Diego Blázquez de Yáñéz.
Doctor en Ciencias de la Información
SEDE DEL OBISPADO: LLERENA
La sede del Obispado Priorato de San Marcos de León lo es la emblemática ciudad de Llerena. La más al sureste de la Baja Extremadura y capitalidad de su vasta campiña; la ciudad de los iluminados que estudió Gregorio Marañón; la que recreó con mimo especial los ojos del gran Zurbarán hasta romper todas las fronteras sus pinceles en blancos interminables; la de la bella iglesia obispal de Ntra. Sra. de la Granada con su moza y esbelta torre y su palacio episcopal -hoy bastante deteriorado- y de tantos etc., etc. …
Hoy enmarcamos este estudio y ponencia, siguiendo un poco el hilo del Boletín Ecco. del Obispado Priorato de San Marcos de León.
Se inicia esta publicación con el nº 1, en Diciembre del año 1857 y con la periodicidad, precio y director. Adjuntamos la cabecera del Nº 9.
BOLETÍN ECLESIÁSTICO
Se inscribe a dos columnas y se distribuye de la siguiente manera:
PARTE OFICIAL: Comprende las comunicaciones del Priorato, Reales decretos y Circulares.
PARTE NO OFICIAL: Comprende escritos de colaboradores, comunicados de la Secretaría de Cámara y noticias del Priorato. Al término se inscribe pie de imprenta que lo es la ciudad de Llerena, la de D. Rufo P. de Guzmán, calle Corredera. Se edita en otras temporadas también en la ciudad de Madrid.
VAMOS AL CONTENIDO DE ALGUNOS NÚMEROS
En su Año I, jueves de Diciembre de 1857 y en su número primero se notifica la nómina, que S. M. la Reina, administradora perpetua de las órdenes militares, que en su real nombre el Supremo Tribunal Especial de las mismas, se ha dignado nombrar para las vicarías y curatos del Territorio maestral y que divide en Vicarías con curato de término, curatos de término, curatos de término por resultas, curatos de segundo ascenso, de segundo ascenso por resultas, de primer ascenso, de primero por resultas, curatos de entrada y curatos de entradas por resultas. En nombre de S. M. firma estos decretos el ministro de Gracia y Justicia, Joaquín José Casaus.
Se da la nota curiosa que cuando se empieza a editar este Boletín dentro de la información del nombramiento entre ¿os curatos de segundo ascenso se incluye también el nombramiento del que es director al mismo tiempo del Boletín, D. José Doncel y Ordaz, para la parroquia de Fuentes de León, escritor y además buen versificador y con frecuentes composiciones para estas páginas.
Por estas fechas, de acuerdo con el Consejo de Ministros de Gracia y Justicia, viene a decretar para las órdenes militares del Priorato lo siguiente:
Suprimir la Cámara del Real Patronato, creada por decreto del 17 de Octubre de 1854.
Desde ahora, los asuntos de que entendía la Cámara citada, corresponderá al Consejo Real, conforme a la ley orgánica y al real decreto de 22 de Septiembre de 1845, hasta que otra nueva ley sobre el particular ordene lo más conveniente.
Esto se firma en palacio el 21 de Noviembre de 1857.
El Ministerio de la Gobernación, también por estas fechas dicta más notas en cuanto a sanidad: hay en España 2.655 pueblos que carecen de cementerio, y a subsanar esta carencia S. M. ordena que en el término menor posible se construya un lugar cerrado fuera de la población en cada pueblo, con destino a enterramientos. Cementerio.
Una Circular dirigida al Gobierno eclesiástico del Obispado Priorato de S. Marcos de León, aquí, en Llerena, se expresa así: «Este Tribunal ha resuelto participar a V. S. el feliz alumbramiento de S. M. la Reina, Ntra. Sra. (Q. D. G.) a fin de que general y particularmente conmueva a V. S. a tributar las más rendidas gracias al Señor por este beneficio, disponiendo se ejecute lo mismo en todas las parroquias de su jurisdicción». Así se publica en el Boletín, y se efectúa con gran solemnidad en la sede de este Obispado y se publica, también en el Boletín el acto “Con motivo del nacimiento de S.A.R el Serenísimo Señor Príncipe de Asturias, se celebró el domingo 13, del que rige, en la Iglesia mayor de Santa María de la Granada de esta Ciudad una misa solemne durante la que estuvo S. D .M. manifiesto, cantándose el Te-Deum a su conclusión. Asistieron el Sr. Gobernador de la Diócesis con su Tribunal, el Brigadier Sr. D. Felipe María Andríano; los coroneles y Gefes de los cuerpos de la Remonte de Estremadura, Reserva, Guardia Civil y Carabineros; el Juzgado de primera instancia, el Colegio de Abogados, el Administrador Económico del Priorato, los de Hacienda y Correos, y demás corporaciones y personas notables de la población invitados al efecto por nuestro Prelado”.
DATOS ESTADÍSTICOS DEL OBISPADO PRIORATO DE S. MARCOS
De Secretaría de Cámara en el Boletín Nº 4 del 14 de Enero de 1858, se dice:
“Vistos por el Sr. Gobernador los siguientes datos estadísticos de la Diócesis, tomados en su mayor parte de los expedientes que se instruyeron en este Gobierno sobre arreglo y demarcación parroquial, elevados a S.A. el Supremo Consejo de las órdenes militares el día 17 de Diciembre último, según se anunció en el número 2 del Boletín, ha dispuesto su Señoría que se publiquen en el presente, considerándolos de algún interés, así en el Territorio como fuera de él, donde este es generalmente poco conocido. Llerena 12 de Enero de 1858”
Firma: José Doncel Ordaz
PROVINCIA DE BADAJOZ
ARCIPRESTAZGOS | Nombre de la población | Número de parroquias | Su clasificación | Número de almas de cada una | Total de almas de cada Arciprestazgo |
ARZIPRESTAZGO DEALMENDRALEJO | Aceuchal | 1 | Término | 3721. | 26452 |
Almendralejo | 1 | Id. | 9060. | ||
Hinojosa del Valle | 1 | Entrada | 370. | ||
Hornachos | 1 | 2º ascenso | 3218. | ||
Palomas | 1 | 1º id. | 339. | ||
Puebla del Prior | 1 | Entrada | 320. | ||
Puebla de la Reyna | 1 | 1º ascenso | 800. | ||
Rivera del Fresno | 1 | 2º id. | 3140. | ||
Villafranca del Barros | 1 | Término. | 5484. | ||
ARZIPRESTAZGO DE CABEZA LA VACA | Bienvenida | 1 | Término. | 3623. | 28598 |
Cabeza la Vaca. | 1 | 1º ascenso. | 2117. | ||
Calera | 1 | Entrada. | 1728. | ||
Calzadilla. | 1 | Id. | 1004. | ||
Fuente de Cantos | 1 | Término. | 5825 | ||
Fuentes de León. | 1 | 2º ascenso. | 2998. | ||
Monasterio. | 1 | Id. | 3445. | ||
Montemolin. | 1 | Término. | 2174. | ||
Pallares. | 1 | Filial de Montnm | 550. | ||
Santa María de Nava. | 1 | Id. de id. | 124 | ||
Segura de León. | 1 | Término. | 3040. | ||
Usagre. | 1 | 1º ascenso | 2184. | ||
ARZIPRESTAZGO DE FUENTE DEL MAESTRE | Fuente del Maestre | 1 | Término | 5306. | 16278 |
Medina de las Torres. | 1 | 2º ascenso. | 3422. | ||
Puebla de Sancho Pérez | 1 | 1º id. | 1538 | ||
Los Santos | 1 | Término. | 6012. | ||
ARZIPRESTAZGO DE LLERENA | Aillones | 1 | 1º ascenso | 1978 | 31387 |
Azuaga | 1 | Término | 5472 | ||
Berloaga | 1 | 2º ascenso | 4515 | ||
Campillo | 1 | Entrada. | 1723 | ||
Cardenchosa | 1 | Filial de Azuaga | 106 | ||
Casas de Reyna | 1 | Entrada. | 804 | ||
Fuente del Arco | 1 | 1º ascenso | 1532 | ||
Granja de Torrehermosa | 1 | 2º Id | 2792 | ||
Higuera de Llerena | 1 | Filial de Valencia | 370 | ||
Los Rubios | 1 | Id de la Granja | 98 | ||
Llera | 1 | Entrada. | 1146 | ||
Llerena | 3 | Dos de Término y una de entrada | 5981 | ||
MaguiUa | 1 | Entrada. | 729 | ||
Retamal | 1 | Id. | 423 | ||
Reyna | 1 | Filial de Fuente del Arco | 485 | ||
Trasierra | 1 | Id. de Casas de Reyna | 497 | ||
Valencia de las Torres | 1 | Entrada. | 905 | ||
Valverde de Llerena | 1 | Id. | 1528 | ||
ARZIPRESTAZGO DE MERIDA | Alange. | 1 | 2º ascenso | 1351. | 29774. |
Aljúcen | 1 | Entrada. | 386. | ||
Arroyo de S. Servan. | 1 | 2º ascenso. | 1076. | ||
Calamente. | 1 | 1º id. | 1633. | ||
C amonita. | 1 | Filial de Cor | 243. | ||
Garrascalejo. | 1 | Filial de Alju | 124. | ||
Cordobilla. | 1 | 1º ascenso | 554. | ||
D.Alvaro. | 1 | 1º id. | 874. | ||
Esparragalejo. | 1 | Entrada. | 546. | ||
Garrovilla. | 1 | 1º ascenso | 660. | ||
Lobon. | 1 | Entrada. | 1086. | ||
Mérida. | 2 | De Term. am | 4601. | ||
Mirandilla. | 1 | Entrada | 625. | ||
Montijo. | 1 | Término | 4237. | ||
Nava. (La) | 1 | Entrada. | 505. | ||
Oliba de Mérida. | 1 | 1º ascenso | 1513. | ||
Puebla de la Calzada | 1 | 2º ascenso | 2404. | ||
San Pedro de Mérida | 1 | Entrada. | 350. | ||
Torremayor. | 1 | Id. | 532. | ||
Torremejía | 1 | Id. | 163. | ||
Trujillanos. | 1 | lº id. | 400. | ||
Valverde de Mérida. | 1 | 1º ascenso | 1146. | ||
Villagonzalo. | 1 | 1502. | |||
Zarza junto Alange. | 1 | 2º id | 3387. | ||
Malcocinado. | Filial de Sta. María del Guadl | 870 |
PROVINCIA DE CÁCERES
ARCIPRESTAZGOS | Nombre de la población | Número de parroquias | Su clasificación | Número de almas de cada una | Total de almas de cada Arciprestazgo |
ARZIPRESTAZGO DE MONTANCHEZ | Alvalá | 1 | 2º ascenso | 1057 | 21270 |
Alcuéscar | 1 | 2º id | 2443 | ||
Almohann | 1 | 2º id | 2048 | ||
Arroyomolinos de Montanchez | 1 | 2º | 2008 | ||
Benquerencia | 1 | lº id | 514 | ||
Botija | 1 | lº id | 545 | ||
Casas de D. Antonio | 1 | lº id | 815 | ||
Montánchez | 1 | Término | 4000 | ||
Salvatierra de Santiago | 1 | Ia ñusnen | |||
Torre de Sta. María | 1 | 9º id | 960 | ||
Torremocha | 1 | 2º id | 1970 | ||
Valdefuentes | 1 | 2º id | 1575 | ||
Valdemorales | 1 | lº id | 775 | ||
Zarza de Montánchez | 1 | lº id | 1500 |
PROVINCIA DE CÓRDOBA
ARCIPRESTAZGOS | Nombre de la población | Número de parroquias | Su clasificación | Número de almas de cada una | Total de almas de cada Arciprestazgo |
VICARÍA DE BENAMEJÍ | Benamejí | 1 | 2º ascenso | 5703 | 7733 |
Palenciana | 1 | lº id | 2030 |
PROVINCIA DE HUELVA
ARCIPRESTAZGOS | Nombre de la población | Número de parroquias | Su clasificación | Número de almas de cada una | Total de almas de cada Arciprestazgo |
Correspondientes al Arciprestazgo de Cabeza la Vaca | Arroyomolinos | 1 | 1º ascenso | 1432 | 1904 |
Cañaveral | 1 | Entrada. | 472 |
PROVINCIA DE LEÓN
ARCIPRESTAZGOS | Nombre de la población | Número de parroquias | Su clasificación | Número de almas de cada una | Total de almas de cada Arciprestazgo |
Destriana. | 1 | 1º ascenso. | 920. | 1338. | |
Santovenia de S. Marcos | 1 | Entrada. | 215. | ||
Villavidel. | 1 | Id. | 203. |
PROVINCIA DE ORENSE
ARCIPRESTAZGOS | Nombre de la población | Número de parroquias | Su clasificación | Número de almas de cada una | Total de almas de cada Arciprestazgo |
VICARIA DE VILLAR DE LOS SANTOS | Campobecerros | 1 | 1º ascenso. | 484. | 5201. |
Cariacedo. | 1 | Término. | 700. | ||
Codosedo. | 1 | 1º ascenso. | 392. | ||
Garabanes. | 1 | Id. | 1185. | ||
Paradina. | 1 | Filial. | 170. | ||
Sta. María de la Barra | 1 | 2º ascenso. | 450. | ||
San Munio de Vega | 1 | Término. | 720. | ||
Ucelle. | 1 | Filial. | 300. | ||
Villar de Santos | 1 | Entrada | 800. |
PROVINCIA DE SALAMANCA
ARCIPRESTAZGOS | Nombre de la población | Número de parroquias | Su clasificación | Número de almas de cada una | Total de almas de cada Arciprestazgo |
VICARIA DE BARRUECO PARDO | Barrueco Pardo. | 1 | Término | 588. | 4042. |
Barreras. | 1 | Filial de Barr. | 92. | ||
Barceino. | 1 | Id. | 103. | ||
Barceo. | 1 | Id. | 121. | ||
Milano. | 1 | Id. | 302. | ||
Saldeana. | 1 | Id. | 244. | ||
Valde»Rodrigro. | 1 | Id. . | 285. | ||
Villas Buenas. | 1 | Id. | 404. | ||
Zerezal de Peñaorcada. | 1 | Id. | 332. | ||
Peralejos da Abajo. | 1 | Entrada. | 587. | ||
Lacuelle. | 1 | 2º ascenso. | 984. |
PROVINCIA DE SEVILLA
ARCIPRESTAZGOS | Nombre de la población | Número de parroquias | Su clasificación | Número de almas de cada una | Total de almas de cada Arciprestazgo |
ARCIPRESTAZGO DE GUADALCANAL | Guadalcanal. | 3 | 2º ascenso todo | 5875. | 5875. |
VICARÍA DE VILLANUEVA DEL ARISCAL | Beuazuza. | 1 | Entrada. | 76. | 4015. |
Villamanrique. | 1 | 2º ascenso. | 2496. | ||
Villanueva. | 1 | Término | 1443. |
PROVINCIA DE ZAMORA
ARCIPRESTAZGOS | Nombre de la población | Número de parroquias | Su clasificación | Número de almas de cada una | Total de almas de cada Arciprestazgo |
VICARÍA DE POATO | Porto. | 1 | Entrada | 1096. | 1369. |
Barjacoba | 1 | fil. de Porto | 83. | ||
Pias. | 1 | Id. | 142. | ||
San Agustín | 1 | Id. | 48. | ||
VICARIA DE VILLABA DE LA LAMPREANA | CUBILLOS. | Parroquia de S. Juan | Entrada. | 172. | 3566. |
Peñausende. | 1 | 1º ascenso. | 1205. | ||
Perilla de Castro | 1 | 2º id. | 410. | ||
Olmillos. | 1 | Fil.de Perilla | 197. | ||
Piedrahita de Castro. | 1 | 2º ascenso. | 309. | ||
San Cebrian de Castro. | 1 | Término. | 606. | ||
Fontanillas | 1 | Fil. de S. Cebrina | 89. | ||
Villalba. | 1 | 2º ascenso. | 578. |
RESUMEN
Este Obispado Priorato consta de 134 Parroquias, de las que son 21 de Término, 25 de 2º ascenso, 30 de 1º, 32 de Entrada, y 26 filiales, componiendo una población de 192370. almas distribuida en siete Vicarías é igual número de Arciprestazgos enclavados en die2 Provincias.
Además de estas vicarías, existe dentro del Arciprestazgo de Cabeza la Vaca la muy antigua de Santa María de Tudia, cuyo vicario perpetuo es actualmente el Párroco de Segura de León, que ejerce jurisdicción preventiva con el Provisor de esta Ciudad en nueve villas con dos aldeas de aquel arciprestazgo y también en Guadalcanal. En otro tiempo el Vicario de Tudia era Secretario nato del capítulo de esta orden de Santiago. Pertenecía también a este Obispado Priorato la vicaría con curato de término de Santi Spiritus de la Ciudad de Salamanca, hasta muy pocos años ha en que habiéndose suscitado una larga competencia de jurisdicción entre aquel Diocesano y el último vicario, dejó de ejercer la suya en dicha demarcación parroquial el prelado de este Territorio. Otros varios pueblos, que hoy corresponden a los Obispados de León y a los de Galicia, eran asimismo de esta Diócesis, y aun conserva el Supremo Consejo de las Órdenes militares el derecho de nombrar sus párrocos. También debiera incluirse en los anteriores cuadros estadísticos la Ciudad de Jerez de los Caballeros con sus valles de Santa Ana y Matamoros, de que se compone la Vicaría Ecca. del mismo nombre, y consta de seis parroquias con una población de 9.000 a 10.000- almas; pero nos abstenemos de verificarlo así, porque si bien es cierto que en lo gubernativo pertenece aun a este Priorato, depende en lo judicial del Ordinario de Badajoz, y S.A. el citado Tribunal Especial se entiende directamente para su gobierno con aquel vicario.
ADMINISTRACIÓN ECONÓMICA DEL OBISPADO PRIORATO DE SAN MARCOS DE LEÓN
Según el Boletín nº 5 del 25 de Enero de 1858:
Por una Real orden del Ministerio de Hacienda se deja en vigencia lo establecido en el año 1857 hasta que se establezca el nuevo régimen para el 58.
La Secretaría de Cámara recuerda a todos los párrocos y superioras de las comunidades de religiosas del Territorio los trámites a seguir y solicitar al Gobierno de S. M. para la reparación extraordinaria de templos y conventos.
En el nº 7, de fecha 11 de Febrero de 1858, firma una Circular el Gobernador eclesiástico del Priorato Frey D. Agustín Cáceres de Corral, en su palacio episcopal de Llerena, a todos los párrocos, ecónomos o coadjutores y tenientes de filiales o a los que hagan sus veces, que remitan al Tribunal de su gobierno noticias exactas de cuantas Capellanías se hallen vacantes en cada una de las feligresías del territorio e informen cual es el nombre del administrados actual, quién fue su último poseedor con la fecha y causa de su cese en la posesión, en qué concepto se le confiere, si por derecho de parentesco o de patronato, o por gracia de esta dignidad prioral con «todos los demás antecedentes que puedan adquirir en los libros becerros y archivos parroquiales».
En el nº 8, sábado, del 20 de Febrero de 1858, entre NOTICIAS GENERALES, se dan éstas:
«El 22 de Diciembre último falleció en Roma el Emmo. Sr. Cardenal Espinóla.
Dicen los periódicos de Madrid que han sido agraciados por S. M. con la gran Cruz de Carlos III los M. M. R. R. Arzobispos de Santiago de Cuba, Burgos y Valladolid igualmente que el R. Obispo de Orense, y con la de Isabel la Católica los limos. Srs. Obispos de Guadix y Segovia.
…A las 11 de la noche del 14 del actual falleció en la ciudad de Sevilla el limo. Sr. D. Antonio Marín Sánchez Gil Carrascal, Obispo de Coria.»
Fotocopiamos de la 1.a hoja del Boletín, nº 9 del domingo, 28 de Febrero de 1858, que la integramos al principio.
En el nº 11, del jueves, 18 de Marzo de 1858 se insertan varias circulares:
sobre el derecho de estipendios de misas funerales que deben cobrar exclusivamente los capellanes según lo acordado por el Tribunal Supremo de Guerra y Marina; otra sobre folletos blasfemos como el «Catecismo Democrático», que se prohíben; otra sobre la música que debe tocarse en los templos.
REAL CÉDULA DE LA REINA PARA EL GOBIERNO DE LA DIÓCESIS DE PUERTO RICO
En los números 15 y 16 del Boletín se informa sobre la única diócesis y única parroquia de la isla de Puerto Rico, ya que la Bula expedida por el papa Alejandro VI, el 16 de Noviembre de 1501 traslada a la corona española el dominio absoluto de los diezmos de las provincias de estas islas, donde se constituye la catedral y un único curato, el de San Germán, ubicado en el mismo sagrario de la catedral y que regía su mismo Cabildo.
Para el régimen de esta territorialidad se hace extensivo a la isla de Puerto Rico las mismas disposiciones contenidas en las reales cédulas del 30 de Septiembre de 1852. A este fin se hace una visita al Cabildo y a su distrito y a la parroquia de San Germán en el año de 1849.
Consecuentemente, con el parecer del Ministerio de Estado y Ultramar se dicta una real cédula, que atienda a todo el régimen de su estructura. Dice así: «La Reina: al Gobernador vicereal patrono, presidente y oidores de mi real Audiencia y Chancillería de la isla de Puerto Rico, superintendente general delegado de la real Hacienda, intendente, reverendo Prelado diocesano, venerable deán y cabildo de su iglesia catedral, párrocos y demás personas a quienes lo contenido en esta mi real cédula toque o tocar pueda, sabed» (Y, sintetizando, expone).
Primero. La administración y recaudación de las primicias que hoy percibe el cabildo de esa santa iglesia por lo relativo a su distrito, como también de las que corresponden por el suyo al curato de San Germán, correrán a cargo de mi real Hacienda desde el día que acordaréis en unión del Rdo. Obispo y de las oficinas competentes, a cuyo fin quedarán subsistentes los ajustes alzados hechos por las juntas de visita de todo los pueblos en el año pasado de 1849, hasta tanto que en vista del expediente que al efecto haréis instruir, me propongáis lo oportuno sobre la conveniencia de alterar o modificar las bases actuales de aquella prestación.
Segundo. No debiendo percibir ese venerable cabildo otras rentas que las dotaciones fijas que se le señalaren por los conceptos de personal, fábrica y demás atenciones del culto, las cuales satisfarán puntualmente mi real Hacienda, se declararán extinguidos y a favor de esta los atrasos relativos a la consignación fija con que se dotó a la fábrica de esa santa iglesia en compensación de los novenos y escusados que le correspondía en virtud de la ley 23, tit. XVI, libro I de la Recopilación de esos dominios, y que no haya percibido hasta el día.
Tercero. Mi real Hacienda ha de contribuir anualmente al Rdo. Obispo de esa diócesis con la asignación de 12.000 pesos, que desde ahora le señalo como única renta de su mitra, para él y los que le sucedan en esta dignidad.
Esta renta comenzará a acreditarse y abonarse desde luego, sin perjuicio de que continúe la investigación que tengo mandada practicar en averiguación de los emolumentos de dicha mitra, los cuales, caso de haberlos, ingresarán en el Tesoro, según he prevenido por diferentes reales disposiciones.
Cuarto. Quedan derogadas todas las leyes y disposiciones que hoy rigen sobre espolios y vacantes pudiendo los Prelados de esa diócesis testar libremente como los demás españoles, según les dicte su conciencia, sucediéndoles abintestato los herederos legítimos, con la misma obligación de conciencia; esceptuándose en ambos casos los ornamentos y pontificales, que se considerarán como propiedad de la mitra, y pasarán a sus sucesores en ella. También será obligación de dichos Prelados sufragar el coste de las Bulas.
Quinto. El cabildo de esa santa iglesia se compondrá de las tres dignidades, deán, arcediano y chantre que hoy existen, de las dos canongías de oficio, magistral y penitenciaria que quedan establecidas ahora y que no se crearon al tiempo de la erección; de otras dos de merced, de dos raciones y de tres medias raciones. A este fin quedará convertida, sin nueva declaración, en canongía penitenciaria la primera que vacare de las tres de merced que hoy existen.
Sesto. La tercera parte de las prebendas de gracia que en lo sucesivo vacaren se han de proveer en los párrocos de término o ascenso que lleven 20 años al menos en la cura de almas.
Séptimo. Se reservará cierto número de prebendas y dignidades en las catedrales de la Península para proveerlas en los capitulares de esa que quieran pasar a aquellas, o en los párrocos que, conforme a la precedente disposición, tengan derecho a optar a las de esa santa iglesia.
Octavo. Mi real Hacienda contribuirá anualmente al deán de ese cabildo con la renta de 3000 pesos; con la de 2500 a las dignidades; 2000 a los canónigos; 1500 a los racioneros, y 1200 a los medio racioneros.
Noveno. Estas dotaciones han de satisfacerse íntegras, sin descuento alguno por razón de anualidades ni medias anatas eclesiásticas, las cuales quedan desde ahora suprimidas, y derogadas las leyes y disposiciones que las establecen.
Décimo, Se asigna al venerable cabildo de esa santa iglesia por la dotación de los ministros inferiores y subalternos necesarios para el decoro del culto, la cantidad de 6000 pesos anuales; la de 3000 para su fábrica, y la de 4000 para la Capilla de música.
Decimoprimero. La dotación que queda asignada a los capitulares de esa santa iglesia y la que se señalare a los demás individuos de ella, se entenderá repartida en distribuciones cotidianas, señalada y aplicadas en la forma que actualmente se acostumbra, a los que asisten cada día a todas las horas canónicas, según expresamente se previene en el capítulo 18 de la erección.
Decimosegundo. Para la conveniente distribución de los 6000 pesos señalados como dotación de los ministros inferiores y subalternos, se formará por el Rdo. Obispo, de acuerdo con el cabildo, se someterá a vuestra aprobación, como vice real patrona, la plantilla de dichos dependientes y sus dotaciones, de que sean sacristanes seglares a medida que se establezcan los presbíteros, teniéndolos presente para su colocación exclusiva en las sacristías de los curatos de entrada.
Vigésimonoveno. Los sacristanes seglares que han de subsistir por ahora en los curatos de ingreso disfrutarán la cuota de 150 pesos anuales, que satisfarán mis reales cajas.
Trigésimo. Procederéis en unión del Rdo. Obispo a instruir el oportuno expediente, conforme a las leyes de Indias, para la erección de nuevas parroquias donde la extensión o el crecido vecindario de las actuales lo hagan necesario, o para el establecimiento de uno o mas coadjutores perpetuos en aquellas donde se juzgaren convenientes, atendidas sus circunstancias. Estos coadjutores disfrutarán en su caso la dotación de 500 pesos anuales, y tanto ellos como los sacristanes-presbíteros de los curatos de término y ascenso, obtendrán sus cargos en concurso abierto y en la forma que se proveen las parroquias del obispado.
Trigésimo primero. Se asignan para gastos de fábrica en las iglesias parroquiales 200 pesos a las de ingreso, 250 a las de ascenso y 300 a las de término.
Trigésimosegundo. Habrá en cada parroquia un mayordomo de fábrica, elegido anualmente por el Prelado con vuestra aprobación, como vice-real patrono, de entre los vecinos de la misma. Este cargo será honorífico, gratuito y obligatorio, excepto para los que le hubiesen desempeñado, si no ha trascurrido un bienio después de haberlo servido.
Trigésimotercero. Los mayordomos de fábrica rendirán sus cuentas al Prelado, quien las someterá a vuestra aprobación definitiva como vice-real patrono.
Trigésimocuarto. Se asigna anualmente a esa diócesis la cantidad de 12000 pesos para reparaciones de sus fábricas, edificación de nuevas iglesias y dotación de ornamentos y vasos sagrados de las mismas; mas no podrá disponerse del todo ni de parte de dicha cantidad sino previa formación del oportuno expediente por el Rdo. Obispo, con vuestra aprobación, como vice real patrono, y libramiento en forma de aquel, que autorizareis.
Trigésimoquinto. La dotación y arreglo de estudios del Seminario conciliar de esa diócesis se determinará por expediente separado.
Trigésimosesto. Las congruas señaladas al clero diocesano y parroquial en esta misma real cédula, quedarán reducidas a las de igual categoría en la Península, cuando sus individuos residan en esta con licencia, cualquiera que sea la causa que la motive.
Por tanto, ordeno y mando a vos el gobernador vice-real patrono, presidente y oidores de la expresada mi real Audiencia, superintendente general delegado de la real Hacienda, intendente y demás autoridades y personas a quienes en manera alguna corresponda el cumplimiento de cuanto va dispuesto en esta mi real cédula, y encargo al Rdo. Obispo y al venerable deán y cabildo, la guarden, cumplan y ejecuten y hagan guardar y observar inviolablemente en todo y por todo, sin permitir que contra su tenor y forma se proceda en manera alguna, por ser así mi voluntad, y que esta mi real cédula quede registrada en la cancillería de Indias.
Dado en Aranjuez a veinte de abril de mil ochocientos cincuenta y ocho.-Yo la Reina- El ministro de Estado y Ultramar, Javier de Isturiz.
CATÁLOGO DE LOS GRANDES MAESTRES DE ESTA ORDEN DE SANTIAGO
- D. Pedro Fernández de Fuentencalada: se cuenta el primero porque fue el que consiguió la Bula de Confirmación de la Orden. Le precedieron algunos otros. Falleció en 1184, y se halla su sepulcro en la Capilla mayor de la Iglesia de la Real Casa de San Marcos de León.
- D. Hernando Díaz: no se sabe la fecha de su elección, pero consta que se retiró al Monasterio de S. Tuy en las sierras de Buitrago a los 8 años de su nombramiento, del que le hizo donación en 1205 el Rey D. Alonso IX.
- D. Sancho de Lemos, llamado también Sancho Fernández el Maestrazgo a los en tiempos del citado Rey D. Alonso.
- D. Gonzalo Ordóñez: fue Gran Maestre 18 años reynando el mismo monarca, y lo dejó.
- D. Suero Rodríguez: no tuvo el Maestrazgo mas que un solo año, en el propio reynado, y murió.
- D. Hernán González: lo fue 12 años en tiempo así mismo de D. Alonso IX, y lo dejó.
- D. Pedro Arias: se halló con repetido Rey en la célebre batalla de las Navas. Murió en 1250.
- D. Pedro González de Aragón: desempeñó poco tiempo este elevado cargo y lo dejó en tiempo de D. Enrique I.
- D. Martín Barragán: en los primeros años del reynado de D. Fernando III el Santo. Murió en la guerra contra los moros. Tuvo el maestrazgo corto tiempo.
- D. Garci Sanz de Candamio: dos años tan solamente en dicho reynado de D. Fernando III, y lo dejó.
- D. Hernando Coche, 1 año, en tiempo del mismo Rey, y lo dejó.
- D. Pedro Gonzáles Mengo, 2 años, en el propio reynado, dejólo.
- D. Rodrigo Iñiguez, 1 año, reynando también D. Fernando III.
- D. Pelay Pérez Correa: fue Gran Maestre 34 ó 35 años; sirvió mucho al repetido Rey Santo en las conquistas de Sevilla y Córdoba, donde se ganó el renombre de esforzado capitán; venció a los moros en Sierra Morena repitiéndose en aquella batalla el milagro de Josué, en cuya gloriosa memoria se levantó en el mismo sitio el célebre santuario de Ntra. Señora de Tudia, erigiéndose después una vicaria Ecca. que lleva esta denominación.
- D. Gonzalo Ruiz Girón: murió en la vega de Granada a manos de los moros, entrando con el infante D. Sancho, hijo de D. Alonso X el Sabio.
- D. Pedro Moñiz, llamado Martínez por otros: fue 6 años Maestre en los últimos del reinado de D. Alonso.
- D. Gonzalo Pérez Martel: tuvo el Maestrazgo corto tiempo reynando D. Sancho el Bravo.
- D. Pedro Fernández Matas: también poco tiempo en el propio reynado de D. Sancho IV. En su época (1291) facultó el Papa Nicolao IV, a los caballeros de Portugal para que eligiesen otro Maestre separado, siendo causa esta concesión de muy graves contiendas.
- D. Juan Osorez: en su tiempo rebocó el papa Celestino la facultad citada de elegir otro Maestre los de Portugal. Los privilegios hacen ya mención de él en 1294 y dura hasta 1310.
- D. Diego Muñiz: hay mención de él hasta el año de 1316.
- D. Garci Fernández: renunció el Maestrazgo en 1324 por no poderle servir a causa de su avanzada edad.
- D. Vasco Rodríguez Coronado y según otros Cornago: fue elegido en Mérida por renuncia de su antecesor. Murió en 1337.
- D. Vasco López: fue depuesto y huyó a Portugal.
- D. Alonso Méndez de Guzmán, hermano de Doña Leonor de Guzmán, la madre de Enrique de Trastamara y demás hijos bastardos de D. Alonso XI. Murió sobre Algeciras en 1342.
- D. Fadrique de Castilla, hijo de los ya citados D. Alonso y Dña. Leonor. Fue Gran Maestre 16 años desde la edad de 10, habiéndosela dispensado el Papa igual mente que la bastardía. Murió en Sevilla, a manos de su propio hermano el Rey D. Pedro, en 1358.
- D. Juan García de Villagera, a quien la historia de D. Pedro el Cruel llama D. García de Padilla: matóle en la vega de Belinchon D. Gonzalo Mejía, Comendador Mayor de Castilla, a los dos años de su elección. Fue el primero que hubo casado, porque ya lo estaba cuando le hizo elegir el Rey D. Pedro.
- Muerto el anterior maestre eligieron, por que así lo quiso el citado D. Pedro el Cruel, a D. García Álvarez de Toledo, y D. Enrique, hermano de aquel y su competidor, hizo elegir a D. Gonzalo Mejía; pero concertado este último Rey con D. García para que renunciara, se verificó así quedando solo D. Gonzalo, el cual murió en tiempo de D. Enrique.
- El Rey D. Pedro había hecho que se eligiera a D. Alonso Álvarez de Tejada, cuando supo la renuncia de su protegido, mas falleció sin ser confirmado.
- D. Fernando Osorio: confirmado en 1372. Obtuvo dispensa por ser hijo de Freiré profeso de la Orden.
- D. Pedro Fernández Cabeza de Vaca: en el mismo año de su elección, 1384, murió de peste marchando sobre Lisboa.
- D. Pedro Muñiz de Godoy: elegido por muerte del anterior. No se saben más pormenores, y lo mismo respecto de su sucesor:
- D. Garci Fernández de Villagarcía.
- D. Lorenzo Suárez de Figueroa: elegido en 1387. Falleció el año de 1409, siendo sepultado en la Iglesia de Santiago de la Espada de la ciudad de Sevilla, cuyo convento había mandado hacer.
- D. Enrique infante de Aragón, hijo de D. Fernando; fue electo a la edad de 9 años y murió en Calatayud año de 1448.
- El Condestable de Castilla D. Alvaro de Luna, personaje bien conocido por sus hechos y trágico fin en 1453. Después de su muerte tuvieron la orden en administración un año el Rey D. Juan II y 15 su sucesor D. Enrique IV.
- D. Beltrán de la Cueva, Duque de Alburquerque; le dio el Maestrazgo el mencionado D. Enrique mientras el infante su hermano cumplía la edad. Le dio después el Rey en recompensa varias villas y lugares.
- El príncipe D. Alonso hermano de Isabel la Católica, que se llamó rey reinando todavía D. Enrique IV. Murió en Arévalo habiendo renunciado el Maestrazgo pocos días antes.
- D. Juan Pacheco, marqués de Villena; falleció en Trujillo en tiempo de D. Enrique IV.
- El marqué de Villena D. Juan Pacheco, hijo del anterior, no fue confirmado por haber fallecido el Rey D. Enrique y haberse levantado revueltas en el reyno.
- D. Alonso de Cárdenas; no fue Maestre general en un principio, a causa de haberse dividido el maestrazgo entre él y D. Rodrigo Manrique, siéndolo éste de la provincia de Castilla y D. Alonso de la de León, con la condición de que fuese Maestre general el que sobreviviese; por lo que habiendo fallecido el D. Rodrigo hubo todo el maestrazgo el dicho D. Alonso. Murió en tiempo de los Reyes Católicos y está enterrado en la parroquial del apóstol Santiago de esta Ciudad de Llerena, cuya Iglesia fundó y dotó. Era natural de Ocaña, hijo del Comendador mayor de León D. Garci-López de Cárdenas.
- Por fallecimiento de D. Alonso sucedieron en la administración de la orden los citados monarcas D. Fernando y D.» Isabel por Bula de Alejandro VI, y el papa Adriano hizo perpetua esta administración, según se halla, en los Reyes de España.
ESTADÍSTICA POR POBLACIONES.
Los 15.464.340 habitantes que, según el censo de población, tiene España, se hallan divididos en las 49 provincias que estampamos a continuación por el orden de importancia que han adquirido en el último recuento:
Barcelona | 743.734 |
Valencia | 606.608 |
Coruña | 551.989 |
Oviedo | 524.529 |
Madrid | 475.786 |
Sevilla | 463.486 |
Málaga | 451.406 |
Granada | 444.629 |
Pontevedra | 428.886 |
Lugo | 424.186 |
Burgos | 333.356 |
Toledo | 328.755 |
Tarragona | 320.593 |
Almería | 315.664 |
Gerona | 310.970 |
Lérida | 306.994 |
Cáceres | 302.134 |
Navarra | 297.422 |
Canarias | 233.784 |
Cuenca | 229.959 |
Santander | 214.441 |
Albacete | 201.118 |
Guadalajara | 199.088 |
Palencia | 185.970 |
Huelva | 174.931 |
Badajoz | 404.981 |
Cádiz | 390.192 |
Zaragoza | 384.176 |
Murcia | 380.969 |
Alicante | 378.958 |
Orense | 371.818 |
Córdoba | 351.536 |
León | 348.756 |
Jaén | 345.879 |
Salamanca | 263.516 |
Baleares | 262.893 |
Castellón | 260.916 |
Huesca | 257.839 |
Zamora | 249.162 |
Ciudad-Real | 244.328 |
Valladolid | 244.023 |
Teruel | 238.328 |
Logroño | 173.812 |
Ávila | 164.039 |
Vizcaya | 160.579 |
Guipúzcoa | 156.493 |
Soria | 147.468 |
Segovia | 146.839 |
Álava | 96.393 |
Población de cada capital de provincia por el orden de su importancia según el último censo: | |
Madrid | 287.170 |
Barcelona | 178.625 |
Sevilla | 112.136 |
Valencia | 105.485 |
Málaga | 92.611 |
Cádiz | 63.513 |
Granada | 63.113 |
Zaragoza | 59.978 |
Palma (Bal) | 42.810 |
Valladolid | 41.913 |
Córdoba | 35.501 |
Vitoria | 15.599 |
Salamanca | 15.208 |
Cáceres | 14.795 |
Oviedo | 14.793 |
Gerona | 43.959 |
Zamora | 12.881 |
Palencia | 12.841 |
Albacete | 11.860 |
Santa Cruz de Tenerife | 10.834 |
Logroño | 10.466 |
Coruña | 27.351 |
Murcia | 26.888 |
Santander | 24.702 |
Burgos | 24.327 |
Almería | 23.018 |
Pamplona | 22.702 |
Badajoz | 22.195 |
Alicante | 20.342 |
Jaén | 19.738 |
Lérida | 19.023 |
Castellón | 19.297 |
Tarragona | 18.923 |
Bilbao | 17.649 |
Toledo | 15.797 |
Segovia | 10.339 |
Huesca | 9.873 |
León | 9.603 |
San Sebastián | 9.484 |
Ciudad-Real | 8.951 |
Teruel | 8.830 |
Huelva | 8.423 |
Lugo | 8.246 |
Cuenca | 7.284 |
Orense | 6.872 |
Pontevedra | 6.623 |
Guadalajara | 6.533 |
Ávila | 6.419 |
Soria | 5.191 |