Fernando Díaz Esteban.
Como es sabido, durante siglos la convivencia entre las religiones cristiana, musulmana y judía fue un hecho normal. En la España invadida por los musulmanes, los cristianos tolerados recibieron el nombre de mozárabes; en la España cristiana, los musulmanes tolerados fueron llamados mudéjares. Pero tras siete siglos de esfuerzo para arrojar al invasor musulmán, la reconquista de Granada hace cambiar la situación. Primeramente, a los musulmanes granadinos que se rindieron y prefirieron quedarse se les permitió seguir siendo musulmanes, usar sus trajes y vivir según sus costumbres. Pero la expulsión de los judíos en 1492 con la idea de una sola religión, la cristiana, acabó afectando también a los musulmanes granadinos, a los que se les va presionando para que se hagan cristianos hasta que se les plantea, lo mismo que se había hecho con los judíos, el dilema de convertirse al cristianismo o emigrar. Contrariamente a los judíos, que prefirieron la emigración, los granadinos se decidieron por la conversión al cristianismo. Pero secretamente seguían siendo musulmanes, pues la religión de Mahoma, contrariamente a la judía o la cristiana, permite la simulación de la apostasía en casos graves, y los granadinos se acogieron a esa concesión. Se les empezó llamando nuevamente convertidos, y se les acabó llamando moriscos.
1. ESCUELAS PARA NIÑOS
Enseñar la religión cristiana a los moriscos, y sobre todo a sus hijos, con la idea de salvar sus almas fue una preocupación de los reyes de España. La intención estaba clara, pero cómo hacerlo, a quién encargárselo y cómo se iba a pagar resultó difícil y complicado.
Desde los tiempos de Carlos V se van acumulando cartas y documentos en este sentido. Daremos algunos ejemplos de las copias que se conservan en la Real Biblioteca de Palacio de Madrid1, que aunque destinadas sobre todo a la situación en el Reino de Valencia, reflejan esa preocupación por la salvación de las almas de los moriscos. Estos documentos suelen ser de difícil lectura, de escritura rápida en general y continuamente abreviada. Los fragmentos que hemos seleccionado se han sometido a la ortografía actual, así como se han resuelto las abreviaturas.
El 20 de Septiembre de 1533 se envía desde Monzón una carta a Joan Gays, canónigo y vicario general de Valencia, sobre los “nuevamente convertidos” recordando “la necesidad que hay para que ellos sean doctrinados en las cosas de la fe y vivan como cristianos”, siguiendo las informaciones que ha recopilado el oficial Micer Miedes sobre la materia, para que “se pueda encaminar el negocio como mas cumpliere el servicio de Dios y a la salud de las ánimas de los dichos nuevamente convertidos”.
La preocupación por los moriscos no siempre era espiritual. Había el problema de qué pasaba con los derechos que estos nuevos cristianos pagaban cuando eran moros a sus señores, y “los agravios y tratamiento que se les hace ahora por sus señores como si fuesen moros”, por lo que Carlos V pide al Duque Fernando de Aragón, lugarteniente y capitán general que “informe y de su parecer”, por orden fechada en Zaragoza el 13 de Enero de 1534. También cuando en 1609 se decidió la expulsión de todos los moriscos, algunos señores se quejaban viendo afectados su intereses y decían si “no pudiera auerse tomado otros expedientes menos asperos … Pensays vos q. el que ha tenido y no tiene, es pequeño dolor el auerlo de trabajar, o pedir prestado”2
El Cardenal de Toledo era el responsable máximo de la catequesis de los Moriscos, pero podía delegar. El día 16 de Enero de 1534, también desde Zaragoza, el rey informa que el Cardenal de Toledo don Alonso Manrique, Inquisidor General, ha subdelegado en el provincial de los Franciscanos, fr. Antonio y en el abad don Antonio Ramírez de Haro, capellán del rey y de su Consejo, “para ir a visitar y dar orden como los nuevos convertidos de moros de ese reino [de Valencia] sean bien instruidos y vivan como católicos”. Ese mismo día 16 de Enero de 1534, Carlos V escribe al Duque don Fernando de Aragón, lugarteniente y capitán general de Valencia, comunicándole que Fray Antonio y el abad Ramírez van de subdelegados del Cardenal para “la visita e instrucción de los nuevos convertidos de moros” como le fue consultado en Monzón, y “por ser cosa que tan ha respecto y compete al servicio y honra de Dios”, y añade: “tenemos singular voluntad a que esta negociación se enderece y encamine de manera que en breve término pueda afirmarse y se reciba y trate con todo el favor que sea posible”; le pide, además, que atienda y aposente a los delegados, de modo que puedan actuar libremente y sean obedecidos.
Carlos V temía que se platearan problemas de competencias entre el Arzobispo, los enviados para la catequesis de los moriscos y otras autoridades .
En Toledo, el 30 de Marzo Carlos I vuelve a escribir al Duque diciéndole que ha recibido su carta sobre la ejecución del breve apostólico acerca de los nuevos convertidos y sus gestiones con el Cardenal de Liege (Jorge de Austria), arzobispo de Valencia para llegar a una concordia de competencias, “pues sabéis la voluntad que tenemos para que este negocio se haga como cumpliere al servicio de Dios y nuestro y a la buena instrucción y salud de las ánimas de los dichos nuevamente convertidos”. Y que si fuera conveniente, podría llamar a Valencia al vicario general de Tortosa.
Con la misma fecha, 30 de Marzo, le comunica que ya le ha escrito aprobando la concordia entre el Arzobispo y los Subdelegados, y que si hay discrepancias, intervenga para lograr la concordia.
La cooperación del Virrey era necesaria, por lo que desde Toledo el 31 de Marzo, el Rey escribe al vicario general de Tortosa diciéndole que ha escrito al capitán general de Valencia para que si es necesario le pida que vaya a ayudar “a la buena doctrina, instrucción y salud de las ánimas de los dichos nuevos convertidos”.
Con los Moriscos adultos, que sabían disimular su verdadera fe, había dudas, pero a los niños, se pensaba, si se les quita de la influencia de sus padres pueden hacerse cristianos sinceros. Por eso uno de los proyectos era el construir un colegio para la educación cristiana de los hijos de los moriscos, proyecto de muy larga realización y que ocasionaba gastos que había que cubrir. Cinco años después, se plantea el problema del excesivo número de alumnos que ya tiene el de Tortosa y el rey escribe desde Madrid el 18 de Octubre de 1539 al Cardenal Arzobispo de Valencia, su tío, proponiendo que para los alumnos moriscos se haga otro colegio en el monasterio de Valdigna, “así por la comodidad del lugar y por los muchos vasallos moriscos que tiene aquella casa y convento como por ser de nuestro jus patronado [patronato real] y dotada de mas renta que han menester los frailes que allí residen”, que se hagan cuentas y se ponga en contacto con el Duque y con Micer Rubió “al cual le hemos mandado que él sea el solicitador de este negocio”.
El retraso en la realización del proyecto y en su financiación inquieta al rey y así el 24 del mismo mes de Octubre escribe a Ramírez de Haro, obispo de Ciudad Rodrigo, informándole que el Santo Padre había aprobado la solicitud del Arzobispo de Valencia, don Jorge de Austria, tío de Carlos V, que
“dismembró [separó] de los fructos de la mensa Arzobispal dos mil ducados de annua para pensión que perpetuamente se hayan de pagar, así para fundación y dotación de un colegio que se ha de hacer en la ciudad de Valencia para instruir y enseñar a los hijos de los nuevos convertidos de moros de aquel reino la doctrina cristiana y algo de teología, como para acabar de dotar las iglesias y rectorías que en virtud de comisión apostólica vos y el obispo de Tortosa con intervención del ordinario, o de sus ministros, ordenastes en las tierras y lugares poblados de los dichos convertidos para la instrucción de ellos”.
Y encarga que sean el mismo Ramírez de Haro y el obispo de Tortosa los encargados de la distribución de los dos mil ducados, juntamente con el Arzobispo de Valencia, conforme a las instrucciones recibidas por el oficial Micer Gaspar Rubió. Le pide a Ramirez de Haro que vaya a Valencia lo más presto posible, porque todo se está retrasando “y muchas criaturas mueren sin bautismo, allende que los padres hacen vida de moros”.
Pero surgen nuevos retrasos: primero, la imposibilidad del rápido traslado de Ramírez de Haro y luego, la muerte del obispo de Tortosa: El 4 de diciembre de 1539 desde Madrid, Carlos V le dice a Ramírez de Haro que ha recibido su carta de excusa para no ir a Valencia hasta pasado el próximo enero, pero “porque el negocio de los nuevos convertidos y fundación del colegio de que habeis de tratar no sufre dilación”, le pide que venga al menos a mediados de febrero, como se le ha dicho también al obispo de Tortosa, y que junto con el Arzobispo se empiece a actuar.
Dos meses después, el 24 de febrero de 1540, vuelve a escribir a Ramírez de Haro urgiéndole su traslado a Valencia, y que si le es posible pase por Madrid para recibir instrucciones directas; le comunica también la muerte del obispo de Tortosa.
El 2 de marzo de 1540 Carlos comunica a su tío el Arzobispo de Valencia que ha decidido nombrar al inquisidor Doctor Joan González como sustituto del obispo de Tortosa en la cuestión de los moriscos, y recuerda que el patronato real es “de nos y de nuestros sucesores reyes de Castilla”, y que “cuanto mejor y mas presto se haga, Dios nuestro señor será tanto más servido”.
Había que informar a todas las autoridades para que facilitaran las activida- des de catequesis, y así, el 13 de mayo de 1540 desde Madrid envía una circular a todos los “justicias, bayles, jurados, concejos, universidad, otros oficiales y hombres buenos” del reino de Valencia para que atiendan y alojen a Antonio Ramírez de Haro y acompañantes.
El asunto de la instrucción de los moriscos estaba resultando difícil. Aceptaban el bautismo pero secretamente seguían siendo musulmanes. Ante este fracaso, algunos, entre ellos el Arzobispo de Valencia, creían que habría que intentar un nuevo método: había que comprenderlos y atraerlos. El Arzobispo Valencia, partidario de probar esta posibilidad, le pide al Cardenal de Toledo que
“con su autoridad y providencia mande determinar lo que se debe seguir y se efectúe de forma que esa gente tenga algún reposo y sosiego para entender con ellos en los negocios de su instrucción porque sumado con sospecha y desasosiego serian de poco fructo cuanto con ellos se tratase sobre que ocurre que es parecer seria necesario que a los dichos convertidos se les perdone generalmente todo lo pasado atteta la forma de los principios de la conversión y la attenció que han tenido en los instruir y enseñar doctrina cristiana y ceremonias de dicha religión especialmente como ellos sean informados del beneficio que recibieron los de Granada en este caso, y no usando con ellos de semejante gracia y merced estarían de continuo atemorizados y indispuestos las animas para recibir el catecismo, instrucción y doctrina necesarias”.
La gracia había que extenderla también a una notable parte de los moriscos que habían preferido marcharse a Argel y que ahora estaban volviendo (como el conocido caso de Ricote, el morisco de El Quijote) por lo que además le pide que se reciba a
“los nuevos convertidos que vuelven de Argel … sin imposición de pena corporal o pecuniaria atendiendo que muchos destos son gente simple y son engañados por falta de buena compañía, lo cual todo los disminuye la cualidad y cantidad de la culpa, y esta reconciliación debería ser sin auto público ni convocación de gente y no obstante que se pueda decir que estos serían espías para dar aviso a los de Argel no es al propósito pues la comunicación de este reino con los de Berbería …. no faltará quien tenga cuidado de hacer estas diligencias ….. quiera conceder según se pide enviándonos la comisión del perdón y recepción de los dichos nuevos convertidos con facultad de sustituir a los confesores porque de otra manera parécenos sería muy difícil el sosiego y seguridad para lo que conviene tratar con ellos en los negocios de la fe y de su salvación”.
Estando Carlos V en Monzón el ¿3? de septiembre de 1542 escribe a Ramírez de Haro, ahora obispo de Calahorra y La Calzada, informándole que hay que prepararse porque el rey de Francia tiene a su hijo el Delfín en Perpiñán y el ejército francés podría recibir ayuda de una armada turca. Pero estas graves preocupaciones internacionales no le hacen olvidar el tema de la conversión de los moriscos, y el día 23 del mismo mes de septiembre de 1540 vuelve a escribir al obispo de Calahorra sobre el colegio que ya se ha fundado en Tortosa de los Predicadores de donde salen muchos letrados y predicadores, muy beneficiosos para aquella tierra, y que aunque se ha reservado ochocientos ducados de pensión
“para la sustentación del colegio que se funda en Valencia para la instrucción de los nuevamente convertidos y habiendo en la parte de Cataluña donde tiene la sede el obispo de Tortosa más nuevamente convertidos que en aquel obispado que en lo que toca a la parte de Valencia, y que aunque haya mucho tiempo que se hicieron cristianos tiene no menos necesidad de instrucción que los otros y sea conveniente y necesario que los hijos de los nuevamente convertidos sean y estén apartados de sus padres porque no los perviertan como aque- lla ciudad esté en medio de las de Cataluña y Valencia y paguen los diezmos al obispo donde se toma la dicha pensión y aquel colegio se halle ya fundado de manera que con muy poca obra se podrá con mas brevedad efectuar nuestra voluntad en esto y el lugar sea mas sano y de menos gasto y tenga personas de muchas letras que les puedan instruir en el cristianismo y otras buenas costumbres nos suplicaron juntamente el provincial y toda la provincia de Aragón …. en servicio de Dios y bien de los dichos nuevamente convertidos pero aun de toda la provincia que no tiene otro estudio y es tan pobre que no tiene mas de treinta libras de renta …tuviésemos por bien de mandar que los dichos ochocientos ducados de pensión se convirtiesen en beneficio del dicho colegio y si no todos a los menos una parte ….. queremos ser informados de vos de lo que en Valencia está ordenado para la fundación y dotación del colegio que allí se ha de hacer para los dichos nuevamente convertidos para que señalemos los dichos ochocientos ducados ….. y todo lo que os parecerá que se podría y debería hacer y la forma que se habría de tener en ello y si se haría bien”
Se había decidido que los frailes Predicadores se encargaran de la instrucción de los Moriscos. El 28 de febrero de 1543 Carlos V escribe desde Madrid a cada uno de los Predicadores elegidos alabando su vida y estudios y comunicándole que ha sido nombrado para que juntamente con Ramírez de Haro, obispo de Calahorra y de La Calzada, vaya al reino de Valencia
“a entender por autoridad apostólica y nuestra en la instrucción, doctrina y reformación de los nuevamente convertidos de moros en nuestra santa fe católica en aquel reino que tienen mucha necesidad, y señaladamente de una persona como la vuestra, como os informará y avisará de todo lo que conviene hacerse el dicho obispo como quiera que tiene entera noticia dello por lo que antes de agora lo ha tratado. Rogamos y encargamos vos que dándole entera fe en todo lo que acerca desta tan santa obra os dijere, acepteis el cargo y os hayais en el correspondiendo a la confianza con que os hemos nombrado, como somos ciertos que haréis, y así quedará dello la memoria que es razón para lo que de vuestras cosas se ofreciere”.
A cada uno le pide que acepte el encargo y se acompaña una “Declaración de la dicha letra de su Majestad” sobre los conceptos de “Juntamente” y “Autoridad Apostólica”:
“Juntamente”, que el predicador no haga nada sin consultar previamente con el obispo, y que la facultad del obispo no quedará limitada a la consulta; segundo, que en los casos que sean ajenos a la profesión de los predicadores no intervengan; tercero, que el administrador económico no querrá tratar con mu- cha gente; cuarto, el obispo y los predicadores han de estar en diversas partes del reino; quinto, las instrucciones de Su Majestad declaran lo que se debe comunicar a los predicadores.
“Autoridad Apostólica”: se debe comunicar a los predicadores que esta Autoridad pertenece al obispo para colegios y rectorías en subdelegación del Cardenal de Toledo don Alonso Manrique “y como el obispo de Segovia [Ramírez de Haro] sea subdelegado no puede subdelegar ni comunicar esta autoridad apostólica” a otros.
La intención de S. M. en la elección de los Predicadores se basa “En la instrucción doctrina y información de los nuevos convertidos” como consta en auto notarial, y con ella fue requerido el año pasado el Sr. Joan de Avellaneda ante el notario Joan Alemany para que sirviese a dicha instrucción.
La actividad de los Predicadores y la creación de las nuevas rectorías suponían gastos, por lo que se añade al escrito la copia del acta notarial de la petición y entrega de cuatrocientos ducados:
Primero, los predicadores han de ser seis y “las rectorías de los nuevos convertidos que se han de visitar serán ciento y veinte”, a 20 rectorías por predicador “para que las visiten y prediquen y den orden a los rectores en la forma que han de tener en la instrucción y doctrina”. Segundo: El obispo de Tortosa ha dado ochocientos ducados para estas expensas; se han gastado en predicadores y limosnas casi trescientos; quedan quinientos a la espera de los breves papales “para dar los predicadores y otros oficiales cuando los breves fueren venidos porque en aquel tiempo se han de publicar las mercedes y beneficios y favores y gracias que Su Santidad y el Emperador, mio Señor, concede a esta gente, porque de otra manera sería gran falta si cuando viniesen los dichos breves faltase el dinero” … “Y pues estas diligencias de la predicación y instrucción se han de hacer en tan breve tiempo, porque el otro discurso ha de quedar encomendado a los visitadores y del Arzobispo y Rectoral de las dichas rectorías, y no tenemos renta consignada para estos oficios ni dicho socorro sino el de los quinientos ducados que restan …. Pedir un año de término y la seguridad de cuatrocientos ducados para los alimentos.”
También el 28 de Febrero de 1543, además de la carta a los Predicadores con la “Aclaración” vista, Carlos I escribió a los moriscos. Una copia de la carta del Rey a los moriscos, tiene a su final esta confirmación notarial:
“El presente trasladado de mano de original bien y fielmente escrito ha sido sacado de su original por mi, Joan Alemany, por las autoridades apostólicas y de Valencia notario público, en fe y testimonio de lo cual puse aquí mi acostumbrado de arte de notaría. Sig-[especie de cruz y florón dibujado] -no”.
En esta carta, dirigida a los Moriscos, el Rey los trata de “amados nuestros” y sirve para comunicarles el nombre del responsable de su educación cristiana y que les han sido perdonadas sus apostasías anteriores y que no intervendrá la Inquisición, siempre que no vuelvan a apostatar:
“ El Rey. Amados nuestros: teniendo de vosotros y de lo que conviene para la salud y salvación de vuestras ánimas el cuidado que es razón como conviene a católico príncipe, mandamos ir a ese reino al obispo de Calahorra y de La Calzada don Antonio Ramírez de Haro, de nuestro Consejo y Comisario Apostólico para entender en la doctrina e instrucción de vosotros y de vuestros hijos en nuestra santa fe católica y para hacer saber de nuestra parte como procuramos con nuestro muy Santo Padre se os remitan y perdonen todos los crímenes y delitos y excesos de herejía y de apostasía que habéis cometido después acá que …. tomasteis el santo Bautismo y dejar la maldita secta mahometana …. y la suspensión del ejercicio del Santo Oficio de la Inquisición, que por cierto tiempo no entenderá en vosotros ni sobre vosotros y esto confiando en que os enmendaréis y que de aquí adelante viviréis como católicos cristianos ….como entenderéis más largamente del dicho obispo y de las personas predicadores y visitadores que están nombrados y destinados para vuestra doctrina y instrucción. Encargamos os e mandamos os muy estrechamente …. los recibáis y los tengáis todo respeto y oigáis sus preceptos y doctrinas con todo el acatamiento y reverencia que se debe y los pongáis en vuestros corazones…. Nos haréis en ello mucho placer para continuamente mirar por vosotros en lo que se os ofreciere. Y cuando no os enmendásedes y todavía fuésedes pertinaces en vivir fuera de nuestra religión, lo que no se ha de creer ni esperar de vosotros, sed ciertos que se procedería contra los que se hallasen no ser buenos cristianos rápidamente como por leyes humanas y divinas contra los tales esta ordenado y establecido …. Sin que para eximiros del os quedase recurso ni esperanza alguna, de manera que como agora procuraremos este vuestro perdón y remisión, entonces mandaríamos hacer instancia muy viva y proveer que fuésedes castigados como es razón, como lo entenderéis todo más largamente del dicho obispo y comisario sea creido. Dado en Madrid a xxxviii de febrero de MDXLIII años. Yo el Rey. Idiaquez, secretario ”.
Los nobles se muestras también interesados en el adoctrinamiento de los moriscos y expresan su conformidad con lo que el Comisario propone. Un ejemplo es la carta que el 15 de abril de 1543 escribe el Duque de Segorbe desde Segorbe al obispo de Calahorra (Ramírez de Haro) diciéndole que don Luis Bertrán le ha entregado una carta suya y otra del Rey, que han hablado de ello y que “yo he siempre deseado y deseo que este negocio se encamine y se asiente como cumple al servicio de Dios y de su Majestad, que en esto se encierra lo demás, que es que vivan los moriscos como cristianos y que tengan en este reino la quietud y sosiego que es menester”.
Había también escritos en árabe de doctrina cristiana: El 28 de Junio de 1543 se recibe en Valencia del Comisario Apostólico “en los negocios de los nuevamente convertidos”, Ramírez de Haro, “un libro de los cuatro Evangelistas escritos en lengua arábiga, el cual había recibido el Capiscol de Gandía, el maestro Bernardo Pérez, prestado del Sr. doctor Juan González inquisidor de Valencia; volviose al dicho adan Jxubrique [Adán de Ubrique?] el cual confiesa haberlo recibido del dicho Sr. Obispo de Calahorra, el cual volverá cada [vez] q. por el dicho Sr. Obispo +v le fuere pedido”
El Príncipe, futuro Felipe II, interviene también en el asunto de los moriscos. El 18 de Octubre de 1544 escribe desde Valladolid al obispo de Segovia
2. EL “DESBAUTIZADERO” DE HORNACHOS
Durante un siglo, como se ha visto y es conocido, el esfuerzo por instruir en la fe católica y en evitar la continuidad en secreto de la musulmana entre los moriscos no tuvo éxito. Se les perdonaba una y otra vez, pero inútilmente. Hay un Catecismo de Moros, escrito por Almarza que más parece un tratado polémico antimusulmán que un catecismo. Es un manuscrito de letra pequeña y 355 folios, de lectura un poco farragosa, destinado a los que han de catequizar a los moriscos3. Le dice a los moriscos: “En duda debéis preguntar. Pero a quien? A vuestros morabitos? A vuestros Alfaquies o Sacerdotes? Claro está que no: porque como estan en el mismo error, antes os confirmarían en el ….. si quisieran decir la verdad, ellos os predicaran desengaños[fol.6]…. A mi me toca el socorro del error en que estais y quitaros las dudas que tuviereis en esta materia [fol. 8]”. Y sigue la refutación de lo que dice Mahoma en el Corán y la comparación con la doctrina cristiana.
¿Cómo veían los contemporáneos la pertinencia musulmana de los Moriscos? Jaime Bleda4 da a conocer en qué consistían las prácticas musulmanas de los Moriscos: ayunan en Ramadán, celebran la Pascua musulmana, se circuncidan, no llevan la cruz, son negligentes en misa, llevan nombres de moros, no comen alimentos prohibidos por la ley musulmana. Marcos de Guadalajara5 secunda a Bleda en su descrédito de los moriscos: se burlaban de los Sacramentos, en el bautismo lavaban a los niños con agua sucia, no se confirmaban, diferían el matrimonio hasta haber acabado el Ramadán, no comían aves matadas sin seguir le ley musulmana, procuraban no pagar los diezmos, consideraban desventurados los que llevaban nombres de santos y bien afortunados los de moros, no se signaban, no tomaban agua bendita, en la elevación de la Hostia hacían visajes, leían las azoras del Corán, hacían la Zalà [oración ritual], adoraban el Zancarrón [la Mano de Fátima], circuncidaban a los niños de ocho años, “su maldita secta concedia: que en ocasiones forçosas pudiessen fingir en lo exterior, y sin pecar cualquier religión … tambien que puestos en necessidad y apretura pudiessen libremente confessar su delicto a los juezes [de la Inquisición] pero de ningun modo el de su proximo, y por esto perdieron la vida muchos dellos, quemandoles por negativos ….
A Jaime Bleda, según él mismo cuenta en su Coronica de los Moros de España6, el Arzobispo Juan de Ribera le nombra en 1585 para la rectoría de moriscos de Cornera: “Servía yo la Rectoría por medio de un Vicario …..vi que aquellos infieles en lugar de adorar la Sacratísima Hostia y Caliz ….hazían todos escarnio y burla … las mugeres pellizcauan las criaturas para que llorasen, ninguno auia que no hiciese sus meneos, y monerias en manifiesta irrisión, vilipendio y desacato del Santíssimo Sacramento: Quedé atónito y muy desconsolado”. La desilusión le llevó a escribir un libro a favor de la doctrina cristiana Fortalitio Fidei pidiendo la separación de los moriscos en los actos religiosos cristianos y enumerando sus prácticas musulmanas, así como los esfuerzos que desde hacía años, ante el Papa y el Arzobispo había hecho para que fueran expulsados.
Los moriscos después de bautizar a sus hijos, los “desbautizaban” en una ceremonia familiar y secreta en la que le daban un nuevo nombre, esta vez musulmán. González Palencia7 recoge una anotación marginal del propietario de un manual de purificación donde se mezclan los dos nombres: tras decir que le nació un hijo el 14 de mayo de 1608 añade: “Pusele por nombre Yahye. Bautizolo Nicolas Ximeno, vezino de Villafeliche…. Pusele por nombre Juan Miguel ….[y en letra árabe] Yahya Ibn Muhammad Abu Ibrahim ben al-`Aziz”.
Esta ceremonia de desbautizar para imponer un nombre musulmán se celebraba en Hornachos en un lugar apartado de la sierra, al que se conoce por el “Desbautizadero”. Ignoro cómo ha llegado el nombre y desde cuando. Pascual Madoz8 en su Diccionario Geográfico no habla del “Desbautizadero” al describir Hornachos, aunque recuerda “todavía conservaba rasgos de su antigua grandeza el año 1610, en que fueron expulsados los moriscos, cuya medida disminuye notablemente la pob. y llenó su term. de maleza”.
Este nombre tan preciso de “desbautizadero” y lo que ello representa puede simbolizar el fracaso de unos esfuerzos misioneros, preocupados, como hemos visto, por la salvación de las almas de los moriscos.
3. EL EDICTO DE EXPULSIÓN
Llegó un momento en que la expulsión de los Moriscos se vio como inevitable. Lo deseaba la Reina, lo deseaba el valido Duque de Lerma, lo deseaba la gente. La población Morisca había crecido en algunos lugares de forma que podrían resultar un peligro. Este aumento de población llevó a Teruel a pedir al Rey autorización para comprar doscientos arcabuces en Vizcaya y Guipuzcoa con la justificación de que “esta cerca de Valencia y rodeada de moriscos y sin armas suficientes para su defensa”, y el Consejo da su aprobación el 18 de Octubre de 1609 “porque se tiene entendido que esta muy falta de armas y rodeada como representa de moriscos, y particularmente de los de la villa de Exea de Aragon que es de grande población y toda de moriscos”9 . El temor a un levantamiento morisco se justificaba también por la creencia en los toques proféticos de la campana de Velilla de Aragón, que llaman del milagro, que avisaba de peligros, y ya había sonado. El 13 de Junio de 1601 leyó un discurso ante el Rey Bartolomeo Gonsalbo, diciéndole que por sus manos habían pasado muchos papeles secretos y había entendido “por cossa muy cierta que ninguna cossa le dio a su Md. Mayor cuidado y pena en su vida, que rezelarse en gran man[er]ª del leuantam[ien]to de los Moriscos destos R[ei]nos” y por eso le avisa de que la campana de Vililla ha tañido últimamente.10 Esta milagrosa campana de Vililla es citada también por los historiadores de la expulsión (Bleda, Fortalitio, p. 531; M. Guadalajara, Memorable, f. 66) como aviso del peligro morisco.
Cuando por fin se decide la expulsión de los Moriscos, se planteó si el Rey tenía derecho a ella o no, porque de las cuestiones religiosas la competencia es del Papa y del clero. Pero a ello se respondía que la decisión no se basaba en motivos religiosos, sino de la seguridad del reino, pues al temor de un levantamiento había que añadir la convivencia con el Turco y Africa. En la Corte la decisión fue muy bien recibida. La Historia de Madrid en forma de Anales11 dice que la Reina doña Margarita prometió fundar un monasterio de Religiosas y en acción de gracias por la expulsión el 25 de Marzo de 1611 se hizo una solemne procesión a la que asistieron el Rey, toda la Corte, los Consejos y el Ayuntamiento. Gil González D´Avila12 en su Teatro de las Grandezas, dedica diez páginas a relatar la expulsión de los moriscos el año 1610, considerándola la mayor hazaña desde los tiempos de D. Pelayo, pues pretendían “alterar el sosiego destas Coronas, fiados en su multitud y en la de sus riquezas y correspondencias estrechas con Principes enemigos de la grandeza de España …. respondiendo con publica ingratitud a innumerables fauores recebidos de la clemencia de sus Catolicos Reyes”. Las alabanzas a la decisión del Rey eran generales, aun admitiendo lo que había en ellas de interesado.
4. TRATAMIENTO DIGNO
La expulsión, en general, se hizo con orden y procurando respetar la dignidad personal de los moriscos. Se van publicando los bandos de expulsión y como surgen algunas dudas sobre algunos puntos concretos se publican nuevos bandos aclaratorios. En Sevilla el 13 de Febrero de 1610 aclarando dudas sobre las mujeres y los hijos, además de los esclavos, los impedidos y los conversos provenientes de turcos o bereberes; también en Sevilla, ¿Marzo? de 1610 sobre los bienes raíces de matrimonios mixtos, los sembrados, los arrendamientos de tierra, los pendientes de juicio y los que ya tenían ganada ejecutoria de cristianos viejos. El 9 de Febrero de 1610 el Rey había escrito a los Prelados diciéndoles que quienes ellos declararan como verdadero cristiano no sería expulsado. El 10 de Mayo de 1610 otro bando prohibe que los hijos de los moriscos que sus padres han dejado no sean tratados como esclavos, sino como libres y sean compesadas las personas que se encarguen de criarlos hasta los doce años. El 30 de Marzo de 1611 añade que los moriscos que sean sacerdotes, frailes o monjas no sean expelidos, y tampoco los que sean esclavos.
En las órdenes de embarque se cuida que se trate bien a los que salen expulsados. Bleda, en el añadido en castellano a su Defensio (fol. 502) dice de los que se habían sublevado en Levante, una vez derrotados “Y fue tan grande la benignidad y clemencia de su Magestad , que dio orden al Virrey para que los dexasse baxar libremente a los embarcaderos, sin hazerles mas molestias”. Y que a los que les habían quitado algo, se les devolviese. En el bando de expulsión de los moriscos de Valencia se advierte: “Que ningun Christiano viejo, ni soldado, ….. sea osado a tratar mal de obra, ni de palabra, ni de llegar a sus haziendas a ninguno de los moriscos, a sus mugeres, e hijos, ni a persona dellos (fol. 600).
1 RBP II/2241. Están registrados en el Catálogo de la Real Biblioteca. Tomo XIII. Papeles Varios del Conde de Gondomar. Historia. Madrid, Patrimonio Nacional, 2003, pp. 73-98, siglo XVI.
2 En Juan Ripol, Dialogo de Consvelo Por La Expulsion de los Moriscos de España. Pamplona, Nicolás Assiayn, 1613, fol. 6v, 14r.
3 RAH 9/2263, papel, tinta castaña.
4 J. Bleda, Defensio Fidei In Cavsa Neophitorvm, siue Morischorum RFegni Valentiae, totiusq. Hispaniae, Valencia, J. C. Garriz, 1610, p. 28-64.
5 Marcos de Guadalajara y Xavierre, Memorable Expvlsion Y Iustíssimo Destierro de los Moriscos de España. Nuevamente Compvesta y Ordenada. Pamplona, Nicolas de Assiayn, 1613, fols. 158-159.
6 Coronica de los Moros de España Dividida en ocho Libros. Escribiola el Padre Presentado Fr. Jayme Bleda, Predicador General del Orden de Santo Domingo Dedicada a …. Fracisco de Sandoval Y Rojas, Duque de Lerma …… Con Privilegio. En Valencia, en la imprenta de Felipe Mey ….Año de 1618, p. 938.
7 A. González Palencia, “Noticias y extractos de algunos manuscritos árabes y aljamiados de Toledo y Madrid”, Miscelánea de Estudios y Textos Árabes, Madrid, MCMXV, pp. 115-145, nº VIII.
8 Pascual Madoz, Diccionario Geografico-Estadistico-Historico de España Y sus Posesiones de Ultramar, Tomo IX, Madrid, 1847.
9 RAH, 9/7161 (26), f. 1-6, Envio por orden de S. M. de la Consulta del Consejo de Aragón al Cosejo de Estado de la autorización para que Teruel compre 200 arcabuces. Madrid, 20 Octubre 1609.
10 Ibidem, fol. 9-16.
11 Tomo Segundo de la Historia de Madrid en forma de Anales desde el Año 1573 a 1619. Madrid, 1781, f. 197r, 200v.
12 Gil Gonçalez D´Avila, Teatro De Las Grandezas de la Villa de Madrid, Corte de los Reyes Catolicos de España, Madrid, 1623; p. 89-99.