los considera ya como «romanos» sino como ocupantes extranjeros. Creemos que el buen político Leovigildo no aceptaría esta presencia extraña, cuando el mismo procuró antes que la influencia goda fuera decisiva en Mérida.

La frase «erat alienae civitatis», creemos pues que puede entenderse -sin retorcer su sentido- aplicándola a otra ciudad de la Península, tal vez de la misma región. En efecto: La ciudad de Nepopis hay que relacionarla con la región donde estaba situado el lugar a que fue desterrado Masona.

Efectivamente, el cronista es muy concreto al señalar que el camino por el que regresaba a Mérida el obispo desterrado es el mismo por donde iban los bagajes del obispo Nepopis («per ipsam viam regredi ad Emeritam civitatem per quam plaustra rebus onusta properabant» (VPE, V.8.11/). Si Nepopis en su huida no se encuentra con el desterrado ello es debido a que huye a campo través («prior irse cum paucis fugeret» (VPE, V.8.11/). Ahora bien, hay dos datos para sospechar que el lugar del destierro, en donde el obispo estaba confinado no estaba demasiado lejos:

  1. Pudo recibir ayuda en su necesidad, enviada por la comunidad, ayuda abundante, además, lo que supone una cierta información del estado precario del obispo y su pequeño séquito. («nec mora et ecce subito ante fores monasterii reperti sunt ducenti asini onusti stantes qui missi cum diversis alimoniis ad eadem virum a diversis viris catholicis fuerant» (VPE, V.7.7/220).
  2. En su regreso es acompañado por una gran multitud hasta las mismas puertas de Mérida (Dehinc cum maximo comitatu de loco quo religatus fuerat ad urbem Emeretensem reversus est… Masonam cum infinita multitudine per ipsam viam regredi ad Emeritam civitatem» (VPE, V.8.8-11).

Creemos, pues, que hay indicios razonables rara sospechar que el lugar del destierro de Masona fue en la misma región. Ahora bien, parece lógico descartar las zonas del sur y del oeste, lugares de la revuelta católica. Por ello sospechamos que fue desterrado hacia el este o el norte de Mérida. La primera hipótesis supone un lugar relativamente cercano a Toledo, desde donde se le podría controlar mejor. Pero no puede descartarse la hipótesis del destierro hacia el norte puesto que las fuentes nos ofrecen algunos indicios. Indudablemente hay que rechazar de nuevo el falso S. Máximo, y por lo tanto el destierro de Masona a Complutum.

  1. El hecho de que Nepopis fuera tolerado por los católicos emeritenses parece revelar que este obispo, no era ajeno a la sede metropolitana, acaso fuera un obispo sufragáneo.
  2. La frase «erat alienae civitatis episcopus» bien pudiera ser un modo velado de indicar una ciudad cercana, bien conocida y sobre un hecho lamentable relativamente próximo, evitando así crear un baldón sobre la misma. Ciudad desde luego de mermados recursos que lleva a su obispo a depredar a la Iglesia emeritense tal vez para enriquecer a su propia sede.
  3. No deja de ser sugerente que en el año 589, un obispo de la región firma las actas del Concilio III de Toledo en último lugar, sin duda porque acababa de ser ordenado. Se trata de Jaquinto, obispo de Coria.

¿Es que acababa de sustituir a Nepopis, depuesto, que había mancillado su ministerio con una usurpación y la rapiña? De hecho el nombre de Nepopis no vuelve a aparecer en la historia tras de su presencia en Mérida.

Con ello tendríamos que el primer obispo cauriense conocido fue Nepopis, obispo depuesto como Marcial de Mérida, aunque por distinta motivación.

En resumen, aunque la hipótesis no deja de ser tentadora, en rigor no puede darse por definitiva mientras no se aporten datos más fehacientes.

II. LA PRESENCIA DE NEPOPIS EN MÉRIDA.

Está fuera de toda duda que Nepopis aparece en Mérida durante el destierro de Masona que duró tres años. Es evidente, además, que su diócesis era de escasos recursos económicos, puesto que él intenta enriquecerla o enriquecerse a costa de la Iglesia ameritense. Es muy probable -como hemos dicho ya- que fuera una sede de la misma región, acaso Coria.

Es evidente que Nepopis encuentra un titulo -verdadero o aparente- para ocupar la sede emeritense sustituyendo al legítimo Pastor, desterrado. Este título no consta en ningún caso que sea de tipo político (una imposición regia como ocurrió con Sunna) ni que hubiera una intervención de Leovigildo, que el cronista no dejaría de señalar dado el contexto y el criterio que le merece este rey. Se debe tratar, pues, de un título eclesiástico. Sospechamos que se trate de:

  1. Ser obispo católico, ya que no consta oposición alguna contra él y sí una posesión quieta y pacífica que le hace disfrutar y disponer incluso de los bienes de la Iglesia usurpada («argentum copiosum et ornamenta insignia et quidquid meliora vidit in Emeretensis ecclesiae» (VPE, V.8.8/) e incluso de los siervos de la misma. Pero creemos que este solo título no era suficiente.
  2. Ser obispo sufragáneo, puesto que a título de «administración apostólica» podría tener acceso a la sede emeritense con mayor facilidad, puesto que su propia sede parece quedó sin ocupar, razón por la que regresa a ella cuando sale de Mérida.

No obstante, el título no aparece claro ni verdadero, ya que el propio Nepopis tiene conciencia de culpabilidad ante el regreso de Masona. Se trataba, pues, de una auténtica suplantación en la que cabe sospechar con razón que la codicia era acaso la razón principal.

No deja de ser extraño que en la crónica no aparezca ni la oposición de Sunna, que lógicamente aspiraba a una total hegemonía, ni la del Rey que había desterrado a Masona, ni siquiera la de éste.

  1. ¿Por qué Sunna no se opone? Pensamos que en el momento de esta ocupación su prestigio se ha debilitado bastante. En parte porque muchos indecisos eran ya partidarios de Masona al que consideraban una víctima inocente, en parte por su propio desprestigio y del grupo arriano por su intransigencia, como se vio en tiempos de Recaredo, y en parte, finalmente, porque los dos grupos -el católico y el arriano- en este momento estaban más definidos y separados. Y creemos que el segundo ya en franca minoría.
  2. La actitud de Leovigildo extraña a primera vista. Pensamos que como buen político se inclinaba a la convivencia y a tas fórmulas de compromiso. Acababa de sufrir las consecuencias de una feroz guerra civil y sobre todo el shock de la muerte de su hijo Hermenegildo (Pascua del año 585), que pese a todas las apariencias debió dejarle profunda huella. Posiblemente, vencidos ya sus enemigos, pensaba en una pacificación y tolerancia hacia los católicos.
  3. No consta que Masona protestara de la presencia de Nepopis en Mérida, en caso contrario no parece que éste hubiera tenido tan libres las manos para hacerse con los bienes y los siervos de la Iglesia.

Informado sin duda, posiblemente pensó que era un mal menor que la sede estuviera ocupada por un obispo católico que sin pastor alguno frente al arrianismo.

III. EL MINISTERIO DE NEPOPIS.

Por lo que acabamos de decir, sospechamos que el tiempo que Nepopis ejerció su ministerio episcopal en Mérida fue muy corto.

No parece que estuvieran los ánimos dispuestos a aceptar o tolerar la presencia de otro obispo que sustituyera a Masona inmediatamente después de ser desterrado, ni que de inmediato el propio Nepopis se dispusiera a suplantar a Masona.

Creemos que debió pasar un año largo sin obispo, y bien que algunos emeritenses se lo propusieran o bien que el propio Nepopis lo pensara, el caso es que ocupó la sede emeritense, posiblemente pasada la Pascua del año 865, ya que antes no creemos que el propio Leovigildo hubiera permanecido indiferente a esta maniobra.

Con ello pensamos que el ministerio de Nepopis en Mérida fue breve, acaso no durara más allá de año o año y medio. Ministerio anodino en el que no hay aspecto alguno que destacar salvo un epílogo inesperado, posiblemente para el mismo Nepopis que sin duda no pensó fuera tan corta su presencia en Mérida.

IV. EL FIN DE NEPOPIS.

Todas las ambiciones del obispo ilegítimo acabaron inesperadamente un día, cuando se entera del regreso inmediato del obispo legítimo. Desde ese momento los acontecimientos se precipitan, contados detalladamente por el cronista emeritense. Sucede todo en poquísimos días:

  1. La noticia de la amnistía y del pronto regreso de Masona alborota los ánimos del clero y del pueblo, que comienza a despreciar al obispo ilegítimo («ab omni clero vel populo pulsus» (VPE, V.8.9))
  2. Nepopis teme que Masona lo pueda encontrar ocupando su sede y que sea arrojado de ella con ignominia («ne eum vir Dei Masona in sua ecclesia invenisset et cum omni ignominia pelleret» (VPE,V.8.10)).
  3. Planea, por tanto, una marcha que al fin se realiza precipitadamente, tal vez porque el regreso de Masona es inminente. Pero antes quiere hacerse con la plata, ornamentos y objetos de valor de la Iglesia («prius quam abiret argentum copiosum et ornamenta insignia et quidquid meliora vidit in Emeretensem ecclesiam clam nocturno tempore ad suam civitatem fraudulenter misit» (VPE, V.8.11)) Estos bienes los quiere sacar de noche ocultamente.
  4. Mientras, él se adelanta con un pequeño grupo de incondicionales, huyendo precipitadamente («prior ipse cum paucis fugeret…» (VPE, V.8.11))
  5. Masona, que regresa triunfalmente, encuentra los bagajes que caminan lentamente durante el primer día de viaje. Encuentro feliz porque los siervos de la Iglesia y los bienes de la misma se recuperan, lo que se celebra con acción de gracias en la Basílica Eulaliense.

Ahora bien, después de estos datos, Mepopis ya no aparece mencionado, ni el cronista explica sus últimos días, mientras que describe el fin de Sunna, que al frente de un grupo de activistas arrianos aún ha de ofrecer no solo resistencia al obispo Masona sino que llega a planear atentados contra su vida y que acaba desterrado e impenitente difundiendo el arrianismo por Mauritania, dato que confirma el Biclarense en su Crónica.

Todo esto nos parece confirmar el hecho de que Nepoppis fue depuesto de su sede, acaso a fines del año 686 o principios del 687, ya en pleno reinado de Recaredo. Debió aceptar la penitencia, viviendo sus últimos días en algún monasterio, recibiendo finalmente la pax ecclesiae.

V. LA PERSONALIDAD DE NEPOPIS.

Físicamente, creemos que hay que descartar un Nepopis ya anciano en el momento de ocupar la sede emeritense. En esas condiciones físicas ni se toman iniciativas tan arriesgadas ni se está en condiciones óptimas de hacerlo, dato por lo demás que el cronista no dejaría de reseñar. Tampoco parece probable que fuera muy joven, lo que le restaría prestigio para ocupar el puesto que pretendía. Si hemos de considerar la praxis de la Iglesia española, sancionado por el Concilio IV de Toledo (a.633) que prescribía 25 años para los diáconos y 30 para los presbíteros como mínimo, podría sospecharse una edad de cierta madurez, cerca de los 40 años.

Intelectualmente, el cronista lo describe como «homo profanus» (V.6.29), es decir, un hombre poco ilustrado.

Moralmente, es un hombre ambicioso, con pocos escrúpulos, que cree aprovechar la gran ocasión de su vida para situarse. Es tolerado pero no aceptado por la comunidad emeritense que ve en él siempre un «pseudosacerdos», un «servus diaboli… angelus satanae» y un «praenuntius antichristi» (V.6.29), que ha intentado engañar a los cristianos.

CONCLUSIONES

Aunque quedan muchos e importantes aspectos de esta cuestión sin resolver, creemos oportuno fijar unas conclusiones provisionales hasta que nuevos datos nos ofrezcan más claras conclusiones:

  1. Nepopis fue un obispo católico.
  2. Era obispo de otra ciudad, más modesta y pobre, casi con seguridad ubicada en la misma región que Mérida.
  3. Hay indicios razonables para sospechar que se trata de la ciudad de Coria.
  4. Nepopis ocupa la sede emeritense de modo ilegitimo, pero bajo la apariencia de título legítimo, probablemente en el verano-otoño del año 685.
  5. Ejerce su ministerio durante poco más de un año, tolerado pero no aceptado por la comunidad católica.
  6. Ni Leovigildo, ni Sunna ni Masona parece que pusieron trabas a su ministerio que debió desarrollarse pacíficamente.
  7. Abandona inesperadamente la ciudad de Mérida ante la llegada del obispo legítimo Masona, no sin antes querer llevar consigo los bienes de la Iglesia emeritense.
  8. Es presumible que fuera depuesto hacia el año 687, sometido a penitencia y tal vez recluido en un monasterio, acabando sus días en la paz de la Iglesia.

APÉNDICE

Tomado de las Vitae Patrum Emeretensium (edic. Garvin).

Poshaec subrogatur ei pseudosacerdos Nepopis quidam nomine atque in locum viri Dei in Emeretensem urbem substituitur, homo namque profanus servus sane diaboli angelus satanae praenuntius antichristi, et hic erat alienae civitatis episcopus. Sed quantum vir Dei crescebat virtutibus copiosis econtra ille foedebatur actibus nefandis. (V.6.29)

Dehinc cum máximo comitatu de loco quo religatus fuerat ad urbem Emeretensem reversus est. Cuius dum gressum Nepopis qui eidem fuerat subrogatus audisset terrore divino subito exterritus ad propriam urbem in qua antea fuerat episcopus fugere nitebatur. Prius tamen quam abiret argentum copiosum et ornamente insignia es quidquid meliera vidit in Emeretensem ecciesiam plaustris plurimis peroneratis per homines Emeretensis ecclesiae clam nocturno tempore ad suam civitatem fraudulenter misit. Ipse videlicet Nepopis infeliciter ab omni clero vel populo pulsus ab Emerita ad suam civitatem festim perrexit ac, ne eum vir Dei Masona in sua ecclesia invenisset et cum omni ignominia pelleret, quentocius egressi festinavit. Cum prior ipse cum paucis fugeret, post ipsum cuncti ad eum pertinentes urbem ignominiose egressi, dispersi, conturbati ac per diversa palantes, ad propriam tendebant civitatem.

Cumque haec agerentur, nuto Dei meritisque sanctae Eulaliae contigit eodem die subito sanctum Masonam cum infinita multitudine per ipsam viam regredi ad Emeritam civitatem per quam plaustra rebus eius procul ab urbe obviasset vir sanctus, sciscitari praecepit cui essent ista omnia vel plaustra. At illi cognoscentes proprium dominum gaudio magno repleti responderunt: «Servi tui sumus, domine». Quos ille denuo quid in plaustris ferrent interrogavit. Illi autem dixerunt: «Res sanctae Eulaliae et tuas, quas hostilis praedo Nepopis praedavit, portamos et ipsi infelices in captivitatem pergimus separati a rebus vel filiis vel uxoribus nostris, et a patria in qua nati sumus expulsi. «Qui cum vir Domini gaudio magno repletus est: «Gratias tibi. Domine Ihesu bone, refero quia magna est multitudo dulcedinis tuae, qui tantum in omnibus pro tuis licet indignis servis curam gerere dignatus es ut et nos ab omnibus malis ereptos prospere reduceres et res tuas ditioni inimicorum minime traderes». Et haec dicens cunctos ad civitatem suam revocari praecepit ac sic cum immenso gaudio gaudentibus cunctis ad urbem pervenit. (V.8.8-16).

Oct 011972
 

José Bueno Rocha.

En recuerdo de la excursión arqueológica del día 5 de junio de 1972, integrada por José Merino Hompanera, Fernando Arribas Chapado y José Bueno Rochas.

Recientemente se ha vuelto a suscitar el tema de las sepulturas excavadas en roca, de las que parece hay abundantes restos en Extremadura, que llamaron la atención tanto de los estudiosos cómo de los campesinos que las consideraron «pilas». Pero salvo Sanguino Michel, que las midió; (algunas) sólo se ha hablado de ellas de modo genérico, indicando los lugares donde aparecen y aludiendo a su carácter funerario.

Es lo cierto que hasta la fecha ni se han inventariado sistemáticamente los lugares, ni se han medido las sepulturas ni se han hecho estudios tipológicos de las mismas, a las que se viene dando el nombre de «antropomorfas», sin que este nombre sea aplicable en rigor en muchos casos.

No obstante se han hecho hipótesis más o menos audaces, incluso en nuestros días (cfr. en «Hoy», GREGORIO GALLEGO CEPEDA, Enigmas arqueológicos de Extremadura. Sepulturas de tipo antropomorfo excavadas en roca (6 mayo 1972, extra dedicado a Plasencia).

Nosotros hemos intentado con dos zonas situadas en «Los Arenales» de Cáceres y «S. Isidro» de Malpartida de Cáceres un estudio elemental aunque sistemático que abarca a las zonas, los agrupamientos, medidas longitudinales de sepulturas, morfología de las mismas y otros aspectos más o menos singulares que presentan. Con ello intentamos una aportación al único caminó que nos puede hacer descubrir la verdadera fisonomía, cronología y otras particularidades de estas tumbas. Desde hacía tiempo, el Dr. José Merino, había expresado el deseo de que un grupo de aficionados a la arqueología visitáramos las citadas sepulturas, visita que se realizó el pasado día 5 de junio, y cuyos resultados exponemos a continuación.

I. METODOLOGÍA.

Nuestro estudio se centra en los principios siguientes:

a) Ubicación de zonas de sepulturas («Los Arenales» y «S. Isidro»), con distinción de los distintos agrupamientos de sepulturas (A,B,C,D,E) y sus distintas características específicas.

b) Medición de luces longitudinales de las sepulturas, por ser la que mejor tipifica los individuos. Por hipótesis inicial de trabajo suponemos que las tallas de éstos corresponden a 10-12 cm. menos de estas medidas longitudinales.

c) Estudio de las medidas máximas y mínimas, promedios de cada agrupamiento y medidas tónicas o más abundantes.

d) Consideración especial a los emparejamientos de sepulturas, que consideramos pertenecientes a matrimonios, ya que se presentan de modo significativo muy juntos y con la cabeza y pies en la misma dirección.

e) Morfología de las sepulturas, que nos permita una clasificación de los distintos tipos o esculturas de las mismas.

II. ESTUDIO DE LAS ZONAS

a) ZONA DE «LOS ARENALES» DE CÁCERES.

Está situada cercana a la carretera de Cáceres-Valencia de Alcántara, al N. del punto kilométrico 4 y distancia 500-1.000 m., relativamente cercana al caserío. Existen dos agrupamientos, que distan entre sí medio kilómetro.

GRUPO A (Al norte de unas cochiqueras y edificios en ruinas).

Número de sepulturas : 12. Aparecen muy apiñadas, cosa que no es normal. De ellas, dos emparejamientos matrimoniales (186-172; 192-176 cm. de longitud). Una es, sin duda, de un niño (134 cm.).

Medidas extremas: Máxima: 192 (en un emparejamiento)
Mínima : 124 (de niño).
Promedio : 179 cm.

Otros datos : dos miden 186 y otras dos 176.

GRUPO B. (Al NO del caserío y cercano a un núcleo de población romano, puesto que pudimos ver algunos fragmentos de tégulas y ladrillos, muros y algunos sillares, ocupando este despoblado una 1 Ha. apróximadamente).

Número de sepulturas: 5

Medidas extremas: máxima: 186 cm.
mínima : 175 cm.
promedio : 178 cm., por lo que sospechamos que todos eran individuos adultos.

Otros datos : dos miden 176 cm.

b) ZONA DE SAN ISIDRO DE MALPARTIDA DE CÁCERES.

Está situada al NE. de la ermita de esta advocación y al O. del camino Malpartida -rio Salor, antigua calzada al puente de Alcántara, a unos 500 m. aprox. del camino. Casi todas en una vaguada N-S, Hay una mayor dispersión que en «Los Arenales», en cinco agrupamientos. En uno de ellos estaba una excavación pétrea que medimos y fotografiamos, creemos se trata de un lagar.

Total de sepulturas: 27. Indicamos los agrupamientos de Sur a Norte, salvo el E, que estaba situado en lo alto de una loma.

GRUPO A

Número de sepulturas: 4

Medidas máximas: 186 cm.
mínima: 98 cm. (infantil).
Promedio: 156 cm.

Otros datos: 1 sepultura infantil (98 cm) 1 de tipo romano (semicilíndrica en ambos extremos) de gran perfección interior este sarcófago. (181 cm.)

GRUPO B.

Número de sepulturas: 11

Medidas extremas: máxima: 190 cm.
Mínima: 145 (adolescente?)
Promedio: 171 cm.

Otros datos: un emparejamiento matrimonial (175 y 173), de medidas muy semejantes. Otras dos tal vez de adolescentes (158 y 145 cm.).

GRUPO C

Número de sepulturas: 3 Una, de un posible adolescente (144 cm.)

Medidas extremas: máxima: 176 cm.
Mínima: 144 cm (adolescente?)
Promedio: 165 cm.

GRUPO D

Número de sepulturas: 7

Medidas extremas: máxima: 180 cm.
Mínima: 156 cm.
Promedio: 171 cm.

Otros datos: Dos puede ser de jóvenes o adolescentes (156 y 162 cm)
Un sarcófago en forma antropoide. (177 cm.).

GRUPO E

Número de sepulturas: 2

Medidas extremas: máxima: 186
mínima: 182
promedio: 184

Otros datos: no es un emparejamiento.

III. CONSIDERACIONES

MORFOLOGÍA DE LAS SEPULTURAS:

1) No presentan una característica excesivamente diferenciada en una zona y en otra.

2) Casi todas aparecen con un ancho reborde superior (unos 8 cm.) Que les da aspecto sarcófago individualizado, incluso cuando aparecen emparejadas.

3) No presentan ninguna disposición general en torno a alguna sepultura principal, salvo las emparejadas, que dicen relación mutua, por lo que sospechamos pertenecer a matrimonios.

4) La forma interior de la excavación es la trapezoidal más o menos regular, por lo que no cabe hablar de sepulturas antropomorfas.

5) Algunas presentan una forma más o menos ovoide en sus extremos. Entre ellas, una de formas muy regulares, semejantes a los sarcófagos tardo romanos.

6) Como casos excepcionales cabe destacar los siguientes casos: uno de forma antropoide; otro, de posible almohada para la cabeza.

Concluyendo:

a) No se puede hablar de que sean sepulturas antropomorfas, ya que sólo es aplicable a un caso.

b) Cabría fechar algunas en época romana o tardorromana, por su morfología paralela.

SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS ENTRE LAS DOS ZONAS:

1) Lo primero que salta a la vista es la gran diferencia de los promedios entre «El Arenal» y «S. Isidro», de casi 10 cm. Mientras para el primer caso tenemos un promedio de gran talla (178,5), el otro nos da individuos de talla baja (169 cm.), acaso por las sepulturas infantiles o de adolescentes.

2) También allí que destacar la diferencia en el número de sepulturas: 27 para S. Isidro y 17 para Los Arenales. Lo que parece evidenciar muy diferentes núcleos de población o acaso una mayor supervivencia sobre el mismo lugar. La diferencia numérica viene a ser sensiblemente del doble.

3) La agrupación es máxima en densidad en Los Arenales (Grupo A), cuya sepulturas aparecen muy apiñadas y donde no deja de ser sorprendente que de 12 sepulturas haya dos emparejamientos. Este apiñamiento, ¿quiere expresar una mayor unión entre los diferentes miembros de esta agrupación? ¿Agrupación familiar o clan?

4) Existen tres emparejamientos: dos en el grupo A de los Arenales, como acabamos de notar (186-172 y 192-176 cm.) Y el tercero en el grupo B de S. Isidro (175-173 cm.) Sospechamos, como venimos diciendo que corresponde a matrimonios, en los que por hipótesis las medidas superiores corresponderían a varones (192, 186 y 175), y las inferiores a hembras (176, 172 y 173).

5) Las medidas tónicas de todas las sepulturas son 186-165 cm. De las que en ambas zonas hay 6 en total, y que creemos corresponde a varones. Hay, además, 9 de 176-177 cm.

6) Si las medidas superiores a 175 cm. Corresponden a varones (cfr. supra nº 4 implicaría que en Los Arenales, 2/3 de las sepulturas existentes corresponderían a varones y casi la mitad en S. Isidro. Pero si tenemos en cuenta lo dicho en el nº 1, habrá que rebajar la línea divisoria hipotética entre hombres y mujeres en S. Isidro en torno a los 173 cm., con lo que obtendríamos también una proporción semejante de 2/3 de varones y 1/3 de hembras.

IV. CONCLUSIONES

1ª) Existe una gran diferencia de tallas medias en dos zonas de población relativamente cercanas (a unos 10 km.)

2ª) Los hombres son más numerosos que las mujeres, pues mientras las sepulturas varoniles suman los 2/3, las femeninas sólo alcanzan 1/3

3ª) Ambas zonas presentan comunidades humanas en las que aparece la institución familiar (emparejamientos, niños y tal vez adolescentes o jóvenes).

4ª) Sólo es posible fijar una relativa cronología para algunas sepulturas de época romana o tardorromana.

5ª) Hay una carencia absoluta de símbolos, epígrafes, cubiertas de tales tumbas, ya que todas se nos presentan violadas. Por eso es imposible concretar la verdadera fisonomía de tales zonas y agrupamientos.

MEDIDAS LONGITUDINALES

LOS ARENALES SAN ISIDRO
cm. A B suma A B C D E suma subtotal
192 1 1 1
191
190 1 1 1
189
188
187
186 2 1 3 1 1 2 5
185 1 1 1
184 1 1 1
183
182 1 1 1 1 2
181 1 1 1 1 2
180 1 1 2 2
179
178 1 1 2 2
177 1 1 2 1 3 4
176 2 2 4 1 1 2 6
175 1 1 2 2
174
173 2 1 1 3
172 1 1 1 2
171
170
169
168
167 1 1 1
166
165 1 1 1
164
163
162 1 1 1
161
160 1 1 1
159
158 1 1 1
157
156 1 1
Medidas especiales:
145 1 1 1
144 1 1 1
124 1 1 1
98 1 1 1
Totales 12 5 17 4 11 3 7 2 27 44

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