Oct 012003
 

Teodoro Martín Martín.

Producida la expulsión de los monjes de su Convento tiene lugar la incautación y venta por el Estado de sus bienes muebles e inmuebles y su aplicación a la extinción de la Deuda Pública. Quizás sea este uno de los capítulos más desconocidos de la Historia de Yuste. Para su análisis nos han sido de gran valor las siguientes fuentes documentales:

En el A.H.N. de Madrid los fondos de Hacienda, en especial los que produjo la Junta Nacional del Crédito Público en 1820-23,así como los expedientes de funcionarios públicos a partir de los índices elaborados por A. Matilla Tascón. También los de pensiones a exclaustrados.

En El A.H.P. de Cáceres hemos consultado los protocolos notariales correspondientes a los partidos de Navalmoral de la Mata, Plasencia y Trujillo, así como la sección Bienes Nacionales. Ha sido también de especial utilidad la sección Hacienda y dentro de ella la Serie clero, en la que hemos hallado 13 expedientes. Así mismo se pueden encontrar referencias interesantes en el fondo V. Paredes.

En el A.H.P. de Toledo hemos consultado los protocolos notariales correspondientes a las ventas judiciales del partido de Oropesa, del que dependían Valdeverdeja y Puebla de Naciados en 1820-23.

En el A. Municipal de Trujillo hemos visto los protocolos del periodo, con escaso éxito por cierto a la hora de encontrar documentación específica, y los planos de términos de dehesas que nos han servido en parte para paliar la ausencia de ventas judiciales. Algunos documentos sobre contribuciones en el municipio nos han servido para contrarrestar la ausencia de información en los protocolos.

¿Qué sabemos hasta ahora de la desamortización de Yuste ?En verdad poco, la bibliografía existente nos dice que “a manos de particulares pasaron los bienes que en la comarca de la Vera y los partidos de Trujillo o Plasencia pertenecieron al Monasterio”[1]. Es preciso pues abordar con la profundidad que nos posibilita la documentación existente este importante capítulo.

Lo primero por lo que tenemos que preguntarnos es la legislación que regula estas operaciones. De todo el cúmulo de normativas que se dieron durante la revolución liberal a nuestra institución le afecta, en especial, la del Trienio Liberal y la del periodo mendizabalino. Estas con menor incidencia.

Es la ley de monacales de 1º de Octubre de 1820, que suprime los monasterios en su artículo primero, la que afecta a la orden jerónima. Por su art. tercero liberaba a los beneficios eclesiásticos de la dependencia monástica haciéndoles depender de los ordinarios. Por el 23 los bienes de aquellos se aplicarían al Crédito Público[2]. Casi todo el patrimonio de Yuste es vendido en aplicación de esta ley del Trienio. Complementario fue el decreto de 25 de Octubre del año citado y el de las Cortes Extraordinarias de 18 de Diciembre de 1821 por el que los censos se podían redimir con 2/5 de créditos de capitalización y 3 encréditos con interés, y comprarse a su tiempo lo mismo que los otros bienes nacionales[3].

Al producirse la vuelta del Absolutismo en 1823 se anuló lo vendido en el Trienio, invalidándose las ventas realizadas sin indemnizar a los compradores. Estos volvieron a recuperar lo comprado por el decreto de 3 de Septiembre de 1835, que mandaba devolver a sus antiguos titulares los bienes nacionales adquiridos en los años veinte. Otra disposición de 25 de Enero de 1837 ratificaba la devolución (art. 1º) y regulaba los pagos de plazos aún por concluir (art. 4º).

A muy pocas fincas de Yuste le afectó la legislación de Mendizábal. Sólo algunos censos y los bienes que compró el Banco de San Carlos fueron de nuevo subastados. El decreto de 19 de Febrero de 1836 regulaba las ventas estableciendo una reglamentación específica que se completó con la real instrucción de 1º de Marzo del mismo año. A destacar que las enajenaciones las llevaría a cabo la Dirección General de Rentas y Arbitrios de Amortización y que la iniciativa de tasación era de los particulares, que serían los que abrían el procedimiento de venta. Al contrario que en el Trienio en el que tasación y subasta eran iniciativa del Estado. El pago se podría hacer en deuda consolidada o en dinero efectivo, frente a sólo en deuda pública que exigía la normativa del Trienio.

Se estima que los compradores de aquel periodo fueron 7679 individuos y que las fincas rematadas ascendieron a 25177.El precio de tasación fue de 449.899423 reales y el de remate 1045.609788 reales. Dado que en esta desamortización se vendieron fincas de monasterios y algunos conventos, más bien pocos, hemos de subrayar la buena acogida que tienen los remates, los cuales doblan el precio de la tasa[4].

Como ya dijimos la iniciativa de las ventas fue de la Administración. La Junta Nacional del Crédito Público en Madrid, junto a los intendentes de las provincias y los comisionados de aquella fueron los motores de la puesta en venta de los bienes incautados. Papel importante cupo en este procedimiento a los ayuntamientos. Hemos hallado en el Archivo Municipal de Trujillo informes y notas del Consistorio sobre las propiedades de Yuste, con el estado de sus arrendamientos y plazos en que cumplen, todo ello dirigido al Ministerio de Hacienda a fin de que se proceda a su tasación y remate[5].

Con la información que los consistorios y los intendentes proporcionaban a la J.N. del Crédito Público, ésta elaboraba las listas de fincas con su tasación y fecha de remate. Hemos hallado los documentos manuscritos de envío de la referida Junta a las publicaciones periódicas que anunciaban las ventas (Gaceta de Madrid primero y después el Boletín de Oficio del Crédito Público).Coinciden totalmente los envíos con los anuncios de subastas que se publican, al menos en los que hacen referencia a Yuste. Veamos los anuncios y tasa de las propiedades de la institución que estamos estudiando.

Remate el 24 de Marzo de 1821 en la ciudad de Trujillo[6]

rls
La parte creciente y menguante de la dehesa de Palacio de Enmedio 150000
La parte creciente y menguante de la dehesa de Baq. de Maribela 36666
La parte creciente y menguante de la dehesa de Valdeacebuche 107266
La parte creciente y menguante de la dehesa Revilla de Valdeacebo 16733
La parte creciente y menguante de la dehesa Hocecillas 37666
La parte creciente y menguante de la dehesa Lasorda 66666
La parte creciente y menguante de la dehesa Revilla de Guadalupe 8000
La parte creciente y menguante de la dehesa de Reinilla 18000
La parte creciente y menguante de la dehesa de Bienlasveo 26333
La parte creciente y menguante de la dehesa Tomilloso de la Umbría 52900
La parte creciente y menguante de la dehesa Casas de Yuste 26666
La parte creciente y menguante de la dehesa Presas y Melenas 17167
La parte creciente y menguante de la dehesa Moheda de Marta 18200
La parte creciente y menguante de la dehesa Hocinillos 4333
La dehesa de Cerro Luzón, redonda, de cabida 700 cabezas 183333
La dehesa de Rinconcillo de Yuste, redonda, de 700 183333
La dehesa Trinidades y Almendrillo, cabida de 1300 433333

Remate en Plasencia el 24 de Abril de 1821[7]

rls
Una dehesa llamada de Salta al Campo 265750
¾ partes dela dehesa Haza de la Bazagona 395137´17
La mayor parte de la dehesa de Mingazo 113366´2
Una parte de la dehesa de Aldeanueva de Beringues 11122´23
Una parte de la dehesa de Palazuelo[8] 4112´10
Una parte de la dehesa de Saucedilla de las Casas 4013´31
Una parte de la dehesa Casa de la Vega en Jaraiz 577
Una casa en la C/ Medina nº 5 de Plasencia 24226

Remate en Navalmoral de la Mata el 14 de Abril de 1821[9]

En Cuacos rls
El Imperial Monasterio, con sus oficinas y palacio de Carlos V 1.300000
Una cerca con un molino de aceite, otro harinero y huerta de 8 huebras 84728
Una huerta titulada de Boró con dos charcas y viñedo de 6 huebras 23920
Una huerta titulada de la Panadería de 8 huebras 20914
Un huerto titulado de Zapatería, con olivos y parras, de media huebra 1530
La Berraquera con morales y cobertizo para bueyes 2400
Los olivos del patio de la iglesia 396
Un criadero de cerdos y 15 fanegas de terreno inculto 1500
Los nogales de la portería 6750
Una cabrería, con corral y casa para el pastor 1100
Un majuelo de viña y olivar, con casa de 25 peonadas y 200 olivos 50620
Un castañar viejo murado de piedra, de 25 fanegas 11000
Un castañar nuevo, con 1282 olivos y 12 peonadas de viña 91020
Un olivar, llamado del Roso, con 519 olivos, higueras y viñas 37560
La Florida con olivos y viñas 6795
La heredad de Cabero de 80 peonadas de viña y 390 olivos 39400
En la Granja de Valmorisco rls
Un molino de aceite 3500
Un olivar murado, con naranjos y limoneros e higueras 13595
Un huerto llamado del Cerezo, con 30 olivos y 5 álamos 7950
Una viña de 8 peonadas y olivar 12000
Un olivar grande con 3844 olivos y 61 higueras 167455
Una viña al tinado de 2 peonadas 2000
La cerca de Los Pajares murada, con 86 olivos y 25 fanegas de tierra 4910
Un castañar perdido de 20 fanegas de tierra, poblado de robles 2000

Remate en Oropesa el 3 de Mayo de 1821[10]

rls
Una dehesa titulada el Bravo en Valdeverdeja, de 305 fan. y 1 prado 225000
Una casa en la Puebla de Naciados, en la Plaza, con huerto y horno 75000
Dos cercados murados de piedra, de media fanega de tierra de 1ª 3700
Una viña, en la Puebla, de 24 peonadas,11 olivos e higueras 5500

Estos son todos los anuncios de subastas de bienes del Monasterio que hemos hallado. Contrastando estas propiedades con las que el Catastro de Ensenada u otros documentos previos nos señalan hallamos algunas ausencias. Faltan los censos de Trujillo, Plasencia y pueblos de la Vera pero ya apuntamos que su redención o venta no se hace en el Trienio Constitucional. Faltan también las subastas de la casa de Trujillo, las que poseía en la Villa de Cuacos y sobre todo la dehesa de Rodeznera, en Serradilla, de la cual era el mayor partícipe el Monasterio. A falta de documentación en contra entendemos que estas propiedades se venden antes del periodo desamortizador, posiblemente con la autorización de venta que se hace en 1813, en que se enajena el molino de Plasencia.

Cuando el Estado se hace cargo de los bienes monásticos ha de venderlos con cierta celeridad sino quiere entrar a gestionarlos o arrendarlos, a parte de abonar los impuestos a que las fincas siguen sujetas. A este respecto, y dentro de la escasez de documentación, hemos hallado que el subcolector de Plasencia, en razón del subsidio eclesiástico, exige el 21 de Julio de 1836, la cantidad de 6459 reales y 24 maravedis a causa de la capitalización que de sus tierras se hacían en la citada diócesis y que ascendían a 36.362 reales y 17 maravedis. En aquella aparecía como el tercer convento en volumen por el citado subsidio, después de Guadalupe y el Escorial. El comisionado del Crédito Público no sabe qué hacer y lo remite a Bernardo B. Tarrius, pero este compró solo las propiedades en Cuacos, no las de Trujillo y Plasencia. Eran los problemas lógicos de adecuación de un sistema fiscal anticuado a la nueva realidad de las propiedades[11]. A veces el propio Estado debe gestionar las fincas en tanto las vende, hemos encontrado un arriendo de la bellota en la dehesa de Haza de la Bazagona en 1836, un año antes de rematarse la misma.[12]

Veamos como se producen las enajenaciones por zonas y propiedades singularizadas. Aquellas a las que no aludimos es que no existe documentación que nos permita hablar de su remate.

A) Propiedades en Cuacos

Según la escritura de venta judicial que hemos consultado en la subasta verificada el 21 de Septiembre de 1821 en Navalmoral se presenta un lote único con todas “las fincas y pertenencias del extinguido Monasterio de San Gerónimo de Yuste, exceptuada la iglesia, situadas en término y jurisdicción de la Villa de Cuacos”.Se presentó el lote con un precio de tasación que ascendía a 279784 reales, y la remató en la misma cantidad Ambrosio García Roda, para ceder a Maria Pascual Bonanza, vecina de Madrid. No se respetó la división en lotes de las publicaciones que hemos señalado antes, ni el precio real, que con las retasas quedó demasiado a la baja. Estas propiedades de Cuacos, incluida la Granja de Valmorisco y sin la iglesia, que ascendía a 1.893043 reales en tasación se vendieron por la cifra arriba indicada[13]. A señalar que en 1838 Bernardo B. Tarrius, casado en 1834 con Maria Pascual, compra también la iglesia del Monasterio por cincuenta duros (1000 reales).El nuevo propietario dedicó el complejo, iglesia y coro incluidos, a la cría de gusanos de seda. (Según el P. Alboraya en su Historia del M. de Yuste la venta de la iglesia se hizo el 20 de Octubre de 1838 ante Raimundo Gálvez Caballero).Véase también el protocolo nº. 23528-673, del referido notario en el A. H. de P. Notariales de Madrid.

B) Fincas en Plasencia y su partido

  1. Dehesa Haza de la Bazagona. Los ¾ de esta heredad que pertenecían a Yuste fueron tasados en 395137 reales y rematados en 910000 r. por Juan Manuel Monje e Hijo, apoderados en Plasencia del Banco Nacional de San Carlos. La fecha el 15 de Junio de 1821[14]. También consta esta adquisición en el “estado de las fincas nacionales adquiridas por el B. N. S. Carlos en varias provincias”[15]. Al desaparecer la entidad y cambiar sus accionistas el Estado retoma la dehesa y la de Palazuelo, volviéndose por ello a subastarse en el período de Mendizábal. En 1837 se tasa en 238125 reales y se remata en 465000 r. por Julián Fernández Marquina[16]. Este supera la otra subasta que tiene lugar en Madrid y que no alcanza el valor de remate señalado. El desarrollo y pujas de ambas pueden verse en los papeles del Fondo V. Paredes[17]. El auténtico adquiriente de esta finca no fue el tal Marquina, puesto que la obtuvo para ceder a Vicente Silva, que es el que la paga en años sucesivos[18].
  2. Parte en dehesa de Palazuelo. También fue adquirida por los agentes del citado Banco en 1822, siendo su tasación de 4112 reales. El mencionado apoderado la arrienda en 1822 por cinco años y en todo su término redondo[19]. Tras la llegada de Mendizábal la finca vuelve al Estado que la retasa y anuncia de nuevo. El precio total por el que se oferta es de 205500r.El adquiriente fue Agustín Sánchez Rico, vecino de Serradilla[20]. No obstante nos aparecen desde 1842 documentos de pago a nombre del Marqués de la Constancia, vecino de Plasencia[21].
  3. Dehesa de Saltal Campo. Fue rematada el 23 de Junio de 1821 en 265750 r. por Antonio Alonso Varona e Hijo. Estos acordaron ceder la tercera parte de la misma a Ventura Delgado a cambio de una compensación económica[22].
  4. Dehesa de Mingazo. Fue rematada el 3 de Agosto de 1821 por Antonio Alonso Varona e Hijo, pero para ceder a Ventura Delgado Garrido. El remate fue el mismo que la tasación, 113366 r., lo que nos indica que no hubo puja, precisamente para impedirla se asociaron estos dos personajes[23].
  5. Parte en la dehesa de Aldeanueva de Beringues. Según el expediente de subasta del total de esta dehesa que era de varios conventos de Plasencia, la adquirió en su mayor parte en época de Isabel II, Joaquín Rodríguez Leal. Pero en una nota se dice que “el Monasterio de Yuste tenía una parte de 6080 reales en venta y en renta 164 r. Todo se vende excepto la del Imperial Convento que fue vendida en 1822, y que se ha devuelto a su compradora Maria Francisca Fernández de esta vecindad por decreto de la Intendencia. Plasencia 15 Octubre de 1836.”Desconocemos por cuanto se remató la parte de yerbas en esta heredad[24].

C) Propiedades en la Puebla de Naciados y su zona

  1. Dehesa del Bravo, sita en las jurisdicciones de la Puebla y Valdeverdeja, de 315 fanegas de cabida. Se tasó en 225000 r. Al no haber postor se retasó bajando el precio a 129450 r. Fue rematada por Manuel Rodríguez Cabrera, vecino de Valdeverdeja, en 165100 r. y la fecha 18 de Septiembre de 1822[25].
  2. Fincas en la Puebla. Una viña de 24 peonadas y dos cercados como de media fanega cada uno, de primera calidad y murados. Se tasaron en 9200 r. y se vendieron, el 10 de Mayo de 1821, en favor de Eugenio Gómez, vecino de la citada villa, por los reales de partida[26].

D) En Trujillo y su tierra

Nos ha sido imposible hallar las ventas judiciales de este partido. Las consultas que hemos hecho de los diferentes escribanos carecen de este tipo de documentación tan interesante para analizar los remates y los auténticos compradores. Por ello nos vamos a guiar, en la compra de las dehesas de Yuste, por los propietarios que aparecen a fines del s. XIX en una serie de planos de fincas, a escala 1/25000.En las mismas aparecen el nombre del propietario, la extensión, el líquido imponible y la renta que genera.

Sabemos el precio con el que salen en tasación, desconocemos el de remate, que no debió alejarse mucho del primero. Conocemos también que todas las haciendas de nuestro monasterio en la zona trujillana se venden en el Trienio. Los compradores suelen ser los que aparecen en esta relación[27].

  • Almendrillo…………………………J. García Carrasco e hijos, condes de Sta. Olalla
  • Hocino ……………………………..L. Ezpeleta Contreras y J. Fco. Sanz Arias
  • La Sorda……………………………Enrique Granda y Calderón de Robles
  • Bienlasveo…………………………Antonio Pérez-Aloé Silva
  • Reina………………………………..Pedro Lacalle García
  • Reinilla………………………………Enrique Granda y Calderón de Robles
  • Rinconcillo de Yuste……………S. Vegas Martín y V.e I. Collazo Arias[28]
  • Rivilla de Valdeacebuche……..Duquesa de Valencia y M. Artaloytia García
  • Rivilla de Guadalupe……………Rosario Paredes y Hered. de Santiago Gil
  • Tomilloso de la Umbría………..Rosario Paredes y M. Martín Gutiérrez
  • Trinidades………………………….Joaquín Jenche Atocha y socios
  • Valdeacebuche…………………..Adolfo Fernández Gutiérrez
  • Marivela y Hocecilla……………Marqués de la Conquista[29]
  • Presas y Maleznas………………Marqués de la Conquista

Esto es todo lo que podemos señalar en lo que hace referencia a la desamortización de las fincas de Yuste. La pérdida de la documentación no posibilita señalar más precisiones sobre ventas, rematantes e incidencias que pudieran haberse producido. Sabemos el precio a que ascendía la tasación del conjunto 4.407143 reales y 15 maravedis. Los remates escasamente superaron esta cifra, dadas las retasas a la baja tan frecuentes y la falta de licitadores.

Una pregunta surge en seguida, ¿Quiénes fueron los beneficiarios de estas ventas? “Fueron relativamente pocos, en su mayoría ya importantes propietarios u hombres de negocios emergentes. Las causas que explican esta homogeneidad entre los adquirientes son que, durante este periodo, las fincas salieron a subasta en extensiones bastante grandes y que los pagos habían de hacerse, necesariamente, en títulos de la Deuda. Esto último suponía unos bajos precio reales de compra debido a la desvalorización de los títulos”[30]. Estas aseveraciones que comparto en su totalidad, parecen deducirse en el caso estudiado por nosotros y se complementan con otras circunstancias (escasez de posibles compradores en algunas zonas, desconocimiento y temor ante el futuro del proceso, etc.) A ello hay que añadir estrategias por parte de los compradores como recurrir a la retasa con frecuencia quedando las subastas desiertas o formando “sociedades“ con los posibles competidores para repartirse dehesas sin competir (caso de Saltalcampo y Mingazo en nuestro estudio).

Todo lo anterior generó que en la mayoría de los casos la tasación y el remate coincidiera o no fuera significativa la puja. Con ello disminuyeron sustantivamente los ingresos del Estado, fin primordial de la operación. Pero, ¿Qué grupos sociales específicos acapararon las fincas? Veamos algunos ejemplos representativos.

El Monasterio, la cerca, tierras anejas y la Granja de Valmorisco fue comprado por una propietaria de Madrid llamada Maria Pascual Bonanza. Era hija de un marino valenciano, jefe en 1802 de la Escuadra. Viuda de Ramón Rodríguez, archivero del extinguido almirantazgo, se vuelve a casar en 1834 con Bernardo B. Tarrius. Este era natural de Barcelona y destacado liberal. Fue miembro de la Junta Provisional Consultiva formada en Madrid en 1820 y secreto inspirador del café Lorencini de la capital[31]. En 1836 fue Director General de Loterias, falleciendo en Talavera de la Reina en 1848, dejando viuda y dos hijos[32].

Esta pareja nos parece representativa de los compradores de esta época; funcionario cercano a las operaciones, de ideas liberales y con cargo en la administración, vinculado por matrimonio con personas de influencia y tradición poseedora de títulos de la Deuda. Se observa esto último al comprobar en los pagos la tenencia de cupones o certificaciones de juros, de deuda consolidada, cédulas de caja, documentos de deuda sin interés, etc.

Otra tipología de compradores son los notarios o escribanos de las ciudades cercanas a las fincas(caso de Delgado Garrido en Plasencia) o cargos públicos (Alonso Varona, Alcalde constitucional de Plasencia).No faltaron las instituciones compradoras, el caso más representativo es el Banco Nacional de San Carlos, cuyos accionistas intentaron sacarle del marasmo en que se encontraba y lo que consiguieron fue precipitar su ruina, al perder el dinero empleado en 1823.Actuó el Banco en Plasencia comprando dos dehesas de Yuste, Haza de la Bazagona y Palazuelo, a través de sus apoderados J. M. Monje e Hijo. A ambos se les había dado un poder amplio, el 21 de Mayo de 1821, para actuar en nombre de aquel en las compras. Podríamos hablar de intermediarios “distinguidos“[33].

También encontramos propietarios locales o hacendados ricos del lugar como nos lo demuestra la tenencia de papel de la Deuda al realizar sus pagos; es el caso de los dos compradores en la zona de la Puebla de Naciados: Eugenio Gómez y M. Rodríguez Cabrera, este último adquisidor de la dehesa de El Bravo. Aparecen también titulados como los García Carrasco, condes de Sta. Olalla, los García Golfín y Chaves, condes de la Oliva, los Orellana y Pizarro, marqueses de la Conquista, etc. A esta nómina habría que añadir la de políticos locales como A. Pérez-Áloe que pasa de comerciante en lanas a gobernador civil de Cáceres en 1836 y después a diputado en Cortes, muy similar es el caso de A. García Ochoa en la zona de Trujillo. Vicente Silva y la saga de los Rodríguez Leal es otro ejemplo de cómo desde la abogacía se llega a ser terrateniente y después a diputado en Cortes.[34]

Respecto al volumen de las ventas realizadas hemos de señalar lo que ya apuntamos en nuestros cómputos para el Trienio en Extremadura, que las ventas ascendieron a 101.206046 r. de los cuales casi la mitad procedían de Monasterios 48 millones, seguidos de las encomiendas de las Ordenes Militares. En la distribución de tierras vendidas Yuste quedaba muy por detrás de Guadalupe y el Escorial, con un valor en sus tierras que sólo en tasación ascendían a cuatro millones y medio de reales.[35]

Estas cifras resultan evidentemente insignificantes comparadas con las de futuras desamortizaciones. Simón Segura estima el porcentaje de las ventas del Trienio en torno al 10% del total enajenable a nivel nacional y a lo largo del s. XIX.[36]

El Monasterio de Yuste perdió toda su riqueza en aquel proceso histórico. No solo sus fincas y bienes inmuebles. También los derechos señoriales que pasaron a dominio del Estado, los beneficios eclesiásticos que permanecieron bajo la autoridad de los obispos y el derecho sobre sus censos. Los tenía en Trujillo, Plasencia y sobre todo en algunos pueblos de la Vera. ¿Eran una manifestación de política social para con los campesinos o un procedimiento para adquirir sus heredades? Esto ya es tema de otra investigación a la que por ahora renunciamos.


NOTAS:

[1] J. García Pérez: La desamortización eclesiástica y civil en la provincia de Cáceres (1836-1870) Inst. Cult. El Brocense. Cáceres.1994. pág. 50

[2] Sobre la legislación desamortizadora véase mi libro en Narcea. Madrid 1973.

[3] Gaceta de Madrid 3 de Enero de 1822. “Durante el Trienio Liberal el cobro de los censos por el Estado quedó paralizado totalmente, porque no hubo personal que pudiera dedicarse a la formación de los numerosos volúmenes de que debían constar las cuentas corrientes de los deudores de esta clase”.J. Bello, Frailes intendentes y políticos. Taurus. Madrid 1997. pág 91.

[4] Ver J. Bello ob. cit. pág 39.Para cifras de remate y tasación véanse la Gaceta de Madrid de 31 de Marzo y de 24 de Julio de 1822 en lo que hace referencia a la llamada entonces provincia de Plasencia.

[5] Archivo Municipal de Trujillo. Carpeta 5 Legajo 1157.El mismo contiene incluso las cargas de misas de cada propiedad en el caso de Trujillo.

[6] A.H.N. Hacienda Leg.2546, 2, nº 44.También Gaceta de Madrid de 26-III-1821.La parte creciente y menguante de una dehesa hace referencia a la subida o bajada en el precio de arriendo para pastos, precio que servía de base para la cotización de la finca a la hora de fijar su valor real.

[7] A.H.N. Hacienda Leg. 2546, 1, nº 96 y 99.También en Gaceta de Madrid de 6-IV-1821 y 28-IV-1821.

[8] Esta parte de finca no debió venderse en 1821, por ello sale de nuevo a subasta en 1822 por un valor de 4112 reales. B. de Of. del Crédito Público,4-XII-1822

[9] A.H.N. Hacienda. Leg.2546, 1. nº 84.Gaceta de Madrid 18 Abril 1821.No debió de haber postores en esta fecha ni en la celebrada el 30 de Abril. Por ello sale de nuevo publicado el 7 de Julio del mismo año para su venta después de una retasa. En esta se hacen los lotes más pequeños que en la primera de Abril. A notar que la remisión al Boletín de todos los documentos de la J. N. del Crédito Público los firma Bernardo de Borja Tarrius, funcionario de aquella y esposo de la compradora de estos lotes y del Monasterio.

[10] Gaceta de Madrid 9 de Mayo de 1821.Al no haber postor vuelve a subastarse, previo anuncio en la Gaceta el 12 de Julio del mismo año la dehesa del Bravo. La nueva retasa ha rebajado el precio a 129450 reales.

[11] A.H.N. Hacienda Leg. 5657,1,4º

[12] A.H.P. Cáceres. Hacienda, clero. Caj. 81, exped.16.

[13] A.H.P. Cáceres. Protocolo de F. Lozano González. nº 1416,año 1822

[14] A.H.P. Cáceres. Protocolo de J. Garrido Lovero, nº 914,año 1821

[15] Véase Memoria histórica sobre el B.N.S. Carlos, San Fernando e Isabel II, obra de Ramón de Santillán. También Pedro Tedde de Lorca. El Banco de San Carlos (1782-1829). Alianza B. de España. Madrid 1988.pág.346.

[16] B.V.B.N. de 14 de Marzo de 1837.También en Teodoro Martín: La Desamortización en Extremadura. Rev. Est. Extremeños. Badajoz.1978.

[17] A.H.P. Cáceres, Fondo V. Paredes. Leg.3 documento 27 y 59.

[18] A.H.P. Cáceres. Hacienda, clero. Cartas de pago de varios años en Caja 226, documentos 146 y 797.

[19] A.H.P. Cáceres. Protocolo de P. Acebo Gamonal, nº 8, año1822.

[20] A.H.P. Cáceres Fondo V. Paredes. Subasta y pagos de esta dehesa, leg.3, doc.20.

[21] A.H.P. Cáceres. Hacienda, clero, Caja 227, exp.473 y Caja 229, exp.306.

[22] A.H.P. Cáceres. Protocolo de Acebo Gamonal nº8, año 1822

[23] A.H.P. Cáceres. Protocolo de Acebo Gamonal nº8, año 1822

[24] A.H.P. Cáceres. Fondo Paredes, Leg.3, documento 17.

[25] A.H.P. Toledo Protocolo de F. Sánchez de la Torre. nº 12876,año1822

[26] A.H.P. Toledo Protocolo de F. Sánchez de la Torre. nº 12875. año 1821

[27] A. Municipal de Trujillo. Planos de Dehesas de Trujillo, s.a.

[28] Esta y la de Hornillo fueron compradas por J. García Carrasco e Hijos según el leg.4631 (1) del Ministerio de Hacienda en A.H.N. Fondos Contemporáneos.

[29] A. Mun. Trujillo. Papeles Varios sobre contribuciones en Marzo de 1854

[30] Germán Rueda en la Historia de España de Ramón Menéndez Pidal. Espasa Calpe. Madrid 1998.Vol.XXX, pág.692.

[31] A. Gil Novales: Las sociedades Patrióticas en el Trienio Liberal. Tecnos. Madrid 1975.Vol.II, Pág.953.El citado Tarrius debió de ser una personalidad con influencia en el Trienio, un decreto de las Cortes de 29 de Septiembre de 1820 le nombra para la 3ª plaza de individuos de la Junta Nacional del Crédito Público. Hasta entonces era jefe del Departamento de la Balanza de Comercio. El 29 de Junio del año siguiente las mismas Cortes le conceden una licencia de dos meses para restablecer su salud.

[32] Hemos seguido la biografía de esta pareja en los expedientes de funcionarios públicos existentes en la sección de Hacienda del A.H.N. en concreto leg. 5043(1), expediente 51 y leg. 524, exp.4534. Véase de A. Matilla Tascón el Índice de expedientes de funcionarios públicos. Hidalguía. C.S.I.C. Madrid 1962. Bernardo de Borja Tarrius aparece en 1844 como vocal del Consejo de Instrucción Pública nombrado por el Gobierno. Véase Teodoro Martín Martín: “Educación y Participación en Madrid”. Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid. Madrid 2002. pág 60.

[33] A.H.P. Cáceres. Protocolo de P. Acebo Gamonal nº 8,año 1822

[34] Sobre la desamortización en Extremadura además de los trabajos citados véase de J. P. Merino Navarro: La Desamortización en Extremadura. F.U.E. Madrid 1976, y Teodoro Martín: La Desamortización en Extremadura (1836-1895), Rev. Estud. Extrem. Badajoz 1978.

[35] Teodoro Martín: La Desamortización en Extremadura (1820-1823), Revista de Estudios Extremeños, Badajoz, 1975, pág.12 y 13.

[36] F. Simón Segura: La Desamortización Española del s.XIX. Inst. Est. Fiscales. Madrid 1973. pág.262, nota 176.

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