
Prof. Dr. Juan Carlos Rodríguez Masa
Resumen
El origen de la localidad de Navalvillar de Pela (Badajoz) debemos situarlo en la Edad Media, en torno a los siglos XIV y XV, tomando como fecha fundacional el 18 de marzo de 1418, fecha en que el Concejo de Trujillo lleva a cabo el Amojonamiento y deslindamiento del Ejido de Navalvillar, un arrabal de la ciudad de Trujillo.
A partir de este momento, y durante varios siglos Navalvillar de Pela perteneció jurisdiccionalmente a la ciudad de Trujillo, siendo siempre tierra de realengo, exceptuando unos años entorno al 1630. Durante ese tiempo, la población pasó a ser señorío de don Juan de Orellana Pizarro, concretamente desde el 10 al 29 de enero de 1629, situación a la cual pusieron fin los propios vecinos que negociaron el “tanteo” y ofrecieron más de la cantidad acordada por don Juan de Orellana para impedir la compra del lugar por este caballero trujillano. Navalvillar gozará y disfrutará brevemente del estatus de villa independiente durante aproximadamente cuatro años, pues en 1633, perderá su condición de villa exenta, debido a que Trujillo reclamará a la Corona la devolución de su antigua aldea. Durante este escaso espacio de tiempo, aproximadamente cuatro años, Navalvillar pasó de ser una aldea de la ciudad de Trujillo a villa de señorío, villa eximida de realengo y nuevamente a aldea trujillana.
Introducción
El origen de la localidad de Navalvillar de Pela (Badajoz) debemos situarlo en la Edad Media, en torno a los siglos XIV y XV, tomando como fecha fundacional el 18 de marzo de 1418, fecha en que el Concejo de Trujillo lleva a cabo el Amojonamiento y deslindamiento del Ejido de Navalvillar, un arrabal de la ciudad de Trujillo.
A partir de este momento, y durante varios siglos Navalvillar de Pela perteneció jurisdiccionalmente a la ciudad de Trujillo, siendo siempre tierra de realengo, exceptuando unos años entorno al 1630. Durante ese tiempo, la población pasó a ser señorío de don Juan de Orellana Pizarro, concretamente desde el 10 al 29 de enero de 1629, situación a la cual pusieron fin los propios vecinos que negociaron el “tanteo” y ofrecieron más de la cantidad acordada por don Juan de Orellana para impedir la compra del lugar por este caballero trujillano. Navalvillar gozará y disfrutará brevemente del estatus de villa independiente durante aproximadamente cuatro años, pues en 1633, perderá su condición de villa exenta, debido a que Trujillo reclamará a la Corona la devolución de su antigua aldea. Durante este escaso espacio de tiempo, aproximadamente cuatro años, Navalvillar pasó de ser una aldea de la ciudad de Trujillo a villa de señorío, villa eximida de realengo y nuevamente a aldea trujillana.
- La Tierra de Trujillo (del siglo XIII al XV)
Pese a los diversos hallazgos arqueológicos de distintas épocas encontrados de forma diseminada en las inmediaciones de Navalvillar de Pela, ninguno de ellos invita a pensar que el origen del municipio, en forma de núcleo poblacional organizado, sea anterior al periodo de repoblación que siguió a la conquista de Trujillo[1]. Superada la “Reconquista” de Trujillo (1232) y para fomentar su repoblación, se otorgaron privilegios a los caballeros participantes.
El gobierno de Alfonso X, con respecto a Trujillo, fue uno de los reinados más favorables a esta ciudad. El rey Sabio otorgó en Segovia (el 27 de julio de 1256) Fuero Real a Trujillo, en éste se concretaron sus privilegios y se amplió su jurisdicción. Del mismo modo, Trujillo se convirtió en una localidad libre, vinculada a la Corona con las lógicas repercusiones que tendría para la vida de una ciudad cristiana bajomedieval: concejo, acotamiento del término, legislación, etc. Igualmente, en este Fuero Real se otorgó poder al concejo para tener montes y dehesas.
Al iniciarse el segundo tercio del siglo XIII quedó configurado el espacio que pasó a depender del concejo de la Villa. Trujillo quedó como principal núcleo del conjunto del término, un amplio y diverso territorio sobre el que la Ciudad-concejo ejerció un dominio concreto. A toda ciudad medieval le correspondía “una tierra” donde ejercer la jurisdicción de la ciudad, el alfoz, su naturaleza era el marco en el que convergían los factores políticos, económicos y sociales. El gobierno de la ciudad y su tierra se confió a tres familias: Altamiranos, Bejaranos y Añascos, que fueron los tres linajes en los que se dividieron los primeros caballeros villanos. Las familias principales de Trujillo se adscribieron a uno de estos tres linajes, estos caballeros dirigieron en un primer momento el gobierno local de la Villa. Los Altamiranos se afincaron en las inmediaciones del Guadiana, por donde después se levantó Orellana la Vieja. Seguidamente, entre Orellana la Sierra (entonces Orellana la Nueva) y Navalvillar de Pela, se establecieron los Bejaranos, mientras que los Añascos (familia de los Pizarro), ocuparon los campos de Zorita, Alcollarín y la Zarza (hoy Conquista de la Sierra).
El concejo de Trujillo salvaguardó bajo su jurisdicción un amplio territorio en el que se promovieron repartos de tierras y pobladores. Tras el definitivo paso a poder cristiano, se definió el territorio concedido a Trujillo y sobre el que ejercerá su señorío. Un amplio alfoz delimitado por el norte y noroeste por el río Almonte, al sur por el Guadiana y el Gargáligas, por el este, el río Tamuja marcaba los límites con las tierras cacereñas. Plasencia, Cáceres, las Órdenes militares de Santiago y Alcántara, Medellín y las Tierras de Toledo y Talavera conformaban las jurisdicciones vecinas de Trujillo.
2.1. La repoblación de la Tierra de Trujillo: un espacio amplio y diverso
La amplitud del término asignado a Trujillo favorecerá el desarrollo de un importante número de aldeas y lugares que conformarán un territorio y una población con unas particularidades concretas. El concejo de Trujillo poseerá, en nombre de la Corona, el derecho y la jurisdicción de alto, bajo, mixto y mero imperio sobre un amplio territorio, incluidos lugares y poblados, ejerciendo Trujillo su dominio en este espacio, por real gracia, un gran señorío, con idéntica autoridad a las que disfrutase cualquier institución civil, eclesiástica con título nobiliario.
El fenómeno reconquistador debía ir acompañado de un proceso repoblador, una parte de las líneas repobladoras esbozadas la justifica la toponimia. El número y significación de los topónimos que anuncian un crecimiento zonal más intenso es elocuente en lo que se refiere al origen del poblamiento rural, pues alude a la consolidación de las formas desarrolladas después de la frontera y con lugares que van precedidos por los sufijos Val-, Nava-, Fuente, apuntan hacia un poblamiento aldeano más consistente en cuanto a su localización en zonas en las que era posible el aprovechamiento mixto, es decir, se desarrollará esencialmente en zonas llanas y de abundantes recursos. Muchos de ellos aparecen al sur de la cuenca del Tajo y valle del Guadiana.
En esta misma línea, la toponimia permite aventurar hipótesis más interesantes por la relación que propone entre la terminología empleada y el nacimiento de un poblamiento esencialmente cristiano en aquellos espacios que como los del sur del Guadiana se caracterizan por mantener una relativa presencia del elemento musulmán. Este grupo de poblamiento cristiano está constituido por las poblaciones que van precedidas de Granja de-, Puebla de-, Torre de-, Villa-, Cortijo-. El reparto de topónimos como villar-, casar-, sugiere algunas ideas interesantes. La primera de ellas es la proliferación de iniciativas particulares que desarrollaron pequeños asentamientos dispersos. El número de casares, entendidos como pequeñas explotaciones-aldeas aumenta en los primeros años del siglo XIV y se localizan esencialmente en espacios de intensa despoblación, constituyendo reducidos asentamientos aislados germen de futuras aldeas. Otro tanto podemos decir de las menciones a villares como forma de poblamiento alejada y típica de los primeros momentos de la colonización púes solo se mantienen hasta 1290. En el siglo XIV las referencias se reducen y adoptan otra significación[2].
El origen de los repobladores del territorio extremeño, según la documentación disponible, fue de una gran diversidad, destacando leoneses, castellanos y portugueses[3]. También hay constancia de la presencia judía en tierras pacenses desde fechas muy tempranas: “…en 1263 Alfonso X El Sabio, para beneficiar a Badajoz ordenó que los judíos de su término pagasen un tributo (el onceno) al concejo de dicha ciudad…”[4].
La peste negra o bubónica, la terrible epidemia que asoló a Europa a mediados del siglo XIV, se abatió también sobre Castilla, y el rey Alfonso, que se encontraba sitiando Gibraltar, fue una de sus víctimas en el año 1350. Esta muerte daría ocasión a una nueva y prolongada guerra civil entre el nuevo rey Pedro I, cuya crueldad y espíritu vengativo sería resaltado por los cronistas de la época y sus hermanos los Infantes de Trastámaras[5].
Efectivamente, durante los siglos XIV y XV, el territorio extremeño siguió siendo escenario de continuas luchas entre las banderías de nobles, partidarios de la Corona y otros contra ella, que redundaron en la ruina de la región y la destrucción de los recursos agrícolas y ganaderos. Los escasos documentos que se conservan hasta mediados del siglo XIV no ofrecen información sobre los núcleos poblacionales pertenecientes a Trujillo. Hemos de suponer que los repartos de tierras efectuados por el concejo, a partir del momento de la conquista, fueron enmarcados en una doble finalidad. En primer lugar, la propia defensa de la tierra. Este objetivo debió tener un corto periodo de validez, ya que Trujillo constituía un último reducto del dominio musulmán en tierras de la actual provincia de Cáceres, cercado, excepto en cierta parte del sur, por tierras conquistadas en los años anteriores (Cáceres, 1229; Montánchez, 1230; Mérida 1230; Badajoz, 1230; Puebla de Alcocer 1220-1225). En segundo lugar, la ocupación y dominio del territorio concedido a Trujillo.
Desconocemos cómo se llevó a cabo el proceso repoblador, ya que Trujillo no contó, en un primer momento, con fuero que registrase su estructura interna y organización territorial. Tampoco se conservan libros de repartimientos (si es que existieron) que nos dieran luz sobre el asentamiento humano en su tierra[6]. Así pues, Plasencia por el norte, Cáceres por el occidente, Medellín al sur y Talavera a oriente, configuraron los límites del alfoz de Trujillo que inició el proceso de poblamiento y organización de su territorio. Será a partir de esa fecha, cuando localizaremos información que nos permita conocer el poblamiento de la tierra trujillana, todo parece apuntar que se trataba de un espacio débilmente poblado, especialmente las zonas situadas al sur del término[7].
El proceso de repoblación fue lento, ya que algunos fenómenos acaecidos como la expulsión de los judíos, la peste, etc., ralentizaron este fenómeno[8]. La repoblación fue un fenómeno complejo, tanto que, para tratar el tema con mayor propiedad, habría que hablar de repoblaciones, habida cuenta que una parte significativa del territorio se está repoblando en el siglo XIV, y aun en el siglo XV persisten amplias zonas despobladas, que se están colonizando entonces. Algunas tierras situadas al sur del término de Trujillo se estaban poblando en la segunda mitad del siglo XIV. Navalvillar, concretamente, recibe un flujo humano procedente de Toledo[9].
Para repoblar un lugar era necesario que el rey primeramente concediese los términos, para que posteriormente el concejo o el señor beneficiado dispusiesen todo lo relativo al asentamiento de los nuevos pobladores, al reparto de las tierras, a la defensa del territorio y a todo lo concerniente al poblamiento. Primero fue necesario constituir la autoridad local que había de regular el asentamiento de los que llegasen, mediante la concesión de las correspondientes tierras y, en ocasiones, lugares de residencia ya construidos o solares para edificarlos[10]. Igualmente, la repoblación de un lugar conllevaba cargas de servicios y tributos a favor del concejo[11].
2.2. El amojonamiento y deslindamiento del ejido de Navalvillar (1418)
Durante el reinado del débil y acomodaticio Juan II de Castilla (1406 y 1454), parece posible que el término de Trujillo, al sur y hasta donde llegaban los límites jurisdiccionales del territorio, fuese en un inicio un espacio débilmente poblado y con una escasa afluencia de efectivos poblacionales[12].
El poblamiento de esta zona, muy lento, se impulsó durante el siglo XV, como ponen de manifiesto el proceso de repartimientos encaminados a hacer atractivo el asentamiento de los hombres en las tierras trujillanas del sureste, al tratarse de un espacio aislado, mal comunicado y escenario, a finales del siglo XIII, de las correrías de los Golfines[13], dedicados posiblemente al merodeo desde los castillos que poseían, como tantos otros nobles de la época: “…esta zona era de pastos y de tránsito de ganados trashumantes, resultaba peligrosa por su despoblación y lejanía y era objeto de frecuentes ataques de las bandas de golfines que merodeaban por sus parajes…”[14].
La pretensión del concejo de Trujillo[15] tendente a asegurar el control y poblamiento de estas tierras acuerda el 18 de marzo de 1418 el deslindamiento y amojonamiento del ejido de Navalvillar para aumentar su población[16], dicha carta de deslindamiento fue escrita en pergamino y signada por el escribano Blasco Domínguez: “…si al lugar de Navalvillar, que es en termino de Trujillo, fuese dado término para que viviesen los que agora en el moran, que se vendrian a bivir a el de mas de los que agora en el moran, otros muchos asi de tierra de Toledo como de otras partes por que la Tierra de Trujillo fuese mejor poblada ellos acordaron de dar termino a el dicho Lugar…”[17]. Los ejidos eran terrenos propios de las aldeas en los que no se podía realizar labor salvo con licencia del concejo, de aprovechamiento común. Los ejidos estaban a disposición de los vecinos de la localidad, eran tierras comunales y libres para pastos y también para viñas, huertas, molinos, etc., por eso estaban cercanos al núcleo de población. Los ejidos de las aldeas solían ser de un tiro de ballesta a su alrededor.
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Lámina 1
Lámina 2 
Lámina 1 y 2. Portada y primer folio del Legajo de Amojonamiento y deslindamiento del ejido de Navalvillar. Archivo Municipal de Trujillo.
Seguidamente, realizaremos la transcripción literal de parte del legajo de Amojonamiento y Deslindamiento del Ejido de Navalvillar, Arrabal de la ciudad de Trujillo por sentencia del bachiller en leyes Bartolomé Rodríguez el 16 de diciembre de 1418. En Navalvillar, a 18 de marzo de 1418, ante el escribano Blasco Domínguez: “…Sepan cuantos este publico instrumento vieren como en Trujillo a dieciocho días del mes de marzo año del nacimiento de Ntro. Señor Jesucristo de mil cuatrocientos diez y ocho años en presencia de Blasco Dominguez escribano prº en la dicha villa por el prior y frailes del Monasterio de Ntra. Sra. De Guadalupe y testigos de yuso escritos este dia estando juntos en las casas de Blasco Hdez. Contador que son el la Plaza del arrabal de esta ciudad Bartolomé Rdguez. Bachiller en Leyes alla en Trujillo por Hernan Álvarez de Toledo Juez Correg. En dcha villa por Ntro. Sr. El Rey y otros y Gonzalo Fdez. Hernan Alonso, Fco. Gil Sanchez Gomez Gonzalez. Pedro Mtnez. Bachiller Diego Alonso, que son de los dicho regidores y hombres buenos, que han de ver con la hacienda del Consejo de dcha villa por dicho Sr. Rey y todos juntos y acordados como dijeron que por cuanto ellos fueron informados así por vecinos de Trujillo y de su tierra cono de otras partes en si al lugar de Navalvillar que es termino de Trujillo fuese dado termino para que viviesen los que ahora en el moran que se venían a vivir a el demás de los que ahora en el moral otros muchos así de tierra de Toledo como de otras partes por que la tierra de Trujillo fuese mejor poblada ellos acordaron de dar termino a dicho lugar para lo cual y para dar el dicho termino ellos enviaron allá a señalar el dicho termino al dicho Juez y a los dicho Fernan Alv. Pedro Mtnez. Bachiller y Diego Alonso conmigo e dicho Escribano y los sobredichos. Por ante mi dicho escribano señalaron el dicho termino del lugar por estos lugares y mojones que siguen: el primer mojon es en la fuente del Rayo, e luego en su derecho va a dar a la majada del mesto e desde su derecho a la cabezuela e desde como va a dar el resto de la jara e de las huertas e en su derecho de Navamojada quedando la nava en el exido e desde justo en su derecho como va a dar al azuchal de la pedriza, e desde su derecho como va a dar a la huerta del membrillo e en su derecho como va al camino que va de la Parrilla a Navalvillar e su derecho como da por la linde y mojones de entre ambas Pelas e desde su derecho tornando al primer mojon hincado, a salvo de los q aparecieren a Navalvillar que puedan ir e tornar al turcal e a la veguilla por este dicho termino amojonado de sus uso por donde dijeron, q por cuanto esto era servicio del dicho Sr Rey e por honra del dicho Concejo e la dicha tierra sea bien poblada que por ello daban y dieron el dicho ejido, asi de su uso declarando a todos los que ahora moran en el dicho lugar y moren de aquí en adelante e ahi vinieran a vivir para que vivan todos igualmente. En tal manera que los que ahora moran o vinieran a morar de aquí en adelante que cada uno sea tenido de hacer casa en que more de veinte cabriadas y así viñas y huertas pusiere. Que las dichas casas y huertas y viñas que así tuvieren que no las puedan vender ni vendan a hombres que no sean vecinos de Trujillo y de su término. Y si a otros algunos las vendieren que la tal venta no valga y que torne luego y se del dicho Concejo de Trujillo y otros fincando a salvo a todos los vecinos de Trujillo y de su término para que se puedan aprovechar del lande o leña y aves y caza y pescado de dicho termino y de las aguas según que lo tienen por priv en otras aldeas del término de la dicha villa. Otrosi que a este dicho termino sea echado por los dichos vecinos un ejido alrededor de las casas cuanto un tiro de Ballesta para en que traigan sus enseres y gallinas y cochinos y asnos y que este dicho Ejido que así fuere echado que no lo puedan labrar so pena de seiscientos maravedíes y todo esto en la manera que dichas les dieron como dio es fincado a salvo al dicho Concejo para que así entendieren que al dicho lugar que no se puebla y que viene daño por ello que lo puedan tornar y tomar para el dicho Concejo par si propio, y mandaron a mí el dicho Escribano que lo diese así asignado. Testigos fueron presentes Alonso López y Pedro Fdez. Escribano. J. Gª pregonero va escrito sobre raido. Así lo dijo el concejo de ella y lo dice todavía se a tenido de hacer público, susodicho en Trujillo fue presente a esto que es y en testimonio hice aquí este mi signo”[18].
Otro incentivo propuesto por el concejo para garantizar el poblamiento de estas tierras tan distantes, fue la entrega de heredades[19] a quienes se asentaban en aquellas zonas fijando incluso lugares repoblados por iniciativa privada, como la desparecida aldea de Valdepalacios, pueblo matriz de Logrosán[20] y limítrofe al término de Navalvillar de Pela[21].
El lento proceso de crecimiento de población del concejo de Trujillo a lo largo del siglo XV, especialmente la zona situada al sur del territorio, parece acelerarse en los últimos veinte años del mismo, así lo reflejan las licencias concedidas en ese periodo, donde podemos apreciar que la aldea de Navalvillar de Pela será uno de los lugares más solicitados para las mismas[22].
2.3. La escisión del territorio trujillano por la expansión del Monasterio de Guadalupe
Las ocho principales Comunidades de Villa y Tierra extremeñas fueron por su extensión: Trujillo, Plasencia, Cáceres, Badajoz, Alcántara, Zafra, Medellín y Magacela. La extensión de las comunidades de villa y tierra obligó, en numerosos casos, a crear divisiones internas o distritos rurales que facilitaran su gestión. Así nació el concepto de Sexmo como institución administrativa, entidad de gran relevancia para el sector agropecuario de la región durante la Edad Moderna. El término de Trujillo y los lugares que configuraban jurisdiccionalmente la tierra trujillana desde la baja Edad Media la convirtieron en la segunda Comunidad de Villa y Tierra de la Corona de Castilla más extensa de Extremadura[23].
El carácter de tierra de frontera de Extremadura generó históricamente serios inconvenientes. Trujillo se esforzó por mantener la integridad de su territorio, como lo demuestra el litigio que entabló con el Duque de Béjar, que a su vez era vizconde de Puebla de Alcocer, porque desde sus estados, se cometieron usurpaciones de tierras que pertenecían a la ciudad, concretamente por la parte de Navalvillar de Pela. El territorio de Trujillo estaba constantemente amenazado por los poderosos titulares de los señoríos que por diversas partes rodeaban con ganas de acrecentar sus dominios, destacando por el sureste el señorío de Puebla de Alcocer, anejo al Concejo de Belalcázar y concerniente al poder de Toledo, dentro del cual, se encontraban terrenos pertenecientes a la actual jurisdicción de Navalvillar de Pela[24], como las dehesas del Rincón de Pela.
Otro poderoso e influyente propietario presente en el término de Trujillo, y con ganas de acrecentar sus dominios, fue el Monasterio de Guadalupe. La creación del Santuario en el siglo XIII fue origen de infinidad de conflictos y enfrentamientos entre ambas partes durante toda la Edad Moderna[25]. La creación del Monasterio de Guadalupe en tierras pertenecientes a los concejos de Trujillo y Talavera, conllevó a una pequeña escisión de territorio de ambas ciudades, ya que al señalarse el término a la Puebla (mayo de 1338), se estableció que éste ocuparía media legua alrededor de la iglesia, lo que representó, inicialmente, una escasa superficie de la tierra trujillana[26].
El problema para la ciudad de Trujillo no vino por la extensión de las tierras donadas al Monasterio, que en realidad fueron poco significativas, sino por el poderoso vecino que se afincaba como lindero. El Monasterio de Guadalupe era un gran propietario que conseguirá, desde su creación, la formación de un rico patrimonio que se incrementará cada vez más. La expansión del Monasterio por las tierras trujillanas no se hizo sin confrontar los mutuos intereses. Trujillo y algunas aldeas y lugares de su término mantendrán conflictos con el Monasterio de Guadalupe, enfrentamientos que se producen en aquellas zonas en las que el Monasterio cuenta con mayor número de tierras.
La construcción del Monasterio entre los límites de Trujillo y Talavera, así como la concesión de un término propio a costa de ambos, influyeron directamente sobre los núcleos poblacionales cercanos, cuyas propiedades pasaron a formar parte a través de sucesivas compras del propio Monasterio, absorbiendo la población del lugar y dando lugar nuevamente al despoblamiento de esta zona[27], entre ellas las aldeas de El Toril, Pasaron y la aldea de Valdepalacios[28]. Estas transferencias de propiedad de tierras y heredades acabaron con la desaparición de dichas aldeas en el siglo XV y su conversión en dehesas, conocidas con el nombre de Pasaron, Carrascalejo, Parrilla[29], Talarrubias[30] y Valdepalacios. Dichas donaciones o adquisiciones sirvieron para dar cobijo y alimentar a la amplísima cabaña del Monasterio convertido en uno de los mayores propietarios del reino castellano: “…En 1389 el Monasterio tenía los siguientes ganados: 1959 ovejas, 773 reses vacunas, 75 cabras, 9 yeguas y 1 potro; en total, 2872 cabezas de ganado. Además tenían entre 300 y 500 puercos…”[31].
Desde un principio, se percibió la clara vocación ganadera de los frailes de Guadalupe, que mostraron preferencia por las tierras adehesadas y de buenos pastos en sus adquisiciones. Los terrenos cercanos al Monasterio, dada su orografía, no eran propicios para el ganado y tuvieron la necesidad de buscarlos fuera del montañoso paraje de las Villuercas, para ello pusieron los ojos en las planicies de las tierras de Trujillo. Así, la Iglesia de Guadalupe fue formando su gran imperio rústico basado en extensas fincas que por su cercanía pudieron tener más o menos relación con Navalvillar de Pela.
El Monasterio de Guadalupe tuvo en el término de Navalvillar distintas dehesas y fincas, dotadas con excelentes cortijos y casas de labor, que sirvieron para la explotación agropecuaria. Una de estas dehesas era Casa de Hito, perteneciente actualmente al término de Navalvillar, con excelentes tierras para el ganado y feraces tierras de labor. Otra de las explotaciones que perteneció al Monasterio de Guadalupe fue la dehesa el Campillo o Cortijo de San Isidro, ahora enclavada en el término de Navalvillar y Acedera, la compró el Monasterio en el año 1282 a Sancho Blázquez, hijo de Juan Blázquez de Medellín y vecino de Trujillo, por mil ochocientos maravedíes[32].
2.4. La desmembración de la Tierra de Trujillo: las donaciones de la ciudad a personajes nobiliarios
En la época medieval, además de la segregación de la Puebla de Guadalupe, se produjo una serie de donaciones a diferentes personajes de la vida política medieval. El poderoso magnate don Pedro de Zúñiga pidió, a cambio de Ledesma (provincia de Salamanca), las dos ciudades extremeñas: Plasencia y Trujillo. En 1440 el Rey, Juan II de Aragón y Navarra, donó la ciudad de Trujillo a Pedro de Zúñiga, miembro destacado de la nobleza castellana, por lo que Trujillo dejó de ser ciudad realenga para pasar a engrosar los señoríos de esta importante familia nobiliaria. Pedro de Zúñiga nombró a Diego de Orellana para que en su nombre tomara posesión de la ciudad, el cual, como representante del Conde llegó a Trujillo el 28 de octubre de 1440, se presentó ante el concejo que estaba reunido en la iglesia de Santiago, les presentó las cartas y pidió a los oficiales que recibieran por señor de la ciudad a Pedro de Zúñiga, a la sazón conde de Trujillo. Al día siguiente, el 29 de octubre de 1440, se reunieron los oficiales en el portal de la iglesia de San Martín, allí pidieron a Diego de Orellana, como representante de Pedro de Zúñiga, que les respetara todos los privilegios, libertades y escisiones que la ciudad tenía de los reyes pasados y del actual Rey, el cual se comprometió a guardar y hacer guardar y cumplir todas las ordenanzas y costumbre de la ciudad.
Poco tiempo permaneció la ciudad en manos del Conde don Pedro de Zúñiga, ya que éste donó Trujillo a su hijo Álvaro, el 8 de enero de 1441 en Valladolid, con las mismas condiciones que él había poseído. En 1442 el Rey entregó a la familia Zúñiga, a cambio de Trujillo, otra población extremeña, Plasencia. Cinco años más tarde pasó Trujillo y su territorio a manos de su valido, don Álvaro de Luna, Condestable de Castilla y Maestre de Santiago con el título de primer Duque de Trujillo. Duró siete años este señorío, desde el 10 de febrero de 1446 (según carta firmada en Toledo) hasta 1453, fecha de su muerte, en la que pasó nuevamente al Monarca[33].
El defensor a ultranza de la Corona, durante este periodo, será Luis de Chaves, amigo del rey y destacado personaje, protagonista de la vida ciudadana de Trujillo en la segunda mitad del siglo XV. En 1453 Enrique IV mandó llamar a Luis de Chaves a Valladolid, como a otros principales del reino, para que siguiera su partido y defendiera la ciudad de Trujillo y la mantuviera para la Corona.
La muy noble casa de los Chaves, que entraba en el grupo de los Altamiranos, se hizo dueña de la gran heredad de “Las Talarrubias”, finca situada en el actual término de Navalvillar[34]. El único terreno que poseían los Chaves para la crianza de cereales (trigo y cebada) era la Atalaya Ruya (Las Talarrubias), pues las otras grandes dehesas que tenían (el Berrocal y los Montes de Tozo) eran aptas para la ganadería, pero no para el laboreo[35]. Por este motivo, no es descabellado pensar que las primeras simientes de trigo y cebada que llegaron al Perú procedían de “Las Talarrubias”, pues doña María Escobar, natural de Trujillo y mujer de Diego de Chaves, fue la primera persona que llevó semilla de trigo y de cebada al Perú[36]: “…María de Escobar: era natural de Trujillo, Extremadura, y fue mujer de Diego de Chaves que acompañó a Pizarro al Perú. Sufrió con su marido grandes penalidades y junto a él, y vestida de varón, afrontó el peligro en varias batallas. Era muy diestra en armas y excelente jinete. Fue fiera defensora de Atahualpa y se unió a su marido y a otros para evitar que se ejecutase, llegando a pedirle clemencia a Carlos V. Muerto su marido, se radicó en Lima y se dedicó a la instrucción de los indios que llegaron a adorarla. Fue, además, la que introdujo el trigo y la cebada en el Perú. Más tarde hizo paces con Pizarro quien le concedió tierras en las afueras de Lima, construyendo allí una escuela y una capilla…”[37].
Las escisiones de la jurisdicción del concejo de Trujillo se mantuvieron durante años por los lugares y aldeas de su término. En 1465 Álvaro de Zúñiga adquirió una nueva donación con título de Duque de Trujillo. Se originó un levantamiento, esta vez protagonizado por Gracián Sesé, alcaide de la fortaleza, por lo que las nuevas pretensiones de los Zúñiga sobre Trujillo se vieron frustradas. Cuatro años más tarde, en 1469, Enrique IV insistió en la promesa de entregar Trujillo a la familia Zúñiga (lo cual quiere decir que la donación anterior no se había realizado) y otorgó el Señorío de Trujillo y su Tierra a favor del Conde de Plasencia, don Álvaro de Zúñiga (hijo de don Pedro)[38].
- El concejo de Trujillo y su alfoz en el tránsito de la Edad Media a la Edad Moderna
El reinado de los Reyes Católicos, en su conjunto, fue para España un periodo de renovación y de crecimiento que la llevó con rapidez y decisión hacia la hegemonía europea. Don Fernando y Doña Isabel computaron la reforma religiosa entre sus principales afanes político-religiosos. Su política eclesiástica tuvo unos objetivos muy concretos: provisiones beneficiales, delimitación de la jurisdicción eclesiástica, honestidad del clero y reformas monásticas. Cuando los Reyes Católicos consiguieron la unidad del estado español, comenzaron a realizar profundas modificaciones en diversas instituciones con el fin, tanto de mostrar el poder de la monarquía, como de lograr una administración unificada más eficaz.
Un cambio de dinastía, totalmente imprevisto, tuvo una gran importancia para el nuevo rumbo de la Historia de España y para la Historia de Extremadura, que conoció en el siglo XVI grandes cambios sociales y económicos. Muertos los Reyes Católicos sucedió en el trono de los reinos unidos de Castilla, León, Aragón, Granada, Sicilia y Navarra su nieto el invicto Carlos I de España y poco después V Emperador de Alemania. El Emperador tiene todavía una parte de monarca medieval, de continuador de la labor realizada por sus abuelos los Reyes Católicos. Debemos destacar la estrecha relación que mantuvo el Emperador con la ciudad de Trujillo y el gran protagonismo que tuvo durante este reinado, principalmente en tres apartados: Trujillo renacentista, Trujillo relacionado con el imperio europeo y con el imperio americano. La aceptación del monarca Carlos I como Rey de España supuso un motivo de pacificación y concordia para el concejo de Trujillo[39].
En el siglo XVI, en la España de los Austrias, el eje de la administración estaba en la fiscalidad. La mayoría de las ciudades, villas y aldeas que hoy formaban parte de Extremadura (ninguna de las cuales tenía en aquellos años representación en Cortes) se englobaban en grandes unidades fiscales, provincias y partidos, que dependían de Salamanca, una de las dieciocho ciudades que en aquellos momentos tenían voto en Cortes.
A efectos fiscales, las actuales tierras de Extremadura se englobaban a finales del XVI en diferentes unidades, llamadas provincias y partidos. Estas circunscripciones creadas a finales del siglo XVI carecían de cualquier valor jurídico o administrativo y tenían un carácter meramente fiscal. Entre estas provincias se repartían, especialmente en tres (Salamanca, Trujillo y la provincia de León de la Orden de Santiago), las distintas localidades que han terminado formando parte de la región extremeña y otras que más tarde, tras siglos de relación, pasarían a los territorios limítrofes[40].
La provincia de León, de la Orden de Santiago, contenía tanto ciudades, como otras localidades, algunas ya despobladas y otras actualmente incluidas en las provincias de Badajoz, Cáceres, Huelva y Sevilla. La Extremadura leonesa, con unos 40.000 km2 (relegada a un segundo plano dentro del contexto fiscal y militar de la Corona castellanoleonesa), subsistía bajo la dependencia administrativa de las autoridades salmantinas.
La provincia de Trujillo comprendía buena parte de la Extremadura actual e importantes enclaves de otras limítrofes. Estaba constituida por diversos señoríos, villas eximidas, localidades no adscritas y varias comarcas: Tierra de Trujillo (en la cual estaba Navalvillar de Pela), Tierra de Cáceres, Tierra de Alcántara, Tierra de Badajoz, Tierra de Belalcázar, Tierra de Plasencia, Tierra de Siruela, Tierra de Capilla, Tierra de Valverde, Tierra de Medellín, Tierra de Magacela y Tierra de Galisteo. Por todo ello, podemos decir que el partido de Trujillo, dentro de la Provincia de Salamanca, contenía ya a finales del siglo XVI una buena parte de las tierras que constituirán definitivamente la Extremadura actual[41].
3.1. La oleada enajenadora en la Tierra de Trujillo durante los siglos XVI y XVII
Durante los siglos XVI y XVII se producirá la enajenación del patrimonio Real, provocando un proceso desintegrador del realengo que durará hasta el final del Antiguo Régimen. Las crecientes necesidades dinerarias de la Corona provocaron la venta de diversos lugares de la tierra trujillana, tanto en la modalidad de privilegios de villazgos como a particulares para instaurar señoríos, ello supondrá la pérdida paulatina de su jurisdicción. Estas ventas se convertirán en una constante en la historia de esta ciudad para remediar los graves problemas y las muchas necesidades hacendísticas de la Corona[42]. Entre los principales compradores que acuden a esta oferta de la Corona se encuentran miembros de la nobleza, entre ellos, varios caballeros de Trujillo, los cuales, compran la jurisdicción de distintos lugares como Santa Cruz, Escurial, Ruanes, Aldea del Pastor (hoy Santa Ana), La Zaraza (hoy, Conquista), Navalvillar, etc.
Trujillo, durante la primera mitad del siglo XVI, era la ciudad más importante de la Alta Extremadura y la más íntimamente ligada a la Corona. La Tierra de Trujillo en aquel tiempo estaba compuesta por treinta y una comunidades poblacionales[43]. Los señoríos más antiguos emanaban del siglo XIV (Orellana la Vieja en 1335 y Orellana la Nueva en 1375) anteriores a la venta y exención de nuevas villas y señoríos a partir de 1538, caso de Berzocana y Cañamero; los señoríos formados por ventas de la Corona entre 1558 y 1559 de Marta, La Cumbre, Plasenzuela, El Puerto, Torrecillas y Madroñera; la villa exenta de Garciaz (1564) y el resto de concejos dependientes de Trujillo, diecisiete en total: Ruanes, Ibahernando, Herguijuela, Santa Cruz, La Zarza, Logrosán, Aldea del Pastor, Robledillo, Zorita, Búrdalo, Abertura, Alcollarín, El Campo, Escurial, Madrigalejo, Acedera y Navalvillar[44].
3.2. La compra de Navalvillar por don Juan de Orellana Pizarro (1628)
El siglo XVI fue la época de mayor esplendor económico y urbanístico de la ciudad de Trujillo, debido en parte a las riquezas que entraron en ella procedentes de muchos trujillanos que volvieron enriquecidos de Las Indias. Trujillo fue cuna de grandes conquistadores, de esta localidad salieron algunos de los más notables conquistadores y descubridores de las Américas (Pizarro, Orellana, García de Paredes y Nuño de Chaves). De entre todos estos el más relevante fue, sin duda, Francisco de Pizarro González, conquistador del Imperio Inca (Tahuantinsuyo) situado en Perú. Francisco Pizarro y los suyos (cuatro hermanos y otros familiares pasaron con él a América) consiguieron amasar en Perú una inmensa fortuna, oportunamente invertida en la Península (Trujillo y su alfoz, sobre todo), acrecentada por razones matrimoniales.
Don Juan Pizarro de Orellana era primo de don Francisco Pizarro, al que acompañó en la conquista americana; participó en el reparto de Cajamarca y fue el primer Corregidor de Cuzco (Perú). A su regreso de América, Juan Pizarro de Orellana compró la casa fuerte que poseían los Vargas y la convirtió en un palacio renacentista. En el invierno de 1582 se hospedó en la casa don Miguel de Cervantes Saavedra, que desde Portugal caminaba hacia Madrid. Cervantes pasó por Trujillo a ver a su gran amigo don Juan Pizarro Orellana, y se alojó en su casa-palacio. Don Juan de Orellana Pizarro se casó con Estefanía de Tapia y Pizarro, señora de Magasquilla, de la misma naturaleza, naciendo de este enlace Fernando de Orellana y Tapia. Fernando de Orellana y Tapia conecta directamente con los Pizarro al casarse con Francisca Pizarro Mercado, hija de Hernando Pizarro y Vargas[45] (hermano de Francisco Pizarro) con su primera mujer, Isabel Mercado, por lo que los hijos de este matrimonio: Juan Pizarro de Orellana (que hereda el mayorazgo), Fernando Pizarro de Orellana y Estefanía de Orellana y Tapia son nietos de Hernando Pizarro y sobrinos nietos de Francisco Pizarro.
Fernando Pizarro y Orellana[46] fue Caballero de Calatrava, Comendador de Bétera (Valencia), intelectual, jurista, más tarde del Consejo de su Majestad Felipe IV, ministro del Consejo Supremo de Castilla -siéndolo ya de Las Órdenes, recopilador de las Leyes del Reino, e historiador, con su obra eximia Varones ilustres (1639), destacada gloria de los selectos hombres de pluma -junto a los múltiples de espada- de la familia Pizarro. Asimismo, fue Alférez Mayor de la ciudad de Trujillo, Alcaide de su fortaleza y Patrón del convento de la Merced de dicha ciudad. A lo largo de su existencia, como administrador de justicia, desempeñó cargos relevantes en Sevilla, Granada y en la Corte de Madrid. Fue caballero de la Orden de Calatrava y comendador de Bétera, y se licenció en Derecho por la Universidad de Salamanca, de la que fue más tarde fue profesor. Se casó dos veces, la segunda en 1628, y Felipe IV le elevó a ministro del Consejo de Castilla, cargo que conllevaba mucho poder entonces.
En enero de 1628, don Fernando Pizarro y Orellana presentaba en el Consejo de Hacienda un memorial por el que se solicitaba que se vendiese la jurisdicción del lugar de Navalvillar, de unos trescientos vecinos y una legua de término. El proceso de venta de Navalvillar resultó más complicado, ya que, concedida la solicitud, don Fernando Pizarro y Orellana renunció a tal adquisición y traspasó a su hermano, Juan de Orellana Pizarro[47], sus derechos sobre Navalvillar[48]. Mediante Cédula Real, fechada en Madrid el 10 de enero de 1629, consta la compra que hizo Don Juan Orellana Pizarro del lugar de Navalvillar, cuyo número de vecinos era de 200 (correspondientes a 800 habitantes aproximadamente[49]). El valor estipulado estaba en razón de los lugareños y, así, el comprador estaba obligado, o se comprometía, a pagar 18.130 maravedíes por vecino y 7.250 ducados por cada legua cuadrada que acogiese el término[50].

Lámina 3. Legajo de la compra del Lugar de Navalvillar por don Juan de Orellana Pizarro[51].
En el mandamiento se hizo saber que se dio posesión del lugar al nuevo dueño, con todos los pormenores que conllevaba un verdadero señorío con jurisdicción civil y criminal alta y baja, mero y mixto imperio y vasallaje, además de las penas de cámara, calumnia, sangre y mostrencos. El pueblo, desde este momento, se intituló como villa y se le dieron las insignias de la misma. Trujillo se afanó por lograr que se deshiciera la compra. Felipe IV atendió las quejas de Trujillo y su solicitud, pero lo cierto es que el Rey, por auto de 2 de mayo de 1629, admitió la venta y autorizó al comprador que se posesionase de la villa. Trujillo suplicó al Rey que mandase comisión para quitar el lugar de Navalvillar a don Juan de Orellana y se reintegrase a ella. Este empeño culminaría con éxito cuatro años más tarde.
3.3. La compra de Navalvillar de Pela por sus vecinos y anulación de la venta a don Juan de Orellana Pizarro (1629)
Del mismo modo, y como era habitual, se ofreció a los vecinos acudir al tanteo pudiendo hacerse con su jurisdicción en un plazo aproximado de sesenta días. No esperaron a la finalización del plazo, ya que el 29 de enero de 1629, los vecinos negociaron el “tanteo”. Los peleños con el interés de ser libres, deciden comprarse así mismos. La mayor parte de sus vecinos proceden a redactar cartas de poder comisionando a Domingo Hoyas, vecino de Santa Cruz y a Juan Moreno, escribano de Navalvillar (aparece el locativo “de Pela”), para que negociaran el tanteo y ofrecieran un 2% más de la cantidad comprometida por don Juan de Orellana, recolectándola entre todos sus vecinos, para impedir la compra del lugar por este caballero trujillano[52]. Con ello, el antiguo lugar o aldea de Navalvillar se separaba de la jurisdicción de Trujillo y se declaraba “villa exenta, con jusrisdicción civil y criminal propias”, con facultad de tener cárcel con cadenas, horca, rollo y picota, y demás signos de jurisdicción para todos sus vecinos y moradores. Aceptado el acuerdo por el Consejo de Hacienda, un segundo comisionado se desplaza a Navalvillar, don Baltasar de la Cueva, esta vez para despojar a don Juan de Orellana Pizarro de su posesión y condición tan brevemente disfrutada como primer señor de la Villa de Navalvillar y proceder al nombramiento de los nuevos alcaldes ordinarios y demás oficiales que ha de tener la villa, destituyendo a los que hubieran sido nombrados por el anterior señor.
3.4. La respuesta de Trujillo ante el proceso desamortizador: Navalvillar vuelve a ser aldea del concejo de Trujillo (1633)
Trujillo se enfrentó al nuevo proceso desamortizador iniciado en 1627, llevando a cabo diversas estrategias con el objetivo de parar las ventas. Fue quizás el temor a que este proceso continuara de modo imparable lo que llevó a Trujillo a ofrecer la cantidad de 30.000 ducados para que no siguieran vendiéndose más lugares de su tierra, contando con el beneplácito de la Corona[53]. El acuerdo firmado entre ambas partes era muy claro: Trujillo no renunciaba a los siete lugares vendidos, a pesar de que ya están celebrados los contratos y tomada la posesión de la jurisdicción de alguno de ellos y exigía que ninguno de los diez que le quedaban se vendieran. Para conseguir el retorno de los siete lugares, la Corona autorizaba a Trujillo a concertar con los pueblos eximidos y los dueños de los lugares vendidos la vuelta de su jurisdicción con voluntad de las partes y sin que se les haga molestia.
El 9 de octubre de 1631 Trujillo entregaba la última cantidad que permitía cerrar este capítulo y validar, ahora sí, el privilegio firmado con el factor real, que costó en total casi 34.500 ducados en razón de demoras e intereses. A partir de ese momento, la ciudad se vio libre para reclamar la posesión de Navalvillar, cuya exención se había producido dentro de los tres años que Trujillo había tardado en pagar la deuda[54]. Los libros de la Hacienda, del 23 de septiembre de 1632 y 10 de marzo de 1633, corroboran que Trujillo tenía todas sus cuentas abonadas y manda despachar a un juez para que se trasladase desde Madrid a reintegrar a Trujillo la posesión del lugar de Navalvillar.
El Rey, para cumplimentar su mandato, nombró juez del caso a don Diego Alfonso Prego, a quien exigió que no demorase más de doce días en su cometido, sin contar los de ida y vuelta a la Corte, calculando una andadura de 8 leguas diarias, con un salario de 1.000 maravedíes por día y al que acompañó el escribano-receptor Juan de Rabanal, que percibiría el sueldo de 500 maravedíes más los aranceles que le corresponda por los autos y escrituras, y el alguacil Agustín de Namburi, que ganaría 600 maravedíes por cada jornada. Estos nombramientos llevan la fecha del 20 de junio de 1633 y los gastos de sus estipendios correrían a cargo de Trujillo.
El 4 de julio de 1633 ya se encontraba en la ciudad el juez de S.M., cuya primera intervención, por mandato del Rey, era poner al corriente de su misión al teniente-corregidor (por ausencia del titular a quien suple) D. Luis de Contreras y al Alcalde Mayor; D. Bartolomé Márquez de Prado, a la vez de solicitarle que designe a la persona o personas que, en nombre de Trujillo, vuelvan a posesionarse de Navalvillar y así restablecer la situación de antes de la venta. Acto seguido, el Alcalde Mayor celebró un pleno consistorial en el que se acordó que estas personas sean el regidor del cabildo trujillano, García de Orellana, y el procurador, Juan de Silva Figueredo. Sin pérdida de tiempo, la comitiva compuesta por los representantes trujillanos y los enviados del rey se trasladaron a Navalvillar de Pela, en donde el día 8 de julio de 1633 se reunieron en la Casa de Ayuntamiento con los alcaldes ordinarios del lugar, Juan del Río y Martín García Sillero, el alcalde de la Hermandad, Hernando Díaz y demás regidores, todos ellos puestos en sus cargos por don Juan de Orellana.
El juez Prego mandó que se leyera la Real Cédula de S.M. Una vez enterados de su contenido, las autoridades respondieron que se haga y se cumpla lo que el Rey ordenó. En su virtud, Prego reintegró oficialmente la posesión de Navalvillar de Pela a García de Orellana y Juan Silva, quienes recibieron en nombre de la ciudad trujillana, con su plena jurisdicción civil y criminal. El juez Prego quitó las varas de mando a los anteriores alcaldes y alguacil y se las entregó a los referidos representantes. Del mismo modo, se derribó la horca o picota, símbolo de las localidades que llevan el título de villa, que estaba colocada en el Cerrillo, a la vera del camino que partía a Casas de Don Pedro. Indistintamente, se derribaron los mojones del término asignado por la compra de don Juan de Orellana y se pidió a los dos escribanos, que había en el pueblo, que entregasen todas las causas pendientes para hacerse cargo de ellas la justicia trujillana.
Finalmente, se culminó el proceso de restitución con el nombramiento de las nuevas autoridades que han de regir los destinos del pueblo en nombre de Trujillo, cuyo mandato finalizó el día de San Juan del siguiente año 1634. Como alcaldes ordinarios se entregaron las varas de mando a Alonso González de la Sierra y a Hernando Díaz, confiándole al primero las llaves del arca del pósito. Los ediles o regidores fueron Sebastián García Redondo, que actuó de mayordomo del concejo, Juan Alonso Moreno, mayordomo del pósito, Pedro Sánchez Bernardino, Juan Alonso Parras y Juan Martín Arroyo. Para alcaldes de la hermandad, se nombró a Juan Alonso del Río y Alonso Sánchez Prieto, y, de alguacil a Martín Gómez Zapatero[55].
Navalvillar gozó y disfrutó del estatus de villa independiente y de realengo durante cuatro años, no sin pesadas cargas para satisfacer los pagos a que debió hacer frente por ello y cuya redención recayó, de un modo u otro, sobre las economías de sus vecinos. En 1633 todo volvió atrás y quedó en la situación en que se inició, pues Navalvillar perdió su condición de villa exenta, libre e independiente (de por sí y para sí), debido a que Trujillo consiguió satisfacer lo prometido a la Corona y reclamó la devolución de su antigua aldea.
El concejo de la ciudad de Trujillo, que no quería perder a Navalvillar, entabló pleito para que se revocara el privilegio que había concedido a Navalvillar. Un tercer juez comisionado, don Diego Alfonso Prego, parte para Navalvillar debiendo proceder a restituir a la ciudad la jurisdicción perdida en un ritual que ya debía ser más que familiar para los peleños.
En Navalvillar, los lugareños se involucraron totalmente negándose una y otra vez a volver a la jurisdicción de Trujillo. Navalvillar tornó reciamente a ser un lugar de Trujillo por imposición de la justicia trujillana. Muchos años costó a Navalvillar recuperar lo pagado hasta la fecha de despojo (8 de julio de 1633) y los intereses del 8% con que la propia Hacienda gravó las cantidades no devueltas. En abril de 1646, trece años después de su vuelta a la jurisdicción trujillana, Felipe IV remitió varias cédulas ordenando el pago a Navalvillar de diversas cantidades con cargo a las sumas que hubiese de venta de vasallos y diversas rentas en la ciudad de Soria y su partido. Al no poderse cumplir ambas posibilidades, procedió ese mismo año a ordenar al Tesorero General y al propio Consejo de Hacienda el pago a Navalvillar mediante un juro en el servicio ordinario y extraordinario de Trujillo. Efectivamente, resulta cuanto menos curioso que sean las rentas pagadas en Trujillo las que devuelvan lo pagado al lugar que a punto estuvo de perder[56].
- Navalvillar de Pela incluida en el Partido Judicial de Puebla de Alcocer (1834)
El reinado de Isabel II (1833 y 1868) ocupó uno de los períodos más complejos y convulsos del siglo XIX, caracterizado por los profundos procesos de cambio político que trajo consigo la Revolución liberal. En relación con la organización territorial, el reinado de Isabel II se inició con la promulgación del Decreto de 30 noviembre de 1833 del ministro de Fomento, Javier de Burgos, que dividió el territorio nacional en cuarenta y nueve provincias, al que siguió, cinco meses más tarde, otro de 21 de abril de 1834 en el que estas provincias se dividieron en partidos judiciales[57].
A principios del siglo XIX, las tierras de la Siberia Extremeña, cuyos límites geográficos e históricos son imprecisos, formaban parte del Arzobispado de Toledo y de la zona oriental del partido de Trujillo. Un amplio territorio fraccionado en enormes latifundios[58] y sembradas de coladas, veredas, cordeles y cañadas reales que los poderosos señores de la Mesta utilizaban para el tránsito de sus rebaños.
La división provincial de España de 1833 incorporó todos los pueblos de la comarca de La Siberia a la provincia de Badajoz, cuya división provincial se completó con la subdivisión en partidos judiciales de 1834. Desde ese año, las poblaciones de esta comarca fueron integradas en los partidos de Herrera del Duque y de Puebla de Alcocer. Así, sus municipios quedaron enlazados por un sentimiento de pertenencia a la misma comunidad y cada partido llegó a convertirse en una referencia no sólo judicial sino también administrativa, electoral, recaudatoria e incluso comercial.
Efectivamente, la división provincial definitiva se completó, como hemos citado anteriormente, con la subdivisión en partidos judiciales, llevada a cabo mediante el Real Decreto del 21 de abril de 1834. En su artículo 2º se reconocía que “esta división se entiende aprobada sin perjuicio de las alteraciones que la experiencia acredite ser necesarias para su mayor perfección”. La provincia de Badajoz quedó dividida en catorce partidos judiciales, siendo Navalvillar de Pela incluida en el Partido de Puebla de Alcocer.
- Conclusiones
El presente artículo pretende dar a conocer al lector la historia de la fundación del municipio de Navalvillar de Pela. Una historia orientada a analizar el pasado de sus vecinos, los peleños, poniendo el acento en aspectos sociales y culturales. A lo largo del presente artículo hemos comprobado cómo, en poco espacio de tiempo, Navalvillar de Pela pasó de ser aldea o arrabal de la ciudad de Trujillo a villa de señorío, villa eximida de realengo y nuevamente aldea trujillana hasta la división territorial (provincial y regional) de 1834, que se integró al Partido judicial de Puebla de Alcocer (Badajoz). Conocer su Historia Local nos permite entender lo que sucedió en el pasado, con el propósito de encontrar respuestas en el presente.
[1] “…al menos desde finales del siglo XII era éste un terreno poco o nada poblado, situado en medio de una extensa franja fronteriza cuyos límites fueron traspasados frecuentemente por cristianos y musulmanes en continuas incursiones de reconocimiento y saqueo. Hasta el asentamiento de nuevos pobladores cristianos constituyó seguramente un lugar escasamente explotado, excepto para el aprovechamiento ganadero, siendo perfectamente admisible sin embargo, que los parajes más fértiles situados en las proximidades del Guadiana y los espacios más montuosos de los alrededores, fueran lugares frecuentados por los musulmanes…”. Adámez Díaz, Antonio. Los Señoríos de Orellana la Vieja y Orellana la Sierra. Muñoz Moya Editores Extremeños. Badajoz, 2005. Páginas 26 y 27.
[2] De la Montaña Conchiña, José Luis. La Extremadura Cristiana (1142-1350). Poblamiento, poder y sociedad. Universidad de Extremadura. Servicio de Publicaciones. Badajoz, 2002. Página 80.
[3] “…el principal aporte demográfico, siempre según la información disponible, procede del antiguo reino de León. Asturgalaicos en su mayor parte, leoneses propiamente dichos, y más tarde gente procedentes de Zamora y Salamanca (…). El segundo gran contingente en importancia fue el de las gentes procedentes del reino de Castilla, repartidas por las tierras por ellos conquistadas, en particular por los concejos de Plasencia, Trujillo y Medellín. La mayor parte procedían del concejo de Ávila, pero también se ha detectado la presencia de segovianos, burgaleses, sorianos, vallisoletanos, emigrantes naturales de los valles cantábricos (Quintana), para finalmente rastrear también la presencia de inmigrantes procedentes de los concejos de Toledo y Talavera…”. Bernal Estévez, Ángel. Poblamiento, transformación y organización social del espacio extremeño. Siglos XIII al XV. Junta de Extremadura. Consejería de Cultura y Patrimonio. Mérida, 1998. Página 274.
[4] Mazo Romero, Fernando y Luis del Pino, José. “Aspectos demográficos, sociales, económicos e institucionales del Reino de Badajoz durante la Baja Edad Media”. Historia de la Baja Extremadura. Periodo Islámico. Tomo I. Real Academia de las Letras y las Artes. Badajoz, 1986. Página 749.
[5] Cardalliaguet Quirant, Marcelino. Cáceres en su historia (Crónicas y reportajes de una ciudad singular). Librería Figueroa. Cáceres, 2017. Página 75.
[6] Sánchez Rubio, María de los Ángeles. El Concejo de Trujillo y su Alfoz en el tránsito de la Edad Media a la Edad Moderna. Servicio de Publicaciones de la Universidad de Extremadura. Badajoz, 1993. Página 40.
[7] Ibídem. Página 41.
[8] Sobre la repoblación del Concejo de Trujillo véase Sánchez Rubio, María de los Ángeles. El Concejo de Trujillo y su Alfoz en el tránsito de la Edad Media a la Edad Moderna. Servicio de Publicaciones de la Universidad de Extremadura. Badajoz, 1993. Páginas 59-61.
[9] Bernal Estévez, Ángel. “La repoblación del espacio extremeño en la Edad Media: El poblamiento y la población”. Revista de Estudios Extremeños. Tomo LI, Número III. Septiembre-Diciembre. Departamento de Publicaciones. Excelentísima Diputación Provincial. Badajoz, 1995. Página 643.
[10] Izquierdo Benito, Ricardo. Reconquista y repoblación de la Tierra Toledana. Instituto Provincial de Investigaciones y Estudios Toledanos. Diputación Provincial. Toledo, 1983. Página 17.
[11] “…el conjunto de tierras entregadas a los repobladores se fundaba, sobre todo, en los servicios que también habrían de prestar como contrapartida a su disfrute. Junto con la casa o el solar, podían recibir distinta cantidad de tierra, generalmente la suficiente para cultivarla con una yunta de bueyes (una yeguada) y además, en ocasiones, viña, huerto o arbolado. Se procuraba que los lotes fuesen similares. La parte principal que se entregaba a los repobladores, que solía ser la que se iba a dedicar a la labranza, generalmente de cereales, recibía el nombre de quiñón. La tierra laborable llevaba consigo la carga de servicios y tributos (pechos) a favor de la comunidad concejil o del señor…”. Ibídem. Página 19.
[12] “…al sur y hasta donde llegaban los límites jurisdiccionales del alfoz, es posible que solamente estuviera poblada la aldea de Orellana la Vieja en los albores del siglo XIV. La colonización de esta parte de la penillanura y de la llanura aluvial de la margen derecha del Guadiana se produjo a lo largo del siglo XIV con distintas alternativas y desiguales resultados. El único poblamiento agrupado por la dos Orellanas, Acedera y Navalvillar, se ordena alrededor de la sierra de Pela en el extremo sur. El asentamiento más antiguo es el de Orellana la Vieja. Esta aldea contaba con 20 vecinos en 1335, cuando fue dada en señorío por Alfonso XI a Juan Alfonso de la Cámara con la condición de aportar otros 50 pobladores más para contribuir a su poblamiento…”. Bernal Estévez, Ángel. Poblamiento, transformación… Opus Cit. Páginas 115 y 116.
[13] Los golfines aparecen en las tierras convertidas en frontera entre el Tajo y el Guadiana. Eran bandoleros o bandidos de frontera, quienes habían hecho del robo y del secuestro su modo ordinario de vida.
[14] Bernal Estévez, Ángel. Poblamiento, transformación… Opus Cit. Página 116.
[15] Corporación o grupo de personas integrado por un intendente y varios concejales que se encarga de administrar y gobernar un municipio.
[16] “…Navalvillar estaba encontrando tantísimas dificultades para poblarse que en 1418 el concejo se ve obligado a concederle término propio para facilitar la atracción de nuevos pobladores, en medio de un mar de dudas sobre sus posibilidades de supervivencia, finalmente despejadas hacia finales de este siglo cuando se produce un intenso movimiento roturador, documentado a través de 23 licencias de rompimiento de terrenos en el breve transcurso de 6 años…”. Bernal Estévez, Ángel. Poblamiento, transformación… Opus Cit. Página 114.
[18] Archivo Municipal de Trujillo. Amojonamiento y deslindamiento del ejido de Navalvillar por sentencia del bachiller en leyes Bartolomé Rodríguez el 16 de diciembre de 1418. En Navalvillar, a 18 de marzo de 1418, ante el escribano Blasco Domínguez. Legajo 2, carpeta 4. Folios 1r-2r. Legajo 3. Folios 258r-259v. Se hizo un segundo amojonamiento por el corregidor de Trujillo, Álvaro Porras, en Acedera, a 16 de octubre de 1492, ante Alfonso Rodríguez de Almazán. Legajo 2, carpeta 4. Folios 2r-4r. Legajo 3. Folios 259v-262r. Hay un segundo cuadernillo que contiene un traslado de 15 de febrero de 1629 y una copia del acta de restitución que se hizo a la ciudad de Trujillo de un pedazo del ejido de Navalvillar. En Navalvillar, a 3 de marzo de 1418. Legajo 2, carpeta 4. 13 folios.
[19] Sistema tradicional de repartimiento que venía utilizándose con cierto éxito desde hacía más de un siglo y que sirvió para el control de un territorio marginal deshabitado desde siempre, sobre el que se impuso una economía ganadera. Bernal Estévez, Ángel. Poblamiento, transformación…Opus Cit. Página 117.
[20] “…Sea por las condiciones del terreno ó por las escasas aguas, ó bien, como dice la tradición, por el crecido número de hormigas y otros insectos que pululaban por aquella zona, es lo cierto que el primitivo pueblo de Valdepalacios (1), que comenzó allí á fundarse á raíz de la reconquista, hubo de ser trasladado del actual ó absorbido por él, recibiendo éste por antonomasia el nombre de lugar sano, lucus sanus, de donde por corrupción se formó después, Lugursan, Lugurusan ó Logrosán. (1). A la iglesia de Valdepalacios perteneció la actual campaña del Ayuntamiento. En la iglesia parroquial se conserva un cáliz y varios libros también de aquella. Hoy solo se ven sus ruinas transformadas en pajar. Dicese asimismo que los Concejales del nuevo pueblo le Logrosán tenían obligación de asistir todos los años á cierta fiesta ó ceremonia conmemorativa celebrada en aquellos sitios el día de Pascua de Resurreccion…”. Roso de Luna, Mario. Logrosán (Legajo Histórico). Por el doctor Mario Roso de Luna. Académico C. de la Historia y Caballero de varias Órdenes. Año 1898. Excmo. Ayuntamiento de Logrosán. Cáceres, 2007. Folios 54 y 55.
[21] “…está constituido el sitio de Valdepalacios en medio de dehesas y tierras propias del Real Monasterio de Guadalupe, la jurisdicción temporal corresponde a la ciudad de Trujillo y la espiritual es del Obispado de Plasencia. Los vecinos son dos, uno que cuida de la yglesia, porque le pongo yo y el otro le ponen los individuos de dicho Real Monasterio de en una casería que tienen en el egido, cerca de yglesia, como cosa de un tiro de escopeta (…). Este pueblo se arruinó sin saber porqué, pues no hai instrumento que lo acredite, ni se sabe qué se han hecho los papeles del pueblo e ya sólo en el archivo de esta de Logrosán se conserba un libro de cuentas de fábrica, que las primeras principiaron en el año de mil seiscientos veinte y dos y siendo su mayodormo vezino de este pueblo de Logrosán, como todos los demás que constan en las demás quentas, subzesivamente hasta el presente; en cuia atención juzgo que por aquellos años ya estaba arruinado el pueblo, dícese que fuese la causa una peste que quitó la vida a todos los más y que se recogieron los que huieron a Guadalupe por los religiosos del referido Real Monasterio…”. Barrientos Alfageme, Gonzalo. Estremadura. Asamblea de Extremadura. Mérida, 1991. Página 454.
[22] “… Esta zona era de pastos y de tránsito de ganados trashumantes, resultaba peligrosa por su despoblación y lejanía y era objeto de frecuentes ataques de las bandas de golfines que merodeaban por sus parajes. Para tratar de poner remedio a esta situación el concejo de Trujillo solicitó a la reina D. María en 1295 la constitución de una heredad a favor de Garci Sánchez de Trujillo, a quien se facultó para formar una aldea por poblar la zona y ahuyentar a los bandidos…”. Bernal Estévez, Ángel. Poblamiento, transformación…Opus Cit. Página 116.
[23]“…incorporaba una superficie total de mas de 300.000 hectáreas y un número considerable de aldeas y lugares vasallos que se encontraban supeditados política, fiscal y económicamente a la ciudad de Trujillo. Los ríos Tamuja y Almonte marcaban la máxima expansión de su demarcación territorial por el oeste y norte respectivamente, limitando con las tierras de Montánchez, Cáceres, Plasencia y los señoríos de Monroy y Torrejón. Por el sur la línea fronteriza se situaba en los ríos Guadiana y Gargáligas, completándose dichos límites con los lugares de Escurial, Campolugar y Madrigalejo, que ayudaban a separar las tierras trujillanas de las de Medellín, Orden de Alcántara y Toledo. Por último, las aldeas de Berzocana, Cañamero y Logrosán lo hacían por el este en contacto con las tierras de Cabañas y Talavera…”. Sánchez Rubio, Mª Ángeles y Sánchez Rubio, Rocío. “Para vos e para vuestros herederos”. Señorialización de la Tierra de Trujillo a mediados del siglo XVI (Madroñera, El Puerto, Torrecillas, Plasenzuela, La Cumbre y Marta). Extremeña de Comunicación y Producciones. Badajoz, 2007. Página 16.
[24] Desde el mojón 48 al 53, la línea de demarcación es muy fácil de seguir. La Sierra de Lares está formada por varias montañas, no muy abundantes, situadas al este de Puebla de Alcocer y cuyos puntos culminantes son el cerro de Masatrigo, Galizuela y El Calderín. Desde ellos la línea de demarcación pasaba a la sierra de Alcocer, en la parte alta de la cual está situado el Castillo de La Puebla. Desde aquella, la divisoria sigue la dirección este-oeste hasta llegar al Guadiana, en cuyas orillas está el Castillo de Cogolludo. La mayor dificultad en torno al trazado de la línea de demarcación viene representada por el límite sudoccidental del señorío, puesto que el número de mojones es escaso. Entre la Sierra de Pela, pues, y el Puerto de Cañamero no tenemos más remedio que recurrir nuevamente a los límites de términos municipales para completar con ellos la divisoria. Cabrera Muñoz, Emilio. El Condado de Belalcázar (1444 – 1518). Aportación al estudio del Régimen Señorial en la Baja Edad Media. Publicaciones del Monte Piedad y Caja de Ahorros de Córdoba. Córdoba. 1977. Página 236.
[25] “…Aquella casa de ramas verdes y corchas que edificaron los habitantes del concejo de Alía para Gil Cordero y sus familiares cuando éstos se quedaron de guardianes de la Virgen debió ir creciendo a medida que la fama de la Señora se fue extendiendo por los reinos cristianos. Ya se vio que entre los primeros peregrinos, a poco de la milagrosa invención, abundaban los enfermos en busca de salud perdida (…). Entre los documentos más antiguos que guarda el Archivo de Guadalupe hállanse dos testamentos originales en pergamino, uno de 1327 y otro de 1329; en el primero se cita la “eglesia” de Guadalupe y en el segundo se menciona un hospital; y en ambos por el tono al indicarlos se da a entender que tanto la iglesia como el hospital estaban ya de luengo tiempo allí. El cuidado de la iglesia y de los demás lugares que a su alrededor florecieron estuvo al principio, según se desprende del Códice del A.H.N. a cargo de los descendientes de Gil Cordero y de aquel su hijo resucitado…”. De Arana Amurrio, José Ignacio. Medicina en Guadalupe. Diputación Provincial de Badajoz. Badajoz, 1990. Página 36.
[26] “…el Monasterio nace en el reinado y bajo la protección de Alfonso XI. Su primara acción benefactora fue la consecución de un término propio a costa de los de Talavera y Trujillo, en cuyos límites había surgido. La fecha más temprana que conocemos es la de 1337 con motivo de la mencionada merced, ya ejecutada al cabo de medio año en un radio de media legua alrededor del cenobio, para dar cumplimiento a la voluntad así expresada del monarca. Alrededor del Monasterio había surgido ya por esas fechas una puebla para cobijo de la población laica. Esta puebla tenía 50 pobladores en 1340 y su crecimiento fue aumentando de forma vertiginosa por los beneficios, mercedes y donaciones públicas y particulares que el Monasterio siguió recibiendo, hasta llegar a los 1200 vecinos en 1485…”. Bernal Estévez, Ángel. Poblamiento, transformación…Opus Cit. Página 117.
[27] De mediados del siglo XIV aproximadamente data la repoblación de las dos Orellanas, y hacia finales de este siglo el concejo de Trujillo toma importantes medidas para tratar de atraer definitivamente pobladores hasta Navalvillar. Pero el hecho demográfico más importante de esta zona es la ceración del Monasterio de Guadalupe y la repoblación de la Puebla. En realidad, tuvo un efecto contrapuesto, pues mientras estaba creciendo la Puebla con un ritmo y vigor desconocidos, se estaba despoblando a consecuencia de ello la penillanura adyacente, cuyo poblamiento –Valdepalacios- se había iniciado a principios de dicho siglo, hasta el punto de desaparecer lo núcleos allí surgidos (Valdepalacios, El Toril, Pasarón). Ibídem, Página 288.
[28] “…la aldea de Valdepalacios (…) pasa a formar parte del Monasterio en 1362 por donación de sus propietarios, aunque la confirmación de tal donación y la toma de posesión del lugar no se produce hasta 1370, fecha a partir de la cual realizan notables adquisiciones de otras heredades enclavadas en su término…”. Ibídem . Página 118.
[29] “…Parrilla. Debajo de este título están Inclusas las Dehesas siguientes: Parrilla, Veguilla, Butrera, y mucha parte de las Talarrubias de Ayuso, y la Xara del Barnate, que aunque tiene nombre diverso, es parte de la Parrilla, por que esta xara es desde las cumbres, y linde del Torrilejo, lindado con las Talarrubias de don Pedro de Chaves, y Vade palacios, vajando el camino que llaman Carril del fraile, todos aquello xarales, monte. La Dehesa de la Veguilla, inclusa en esta de la Parrilla, fue cavalleria de la Ciudad de Truxº y por que estava metida entre otras Dehesas, la troco este Monasterio con dcha Ciudad (…). Nota que quando se hizo el cambio de la Veguilla por la parte de los logrosanejos, se capitulo: que los ganados de la ciudad, y tierra, que pastaren en la Cavalleria de Navalvillar, que lindan con dicha Veguilla, o Parrilla, puedan abrevar en el rio Cubilar, desde el charco Cardeno, que asta cerca de la Hermita de la Parrilla hasta el hexido, que esta cerca de la casa de Miraflores…”. Gaspar, Santiago (Presbítero). “Breve Resumen de toda la Hacienda que esta Santa y R. Casa de Ntra. Señora de Guadalupe tiene en Dehesas, rentas, juros y otros Derechos y aprovechamientos: Año 1732”. Guadalupe. Revista quincenal, religiosa y social. Año VI. Número 134. Imprenta y Librería Católica de Santos Floriano. Cáceres, 30 de julio de 1912. Páginas 423 y 424.
[30] “…Talarrubias, ó casa de Hito. Esta Dehesa está en el río Ruecas, y Pizarroso, pastase con la Torrecilla de arriba propia de este Monasterio, midióse en el años de 1591, y se taso en 1420 obejas: Es el tercio de la Dehesa de Talarrubias de Ayuso, porque las otras dos partes están en esta parte del río, y andan junto con la Parrilla, con el nombre de Hormigosos, Vegas y Rana. Linda dicha Dehesa de la casa de Hito con la Torrecilla de arriba, con la trebolosa, con el añojalero, y dehesa de los Bueyes de Madrigalejo, Llamase casa de Hito por un. Fulano del Hito la tubo arrenda muchos años, y hizo en ella una casa, y de aquí la llamaron, llaman casa de Hito…” Ibídem. Página 424.
[31] Bernal Estévez, Ángel. Poblamiento, transformación… Opus Cit. Página 118.
[32] Ibídem. Página 399.
[33] Galiana Núñez, Magdalena. Trujillo en sus textos históricos y en sus documentos (de los árabes al s.XX). CISAN. Trujillo (Cáceres), 2004. Páginas 50-52.
[34]“…el apelativo de esta feraz y extensa finca viene de Atalaya Ruya o Atala Ruya, que es como se decía en tiempos pasados (…). Fueron sus dueños los Chaves de Trujillo, gente de noble linaje y rica, en donde destaca el muy leal paladín de los Reyes Católicos don Luis de Chaves, en cuyo palacio se alojaron en más de una ocasión estos monarcas. Con bastante frecuencia sostuvieron los Chaves disputas linderas con el monasterio de Guadalupe, porque las propiedades del convento rodeaban, por los cuatro costados, a las Talarrubias, y por algunos sitios las mojoneras no estaban muy claras…”. Rodríguez Amores, Lorenzo. Crónicas Lugareñas Madrigalejo. Tecnigraf, S.A. Badajoz, 2008. Página 416.
[35] Ibídem. Página 416.
[36] “…Escobar, Dña. María de. Esposa de D. Diego de Chaves y era v. de Lima antes de 1539. Muchos años después vivía en el Cuzco, ya viuda. Allí conoció al Inca Garcilaso. Fue la primera persona que llevó trigo al Perú para sembrar…”. Navarro del Castillo, Vicente. La Epopeya de la Raza Extremeña en Indias. Gráficas Solinieve, S.A. Granada, 1978. Página 395.
[37] Vega Carlos B. Conquistadoras. Mujeres heroicas de la conquista de América. Jef- ferson. McFarland (USA) 2003. Páginas 194 y 195.
[38] Galiana Núñez, Magdalena. Opus cit. Página 54.
[39] Ibídem. Página 256.
[40] Sánchez Marroyo, Fernando. “Estructura Político-Institucional de Extremadura (1808-1874)”. Revista de Estudios Extremeños. Tomo LXIX. Número 1. Centro de Estudios Extremeños. Diputación de Badajoz. Badajoz. 2013. Página 144.
[41]Ibídem. Página 147.
[42] “…considerando las grandes, precissas y urgentes neçesidades en que su Magestad se alla, causadas por el ynescusable gasto y costa que a tenido en la toma de Breda, Restauraçion de Brasil y Probisión de los ejerçitos grandes que por may y tierra a tendio y con que de pressente se alla en Flandes contra Rebeldes defendiendo la Sancta Fe Cathólica y sus estados patrimoniales y en Ytalia los Reynos y estados que allí tiene, conservando la reputaçion y authoridad desta Monarquía con el mayor esplendor que jamas a estado…”. Sánchez Rubio, Mª Ángeles y Sánchez Rubio, Rocío. “Jurisdicciones en venta. La Tierra de Trujillo en los siglos XVII y XVIII”. La Tierra de Trujillo: desde el Barroco al Neoclasicismo (Siglos XVII y XVIII).Actas del Congreso. Real Academia de Extremadura de las Letras y las Artes. Trujillo, 2007. Página 24.
[43] Rodríguez Sánchez, A. “Extremadura: la tierra y los poderes”. Historia de Extremadura. T. III. Universitas. Badajoz, 1985. Páginas 436-437.
[44] González Ledesma, Cándido: “Conflictividad entre Trujillo y las villas y lugares de su Tierra durante los siglos XVI y XVII. El pleito de Orellana la Vieja con la ciudad de Trujillo”, en Actas de los XXXIX Coloquios Históricos de Extremadura. Trujillo. Cáceres, 2011. Página 304.
[45] Marqués consorte de la Conquista ó de los Atavillos, Señor del Mayorazgo de la Casa de los Pizarro en Trujillo de Extremadura †1578.
[46] “…Don Fernando Pizarro y Orellana, Comendador de Bétera, regidor perpetuo de Trujillo y del Consejo de Órdenes, inicia las gestiones para convertirse en señor de Navalvillar…”. Sánchez Rubio, Mª Ángeles y Sánchez Rubio, Rocío. “Jurisdicciones en venta… Opus Cit. Página 31. Después de una vida consagrada al estudio y la alta política, hace Testamento en Madrid, el 22 de enero de 1651, y un Memorial de cinco hojas más, hecho y firmado por él, en Madrid también, el 13 de agosto de 1651. Fallecerá el 21 de enero de 1652.
[47] Juan Pizarro Orellana, Señor del Mayorazgo de la Conquista y de Magasquilla y Caballero de la Orden de Santiago, se casó en 1598 con María de Altamirano y Pizarro (hija de Álvaro Luis Altamirano), ambos tuvieron un hijo llamado Álvaro.
[48] “…Don Juan de Orellana Pizarro adquiría el 6 de diciembre de 1628 el señorío de Navalvillar, de unos 300 vecinos y una legua de término, con la condición expresa de que dicho señorío sería firme sólo en el caso de que la ciudad no pudiera satisfacer la cantidad prometida a cambio de cesar las ventas y, puesto que dicho pago podría dilatarse, se procedería a dar la posesión del lugar a su nuevo señor…”. Sánchez Rubio, Mª Ángeles y Sánchez Rubio, Rocío. “Jurisdicciones en venta…Opus Cit. Página 43.
[49] “…Durante mucho tiempo, durante todo el XIX y buena parte del XX, se han estado utilizando coeficientes muy altos en parte para estar compensar las ocultaciones de los vecindarios. Pero tras los estudios de Bustelo se ha reconducido el tema y se utilizan coeficientes muchos menores en torno a 3,5-4. Nosotros creemos que el coeficiente de conversión de vecinos en habitantes para la tierras de la Submeseta Sur se mueve en una banda comprendida entre 3,5 y 4,2 siendo su valor más probable algo inferior a 4 a mediado del siglo XVIII, 3,8 para los vecindarios del Catastro…”. Camacho Cabello, José. “La población de la Siberia Extremeña. Siglos XVI, XVII y XVIII”. Revista de Estudios Extremeños. Tomo LVI. Nº 1 Enero-Abril. Badajoz, 2000. Página 210.
[50] “…la jurisdicción y señorío y vasallaje del lugar de Navalvillar jurisdicción de la ciudad de Trujillo el cual declaró tendría doscientos vecinos y una legua de termino y que pagaría su precio a diez y ocho mil ciento y treinta maravedís y siete mil doscientos y cincuenta ducados por legua (…) consintió que la dicha venta se hiciese con don Juan de Orellana Pizarro caballero de la orden de Santiago (…) Yo por la presente mano a el concejo alcaldes ordinarios y demas ministros de justicia de ese dicho lugar y otras cualesquier personas de cualquier estado calidad y condición que sean vecinos de ese dicho lugar que obedecen y tengan el dicho don Juan de Orellana Pizarro y a sus sucesores en la posesión de el dicho lugar (…) doy facultad a dicho don Juan de Orellana Pizarro y sus alcaldes mayores y alguaciles guardas y otros ministros de justicia para que puedan poner y pongan hora picota cuchilla carcel cepo azote y las demas insignias de jurisdicción que para ella fueran necesarias…”. Díaz Ramírez, Segundo. En busca de la historia de Navalvillar de Pela. Don Benito (Badajoz), 1988. Páginas 60-62.
[51] A.M.T. Mandamiento autorizado de Íñigo López de Salazar en 13 de febrero de 1629. Por el cual se había dado a Juan de Orellana Pizarro la posesión de la jurisdicción del Lugar de Navalvillar. Legajo 121. Carpeta 8. Folio 6.
[52] “…sepan quantos esta carta de poder vieren como nos, el conçejo, justicia y regimiento del lugar de Nabalbillar de Pela, jurisdiçion de la çiudad de Trujillo, estando juntos en nuestro conçejo y ayuntamiento, hvienéndose para ello tocado la campana como es costumbre, coviene a saber, Andrés Moreno de Juan Alonso y Lucas Fernández de la Sierra, alcaldes ordinarios de este lugar pos Su Magestad, y Juan Arias y Bartolomé Sánchez Gutierre y Miguel Hernández Ramos, regidores del conçejo de dicho lugar, en voz y en nombre deste dicho conçejo y sus veçinos y por lo que toca al bien e derecho deste dicho lugar, dezimos que por quanto a la nuestra notiçia ha venido que don Juan de Orellana, veçino de la çiudad de Trujillo, para sí mimo o para don Fernando Piçarro su hermano o para don Juan Pizarro, veçino y regidor de dicha çiudad, quieren comprar la jurisdiçion deste dicho lugar y quitarla de la dicha çiudad de Truxillo que la tiene, y ser esto en gran daño y perjuiçio de los vezinos deste dicho lugar por salir del señorío de su rey y señor natural y pasar a la de un cavallero (…) y para no reparar y remediar, usando de lo que el derecho nos conzede y con comun consentimiento de la gran parte de los veçinos deste dicho lugar, otorgamos nuestro poder cumpido como de derecho se requiere a Juan Moreno y Alonso Gonzáles de la Sierra y Pedro Garçia Ximeno, vecino de dicho lugar, y a Bartolomé Álvarez de Prado, procurador en los Reales Consejos (…) para que por nosotros y en nuestro nombre y del dicho conçejo y lugar y sus vezinos y república, puedan contradezir la dicha venta o enagenaçión y suplicar y supliquen a Su Magestad y señores de sus Reales Consejos se le dé a este dicho lugar y sus veçinos por el tanto la jurisdiçion y señorío que tiene comprada el dicho don Juan de Orellana o el dicho don Fernando o don Juan Pizarro o otra qualquiera persona de qualquier estado o calidad que sea. Que este lugar y conçejo y sus veçinos ofrezen de servir a Su Magestad con la misma cantidad y en la misma forma y manera que los susodichos (…) y para la paga y cumplimiento dello puedan obligar y obliguen al dicho lugar y conçejo y sus vienes propios y rentas presentes y futuros; sobre lo qual puedan otorgar y otorgen todas y cualesquiera escritura o escrituras (…). En el lugar de Nabalbillar a veinte y nueve días del mes de henero de mil seisçientos veinte y nueve años. Yo Juan Fernández Borrallo, escribano público y del concejo del lugar de Nabalbillar de Pela, jurisdicción de la ciudad de Trujillo (…) presente fui a todo lo que dicho es, en uno con los dichos testigos y otorgantes y en fee de lo qual fie mi signo que es a tal testimonio de verdad. Juan Fernandez Borrallo, escribano…”. Archivo General de Simancas en adelante A.G.S. E.M.R. Mercedes y Privilegios. Leg. 310. Exp. 20. Véase también en Sánchez Rubio, Mª Ángeles y Sánchez Rubio, Rocío. “Jurisdicciones en venta…” Opus Cit. Página 92.
[53] “…el asiento fue firmado el 2 de junio de 1628 por Bartolomé Spínola, Factor General de Su Majestad y por el doctor Gabriel Aldava y el regidor don Fenando de Contrerás, quienes actuaban en nombre de la ciudad. En este nuevo contrato (…) se alude a los siete lugares y al número de vasallos vendidos en ese momento (1.150), así como a las poblaciones que aún permanecían dentro de la jurisdicción trujillana: Logrosán, Zorita, Albertura, Alcorrarín, El Campo, Ibahernando, Robledillo, Madrigalejo, Acedera y Navalillar (cuya venta recordemos estaba en este momento acordada con don Fernando Pizarro de Orellana)…”. Sánchez Rubio, Mª Ángeles y Sánchez Rubio, Rocío. “Jurisdicciones en venta…Opus Cit. Página 50.
[54] Ibídem. Página 58.
[55] Rodríguez Amores, Lorenzo. Opus cit. Páginas 120 y 121.
[56] Sánchez Rubio, Mª Ángeles y Sánchez Rubio, Rocío. “Jurisdicciones en venta…Opus Cit. Página 45.
[57] Polo Martín, Regina. “La Diputación provincial y los partidos judiciales salmantinos durante el reinado de Isabel II”. Anuario de Historia del Derecho Español. Boletín Oficial del Estado, BOE. Ministerio de Justicia. Madrid, 2015. Página 286.
[58] “…En la Meseta sur, Extremadura y Andalucía predominaban los latifundios, pertenecientes a la nobleza…”. Carreras Albert y Tafunell Xavier. Historia Económica de la España Contemporánea. Ed. CRÍTICA. Barcelona, 2007. Páginas 12 y 13.
