Oct 292019
 

Provisional

José Luis Barrio Moya.

            A pesar de los muchos y sólidos estudios que sobre los músicos españoles de los siglos XVII y XVIII que han aparecido en los últimos años, es todavía muchos de aquellos profesionales que continuan en el olvido, como es el caso de don Ramón Rodríguez Monroy, quien desde su localidad natal de Gata alcazó en el Madrid de Carlos IV un puesto en la Real Capilla y en la orquesta que mantenía en su palacio la culta e ilustrada doña Josefa Alonso Pimentel Téllez Girón, IX duquesa de Osuna.

            El nombre de don Ramón Roríguez Monroy no figura en el documentado Dicccionario de la Música Española e Hispanoamericana[1]. Tampoco lo citan Antonio Martín Moreno [2], Antonio Gallego [3] y Monserrat Sánchez Siscaet [4]. Por todo ello creemos que las noticas que vamos a dar sobre don Ramón Rodríguez Monroy son del todo inéditas

            Don Ramón Rodríguez Monroy nació en la localidad extremeña de Gata obispado de Coria, siendo hijo de don Juan Rodríguez Monroy y doña María Rodríguez, ambos naturales de la citada población.

            No conocemos la fecha exacta de su nacimiento ni tampoco donde llevó a cabo sus estudios musicales, salvo que en 1788 ya se encontraba en Madrid, próximo a contrarer matrimonio con doña Agueda Rodríguez, natural de Madrid e hija del madrileño don José Julián Roríguez y de doña Gabriela Porres nacida en la ciudad de Toledo. Doña Agueda Rodríguez era viuda de don Juan Antonio Calzadillo..De aquella unión no se logró descendencia y quedó rota por la muerte de aquella señora.

El día 15 de junio de 1788 y ante el escribano Diego Rubio, don Ramón Rodríguez Monroy, hacía relación de los bienes que aportaba a su matrimonio [5], Es curioso destacar que en aquel documento no declarase que era músico de la Real Capilla, cosa que si haria en sus tres testamentos, otorgados en 1801, 1806 y 1811.

VESTIDOS.-

Fueron muy abundantes, destacando una capa de paño color de perla de la fábrica de Brihuega, tasada en 260 reales de vellón.

primeramente dos baras y media de paño de color de rosa, 125 rs.- un corte de chupa de tela de oro vordada, 240 rs.- una chupa de rso liso bordada, 214 rs.- una chupa de gase de plata bordada de oro, 300 rs.- un vestido completo de Semana Santa con su chupa y bueltas de tisu y sus forros correspondientes, 600 rs.- una casaca de pana color de aceituna, 220 rs.- un vestido completo de muer de Francia color tornasolado de listas, 450 rs.- un par de calzones de raso liso doble negro, 130 rs.- una chupa negra de grodetur de listas, 180 rs.- un vestido de paño negro que es compuesto de casaca, chupa y calzon, 300 rs.- yt otro de paño negro color vedrde botella, 180 rs.- yd otro de paño tanvien entero color de tabaco obscuro, 340 rs.- yd otro tamvien entero de lanilla negro, 180 rs.- yt otrio entero dce seda verde manzana de listas, 240 rs.- yt un par de calzones negros de seda de listas, 90 rs.- yt otro par de varragan negro asargado, 80 rs.- yt una almilla y calzones de coton para peinarse, 30 rs.- yt una capa de paño color de perla de la fabric de Brihuega, 260 rs.- yt un sortu de ratina color de pompadur, 100 rs.- yt un cabriole de vaieton con embozos de raso liso, 200 rs.- yt otro de paño de ala de cuerbo a la jerezana, 130 rs.- yt una almilla de color de caña, 30 rs.- yt otra de color de ante para peinarse, 110 rs.- yt unos botines de paño, 45 rs.

ROPA BLANCA NUEVA.-

Bajo este epígrafe se registraban colchas, sábanas, almohadas, camisas, calzoncillos, camisolas, corbatines, justillos, peinadores, calcetas, pañuelos y medias de seda.

PINTURAS.-

yt una Nuestra Señora de la Concepcion pintada sobre raso liso, de tres quartas de alto y lo correspondiente de ancho, 100 rs.- yt quatro estampas con sus cristales y marcos dorados, 40 rs.- yt un quadrito pequeño de San Ramon con su marco de christal, 40 rs.- yt una estampa de Nuestra Señora de los Desamparados con su media caña, 6 rs.- yt un Santo Christo de bronce pequeño y un lignum crucis, 12 rs.- yt seis cornucopias, 120 rs.- yt diez varas de friso con su media caña, 70 rs.

MADERA.-

yt una cama de cavecera de quatro tablas, 214 rs.- yt un armario de madera de plazuela con quatro cajones y herrage dorado, 150 rs.- yt un tocador de nogal con embutidos, 130 rs.- yt una arquita de enebro, 20 rs.- yt una mesa de nogal, 20 rs.- yt un cofre forrado en pellejo con su cerradura y llave, 60 rs.- yt un paraguas de tafetan, 120 rs.

INSTRUMENTOS.-

Aqui incluyó el músico extremeño los instrumentos musicales propios de su profesión, entre los que destacaban dos violines de la famosa familia de los Stradivarius, uno de ellos con su caja forrada en badana negra, tasado en 2000 reales y otro, más modesto, en 240 reales

yb contrabajo de hechura de pera hecho en Bolonia, 1500 rs.- yt un biolin de extradivarios con su caja forrada en badana negra, 2000 rs.- yt otro estradivarios, 240 rs.- yt otro de Salmon cion su caja de pino sin forrar, 240 rs.- yt otro aleman y varios arcos de contrabajo, 120 rs.- yt un templador de yerro de contrabajo, 6 rs.

COLCHONES Y FUNDAS.-

yt quatro colchones poblados de lana, 240 rs.

ORO, PLATA Y SIMILOR.-

En este apartado, ademas de joyas y objetos de plata, incluyó varias composiciones suyas, como cartetosm, minués y sinfonías.

yt una caja de oro redonda gravada, 1500 rs.- yt otra caja de oro con esnaltes imitado a piedra, 1920 rs.- yt una repeticion de oro guarnecida de gorgones con cadenas de lo mismo con tres sellos grandes ya usada, su autor Wetoud, 1920 rs.- yd otro relolx de oro guarnecido de jergones con cadena de oro, sin estrenar, su autor Terrien, 1080 rs.- yt otro tamvien de oro, sin estrenar, guarnecido de jergones y esmaltadao comn su cadena de lo mismo, su autor Remilli, 1320 rs.- yt otro de oro liso, usado, su autor Alexandro Pattrivid Wer, 420 rs.- yt un cubierto de plata, 100 rs.- yt dos cajas de plata, la maior lisa en ochenta reales y la otra, ynglesa, labrada, en sesnta reales y ambas en 140 rs.- yt otras dos cajas de concha grandes y redondas, las dos en 60 rs.- yt otra de similor, 30 rs.- yt otra de porcelana esmaltada en oro, 80 rs.- yt una sortija de un topacio con cerco de brillantes, 755 rs.- yt un bote de plata para tabaco, 40 rs.- yt una caja de pasta de papel grande y redonda, 20 rs.- yt un juego de cinco evillas de christal de roca engastadas en oro, 300 rs.- yt dos ebillas de plata con perlas, 160 rs.- yt dos ebillas de plata lisas y vaciadas, 45 rs.- yt un juego de quatro evillas de piedras de Francia, echura antigua, 80 rs.- yt otro juego de similor, 16 rs.- yt otro de acero con piedras, 20 rsd.- yt un espadin de plata, 650 rs.-yt otros dos de acero, 120 rs.- yt otro de similor y china, 60m rs.- yt una bolsa de piel de lobo marino bordada de oro, 40 rs.- varias obras de musica que son dos, unas de quartetos y otras sinfonias, su autor Monrroy, 200 rs.- yt nueve juegos de minues impresion por el mismo Monrroy, 64 ers.-. yt seis laminas de estaño en que estan gravados dichos minues, 120 rs.- yt varias sonatas, un libro de lecciones de violin y varios borradores, 300 rs.

LIBROS.-

Don Ramón Rodríguez Monroy tenía en el momento de sun matrimonio una pequeña biblioteca formada por sesenta y cinco títulos y varios papeles diferentes de los que no se esoecifica nada mas.

            Por lo que respecta a la temática se registraba obras religiosas como el Año cristiano, de Jean Croiset en la traducción del padre José Francisco de Isla, las Confesiones, de san Agustín, el Penitente instruido, de Paolo Segneri, los Ejércicios espirituales, de san Ignacio de Loyola, los Sermones sobre el Miserere, de fray Juan Crisóstomo Olóriz, etc.

            Poseyó la Historia de la conquista de México, de Antonio de Solís y Rivadeneira, el Espectáculo de la naturaleza, de Noël Antonine Pluche, las Obras de Quevedo y Gracían, el Teatro crítico universal, de fray Benito Jerónimo Feijoo, las Obras médico chirúrgicas, de madame Fouquet, la Monarquía hebrea, de Vicente Bacallar y Sanna, marqués de San Felipe, el Directorio gramatical, de Domingo Santos, la Corte Santa, de Nicolás Caussin, la Historia del emperadior Teodosio, de Esprit Flechier, etc.

            Como obras relacionadascon su profesión tenía los Dialectos músicos en que se manifiesta los mas principales elementos de la música, de fray Francisco de Santa María, el poema La Música, de Tomas de Iriarte y los Fragmentos músico. Reglas generales y muy necesarias para canto llano, canto de órgano, contrapunto y composición, de fray Pedro Nasarre y un libro de Lecciones de violín, del que no se cita el autor

yt seis tomos de a folio Pineda Monarquia hebrea, 120 rs.

= yt un tomo tamvien en folio Solis Historia de Mejico (Antonio de SOLÏS Y RIVADENEIRA.- Historia de la conquista de México, población y progresos de la América septentrional, conocida por el nombre de la Nueva España, Madrid 1684), 24 rs.

– yt otro Casani Historia de la provincia de Granada (José CASANI.- Historia de la provincia de la Compañía de Jesús del nuevo reyno de Granada en la América, Madrid 1741), 20 rs.

– yt otro Nasarra tomo segundo, 30 rs.

– yt doce tomos en quarto del Año christiano (Jean CROISET.- Año cristiano y exércicios devotos para todos los días del año traducido por fray José Francisco de ISLA, Madrid 1753), 120 rs.

– yt seis tomos en quarto de las Dominicas del año, 60 rs.

– yt diez y seis tomos del espectaculo de la naturaleza (Noël Antoine PLUCHE.- Espectáculo de la naturaleza o Conversaciones acerca de las particularidades de la Historia Natural traducido del francés por Esteban TERREROS PANDO, Madrid 1755), 180 rs.

– yt quince tomos de todas las obras del padre Feijoo (fray Benito Jerónimo FEIJOO.- Teatro crítico universal, Madrid 1726-1739), 120 rs.

– yt seis tomos de las obras de Quevedo (Francisco de QUEVEDO Y VILLEGAS.- Obras, Madrid 1650), 60 rs.

– yt dos tomos Demostracion del teatro critico (fray Martín SARMIENTO.- Demostración crítico apologética del Theatro Crítico Universal que dió a la luz el R.P.M. fr Benito Gerónimo Feijoo, Madrid 1732), 20 rs.

– yt un tomo primero de dicha Demostracion suelto, 10 rs.

– yt tres tomos Maximas cristianas de Garau (fray Francisco GARAU.- El sabio instruído de la nat uraleza en quarenta máximas políticas y morales, Barcelona 1675), 30 rs.

– yt dos tomos Florez Reynas de España (fray Enrique FLÓREZ DE SETIËN.- Memorias de la reynas catholicas. Historia genealógica de la Casa Real de Castilla y León, Madrid 1761), 40 rs.

– yt un tomo Florez clave historial (fray Enrique FLÓREZ DE SETIÉN.- Clave historial cion que se abre la puerta a la historia eclesiastica y política, chronología de los Papas, Emperadores, Reyes de España, Italia y Francia con el origen de todas las monarquías, Madrid 1743), 10 rs.

– yt dos tomos obras de Madama Fouquet (Marie de MAUPEAU, vizcondesa de VAUX.- Obras médico-chirúrgicas de Madama Fouquet traducidas por Francisco Monroy y Olaso, Valladolid 1748), 20 rs.

– yt un tomo Codorniu Filosophia moral (fray Antonio CODORNIU.- Índice de la philosofía moral christiano política dirigida a los nobles de nacimiento y espíritu, Gerona 1746), 10 rs.

– yt un tomo oloriz oraciones diversas (fray Juan Crisóstomo OLÓRIZ.- Oraciones diversas dedicadas a la excelentísima eeñora Doña Ana María del Pilar Silva y Portocarrero, condesa de Aranda, Zaragoza 1743), 12 rs.

– yt otro Señeri el devoto de Maria (Paolo SEGNERI.- El devoto de la Virgen María traducido al español por Juan ESPINOLA BAEZA, Madrid 1696), 6 rs.

– yd otro Oloriz sobre el Miserere (fray Juan Crisóstomo OLÓRIZ..- Sermones sobre el Miserere, Zaragoza 1744), 8 rs.

– yd otro Dialectos musicos de Santa Maria (fray Francisco de SANTA MARÍA.- Diañectos músicos en que se manifiesta los más principales elementos de la armonía, Madrid 1778), 12 rs.

-yt otro Vida de los dos Tobias (Vicednte BACALLAR Y SANNA, marqués de SAN FELIPE.- Vida de los dos Tobías, Madtid 1746), 10 rs.

– yt otro Rodríguez Palestra Medica (fray Antonio José RODRÍGUEZ.- Palestra crítico-médica en que se trata introducir la verdadera medicina y desaloxar la tyrana intrusa del reyno de la naturaleza, Pamplona 1734), 4 rs.

– yt otro Historia de los tulipanes, 12 rs.

– yt otro Medico y cirujano de los pobres (Paul DUBÉ.- El médico y cirujano de pobres traducido por Francisco ELVIRAL, Madrid 1755), 12 rs.

– yt otro Yndagaciones sobre el pulso (Theophile BORDEU.- Idioma natural del cuerpo humano: indagaciones sobre el pulso traducido por José Ignacio CABALLO DE CASTRO, Madrid 1768), 12 rs.

– yt Directorio gramatical (Domingo SANTOS.- Directorio gramatical, Madrid 1753), 3 rs.

– yt dos tomos obras de Gracian (Baltasar GRACIÁN.- Obras, Madrid 1663), 30 rs.

– yt dos tomos en pasta Monarquia hebrea por el marques de San Phelipe (Viente BACALLAR Y SANNA, marqués de SAN FELIPE.- Monarquía hebrea: los jueces de Israel y de Juda, Génova 1719), 50 rs.

– yt un tomo tamvien en pasta Poema de la Musica por Yriarte (Tomás de IRIARTE.- La Música poema, Madrid 1779), 24 rs.

– yt otro tomo en pasta la Hermosura sin lunar por el padre Navarro (Joaquín NAVARRO.- La hermosura sin lunar, qual es la del alma y cuerpo de María Santisíma, Madrid 1762), 6 rs.

– yt seis tomos en lo mismo obras de Yriarte (Tomás de IRIARTE.- Colección de obras en verso y prosa, Madrid 1787), 100 rs.

– yt un tomo Gramatica de la lengua española, 10 rs.

– yt veinte y quatro tomos en octabo intitulados Corte Santa de Causino (Nicolás CAUSSIN.- La Corte Santa traduycida del francés por Francuisco Antonio CRUZADO Y ARAGÓN, Madrid 1664), 100 rs.

– yt varios papeles sueltos, 8 rs.

– yt dos tomos en octavo Croyset discursos espirituales (Jean CROISET.- Discursos espirituales sobre los asuntos mas importantes para la vida christiana traducidos por José de ESCOBEDO, Barcelona 1751), 8 rs.

– yt tres tomos tamvien en octavo el Arte explicado (Marcos MÁRQUEZ DE MEDINA.- El arte explicado y gramático perfecto, Madrid 1738), 12 rs.

– yt dos tomos lo mismo Historia de los emperadores romanos, 8 rs.

– yt otros dos Historia del emperador Theodosio (Esprit FLECHIER.- El héroe español: historia del emperador Teodosio traducido por fray José Francisco de ISLA, Madrid 1731), 8 rs.

– yt otros dos Confesiones de San Adustin (san AGUSTÍN.- Confesiones traducidas por fray Pedro de RIBADENEIRA, Madrid 1598), 8 rs.

– yt un tomo Valero Carta pastoral, 4 rs.

– yt otro Esplicacion de la bula de la Santa Cruzada (fray Bernabé GALLEGO DE LA VERA.- Explicación de la Bula de la Santa Cruzada, Madrid 1652), 3 rs.

– yt dos tomos Economia de la vida humana (Robert DODSLEY.- Economía de la vida humana traducida al españo, por Manuel de JUNCO Y PIMENTEL, Madrid 1755), 4 rs.

– yt un tomo Eloquencia española (Bartolomé JIMÉNEZ PATÓN.- Eloquencia española en arte, Toledo 1604), 6 rs.

– yt un tomo retiro espìritual (Louis BOURDALEUE.- Retiro espir itual para las comunidades religiosas, Madrid (s.a), 4 rs.

– yt quatro Platiquillas, 4 rs.

– yt un juego de damas (José Carlos GARUZ DE LA SIERRA.- Libro nuevo. Iuego de damas dividido en tres tratados, Mad rid 1684), 3 rs.

– yt un tomo Lunario, 2 rs.

– yt otro Arte de Nebrija (Antonio de NEBRIJA.- Arte de la lengua castellana, Salamanca 1492), 3 rs.

– yt dos tomos Historia de Carlos doce (François AROUET DE VOLTAIRE.- Historia de Car los XII, rey de Suecia traducida por Leonardo de URIA Y ORUETA, Madrid 1734), 6 rs.

– yt un tomo Molestias del trato humano (fray Juan Crisóstomo OLÓRIZ.- Molestías del trato humano, Madrid 1745), 3 rs.

– yt otro Puente tesoro escondido (fray Luis de la PUENTE.- Tesoro erscondido en las enfermedades y trabajos, Sevilla 1672), 4 rs.

– yt un juego de manos, 3 rs.

– yt un tomo la livertad de la ley de Dios en la China (fray José SUÁREZ.- La libertad de la ley de Dios en el imperio de la China traducido de lengua portuguesa por Juan de ESPINOLA, Lisboa 1696), 2 rs.

– yt otro tomo Nasarre Fracmentos musicos (fray Pablo NASARRE.- Fragmentos músicos. Reglas generales muy necesarias para canto llano, canto de órgano, contrapunto y composición, Zaragoza 1683), 4 rs.

– yt nueve papeles diferentes, 4 rs.

– yt un tomo Pinamonte causa de ricos (Giovanni Paolo PINAMONTE.- La causa de ricchi ovvero il denito ed il frutto della limosna, Bolonia 1697), 4 rs.

– yt dos tomos en pasta en octabo intitulados Compendio de la Historia de España (Pierre DUCHESNE.- Compendio de la historia de España traducido por fray José Frabncisco ISLA, Madrid 1758), 10 rs.

– yt un tomo de Semana Santa, 12 rs.

– yt quatro tomos Sucesos memorables del mundo (Nicolás FONTAINE.- Historia de los sucesos memorables del mundo con reflexiones instructivas traducida por Leonardo de URIA Y ORUETA, Madrid 1751), 12 rs.

– yt un tomo oficio parbo de Nuestra Señora en cstellano, 8 rs.

– yt otro el Alma victoriosa (Francisco Javier HERNÁNDEZ.- El alma victoriosa de la pasión dominante por medio del examen de la conciencia, Valencia 1758), 4 rs.

– yt otro estaciones de Jersusalen (Adrien PARVILLIERS.- La devotion des predestines ou les stations de Jerusale et du calvaire, Rouen 1679), 6 rs.

– yt otro el penitente instruido en pergamino (Paolo SEGNERI.- El penitente instruído traducido por Juan de ESPINOLA BAEZA, Madrid 1695), 2 rs.

– yt otro el confesor in struido (Paolo SEGNERI.- El confesor instruiído traducido por Juan de ESPINOLA BAEZA, Madrid 1695), 2 rs.

– yt otro Ejercicios de san Ygnacio (san Ignacio de LOYOLA.- Ejérciciosz espìrituales, Roma 1548), 3 rs.

– yt un tomo Devocionario en pasta, 4 rs.

CRÉDITOS EN FAVOR.-

Además de todo lo anteriormente expuesto don Ramón Rodríguez Monroy llevó a su matrimonio toda una serie de deudas que contra él tenían contraidas diversas personas, entre ellas los músicos Domingo Rodil, de la Real Capilla y Vicente Julia, de las Guardias Walonas asi como la duquesa de Osuna.

yt dos mil reales de vellon en un vale hecho y firmado por don Josef Tiburcio Rodriguez, vecino de esta Corte, su fecha quince de noviembre de mill setezientos ochenta y seis, 2000 rs.

– yt trescientos y veinte reales de vellon que le esta deviendo don Domingo Rodil, musico de la Real Capilla, 320 rs.

– yt sesenta reales de vellon que esta deviendo don Viente Julia, musico de Guardias Walonas, 60 rs.

– yd dos mil ciento y sesenta reales de vellon que esta deviendo la excmª señora doncesa de Benavente, duquesa de Osuna por su consignacion de trescientos y sesenta reales cada una, 2160 rs.[6]

            Hay que destacar que durante los reinados de Carlos III y Carlos IV, ninguno de aquellos monarcas hicieron innovación alguna en la organización de la Capilla Real, que se vió gravemente afectada por la galopante crísis económica del momento, hasta el punto que Carlos IV, en 1798, estableció que para subvencionar la guerra contra Francia toda los miembros de la Capilla Real debián donar un mes de su sueldo, lo que provocó las airadas protestas de los músicos. [7]

            El día 8 de marzo de 1806 don Ramón Rodríguez Monroy otorgaba el primero de los tres testamentos que conocemos de su mano. [8]

            En aquel documento declara ser musico de la Real Capilla de Su Magestad, vecino de esta Corte y natural de la villa de Gata, obispado de Coria, así como el nombre de sus padres.

            Establece que tras su muerte, su cuerpo fuese amortajado con el hábito del Carmen y sepultado en la yglesia parroquial donde fuere feligres al tiempo de mi fallecimiento y que mi entierro se haga de secreto que devera costear la concordia funeral de los individuos musicos de la Real Capilla de Su Magestad con arreglo a las constituciones establecidas, abonandose y sacandose de mis bienes el esceso que pueda haver por razon de la ofrenda que exija la parroquia.

            Pide que se celebrasen por su alma doscientas misas rezadas, pagando por cada una cuatro reales de vellón. Legaba treinta reales de vellón a los Santos Lugares de Jersusalén, redención de cautivos cristianos y reales hospitales General y Pasión de Madrid.

            Nombraba por sus testamentarios a su hermano don Juan Roríguez Monroy, vecino de la villa de Gata, a su cuñado don José Simón Ramos, marido de su hermana doña María Rodríguez Monroy y a sus compañeros de la Real Capilla, don José de Zayas y don Felipe Martínez.

            Por último instituía por herederos a sus hermanos Juan y María Rodríguez Monroy, y en caso de que ambos falleciesen antes que él, la herencia pasaría a sus sobrinos Vicente, María y Paula, hijos de su hermana y de don José Simón Ramos

            El día 7 de 1806 don Ramón Rodríguez Monroy otorgaba un nuevo testamento ante el escribano José Antonio Canosa, donde repite muchas decisiones expuestas en el primero, aunque también con algunas variaciones. [9]

            Piden que se celebren por su alma veinte misas rezadas, pagando por cada una seis reales de vellón y las que llaman de San Vicente Ferrer con la limosna de diez reales de vellon cada una.

            No olvida a su criada María Candela Cabañas a la que en prueva de mi agradecimiento y teniendo presente sus loables prendas, quiero y es mi voluntad se la de la cama de su uso completa, de quatro sabanas, quatro fundas, quatro almoadas, colcha y manta y que hasta que se concluya mi testamentaria y permanezca en mi casa se la contribuya con seis reales diarios para su manutencion, satisfaciendola asimismo la soldada o salario de cinquenta reales mensuelaes y la pido me encomiende a Dios

            Nombraba por sus testamentarios a su hermano don Juan Rodríguez Monroy, don Juan Guillermo presbitero, capellan de honor de Su Magestad, don Pedro Pareja, asimismo presbitero y don Cayetano Solana, y como herederos a sus hermanos y sobrinos ya citados.

            El 16 de febrero de 1811 el músico extremeño otorgaba un tercer testamento ante el ya mencionado escribano José Antonio Canosa. [10]

            En este nuevo testamento don Ramón Rodríguez Monroy repite muchas de las claúsulas de los dos anteriores, aunque tambiém icluye otras nuevas. Así declara que don Manuel Gómez Blasco, vecino de la villa de Gata, le debe seis mil reales de vellón que le prestó sin interés alguno, para resolver algunos asuntos económicos ue le acuciaban.

            Nombraba por su única heredera a su criada María Candela Cabañas eso en el caso de que se halle al tiempo de mi muerte o en mi casa y compañia aunque quando este bien enferma o imposivilitada y en defecto de uno y otro quiero y es mi voluntad que todos los referidos mis bienes se combiertan la mitad de ellos en misas y sufragios por mi alma y las demas obligaciones y la otra mitad la hereden y lleven por iguales partes mis sobrinos carnales don Jose Maria, doña Paula y don Vicente Ramos Monroy.

            Por último instituñian por sus testamentarios a don Isidro Pareja, presvitero, teniente beneficiado de la parroquia de san sebastian y don Mariano Sancho.

Desgraciadamente en ninguno de sus tres testamentos don Ramón Rodríguez Monroy declara en que iglesia quiere ser enterrado, lo que resulta muy dificil hallar su partida de defunción, que nos aclararía la fecha de su fallecimiento y el lugar de su sepultura.

DOCUIJMENTO 1º.

Testamento de don Ramon Rodríguez Monrroy.

                                                                                 8 de marzo de 1801.

En el nombre de Dios todo poderoso Amen. Sepase por el presente testamento como yo Don Ramon Rodriguez Monrroy, musico de la Real Capilla de Su Magestad, de estado viudo de doña Agueda Rodriguez, vecino que soy de esta Corte y natural de la villa de Gata, obispado de Coria, hixo lexitimo de Don Juan Rodriguez Monrroy y de Doña Maria Rodriguez ambos difuntos, naturales y vecinos que fueron de la misma villa de Gata, hallandome fuera de cama sin enfermedad alguna y con el conocimiento, memoria y expedicion que se requiere para este acto, creyendo como firmemente creo en el incomprensible misterio de la Santisima Trinidad, Padre, Hijo y Espiritu Santo que son tres personas y un solo Dios verdadero y en todo lo demas que nos enseña, cree y confiesa Nuestra Santa Madre Yglesia Catolica Apostolica Romana, vaxo de cuya fe y creencia he vivido y protesto vivir y morir como fiel catolico christiano, temeroso del am uerte que es induvitable a toda criatura y su hora incierta y modo ignorado, paraestar prevenido quando llegue imboco por mi intercesora y abogada a Maria Santisima Madre de dios y señora nuestra, al Santo Angel de mi guarda, santos de mi nombre y devocion y a los demas de la Corte celestial pra que intercedan con su divina Magestad me perdone mis culpas y pecados y lleva a gozar mi alma a la gloria eterna, vaxo de cuya protestacion e invocazion paso a ordenar mi testamento en la forma siguiente.

– lo primero encomienda mi alma a Dios nuestro señor y el cuerpo mando se restituia a la tierra, el qual cadaver sea amortajado con el havito de Nuestra Madre y señora del Carmen de antigua y regular observancia y sepultado en la yglesia parroquial donde fuere feligres al tiempo de mi fallecimiento y que mi entierro se haga de secreto que devera costear la concordia funeral de los individuos musicos de la Real Capilla de Su Magestad con arreglo a las constituciones establecidas, aboonandose y sacandose de mis bienes el esceso que pueda haver por razon de la ofrenda de exija la parroquia.

– es mi voluntad se digan por mi alma e intencion doscientas misas rezadas con la limosna de quatro reales por cada una y sacadas la quarta parroquial las demas se celebren por los sacerdotes seculares o regulares que pareciese a mis testamentarios que adelante nombrare.

– a las mandas forzosas y acostumbradas que lo son los Santos Lugares de Jerusalen, redencion de christianos cautibos y los Reales Hospitales General y Pasion de esta Corte quiero se las de por una vez treinta reales de vellon opara que se repartan entre todas con igualdad, con los quales las desisto, quito y aparto del derecho que pudieran tener a mis bienes.

– declaro que si al tiempo de mi fallecimiento se encontrase entre mis papeles alguna memoria firmada de mi mano concerniente a mi ultima voluntad quiero que su contenido se observe y cumpla invulnerablemente.

– y para cumplir y pagar lo que dexo dispuesto y ordenado en este testamento y que ciontuviese la citada memoria si la dejase, nombre por mis albaceas y testamenarios a mi ermano don Juan Rodriguez Monrroy, vecino de la expresada villa de Gata, a don Josef Simon Ramos, marido de mi hermana Doña Maria Rodriguez Monrroy, vecinos de la ciudad de Plasencia y a mis compañeros de capilla don Josef de Zayas y Don Felipe Martinez, vecinos de esta Corte, a quienes y a cada uno ynsolidum doy todo mi poder y facultad cumplida para que berificado mi fallecimiento entren y se apoderen de todos mis bienes, creditos y efectos y vendan los necesarios en publica o secreta almoneda y con su producto satisfagan y cumplan lo que dexo dispuesto y ordenase en la referida memoria, cuyo cargo quiero les dure el año del albaceazgo y el demas tiempo que desde luego les prorrogo en amplia forma.

– y el remanente que resultare quedar de todos mis bienes, derechos y acciones y futuras sucesiones que por qualesquier titulo me puedan pertenecer, lo divido en tres partes iguales, la una pata mi hrmano Don Juan Rodriguez Monrroy, presbitero, otra para mi ermana Doña Maria Rodriguez Monrroy, a quienes nombro por mis herederos de las dos primeras terceras partes con la precisa circunstancia de que si el Don Juan Rodriguez Monrroy falleciese ante que yo, en este caso ha de ser mi hermana Doña Maria Rodriguez Monrroy mi heredera de las dichas dos primeras terceras partes, a cuyo fin y para que en aquel cso la nombro de ellas por mi unica heredera y si la citada Doña Maria Rodriguez Monrroy falleciese antes que yo nombro por mis herederos a de una de las dichas tres partes de mis bienes a mis sobrinos Don Vicente, Doña Maria y Doña Paula Ramos Monrroy, hixos de la nominada Doña Maria Rodriguez Monrroy, mi hermana y el referido Don Josef Simon Ramos, su marido, y si como dejo prevenido falleciese tambien antes que yo mi ermano Don Juan Rodriguez Monrroy de modo que se berifique sobrevivir yo a mis dos citados hermanos, en este caso nombro por mis herederos a los referidos mis tres sobrinos para que los percivan por iguales partes con la vendicion de Dios a quien les pido me encomienden y de la ultima tercera parte de mis bienes nombro a mi alma y a la de mi difunta mujer Doña Agueda Rodriguez por herederas para que se invuiertabn su importe en misas y sufragios y sobre que asi se cumplira hago a mis testamentarios el mas especial encargo y les confiero la comision mas solemne.

– y por el presente reboco, anulo y doi por cancelados y e ningun valor ni efecto otros qualesquier testamentos, poderes para hacerlos, codicilos y demas disposiciones testamentarias que anteriormente huviese echo y otorgado por escrito, de palabra o0 en otra forma para que ninguna valga ni haga fe judicial ni extrajudicialmente sino es este testamento y la citada memoria si la dejare que quiero sean y se entiendan por mi ultima voluntad en aquella via y forma que mas haya lugar en derecho, en cuyo testimonio asi lo dejo y otorgo ante el presente escribano de provincia en esta villa de Madrid a ocho de marzo de mil ochocientos uno, siendo testigos llamados y rogados Don Andres Josef de Morales, don Antonio Luis Beruti, Don Josef Vallester, Don Enrique Amat y Don Josef Olidann, vecinos y residentes en esta Corte y el otorgante a quien yo el ynfraescrito escribano doy fe conozco lo firmo.

Ramon Rodriguez Monrroy. Ante mi = Manuel Ysidro del Campo.

(ARCHIVO HISTÓRICO DE PROTOCOLOS DE MADRID. Prototcolo = 20824, folº. 59-60 vltº. Escribano = Manuel Isidro Valdés del Campo).

DOCUMENTO 2º.

Testamento otorgado por Don Ramon Rodriguez Monrroy musico de la Real Capilla por el que instituye por sus herederos a sus hermanos y siobrinos que se expresan.

                                                                                               7 de enero de 1806

En el nombre de Dios todo poderoso Amen. Sepase por el presente testamento como yo D. Ramon R odriguez Monrroy, musico de la Real Capilla de Su Magestad, de estado viudo de Dª Agueda Rodriguez, vecino que soy de esta Corte y natural de la villa de Gata, obispado de Coria, hijo lejitimo de D. Juan Rodriguez monrroy y Dª Maria Rodriguez, ambos difuntos, naturales y vecinos que fueron de la misma villa de Gata, hallandome fuera de cama sin enfermedad alguna y con el conocimiento y memoria que se requiere para este acto, creyendo como firmemente creo en el incomprensible misterio de la Santisima Trinidad, Padre, Hijo y Espiritu Santo, tres personas y un solo Dios verdedero y en todo lo demas que nos enseña Nuestra Santa Madre Yglesia Catolica Apostolica Romana, bajo de cuia fe y creencia he vivido y protesto vivir y morir como catolico christiano, temeroso de la muerte que es inebitable a toda criatura y su hora y modo ignorada, para estar prebenido quando llegue nombro por mi intercesora y abogada a Maria Santisima Madre de Dios y señora nuestra, al Santo Angel de la Guarda, santos de mi nombre y debocion y a los demas de la Corte celestial para que intercedan con su Divina Magestad me perdone mis culpas y pecados y llebe a goçar mi alma a la gloria eterna, bajo de cuia protecion e imbocacion paso a ordenar mi testamento en la forma siguiente.

– lo primero encomiendo mi alma a Dios nuestro señor y el cuerpo mando a la tierra, el qual cadaber es mi voluntad sea amortajado con el abito de nuestro serafico padre san Francisco y sepultado en la yglesia parroquial de donde fuere feligres a el tiempo de mi fallcimiento y que mi entierro se haga de secreto que debera costear la Concordia funeral de los individuos musicos de la Real Capilla de Su Magestad con arreglo a las constituciones establecidas, abonandose y sacandose de mis bienes el exceso que pueda haber por razon de la cofradia que exije la parroquia.

– es mi boluntad se digan por mi alma e intencion veinte misas rezadas con la limosna de seis reales de vellon por cada una, de las que sacada la quarta parte parroquial, las demas de celebren por las sacerdotes seculares o regulares que parecieren a mis testamentarios que adelante nombrare.

– asimismo le es se celebren por mi alma las misas que llaman de San Vicente Ferrer con la limosna de diez reales de vellon cada una, lo que se acostumbre, lo que se dispondra inmediatamente por mis testamentarios.

– a las mansas forzosas y acostumbradas que son los Santos Lugares de Jersuslen, redencion de cautivos cristianos y Reales Hospitales General y Pasion de esta Corte, quiero se les den por una vez treinta reales de vellon para que se repartan entre todas con igualdad, con los quales quito y aparto del derecho y accion que podian tener a mis bienes.

– declaro que si al tiempo de mi fallecimiento se encontrase entre mis papeles alguna memoria escrita firmada de mi puño concerniente a esta mi ulltima voluntad, quiero que su contenido se guarde inbiolablemente y se protocolice con los registros del presente escribano para que siempre conste y que se den las copias o testimonios de ella que se necesitaren pues asi es mi boluntad.

– con atencio al notorio servicio con que me esta sirbiendo Maria Candela Cabañas mi criada, en prueva de mi agradecimiento y teniendo presente sus loables prendas, quiero y es mi boluntad se la de la cama de su uso completa de quatro sabanas, quatro fundas, quatro almoadas, colcha y manta y que hasta que se concluya mi testamentaria y permanezca en mi casa se la contribuya con seis reales diarios parasu manutencion, satisfaciendola asimismo la soldada o salario de cinquenta reales mensuales y la pido me encomienda a Dios.

– y para cumplir y pagar lo que dejo dispuesto en este mi testamento y contubiere la memoria citada si la dejare, nombro por mis albaceas y testamentarios a don Juan Rodriguez Monrroy mi hermano, Don Juan Guillermo presbitero, capellan de honor de Su Magestad, Don Pedro Pareja, igualmente presbitero y a Don Cayetano Solana, estos tres ultimos vecinos de esta Corte y a cada uno insolidum y les doy poder y facultad cumplida para que verificado mi fallecimiento se apoderen de todos mis bienes, nedan los necesarios en publica om secreta almoneda y de su producto satisfagan lo que dejo dispuesto y ordenare por dicha memoria, cuio cargo quiero les dure el año del albaceazgo y eol demas tiempo necesario que desde luego les prorrogo en amplia forma.

– y en el remanente que resultare quedar de todos mis bienes, derechos y acciones y futuras sucesiones que pior qualquier titulo me puedan pertenecer lo dibido en tres partes iguales y dejo por herederos respectivede la una parte a mi hermano el referido Don Juan Rodriguez Monrroy presbitero y en el caso que falleciese antes que yo quiero recaiga en mis sobrinos, hijos de doña Maria Ramirez y Monrroy, difunta, mujer que fue de Don Manuel Lopez Gomez, vecinos de la dicha villa de Gata, de la segunda parte a mis sobrinos Don Vicente y doña Paula Ramos y Monrroy, hijos de mi hermana doña Maria Rodriguez Monrroy, difunta, mujer que fue de Don Jose Simon Ramos que reside en la ciudad de Plasencia y de la otra tercera parte hago igualmente de heredera en fabor de la referida mi actual criada Maria Candela Cabañas , esto en el caso de que me este sirbiendo al tiempo de mi fallecimiento pues en el de no estarlo o que yo la sobreviviere es mi boluntad que dicha tercera parte se invierta en misas y sufragios por mi alma y la de mi difunta mujer Doña Agueda Rodriguez y a todos y a cada uno pido me encomienden a Dios.

– y por el presente reboco, anulo y doy por nulos y de ningun valor ni efecto otros quelesquier testamentos, poderes para hacerlos, codicilos y demas disposiciones testamentarias que anteriormente hubiere hecho y otorgado por escrito, de palabra o en otra forma para que ninguna valga ni haga fe judicial ni estrajudicialmente sino es este testamento y citada memoria si la dejare que es mi boluntad se tenga y guarde por mi ultimna y postrimera boluntad en aquella via y forma que mas haya lugar en dreceho, en cuio testimonio asi lo digo y otorgo ante el presente escribano de Su Magestad y del numero de esta villa de Madrid asiedte de enero de mil ochocientos seis, siendo testigos Don Ramon de la Vega, escribano de Su Magestad y el Colegio de esta Corte, Don Martin de Dondiz, Don Manuel Montero, Don Carlos Castrovega y don Miguel Antonio Sotes, residentes en esta Corte y el otorgante a quien doy fee conozco lo firmo.

Ramon Rodriguez Monrroy. Ante mi = Jose Antonio Canosa.

(ARCHIVO HISTÓRICO DE PROTOCOLOS DE MADRID. Protocolo = 21401, folº. 20-23 vlltº. Escribano = José Antonio Canosa.).

DOCUMENTO 3º.

Testamento que otorgo Don Ramon Rodriguez Monrroy, musico de la Real Capilla de Su Magestad.

                                                                                  16 de febrero de 1811.

Sepase por esta publica escritura de testamento, ultima y postrimera voluntad vieren comop yo Don Ramon Rodriguez Monrroy, vecino de esta Corte, viudo de Doña Agueda Rodriguez, natural que soy de ola villa de Gata obispado de Coria, hijo legitimo y de legitimo matrimonio de Don Juan Rodriguez Monrroy y Doña Maria Rodriguez que lo fueron de la misma, ambos difuntos, estando por la divina misericordia en mi libre, sano juicio, memoria y entendimiento natural, creyendo como firmemente creo en el mas alto e incomprensible misterio de la Santisima Trinidad, Padre, Hijo y Espiritu Santo y en todo lo demas misterios que tiene, cree y confiesa nuestra Santa Madre Yglesia Catholica Romana, bajo de cuia fe y creencia he vivido y protesto vivir y morir como fiel cristiano, temeroso de la muerte cosa cierta a toda criatura y su hora dudosa, para estar prevenido quando este caso llegue e implorando el auxilio de Maria Santisima Madre deDios y señora nuestra, Santo Angel de mi guarda, santo de mi nombre y demas de la Corte Celestial bajo de cuyo seguro amparo otorgo que dispongo mi testamento en la forma siguiente.

– lo primero encomiendo mi alma a Dios nuestro señor que la crio y redimio con el infinito precio de su sacratisima sangre, pasion y muerte y el cuerpo mando a la tierra de cuio elemento fue formado, el qual combertido en cadaver sea amortajado con el avito de nuestro padre San Francisco y sepultado en el sitio y paraje destinado por Reales Ordenes, dejando las demas disposiciones de mi entierro y acompañamiento al arvitrio de los testamentarios que nombrare pues asi es mi voluntad.

– mando se digan y celebren por mi alma quarenta misas rezadas con limosna de seis reales de vellon cada una, de las que sacadas la quarta correspondiente al derecho parroquial las restantes se diran en las yglesias y altares privilegidaos que pareciere a los propios mis testamentarios.

– a las mandas forzosas Santos Lugares de Jresusalen, redemcion de cautivos christianos. Reales Hospitales General y Pasion de esta Corte, les lego la limosna acostumbrada con lo que las desisto, separo y aparto del derecho y accion que pudieran tener a mis bienes.

– declaro que Manuel Gomez y Blasco, vecino de la villa de Gata me es deudor de seis mil reales de vellon en dinero metalico que le preste sin interes alguno para su s urgencias y de cuia cantidad formalizo a mi favor el correspondiente resguardo que firmo en la propia villa en quince de abril de mil ochocientos uno, obligandose a su pago en los terminos que de el resultaren y e hallara entre mis papeles y dichos seis mil reales los lego y mando a mi hermano Don Juan Rodriguez Monrroy y caso que este haya fallecido antes que yo quiero y es mi voluntad se repartan por iguales partes entre mis sobrinos carnales y los hijos que existan del citado deudor Manuel Gomez y Blasco.

– quiero que todos los bienes vinculados que me deven recaer en mi por muerte de mi hermano Don Juan Rodriguez Monrroy aun quando se declarasen por libres por la caracteristicas, los lleve y herede la persona a quien corresponda segun los llamamientos de su primitiva fundacion, sin que el heredero que nombre ni otro tenga accion ni derecho a ellos pues asi es mi voluntad.

– nombro por mis testamentarios a Don Ysidro Pareja previtero teniente beneficiado de la parroquia de San Sebastian y Don Mariano Sancho, vecinos de esta Corte y a cada uno insolidum para que luego que se verifique mi fallecimiento entren y se apoderen de los bienes que dejare, vendan los suficientes en publica almoneda o fuera de ella y de su producto cumplan y paguen lo que ba dispuesto, cuio encargo les dure el año el albaceazgo o el tiempo que necesitaren para este fin se les prorogo por el que huvieren menester.

– con atencion al particular cariño y amor que profeso a los referidas mis testamentarios les lego y mando a cada uno un relox de los que se hallaren de mi uso y les pido me encomienden a Dios.

– prevengo que si al tiempo de mi muerte se hallase alguna memoria escrita o firmada de mi mano es mi voluntad que lo que en ella se contenga se tenga y estime como parte de este mi testamento con el que yo quiero se protocolice dandose los testimonios que se pidieren.

– y el remanente que quedare de todos mis bienes muebles y raices, presente y futuros que al presente me correspondan por qualquier causa o razon instituyo y nombro por mi unica y universal heredera de todos ellos a Maria Candela Cabañas, mi criada, esto en el caso de que se halle sirviendome al tiempo de mi muerte o en mi casa y compañia aunque quando este bien enferma o imposivilitada y en defecto de uno y otro quiero y es mi voluntad que todos los referidos mis bienes se combiertan la mitad de ellos en misas y sufragios por mi alma y las demas obligaciones y la otra mitad la hereden y lleven para si por iguales partes mis sobrinos carnales Doña Maria, Doña Paula y don Vicente Ramos Monrroy y a cada uno en su caso les pido me encomienden a Dios.

– y por el presente reboco, anulo y doy por nulos, de ningun balor ni efecto todos los testamentos y qualquier otras disposiciones testamentarias que con anterioridad a esta haya hecho y otorgado por escrito, de palabra o en otra forma que ninguna quiero balga ni haga fe en juicio ni fuera de el, salbo este testamento y memoria citada si la dejare, que ha de tenerse y estimarse por mi ultima y determinada voluntad en la via y forma que en derecho lugar haya. Asi lo dijo y otorgo ante el presente escribano de Su Magestad y del numero de esta villa de Madrid en ella a diez y seis de febrero de mil ochocientos once siendo testigos el presbitero Don Jose Grandas, Don Juan Antonio de Mata, esrcibano de Su Magestad, don Antonio de Villavicencio, Francisco Martin vecino de San Garcia y estante en esta y don Joachin Sanchez residentes en este Corte y el otorgante a quien doy fe conozco lo firmo.

Ramon Rodriguez Monrroy. Ante mi = Jose Antonio Canosa.

(ARCHIVO HISTÖRICO DE PROTOCOLOS DE MADRID. Potocolo = 21406, folº. 59-62 vltº. Escribano = José Antonio Canosa).

[1] .- A.A.V.V.- Diccionario de la Música Española e Hispanoamericana, Madrrid, Socidad Generral de Autores y Editores 1999.

[2] .- MARTÍN MORENO, Antonio.- Historia de la música española. Siglo XVIII, Madrid, Alianza Música, 1985.

[3] .- GALLEGO, Antonio.- La música en tiempos de Carlos III, Madrid, Alianza Música, 1988.

[4] .- SÁNCHEZ SISCART., Montserrat.- Guía histórica de la Música en Madrid, Madrid, Comunidad de Madrid, Consejería de Educación, 2001.

[5] .- Archivo Histórico de Protocolos de Madrid. Protocolo = 18926, folº. 102-111. Escribano = Diego Rubio

[6] .- Doña Josefa Alonso Pimentel Téllez Girón, IX duquesa de Osuna fue una de las damas mas cultas y refinadas del Madrid ilustrado. Pr otectora de Goya que la retrató y realizó para ella varias obras, mantuvo una orqueta privada en su palacio madrileño. Orquesta que dirigió duranta algún tiempo Luigi Boccherini, quien compusó para ellas var ias obras, destacando la zarzuela Clementina. Por la nota que expresó don Ramón Roríguez Monroy parece ser que formó parte de la mencionada orquesta nobiliaria. Sobre los gustos musicales de la duqesa de Osuna véase FERNÁNDEZ QUINTANILLA, Paloma.- La IX duqesa de Osuna. Una ilustrada en la Corte de Carlos III, Madrid, ed. Doce Calles, 2017, pp. 189-193.

[7] .- ROBLEDO, Luis.- “Capilla Real” en Diccionario de la Música Española e Hispanoamericana, Tomo III, Madrid, Sociedad General de Autores y Editores, 1999, p.128.

[8] .- Archivo Histórico de Protocolos de Madrid. Protocolo = 20824, folº. 59-60 vltº. Escribano = Manuel Isidro Valdés del Campo. Ver Documento 1º.

[9] .- Archivo Histórico de Protocolos de Madrid. Protocolo = 21401, folº. 20-23 vltº. Escribano = José Antonio Canosa. Ver Documento 2º.

[10] .- Archivo Histórico de Protocolos de Madrid. Protocolo = 21406. folº. 59-62 vltº. Escribano = José Antonio Canosa.. Ver Documento 3º.

El contenido de las páginas de esta web está protegido.