Teodoro Agustín López López
Con la creación de los Archivos eclesiásticos del Arzobispado de Mérida-Badajoz en mayo de 2006, se realiza la concentración de los fondos del Archivo diocesano de Badajoz -diócesis pacense, la provincia de León de la Orden de Santiago en Extremadura y el partido de la Serena de la Orden de Alcántara- el Archivo capitular, los parroquiales y el Seminario diocesano.
El objeto de nuestro trabajo se centra en el archivo diocesano pacense como sigue: 1º Origen y evolución histórica 2º Geografía eclesiástica de la Baja Extremadura y 3º Guía de los fondos documentales. Apéndice documental y Mapas.
- Origen y evolución del archivo diocesano de Badajoz
Los pocos documentos del comienzo de la Diócesis pacense se guardan en el archivo catedralicio (1255-1500). Pero la creación de los Archivos diocesanos se remonta al Concilio de Trento (1545-1563). Consecuentemente, el grueso de la documentación da comienzo en el siglo XVI, para convertirse en muy amplia en el año 1874 al incorporarse los archivos provenientes de los Prioratos de San Marcos de León y Alcántara, que tenían ubicadas sus parroquias en Extremadura y hubieron de incorporarse a la catedral más próxima, una vez extinguidos las Ordenes Militares por la Bula «Quo gravius» de Pío IX de 14 de julio de 1873.
El palacio episcopal, ubicado en unas casas junto al viejo “Almacén” del interior del castillo, fue su primera sede. El lunes 18 de junio de 1685, cuando al mediodía una tormenta de relámpago despidió un rayo, cayendo en el Almacén Real, en el cuarto de la cuerda, no afectando al vecino polvorín.
La segunda ubicación durante tres siglos consecutivos (1705-2001) estuvo en la calle que unía el campo de San Juan y el campo de San Francisco, hoy Obispo San Juan de Ribera nº 13. La nueva sede episcopal había sido donado por Dª Ana Márquez Negrete al Obispo Dª Juan Marín de Rodezno, quien por testamento del mismo pasa la propiedad al Cabildo Catedral Pacense e inquilino el Obispo diocesano con su vivienda, oficinas curiales y archivo.
Poseemos un expediente fechado el 22 de diciembre de 1729 en donde encontramos los primeros datos históricos: Mons. Marín de Rodezno ordena el traslado del archivo obispal, que estaba en la residencia episcopal del castillo, a la nueva sede con el consiguiente archivo “diocesano”, por haber caído una bomba en él y quemados y perdidos diferentes legajos, Era archivero Antonio Gómez Fabra. Anteriormente ocupo este cargo D. Matías Sutil.
«Matías Sutil, archivero dice que en esta fecha cayó una bomba – Guerra de sucesión- en los Palacios de los Sres Obispos en el Castillo y redujo a cenizas numerosos legajos, por lo que el Obispo Marín de Rodezno mandó que se trasladasen los papeles a su nuevo palacio que se hallaba en el campo de San Francisco, cuyos fueron ayudados a conducir por mi y Antonio Gómez Fabra, que entonces era archivero y habiéndose puesto en orden en este palacio un cuarto bajo toda custodia y estado todo el tiempo que fue Obispo D. Francisco Valero y Losa (1708-1715), arzobispo que fue de Toledo a quien sucedió D. Francisco Levanto y Vivaldo (1715-1719) a los pocos años de estar en este Obispado mando desocupar el cuarto que estaba de Archivo y habiéndose mudado todos los papeles al cuarto alto donde hoy permanezco se experimento que con la humedad del suelo se hisieron senisa unos 300 pleitos antiguos y modernos quedándose pegados y podridos al suelo de suerte que no se puede de dichos pleitos sacar más que senizas… que se destruían entre las manos… y de aquel orden antiguo se logro una total confusión y se llevaron a dicho Archivo que con la venida de sus Majestades, los Sres. Reyes, Príncipes, Infantes de España y parece que están confundidos y oscurecido» (Archivo diocesano de Badajoz, leg. 16, nº 400, fol. 38)
La Revolución francesa fue un hecho de terribles consecuencias para el archivo pacense al ser asaltado. Supuso más que la pérdida de parte de documentos una dislocación de los mismos..
En la Persecución religiosa (1936-39) se origino, al parecer, mas confusión en la documentación que destrozo, aunque pudieron desaparecer algunos documentos; los ocupantes del Palacio Episcopal buscaban otro tipo de papeles en el Erario.
En el 1922 D. Fernando Castón Durán es nombrado archivero diocesano, siendo dos años después también del catedralicio con un beneficio por oposición hasta el 1951, que fue canónigo archivero a título personal hasta su muerte en dicho año. Le sucede con los mismos cargos el beneficiado D. Pedro Rubio Merino (1953-1968). Tras 14 años sin dirección es nombrado Archivero diocesano D. Eladio Méndez Venegas (1982-2005) y canónigo archivero y director de los Archivos Eclesiásticos D. Teodoro Agustín López López. (2006)
Una obra silenciosa fue el trabajo de D. Fernando Castón, quien realizó un gran catálogo en fichas manuscritas con los fondos de la Orden de Santiago pertenecientes a la provincia de León en Extremadura llegando a catalogar la suma de cerca 80.000 expedientes, restando un 20 % que ahora continuamos. Tras un periodo de más de medio siglo sin catalogar se empezó una nueva andadura informatizando las fechas de papel (2007). Con los fondos de la Orden de Alcántara, perteneciente a la Serena, en breve se publicará el inventario, que estaba por realizar. (2015).
En el pontificado de Mons. Doroteo Fernández el año 1973 se procede al derribo del antiguo palacio episcopal. Durante los tres años que dura las obras permanece cerrado el archivo y los legajos son almacenados en la sala capitular de la Santa Iglesia Catedral y vuelta de nuevo al mismo lugar, una vez terminada las obras a los sótanos del nuevo edificio del Obispado. Los nuevos locales contaban con dos esplendidas habitaciones perfectamente amuebladas: En la superior existen 11 Archivadores-Compactos bifaciales (en total 22), fáciles de manejar mediante el sistema de railes, que pueden ocuparse, por tanto, por las dos caras y donde se guarda la documentación histórica de Badajoz-Ciudad, de la Curia y otros organismos eclesiásticos y civiles. En la habitación inferior o sótano existen 22 Archivadores-Compactos, bifaciales (en total 44), de los que 25 están ocupados de documentación, ocho están vacíos para el crecimiento del documental propio del Archivo y el resto ocupados en parte por otros organismos de la Curia. Existía una sala de lectura y revistero y otra sala para el director del Archivo y auxiliar.
Durante el gobierno de Mons. Antonio Montero ocurre la tercera ubicación, cuando compra el Arzobispado la casa del Cordón, sita en c/ Obispo San Juan de Ribera nº 2. (2001) para los nuevos locales de las oficinas de la Curia episcopal. Al siguiente año se traslada también el archivo diocesano. Ocupa la parte sótano del edificio en tres estancias con sus respectivos compactos metálicos.
Finalmente, sufre el cuarto traslado los fondos documentales, cuando el Arzobispo D. Santiago García Aracil crea los Archivos Eclesiásticos del Arzobispado de Mérida-Badajoz, en donde se custodia el archivo catedral y diocesano (2007) y los fondos parroquiales (2013); no obstante, la documentación conserva la independencia de las entidades productoras. El 30 de mayo de 2006 nombra director de los mismos a D. Teodoro Agustín López López. Se ubican en la planta baja del anterior obispado c/ Obispo San Juan de Ribera nº 13, una vez que el Arzobispado compra la nuda propiedad del local al Cabildo Catedral. Realizadas las obras de adaptación y las mejores instalaciones con la financiación de Caja Sur, se inaugura el 13 de septiembre de 2007 coincidiendo con el XXIII Congreso Nacional de Archiveros de la Iglesia en España en Mérida-Badajoz. Todos ellos dotados de los correspondientes medios de seguridad, antiincendios, humedad y temperatura.
La distribución espacial es como sigue: Despacho de dirección y sala de recepción e información, flanqueando el pórtico para entrar a la sala de investigadores, en done se dispone de doce puestos. Tras un largo pasillo y los servicios por una puerta brindada se accede por el mismo pasillo a las salas de los fondos capitulares, reprografía, catalogación y almacén. En la parte posterior los fondos diocesanos y parroquiales.
- Geografía eclesiástica de la Baja Extremadura
2.1. DIOCESIS PRIMITIVA
Desde su restauración en el siglo XIII, hasta el 1873, la Diócesis de Badajoz estuvo reducida a un exiguo territorio enclavado entre las de Coria (al Norte); Evora y Portalegre (al Oeste); -entre el 1570 y 1881 también la de Elvas-Portugal- el extenso territorio del Priorato le San Marcos de León, de la Orden Militar de Santiago (a todo lo largo del Este y Sur). Abarcaba solamente 43 núcleos urbanos son 62 parroquias. Eran los siguientes:
1.Albuera (La). 2. Alburquerque (dos parroquias: San Mateo y Santa María). 3. Alconchel. 4. Alconera. 5. Almendral (dos parroquias: San Pedro y Santa María Magdalena). 6 Atalaya. 7. Badajoz (cinco parroquias: Purísima Concepción, San Andrés, San Juan Bautista, Santa María la Real; y en extramuros: La Corchuela con la advocación de «El Sagrado Corazón de Jesús). 8. Barcarrota (dos parroquias: Santa María de Soterraño y Santiago).9. Bodonal de la Sierra. 10 Burguillos del Cerro. 11. Codosera (La). 12. Corte de Peleas. 13. Cheles. 14. Feria. 15. Fregenal de la Sierra (tres parroquias: Asunción, Santa Ana y Santa Catalina). 16. Higuera de Vargas. 17. Higuera la Real. 18. Jerez de los Caballeros (cuatro parroquias: San Bartolomé, San Miguel, Santa Catalina y Santa María de la Encarnación). 19. Lapa (La). 20. Morera (La). 21 Nogales. 22 Oliva de Jerez. 23. Parra (La). 24. Puebla del Maestre. 25. Roca de la Sierra (La). 26. Salvaleón. 27 Salvatierra de los Barros. 28. Santa Marta. 29. Solana de los Barros. 30. Talavera la Real. 31. Torre de Miguel Sesmero. 32. Valencia del Mombuey. 33. Valencia del Ventoso. 34. Valverde de Burguillos. 35. Valverde de Leganés. 36. Valle de Matamoros. 37. Valle de Santa Ana. 38. Villagarcía de la Torre. 39. Villalba de los Barros. 40. Villanueva del Fresno. 41. Villar de Rey. 42. Zafra. 43. Zahinos.
Anexión del 1811. Olivenza (dos parroquias: Santa María del Castillo y Santa María Magdalena) . San Benito de Olivenza. San Jorge de Alor. Santo Domingo de Olivenza. Táliga. Villarreal.
2.2. OBISPADO PRIORATO DE LAS ORDENES MILITARES
- Del Obispado Priorato de San Marcos de León
Provincia de León en Extremadura
Desde la reconquista en el siglo XIII hasta Bula “Quo gravius” de 1873 la Provincia de León, perteneciente a la Orden de Santiago, ocupa un gran territorio enclavado entre Badajoz y Huelva -Cumbres, Aracena y Santa Olalla- (Oeste); la de Sevilla -Real, Cazalla y Alanís- (Sur); y la de Córdoba y la de Plasencia (Medellín y Miajada) (Este); y la de Plasencia –Trujillo- y la de Coria Cáceres) (Norte). Abarcaba 89 pueblos, en dos obispados provisoratos.
Provisorato de Llerena
- Ahillones. 2 Arroyomolinos de León. 3 Azuaga. 4 Berlanga. 5 Bienvenida. 6. Cabeza la Vaca. 7 Calera de León. 8 Calzadilla. 9. Campillo de Llerena 10. Cantagallo, anexo a Llerena. 11. Cañaveral. 12. Cardenchosa, anejo a Azuaga. 13. Casas de Reina. 14. Fuente de Cantos. 15. Fuente del Arco. 16. Fuente del Maestre. 17. Fuentes de León. 18. Garrovilla (La). 19. Granja (La). 20. Guadalcanal. 21. Higuera de Llerena, anejo de Valencia de las Torres. 22. Hinojosa del Valle. 23. Hornachos. 24. Llera. 25. Llerena. 26. Maguilla. 27. Malcocinado, anejo de Guadalcanal. 28. Medina de las Torres. 29. Monesterio, anexo de Montemolín. 30. Montemolín. 31. Nava de Santiago (La). 32. Pallares. 33. Puebla del Prior. 34. Reina, anejo a Fuente del Arco. 35. Retamal. 36. Ribera del Fresno. 37. Santos de Maimona (Los). 38. Segura de León. 39.Trasierra, anejo de Reina. 40. Usagre. 41. Valencia de las Torres. 42. Valverde de Llerena.
Provisorato de Mérida
- Aceuchal. 2. Alange. 3 Albalá. 4. Alcuescar. 5. Aljucén. 6. Almendralejo. 7. Almoharín. 8. Arroyo de San Servan. 9. Arroyomolinos de Montánchez. 10. Benquerencia. 11. Botija. 12. Calamonte. 13. Carmonita, anejo de Cordovilla. 14. Carrascalejo. Anexo de Aljucén. 15. Casas de D. Antonio. 16. Cordovilla. 17. Don Alvaro. 18. Esparragalejo. 19. Garrovilla. 20. Lobón. 21. Medina de las Torres. 22. Mérida. 23. Mirandilla. 24. Montánchez. 25. Montijo. 26. Nava (La). 27. Nava, filial de Montemolín. 28. Oliva de Mérida. 29. Palomas. 30. Puebla de la Calzada. 31. Puebla de la Reina. 32. Puebla de Sancho Pérez. 33.Salvatierra de Montánchez. 34. San Pedro de Mérida. 35. Torre de Santa María. 36. Torremavor. 37. Torremejía. 38. Torremocha. 39. Trujillanos. 40. Valdefuentes. 41. Valdemorales. 42. Valverde de Mérida. 43. Villafranca de los Barros. 44. Villagonzalo. 45. Zarza de Alange. 46. Zarza de Montánchez.
- Del Obispado Priorato de Magacela y Zalamea de la Serena
Desde la reconquista en el siglo XIII hasta Bula “Quo gravius” de 1873 el Partido de la Serena, perteneciente a la Orden de Alcántara ocupa un pequeño territorio enclavado entre el Condado de Medellín y el Partido de Llerena (Oeste); Reino de Córdoba (Sur); Sargencia de Trujillo (Este); y el Partido de Trujillo (Norte). Abarcaba 13 pueblos, con dos prioratos.
Magacela y Villanueva
- Campanario. 2. La Coronada. 3. Esparragosa de Lares. 4 La Haba. 5. Magacela. 6. Sancti-Spíritus. 7. Villanueva de la Serena
Zalamea de la Serena
1.Esparragosa de la Serena. 2. Higuera de la Serena. 3. La Guarda 4. Quintana. 5 Valle de la Serena. 6. Zalamea de la Serena.
- 3. DIOCESIS POST BULA “QUO GRAVIUS” 1873.
1.Aceuchal. 2. Ahillones. 3.Alange. 4. Albalá. 5. Albuera (La). 6. Alburquerque (dos parroquias: San Mateo y Santa María). 7. Alcazaba. 8. Alconchel. 9. Alconera. 10. Alcuescar. 11. Aljucén 12. Almendral (dos parroquias: San Pedro y Santa María Magdalena). 13. Almendralejo. 14 Almoharín. 15. Arroyo de San Servan. 16. Arroyomolinos de León. 17. Arroyomolinos de Montánchez.18. Atalaya. 19. Azuaga. 20. Badajoz (cinco parroquias: Purísima Concepción, San Andrés, San Juan Bautista, Santa María la Real; y en extramuros: La Corchuela con la advocación de «El Sagrado Corazón de Jesús»).21. Balboa. 22. Barbaño. 23. Barcarrota (dos parroquias: Santa María de Soterrarlo y Santiago). 24. Benquerencia de la Serena. 25. Benquerencia. 26. Berlanga. 27. Bienvenida. 28. Bodonal de la Sierra. 29. Botija. 30. Burguillos del Cerro. 31. Cabeza de Vaca. 32. Cabeza del Buey, anexo Almorchón. 33. Calamonte. 34. Calera de León. 35. Calzadilla de los Barros. 36. Campanario. 37. Campillo de Llerena. 38. Cañaveral. 39. Cantagallo, anexo de Llerena. 40. Cardenchosa. anejo a Azuaga. 41. Carmonita, anejo de Cordovilla. 42. Carrascalejo. Anejo de Aljucén. 43. Casas de D. Antonio. 44. Casas de Reina. 45. Castuera. 46. Cheles. 47. Codosera (La). 48. Cordovilla de Lácara. 49. Coronada (La). 50. Corte de Peleas. 51. Docenario. 52. Don Alvaro. 53. Entrín Alto. 54. Entrín Bajo. 55. Esparragalejo. 56. Esparragosa de la Serena 57. Esparragosa de Lares. 58. Feria. 59. Fregenal de la Sierra (tres parroquias: Asunción, Santa Ana y Santa Catalina). 60. Fuente de Cantos. 61. Fuente del Arco. 62. Fuente del Maestre. 63. Fuentes de León. 64. Garrovilla. 65. Gévora. 66. Granja de Torrehermosa (La). 67. Guadalcanal. 68. Guadiana del Caudillo. 69. Guarda (La). 70. Haba (La). 71. Helechal. 72. Higuera de la Serena. 73. Higuera de Llerena. 74. Higuera de Vargas. 75. Higuera la Real. 76. Hinojosa del Valle. 77. Hornachos. 78. Jerez de los Caballeros (cuatro parroquias: San Bartolomé, San Miguel, Santa Catalina y Santa María de la Encarnación). 79. La Bazana. 80. La Nava de la Serena. 81. Lapa (La). 82. Llera. 83. Llerena. 84. Lobón. 85. Magacela. 86. Maguilla. 87. Malcocinado. 88. Malpartida de la Serena. 89. Medina de las Torres. 90. Mérida. 91. Mirandilla. 92. Monasterio, filial de Montemolín. 93. Monesterio. 94. Montánchez. 95. Montemolín. 96. Montijo. 97. Morera La. 98. Nogales. 99. Novelda del Guadiana. 100. Oliva de Jerez. 101. Oliva de Mérida. 102. Olivenza (dos parroquias: Santa María del Castillo y Santa María Magdalena). 103. Pallares. 104. Palomas. 105. Parra (La). 106. Peraleda del Zaucejo. 107. Puebla de la Calzada. 108. Puebla de la Reina. 109. Puebla de Obando. 110. Puebla de Sancho Pérez. 111. Puebla del Maestre. 112. Puebla del Prior. 113. Pueblonuevo del Guadiana. 114. Puerto Urraco. 115. Quintana de la Serena. 116. Reina, 117. Retamal de Llerena. 118. Ribera del Fresno. 119. Roca de la Sierra (La). 120. Rubios (Los). 121. Sagrajas. 122. Salvaleón. 123. Salvatierra de los Barros. 124. Salvatierra de Montánchez. 125. San Benito de Olivenza. 126. San Jorge de Alor. 127. San Pedro de Mérida. 128. San Rafael de Olivenza.129. San Vicente de Alcántara. 130. Sancti-Spíritus. 131. Santa María la Nava. 132. Santa Marta. 133. Santo Domingo de Olivenza. 134. Santos de Maimona (Los). 135. Segura de León. 136. Solana de los Barros. 137. Talavera la Real. 138. Táliga. 139. Torre de Miguel Sesmero. 140. Torre de Santa María. 141. Torremavor. 142. Torremejía. 143. Torremocha. 144. Trasierra, anejo. 145. Trujillanos. 146. Usagre. 147. Valdebotoa. 148. Valdefuentes. 149. Valdelacalzada. 150. Valdemorales. 151. Valdivia. 152. Valencia de las Torres. 153. Valencia del Mombuey. 154. Valencia del Ventoso. 155. Valle de la Serena 156. Valle de Matamoros. 157. Valle de Santa Ana. 158. Valuengo. 159. Valverde de Burguillos. 160. Valverde de Leganés. 161. Valverde de Llerena. 162. Valverde de Mérida. 163. Villafranca de los Barros. 164. Villafranco del Guadiana. 165. Villagarcía de la Torre. 166. Villagonzalo. 167. Villalba de los Barros. 168. Villanueva de la Serena. 169. Villanueva del Fresno. 170. Villar de Rey. 171. Villarreal. 172. Zafra. 173. Zahinos. 174. Zalamea de la Serena. 175. Zarza de Alange. 176. Zarza de Montánchez
REFORMA CONCORDATARIA DE 1958.
Del obispado de Córdoba al de Badajoz. Arciprestazgo de Castuera.
- Castuera, 2. Almorchón, 3. Benquerencia de la Serena, 4. Cabeza del Buey, 5. Helechal, 6. Malpartida, 7. La Nava, 8. Peraleda del Zaucejo, 9. Puerto Urraco.
Mientras que los documentos de estos pueblos erróneamente se trajeron a Badajoz, con un retraso de siete años fueron devueltos a Córdoba, (1881), el retorno de los mismos mandados por el decreto de la Sagrada Congregación Consisterial de 30 de abril de 1958, de Pio XII aún no se han realizado en setenta años. La ocasión ha sido que con la catalogación del Partido de la Serena observamos que la colección de la Visitaciones está incompleta.
Del Obispado de Cáceres al de Badajoz.
Los pueblos de Puebla de Obando y San Vicente de Alcántara.
Del Obispado de Badajoz la de Coria-Cáceres . Arciprestazgo de Montánchez.
- Albalá. 2. Alcuescar 3.Almoharín. 4. Arroyomolinos de Montánchez. 5. Botija. 6. Casas de D. Antonio. 7. Montánchez. 8. Salvatierra de Montánchez. 9. Torre de Santa María. 10. Torremocha. 11. Valdemorales. 12. Zarza de Montánchez
III. Fondos documentales
Cuadro de clasificación 1255-2000
Etapas | 1255-1563 | 1563-1874 | 1873-2000 |
Diocesis Pacense primitiva | No existe | Archivo diocesano | Cerrado |
Orden de Santiago | No existe | Fondos recibidos | Cerrado |
Orden de Alcántara | No existe | Fondos recibidos | Cerrado |
Diócesis Pacense | No existe | No existe | Anexión de las Ordenes Militares a la Diócesis primitiva |
- Periodo (1255-1563)
Diócesis Primitiva y Territorios Maestrales
Pocos son los documentos que se conservan en el Archivo capitular de Badajoz sobre los 43 pueblos de la diócesis primitiva. Concretamente se reducen a las Actas sinodales de 1255; Telena, carta de caballería (1413); Valencia del Ventoso, copia de la Bula de León X anexionado a la mesa capitular la parroquia (1514); Valverde de Leganés, toma de posesión del curato (1515), tasación y declaración por donde se ha de hacer la obra de la Iglesia (1547); Zafra, el cabildo pide al convento de la Encarnación , anexo al de Santo Domingo del Campo de la Alconera el diezmo de una huerta de Zafra (1535) y los conventos de santo Domingo del Campo o de la Mina y el convento de las monjas de Santa Catalina dicen que están exentas de su pago (1547); Villalba, posesión que tomó el cabildo del préstamo de la villa (1539); Almendral, censo (1551); Talavera, instrumentos de las viñas que se han de poner en tierra del Cabildo (1456); Salvaleón, rastras y contratos decimales de granos, uva y aceite (1540); Torre de Miguel Sesmero, sentencia sobre los diezmos con Almendral (1565). Por tanto, no podemos hablar de archivo diocesano de Badajoz en la Baja Edad Media.
Igualmente se puede afirmar de los archivos de la Ordenes Militares de los Grandes Maestres en la Alta y Baja Edad Media, o al menos podemos afirmar que no fueron trasferidos sus archivos a Badajoz.
- Periodo (1563-1874).
- Diócesis pacense
Aunque resta un 500 % sin catalogar según el fichero que disponemos, es como sigue:
Series | Fechas extremas | Legajos | Nº de Expedientes | Series | Fechas extremas | Legajos Expedientes |
Capellanías | 1500-1874 | 35 | 270 | Iglesia | 1626-1872 | 6 33 |
Catedral | 1492-1871 | 7 | 199 | Ermitas | 1592-1869 | 6 24 |
Cementerio | 1821-1868 | 2 | 12 | Memoria de misas | 1712-1832 | 2 8 |
Asuntos civiles | 1749-1864 | 53 | 998 | Asuntos criminales | 1687-1844 | 10 76 |
Ordenes Sagradas | 1600-1873 | 42 | ||||
Libros de Ordenaciones
|
1800-1900 | 2. | Hospitales
|
1532-1757 |
MATRIMONIOS APOSTOLICOS
Las dispensas por causa parentesco carnal entre los contrayentes con diversos grados de consanguinidad o por parentesco espiritual entre los mismos por afinidad están los expedientes extraordinarios con sus respectivas bulas pontificas en latín dan origen a esta serie que en este periodo suman 442 legajos ordenados por pueblos y estos a su vez por orden cronológico.
- Órdenes Militares
- FONDO ORDEN DE SANTIAGO Serie 1. Ordenes sagradas
- Series nominales. La catalogación realizada sobre los fondos documentales santiaguista consistió en enumerar hasta 1436 legajos y 50.885 expedientes sin orden cronológico ni alfabético, pero con un interesante fichero donde aparecen materias y pueblos. En efecto, podemos encontrar las series nominales, que una vez informatizadas resulta su búsqueda con facilidad. Un 20% aún está por catalogar.
Nº de expedientes: 3267. Fechas extremas: 1501-1874
Serie 2. Asuntos matrimoniales
Nº de expedientes: 8473. Fechas extremas: 1621-1874
Serie 3. Iglesias, ermitas y conventos
Iglesias. Nº de expedientes: 2183. Fechas extremas: 1570-1874 Ermitas. Nº de expedientes: 116. Fechas extremas: 1541-1874. Conventos. Nº de expedientes: 694. Fechas extremas: 1527-1874
Serie 4. Capellanías
Serie 4. Capellanías
Nº de expedientes: 10929. Fechas extremas: 1536-1874.
Serie 5. Asuntos civiles
Nº de expedientes: 6815. Fechas extremas: 1559-1874.
Serie 6. Asuntos criminales
Nº de expedientes: 2588. Fechas extremas: 1406-1874
- FONDO ORDEN DE ALCANTARA
- Serie 1. Dignidad prioral
Gobierno y correspondencia. Censos. Cajas 3 Nº de expedientes 243 ; Fechas extremas 1663-1798.
Serie 2 . Parroquias
Iglesias; Cuentas de fábrica; Provisiones de curato; Nombramientos de oficio; Solicitudes eclesiásticas; Solitudes de sepultura; Censos y otros bienes de iglesias, ermitas, cofradías y eclesiásticos.
Cajas 9 ; Nº de expedientes 689 ; Fechas extremas 1576-1873.
Serie 3 . Visitas
Visitas generales de la O. de Alcántara. Libro I- XIII Priores D. Diego Sandoval Pacheco y D. Juan Rodríguez Villafuerte. Visitas Pastorales
Cajas 16; Nº de expedientes 177 ; Fechas extremas 1595-1863.
Serie 4 . CAPELLANÍAS, PATRONATOS Y OBRAS PÍAS.
Capellanías: Fundación y oposiciones
Cajas 70 ; Nº de expedientes 1374 ; Fechas extremas 1600-1874.
Dotes de obras pías para casamientos. Bienes de capellanías
Cajas 3 ; Nº de expedientes 143 ; Fechas extremas 1625-1853.
Serie 5. ORDENES SAGRADAS
Libros de matriculas de ordenaciones Tomo I y II.
Caja 1 ; Nº de expedientes 2 ; Fechas extremas 1779-1873.
Expedientes de órdenes sagradas : tonsura, grados, de epístola, de evangelio y de misa.
Cajas 30; Nº de expedientes 1219 ; Fechas extremas 1635-1874.
Serie 6 . ASUNTOS CIVILES Y CRIMINALES
Pleitos. Cajas 6 ; Nº de expedientes 122 ; Fechas extremas 1652-1873.
Testamentos. Caja 7 ; Nº de expedientes 104 ; Fechas extremas 1666-1870.
Serie 7. ASUNTOS MATRIMONIALES
Expedientes. Cajas 116 ; Nº de expedientes 5540 ; Fechas extremas 1600-1870.
Divorcios. Cajas 6 ; Nº de expedientes 106; Fechas extremas 1825-1868.
Serie 8. VARIOS
Caja 1; Nº de expedientes 15; Fechas extremas 1882-1872
.
- Periodo diocesano (1874- 2000). post de la Bula “Quo gravius”
- La diócesis pacense en la Baja Extremadura 1874-2015
CUADRO DE CLASIFICACIÓN
Sección de Gobierno | Sección del Erario | Sección de Provisorato |
Series | Series | Series |
Ordenes Sagradas | Administración diocesana | Pleitos ordinarios y asuntos civiles |
Conventos | Junta Diocesana | Asuntos matrimoniales |
Cofradías Hermandades y Asociaciones | Contaduría. | Tribunal de 1ª Instancia |
Pontificados. | Cuentas parroquiales de fábrica. | Divorcios-separaciones y nulidades |
Clero secular. | Patrimonio. | Matrimonios secretos |
Matrimonios Apostólicos o Extraordinarios | Habilitación del clero | Asuntos criminales |
Copias de partidas sacramentales (1918-2013) | Capellanías | Varios |
Correspondencia de parroquias | Escrituras y testamentos | |
Entables, dispensa de prole | Libros registros: Mayor, caja, administración, entradas | |
Autoridades eclesiásticas y civiles | Varios. | |
Registro, Estadísticas, encuestas Parroquias | ||
Varios |
SECCION I.- GOBIERNO
Serie 1. Ordenes sagradas
Legajos. 51. Fechas extremas 1873-1980. Los expedientes de los sacerdotes vivos fueron sacados en el año 1985 e incorporados a sus expedientes personales en el archivo de Curia del Arzobispado. Creo que archivísticamente fue un error; ya que existen sus huecos en la serie propia. Libros de Ordenaciones 3, a. 1802-1960.
Serie 2. Conventos
Conventos de la Antigua Diócesis. Legs. 5. Fechas extremas: 1850-1915. Conventos de clausura: Correspondencia. Legs. 18, a. 1837-1920; toma de hábitos. Legs. 30, a. 1919-1970; elección de Abadesas o Priora. Legs 7, a.1843-1913; Secularizaciones. Legs. 17, a. 1808-1966. Monjas de Badajoz capital y portuguesas. Leg. 2, a.1885-1920. Religiosas exclaustradas: Legs. 7, a. 1836-1957. Conventos de clausura. Documentación diversa. Legs. 12, a.1890-1983. Regulares exclaustrados. Legs. 2, a. 1836-1839. Religiosos. Leg. 1 1848- 1957. Religiosos y religiosas. 9, a. 1890-1973.
Serie 3. Cofradías, hermandades y asociaciones
Cofradías, Hermandades y Asociaciones. Legajos 31. Fechas extremas 1757-2007.
Serie 4. Pontificados
Obispos titulares Legs. 11, a. 1848-1979. Visitas Pastorales. Legs. 22, a. 1797-1979. Cartas pastorales 1802-2000. Visita ad limina Leg. 1, a. 1986-1990.
Serie 5. Clero secular
Curatos, colaciones, permutas y arreglos parroquiales. Legs. 15, a. 1846-1956. Licencias ministeriales. Legs. 7, a. 1896-1956. Incardinaciones. Legs. 2, a. 1876-1959. Propios diocesanos. Legs. 8, a.1915-2007. Sacerdotes Mártires del siglo XX. Legs, 4, a. 1900-2011. Asamblea Conjunta. Legs. 2, a. 1969-1971. .
Serie 6. Matrimonios apostólicos
Los Matrimonios Extraordinarios son aquellos que se le concede dispensas por causa de parentesco carnal entre los contrayentes con diversos grados de consanguinidad o por parentesco espiritual entre los mismos por afinidad. Llevan cada uno de los expedientes sus respectivas bulas pontificas en latín. Son legajos ordenados por pueblos y estos a su vez por orden cronológico. Legs. 1083. Fechas extremas 1600-2011.
Serie 7. Copias de partidas sacramentales
Copias de partidas sacramentales Legajos 131, a. 1921-2012. Los años correspondientes al siglo XX están por orden cronológico de bautizos, matrimonios y defunciones y los del siglo XXI están por parroquias en orden cronológico.
Serie 8. Entables
Entables, dispensa de prole y certificaciones. Legajos. 82. Fechas extremas 1869-2012.
Serie 9. Autoridades civiles y eclesiásticas
Correspondencia. Legajos 4. Fechas extremas 1816-1959. Santa Sede. Legs, 3, a. 1878-1886. Ministerio de Gracia y Justicia. Legs. 4, a 1832-1871
Serie 10. Correspondencia de parroquias
Legajos 213, Fechas extremas 1847- 1970. Están ordenados por orden alfabético y cronológico de pueblos. Comunicaciones. Legs. 4, a. 1825- 1855.
Serie 11. Registros
Estadísticas-parroquias, encuestas matricula de almas, inventario y padrones de población. Legs. 18, a. 1800-1985. Libros de entrada y salida. Legs. 10, a. 1930-1960. Libros de cajas. Legs. 2, a. 1906-1962.
Serie 12. Varios
Oratorios privados, públicos y semipúblicos. Legajos 2. Fechas extremas 1880-1940. Catedral. Legs. 8, a. 1622-1864. Seminario. Legs.16, a. 1853-1953, Cabildo. Legs. 9, a. 1875-1975. Curia. Legs. 4 a. 1674-1882. Legs. 3, a.1893-1945. Cementerio y traslados de restos. Leg. 1, a. 1893-1945. Mitra. Legs. 8, a1713-1874. Reales Provisiones. Legs. 4, a.1814-1830. Misiones populares. Legs. 1, a. 1862-1889.
SECCION II.- ERARIO
Serie 1. Administración diocesana
Cuentas. Legajos. 30. Fechas extremas 1851-1970. Correspondencia, instancias, decimal. Legs. 42, a. 1833-1886. Nominas. Legs. 9, a. 1970-1994. Mensualidades de recaudación. Legs. 2, a. 1930-1960. Bienes muebles de Iglesia. 16, a. 1900-1980.
Serie 2. Junta diocesana
Legajos 11. Fechas extremas 1836-1967.
Serie 3. Contaduría
Colecturía: recibos de misas, libros, memoria de misas… Legajos 9, a. 1906-1960. Ingresos de caudales y obligaciones. Legs. 30, a. 1900- 1970. Cuentas corrientes. Legs. 2, a. 1876-1902
Serie 4. Cuentas de fábrica
Legajos 229. Fechas extremas 1874-1981. Cuentas de Palacio Episcopal. Obras s. XIX y XX.
Serie 5. Patrimonio
Bienes muebles. S. XIX –XX. Reparaciones de templos. Legs. 5 a. 1905-1926. Decimal y diezmos. Colegiata de Zafra. Legs. 3, a.1566-1769.
Serie 6. Habilitación del clero
Legajos 10. Fechas extremas siglos XIX-XX. Congrua. 8, a. 1970- 1990. Cargas de misas. Legs. 5, a.1900-1970. Libros de sufragios. Previsión social. Legs. 6, a. 1877-1995.
Serie 7. Capellanías
Legajos 334. Expedientes 3397. Fechas extremas 1600- 1950. Censos. Legs. 21, a. 1898- 1930. Fundaciones de Rosada Gala, Catalina Arroyo, María Claro, Somoza. Legs.7. Fechas extremas 1830-1900. Fundaciones benéficas. Patronato de la Soledad. Viviendas. Legs. 6, a. 1959-1960. Obras Pías: García de Gregorio, Dª Catalina Arroyo, Somazo. ..
Serie 8. Escrituras y testamentos
Escrituras antiguas nº 127 y testamentos de José Soto, Conde de Montalván, Josefa Mendo, Legs. José García de Gregorio, Ramírez Vázquez…. Siglos XIX y XX.
Serie 9. Registros
Libros de cargos y data. Libramientos. Libros de registros: Mayor, caja, administración, entradas Libros registros: mayor, caja, administración, entradas. Años 1906-1994.
Serie 10. Varios
Santos Lugares. Seminario: Cuentas y solicitudes. Legs. 2, a. 1867-1891. Proyectos obras y planos. Pagos al Ministerio de Gracia Justicia y Agencia de Preces a Roma. Consignaciones de Hacienda. Justificantes. Decimal y diezmos de pueblos, granos. Amortizaciones. Legs. 5, a 1836-1892.
SECCION III.- PROVISORATO
Serie 1. Asuntos civiles
Pleitos ordinarios. Legajos 53. Número de expedientes 998. Fechas extremas: 1880-1949.
Serie 2. Asuntos matrimoniales
Matrimoniales Apostólicos o Extraordinarios. Legajos 90. Fechas extremas 1698 -2003.
Serie 3. Tribunal de primera instancia
Juzgado eclesiástico. Tribunal de 1ª Instancia. Legs. 2, a. 1994-2012.
Serie 4. Divorcios
Divorcios-separaciones y nulidades. Legs. 10-. Expedientes 20- Fechas extremas s. XIX-XX.
Serie 5 . Matrimonios secretos
Matrimonios secretos. Ninguno.
Serie 6. Asuntos criminales
Adulterio, homicidio, blasfemia, pecados públicos. Legajos 10. Número de expedientes 76. Fechas extremas. 1800-1960.
Serie 7. Varios
Trienio constitucional, correccional… Legajos 3. Fechas extremas 1820-1823.
APENDICE DOCUMENTAL
EDICTO.
Nos Don Fernando Ramírez y Vázquez por la gracia de Dios y de la Sede Apostólica. Obispo de Badajoz, prelado doméstico de Su Santidad. Asistente al Sacro Solideo Pontificio etc. Etc.
Hacemos saber al clero y fieles del suprimido territorio de San Marcos de León: Que para llevar a cabo la agregación a esta Diócesis de los pueblos dicho Priorato en esta provincia, con nueve más de la de Cáceres, dimos comisión al reverendo Presbítero D. Angel Saénz de Villuerca, Beneficiado de esta Santa Iglesia, fiscal general del Obispado, profesor de nuestro Seminario, quien en desempeño de su cometido se trasladó a Llerena, capital del expresado territorio , y notificó en forma el despacho de comisión al también Presbítero Sr. D. Francisco Maesso y Durán, que entonces ejercía la jurisdicción en el mismo. , negándose a hacer entrega de los sellos, libros y objetos existentes en su Tribunal, vista su resistencia, fue declarado incurso en las censuras señaladas en la Bulas Apostólicas Quo gravius y Apostolicae sedis; y como quera que el citado Sr. Maesso, lejos de arrepentirse y de reconocer nuestra autoridad, continuara en su pertinencia, excitando a otros a desobedecer las órdenes y los mandatos de nuestro Santo Padre, nuestro Subdelegado, viose precisado a denuncias por edicto y excomulgarlo nominatim: acuyo efecto Nos remitió le siguiente que aceptamos en todas sus partes y lo publicamos como nuestro en esta forma.
Nos & Hacemos saber: Que habiéndose trasladado a la ciudad de Llerena, capital de dicho Obispado Priorato, para la ejecución de nuestro cometido, ante Escribano público que diera fé, se notificó al M.I. D. Francisco Maesso y Durán, Teniente d e Gobernador, que entonces ejercía la jurisdicción eclesiástica en los territorios, ciudades y pueblos del Priorato el auto por el cual el Emmo. Cardenal Moreno, Arzobispo de Valladolid Delegado especial de la santa Sede para la ejecución de la Bula “Quo gravius” declara abolida e incorpora a la diócesis de Badajoz la mencionada jurisdicción de San Marcos de León, de cuya notificación el citado D. Francisco Maesso quedó enterado y firmó, aunque manifestando su disconformidad con lo contenido en el auto, contra lo cual protestó por escrito. Se le ofició enseguida, a fin de que manifestara si estaba pronto a ordenar a sus (sic) hasta saber el Gobierno eclesiástico, y no habiendo contestado a estas comunicaciones, se personó el Subdelegado del Ilmo. Sr. Obispo, acompañado de Escribano público en la oficina del palacio en donde con sus oficiales se encontraba el Sr. D. Francisco Maesso, a quien mandándole la entrega de todo lo susodicho , se negó absolutamente y llamada su atención sobre la aplicación de la censuras eclesiásticas señaladas en la Bula “Quo gravius” e insistiendo en su negativa y obstinación de no ceder ni entregar cosa alguna de lo que se exigía, y le declaramos incurso en dichas censuras canónicas.
Con temerario empeño ha seguido el Sr. Maesso ejerciendo la jurisdicción que ya no tenía, ayudado del Notario mayor primero, del Notario segundo y del Archivero, y esforzándose a desviar de la senda de obediencia a los Eclesiásticos de las dos parroquias de Llerena, que con sus Párrocos a la cabeza habían ya reconocido y prestado sumisión al auto del Emmo. Cardenal Moreno, les mando se congregasen en el Palacio del Gobierno que aún habita, e hizo que se le prestasen obediencia, cayendo algunos en el gran delito de volver a reconocerle por Prelado suyo. Todavía más adelante pasó con su temeridad el Sr. Maesso, dictando auto de prisión contar los dignos párrocos, de Santa María de la Granada y del Apóstol Santiago, y para llevar a efecto, impetró y obtuvo auxilio de la Autoridad popular y de la fuerza armada, mediante la cual fueron conducidos los dos respetables Párrocos a la cárcel de corona en medio de guardias civiles y seguidos de gran número de fieles, escandalizados de tan irritable espectáculo.
Faltaba aún el Sr. Maesso dar otro paso atrevido y le dio, impetrando auxilio del Sr. Alcalde popular para impedir la notificación que el Subdelegado del Rvdo. Sr. Obispo quería ejercutar a todos los pueblos agregados por medio de circulares, que fueron secuestardas por el mismo Sr. Alcalde. Impetró y obtuvo el Sr. Maesso auxilio de las Autoridad popular para intimar por medio de oficios al Subdelegado del Ilmo. Sr.: priemro, para que cesase en la continuación del expediente de incorporación y segundo, para que en el termino de veinte y cuatro horas saliese de Llerena, en la inteligencia quede no verificarlo, se tomarían otras medidas; por cuyas intimaciones y amenazas el Subdelegado del Rvdo. Sr. Obispo ah juzgado prudente trasladarse en el día veinte y tres del corriente, al pueblo inmediato de Villagarcía, para seguir evacuando su comisión.
Ahora bien: de todos estos hechos que son muy notorios y que consta en el expediente ante Escribano público, se deduce evidentemente que el Sr. D. Francisco Maesso y Durán ha incurrido en excomunión a jure, latas y reservadas al Papa, ha incurrido en excomunión mayor impuesta por la Bula “Apostolicae sedis” contra los que substraen de la obediencia del Romano Pontífice, como lo ha hecho el Sr. Maesso, negándose al cumplimiento de la Bula “Quo gravius”, ha incurrido la impuesta eclesiástica en estos territorios incorporados a la diócesis de Badajoz: ha incurrido en la impuesta por la misma Bula, contra los que recurren a la potestad laical para impedir la ejecución de letras apostólicas , que emanan de la Santa Sede , o de sus Legados o Delegados, como lo ha verificado y sigue verificándolo el Sr. Maesso, no solo negándose a cumplimentar lo que se ordena en el auto dictado por el Emmo. Cardenal Moreno, Delegado especial de la Santa Sede, sino oponiendo obstáculos, impetrando auxilio de la autoridad popular y fuerza armada y todo cuanto está a su alcance, para impedir que el Subdelegado del Ilmo. Sr. Obispo de Badajoz ponga en ejecución su cometido de ejecución.
Nos, pues, en nombre y con las facultades especiales del M. R. Obispo de esta Diócesis anunciamos por edictos y nominatim excomulgados al Sr. D. Francisco Maesso y Durán, que según las palabras del Vicario de Jesucristo ha incurrido en la indignación de Dios Omnipotente y de los Bienaventurados Pedro y Pablo. Queda en fin denunciado el Sr. Maesso excomulgado vitando, privado de toda jurisdicción eclesiástica, y de toda comunicación de cosas sagradas y aún políticas con los fieles de esta manera que todos los que comuniquen con el citado D. Francisco Maesso y Durán in crimine criminoso, esto es, dándole auxilio y favor, cooperando o actuando por su orden en lo que se refiere al ejercicio de la jurisdicción de que se halla privado, incurriendo también en excomunión mayor, reservada a Su santidad.
Así lo declaramos; y mandamos a los Sres. Curas Párrocos, que este mismo Edicto se afijados en las puertas de la Iglesia por el tiempo que crean preciso, para que su contenido llegue a noticia de los fieles.
Dado en Villagarcía a 25 de febrero de 1874.
En su virtud, mandamos a los Párrocos de los pueblos últimamente agregados a nuestra Diócesis, que tan luego como llegue a sus manos y hagan publicación de él al ofertorio de la Misa Mayor del primer día festivo, después de recibido, lo fijen en las puerta de sus respectivas Iglesias, por el término de un mes, poniéndose de ello testimonio por cualquier Notario eclesiástico o civil. Dado en Badajoz, firmado de Nos, sellado con el mayor de nuestras armas y refrendado por nuestro infrascrito Secretario de Cámara interino a 4 de Marzo de 1874.
Fernando, Obispo de Badajoz. Sello episcopal. Por mandato de S.S.I., el obispo, mi señor Dr. Demetrio Gudiño. Secretario interino.
ARCHIVOS
El Archivo de los extinguidos Prioratos de San Marcos de León, Calatrava y Alcántara.
Encontrándose estos actualmente en completo desorden y sin prejuicio hacer en lo sucesivo las divisiones de materias que pudieran convenir para su restablecimiento y ordenación, provisionalmente se dividirá en los siguientes negociados: 1. Diócesis primitiva de Badajoz hasta 1874. A estos pertenecen todos los documentos que aún se hallen entre los de los Prioratos que fueron extinguidos en 1874. 2. “Capellanías”. Documentos contenidos. Fundaciones de las mismas o colaciones de los respectivos opositores y patronos. 3. “Censos” Documentos donde conste su institución y los diversos estados de los mismos. 4. “Civiles” Causas o pleitos contenciosos sobre toda clase de dominios. 5. “Criminales” Causas seguidas contra eclesiásticos y seglares pro la autoridad prioral. 6. “Cuentas” tanto de fábrica como de capellanías, patronatos, obras pías, o memorias de misas. 7. “Divorcios” tramitados y en tramitación. 8. Escrituras públicas. 9. “Gubernativos” Disposiciones de los Priores, Gobernadores y Secretarios de cámara sobre el personal y sobre las iglesias particulares. 10. “Matrimonios”. Terminados y por terminar. 11. “Obras pías y Patronatos” En este deben incluirse los Memoriales de misas y los Aniversarios relictos por personas piadosas a favor de la Iglesia. 12. “Oratorios”. Públicos o privados. 13. “Patrimonios eclesiásticos. 14. “Registros”. Libros de capellanías, patronatos y obras pías. 15. “Traslación de restos” Licencias” 16. “Testamentos”. 17. “Reales Cédulas” Deben incluirse en esta sección las comunicaciones del Gran Consejo de las Ordenes con los Priores, Gobernadores y Secretarios de los Reyes con los mismos. 18. “Ilegibles”. Los que los sean o solo contengan algo importante que pueda ser útil en lo sucesivo, aún cuando al presente no puedan leerse. Badajoz 1º septiembre ¿. Total 18 Negociados. 19. Secularizaciones de clérigos y monjas. 20. Monjas. (Archivos Eclesiásticos de Mérida-Badajoz. Sección Orden de Alcántara, Legajo, serie 8. Varios, año 1909)
Este cuadro de clasificación proyectado con terminología archivística del momento fue aplicado en nuestro archivo: Referente a los fondos recibidos en 1874 así: en cuanto a la Orden Santiaguista por D. Fernando Castón Durán en un catalogo exhaustivo de más 80.000 expedientes en los años 1922-1951 con paciencia “benedictina” restando un 20%, que se ha reanudado el 2010 después de informatizado dicho fichero. Esperamos pronto la publicación del inventario.
La Orden de Alcántara, partido de la Serena, no se había trabajado y en 2010-11 se ha catalogado con criterios actuales de la Archivista y se encuentra una inventario en presa para su publicación y ayuda a los investigadores.
INVENTARIO
- Fernando González y Pérez, notario mayor del tribunal Eclesiástico de esta Ciudad y su obispado.
Doy fé y verdadero testimonio de que revisados los expedientes de Capellanías y libros de Visitas del suprimido Priorato de Magacela y Zalamea he encontrado los que se refieren a los pueblos que se expresan pertenecientes hoy al obispado de Córdoba y son los siguientes:
Cabeza del Buey. Legajo 1. 72 expedientes de capellanías con los nombres de los fundadores. Legajo 2. 54 expedientes de capellanías con los nombres de los fundadores. Legajo 3. 52 expedientes de capellanías con los nombres de los fundadores. Legajo 4. 62 expedientes de capellanías con los nombres de los fundadores.
Castuera: Legajo 1. 52 expedientes de capellanías con los nombres de los fundadores. Legajo 2. 98 expedientes de capellanías con los nombres de los fundadores. Legajo 3. 61 expedientes de capellanías con los nombres de los fundadores.
Monterrubio. Legajo único. 62 expedientes de capellanías con los nombres de los fundadores.
Malpartida. Legajo único. 30 expedientes de capellanías con los nombres de los fundadores.
Libro de las Visitaciones nº 1. De Castuera y Malpartida. 2. De Benquerencia. 3. De Cabeza del Buey. 4 .De Monterrubio y 5. De Monterrubio.
Expedientes de Visitas. Legajo único. De Malpartida 12 expedientes. De Castuera 13 expedientes, De Cabeza del Buey, 13 expedientes, De Moterrubio 14 expedientes, De Benquerencia 2 expedientes.
Y en cumplimiento de lo mandado por el Ilmo. Señor Obispo de esta Diócesis, expedido el presente que signo y firmo en Badajoz a treinta y uno de diciembre de mil ochocientos ochenta y uno. Fernando González y Pérez, notario mayor. Firmado y rubricado. Vº Bª Demetrio Gudiño. Sello ilegible.
Las Aclaratorias
- No ha sido posible hallar expediente alguno de Capellanías fundadas en Benquerencia, sin embargo de que detenidamente se han buscado entre los que se recibieron del suprimido Priorato de Magacela y Zalamea.
- Además de los libros de visitas que se menciona en el precedente inventario y se remiten en el Obispado de Córdoba, existen otros, que se refieren a los pueblos de que queda hecho mérito, pero que no es posible enviar por pertenece en sí todas las visitas que consta a pueblos agregados a esta diócesis. Y consta lo firmo fecha ut supra. Fernando González y Pérez, notario mayor. Firmado y rubricado.
Diligencia El infrascrito notario del tribunal eclesiástico de esta Diócesis, doy fe: Que confrontado el anterior inventario con los documentos que se han remitido por orden del Excmo. Y Rvdmo. Señor obispo de Badajoz, se encuentra enteramente conforme con los documentos que expresa, los cuales me han sido entregados por el Señor Don Alejandro del Prado, canónigo de esta Santa Iglesia Catedral y Secretario de Cámara del Excmo. Y Rvdmo. Señor obispo de esta Diócesis, los que quedan en mi Archivo General que tengo a mi cargo. Y para que conste extiendo y firmo la presente en Córdoba a diez y nueve de enero de mil ochocientos ochenta y dos. Rafael Navarro. Firmado y rubricado. Sello de la notaria eclesiástica del Obispado de Córdoba. (Archivos Eclesiásticos de Mérida-Badajoz. Fondos de la Orden de Alcántara. Varios nº 1)
MINISTERIO DE JUSTICIA
La Resolución General de Asuntos Eclesiásticos por la que se trascribe Decreto de la Sagrada Congregación Consistorial sobre la modificación de confines de la Archidiócesis de Sevilla y Diócesis de Badajoz y otras, según el texto entregado por la Nunciatura Apostólica en España al Ministerio de Asuntos Exteriores con nota verbal número 1816, de 11 de noviembre del año en curso.
“En virtud de que en el solemne Concordato suscrito entre la Santa Sede y el Gobierno Español el día 27 de agosto de 1953, se estableció, entre otras particulares, que fuesen modificando sucesivamente, de mutuo acuerdo los presente confines de las diócesis, de formas que no abarquen éstas diversas provincias civiles, el excelentísimo señor don Ildelbrando Antoiutti, Arzobispo titular de Synnada en Frigia y Nuncio Apostólico en España, tratado oportunamente el caso con el Gobierno, solicitó de la Santa Sede que sean reformados los límites de algunas de aquellas diócesis.
Nuestro Santísimo Padre por la Divina Providencia Papa Pío XII, oídos los excelentísimos Ordinarios de lugar a quienes interesa, y costando que esta modificación de confines redunda mucho en provecho y firmeza de la religión Católica, se ha dignado acceder benignamente a la antedicha súplica.
Por lo cual, suplico, en cuanto sea necesario, el consentimiento de aquellos a quienes interesan o presuman interesarles, con plenitud de la Potestad Apostólica por el presente decreto consistorial desmembra:
- De la Archidiócesis de Sevilla dos parroquias: la de la Inmaculada Concepción de Fuente Palmera y la de Santiago de Puente Genil, que se encuentran en la provincia civil de Córdoba; y las parroquias del Arciprestazgo llamado Campillos y la parroquia llamada La Alameda, situadas en territorio civil de Málaga.
- De la diócesis de Córdoba, el Arciprestazgo llamado de Castuera, situado en el territorio civil de Badajoz y la parroquia llamada Villanueva de Tapia en la provincia civil de Málaga
- De la Diócesis de Málaga las parroquias de los Arciprestazgos llamados Olvera y Grazalema que se hallan en el territorio confínate con la región llamada Jerez de la Frontera.
4. De la diócesis de Badajoz, el territorio del Arciprestazgo llamado Montánchez, que se encuentra en la provincia civil de Cáceres.
5. De la Diócesis de Coria-Cáceres, las dos parroquias llamadas San Vicente de Alcántara y Puebla de Obando que se hallan en el territorio de la provincia de Badajoz.
Cambiados, por lo tanto, los confines de las diócesis arriba mencionados Su Santidad agrega:
- A la Archidiócesis de Sevilla las parroquias de los Arciprestazgos llamados Olvera y Grazalema, desembradas de la Diócesis de Málaga.
- A la Diócesis de Córdoba las parroquias de la Inmaculada Concepción de Fuente Palmera y la de Santiago de Puente Genil, que hasta ahora estaban unidas a la Archidiócesis de Sevilla.
- A la Diócesis de Málaga, todas las parroquias del Arciprestazgo llamado Campillos y la parroquia de la Alameda, separadas de la Archidiócesis de Sevilla; la parroquia Villanueva de Tapia, desmembrada de la diócesis de Córdoba.
- A la diócesis de Badajoz el territorio del Arciprestazgo llamado Castuera, perteneciente hasta ahora a la diócesis de Córdoba y las dos parroquias llamadas San Vicente de Alcántara y Puebla de Obando, separadas de la diócesis de Coria-Cáceres.
- A la diócesis de Coria-Cáceres, todas la parroquias de Montánchez, desmembradas de la diócesis de Badajoz.
Manda , además, Su Santidad que todas las actas y documentos de las citadas parroquias que se relacionan con los clérigos, fieles y bienes temporales, sean entregados por aquéllos a quienes corresponda, cuanto antes, a las respectivas Curias Episcopales.
Por lo que respecta al Clero, dispone que, inmediatamente que este decreto comience a surtir efecto, los clérigos se consideran incardinados aquella Diócesis en cuyo territorio legalmente viven.
Para ejecutar todo esto, su Santidad se ha dignado nombrar al referido señor Ildelbrando Antoiutti, concediéndole las necesarias y oportunas facultades, incluso de subdelegar, para el asunto de que se trata, en cualquier varón constituido en dignidad eclesiástica, imponiéndole la obligación de remitir un auténtico ejemplar del acta de ejecución a la Sagrada Congregación Consistorial, a la mayor brevedad posible.
Sobre todo lo cual, Su Santidad ordenó publicar el presente Decreto consistorial, con el mismo valor de Bulas Apostólicas.
Dado en Roma, en el Palacio de la Sagrada Congregación Consistorial a treinta de abril de mil novecientos cincuenta y ocho.- Marcelo S.R.E Card. Mimmi. Secretario, José Ferreto. Asesor.
Lo que se hace público en relación con lo prevenido en el artículo noveno del vigente concordato con la Santa sede. Madrid, 19 de noviembre de 1953.- El Director general, Mariano Puigdollers. (B.O.E. Presidencia de gobierno. Ministerio de Justicia. Núm. 286. 29 de noviembre de 1958. Decreto 25 noviembre de Juan XXIII nº 1797.)
MAPAS
Mapa 1.- Diócesis primitiva
Mapa 2.- Diócesis Priorato de San Marcos de León. Provincia de León
Mapa 3.- Diócesis Priorato de la Orden de Alcántara. Partido de la Serena
Mapa 4.- Diócesis pacense Bajoextremeña 1874.
Mapa 5.- Reforma de 1958.