Oct 262023
 

Pedro Emilio López Calvelo

La mutualidad escolar es una agrupación de niños y niñas, creada con el fin primordial de educarles en las doctrinas del ahorro, de la previsión y de la asociación. Busca, más que el seguro estricto, la mutua asistencia.

Anales del Instituto Nacional de Previsión. Año XXV; num. 105; Sept-Oct. 1933. Pag. 653

 

1.- MUTUALIDADES Y COTOS ESCOLARES

La idea del asociacionismo como forma de apoyar el progreso de los grupos humanos empezó a adquirir fuerza a finales del siglo XIX desarrollándose con intensidad en el mundo obrero. El mundo de la enseñanza no fue ajeno a esta idea del asociacionismo y, con frecuencia, irá vinculándose la escuela con la creación de planes de previsión para mejorar el futuro del alumnado escolar.

El desarrollo social de estas ideas de asociación mutua fue, progresivamente, recogido por las autoridades que fueron desarrollando una legislación favorecedora de este movimiento mutualista.

Según aparece reflejado en las fuentes bibliográficas al uso, el mutualismo escolar tuvo su origen en Francia, cuando el filántropo J.C. Cavé, juez de un distrito de París y presidente de una sociedad de socorros mutuos, inició las primeras experiencias en mutualismo escolar en 1881, como forma de propiciar y formar, desde las primeras edades, en las prácticas de previsión individual futura. Aunque estas primeras prácticas tuvieron un carácter fundamentalmente económico también se les pretendió dar un carácter educativo y moral. (¹). En España, aún en las últimas décadas del siglo XIX, algunas Cajas de Ahorro, como la de Ávila, llegaron a crear Cajas escolares de Ahorros, vinculadas con las escuelas prácticas anejas a Normales de Magisterio: un antecedente lejano de las mutualidades escolares.

La doctrina mutualista entronca, entonces, con la mentalidad regeneracionista de finales de siglo XIX y principios del siglo XX en nuestro país, época en la que se está desarrollando un movimiento educativo crítico con el estado del sistema escolar de aquellos momentos (atraso de los métodos pedagógicos, baja dotación económica, carencia de materiales pedagógicos adecuados, caos legislativo, …). La educación se convirtió en uno de los ejes de este movimiento reformista, enlazando con la función social que se le presume a la escuela y que puede comprobarse a través de distintos documentos emanados desde el Ministerio de Instrucción Pública en todo el primer tercio del siglo XX. Se trata de una apuesta por la escuela social y educadora que busca no limitarse a los muros de un aula y que pretende aprovechar todo aquello que contribuya a la educación de los niños y niñas. Y la práctica del mutualismo escolar asociativo tendría un magnífico encaje en esta forma de entender la educación. El escritor Álvaro López Núñez, abierto defensor de las ideas de asistencia social, en su obra Función social de la mutualidad escolar, indicaba: “[…] siendo la escuela el laboratorio donde se preparan las generaciones que han de realizar la futura vida social, interesa fundamentalmente al maestro llevar a aquella todos los elementos que han de intervenir en esta síntesis […]. Y entre estas ideas que el maestro ha de elaborar en la clase, las relativas a la previsión y al mutualismo ocupan puesto preeminente” (²).

Por su parte, el pedagogo y poeta, notable teórico de la bondades del movimiento asociacionista social, Ezequiel Solana (1915) enfatizaba: “La Mutualidad escolar no solamente atiende a proporcionar al niño una ayuda material mientras permanece en la escuela, sino que está llamada a ejercer una influencia dichosa en toda la vida del hombre, estableciendo lazos de relación entre todas las clases de la sociedad.

Ella, por sí misma, puede constituir una preciosa enseñanza, pues iniciándose el niño en la escuela en el funcionamiento de la asociación, puede comprender mejor su mecanismo y sus ventajas, llegado a ser un adepto convencido, un propagador celoso de las ideas de orden y previsión en que la Mutualidad se inspira” (³).

De una forma definitiva, las mutualidades escolares en España, como institución complementaria a la escuela primaria, serán obligatorias a partir de 1911. “El origen de las Mutualidades escolares lo encontramos en una memoria de Don Ezequiel Solana, presentada en 1911 a la Sociedad Española de Pedagogía, que luego el Ministerio de Instrucción Pública, la asumió y la se desarrolló en un R. D. De 7 de julio de 1911. Pronto se extendieron a todas las escuelas nacionales” (⁴).

En efecto, la disposición legal que creó en España el régimen oficial de las mutualidades escolares es el Real Decreto de 7 de julio de 1911, firmado por el entonces Ministro de Instrucción Pública D. Amalio Gimeno. A partir de este decreto se irá generando la legislación complementaria; una disposición ministerial de 11 de mayo de 1912 reglamentó el funcionamiento de las Mutualidades escolares: “No requiere grandes esfuerzos la tarea de evidenciar las considerables ventajas que para la educación tiene el establecimiento en las Escuelas de instituciones que fomenten la costumbre del ahorro y el espíritu de mutualidad. Si el objeto principal de la enseñanza pública es formar hombres en la más amplia y sana acepción de la palabra, y no sólo cerebros repetidores de fórmulas teóricas y de conocimientos transmitidos de generación en generación, no cabe duda que la práctica de aquellas formas de previsión económica y solidaridad social han de contribuir en grandísima medida a conseguirlo” (⁵).

Según prevé el reglamento de 1912, se crearía un organismo central, la Comisión de Mutualidad escolar, que debía ejercer una función controladora sobre todo lo relacionado con estas mutualidades en los aspectos pedagógico, administrativo e inspector. Esta comisión marcaría las normas de administración, ejercería facultades de vigilancia y de difusión para el correcto conocimiento del funcionamiento de las mutualidades.

El reglamento indica que toda escuela puede organizar una Mutualidad, pudiendo pertenecer a ella, de una forma voluntaria, como socios mutualistas todos los alumnos y alumnas entre los tres y dieciocho años, que serían los que tendrían derechos de percibir los beneficios sociales de la asociación. También se prevé que puedan existir socios protectores, entidades o personas que contribuyeran, con sus donativos o aportaciones periódicas, a favorecer económicamente los recursos materiales de la Mutualidad.

El reglamento aprobado en 1912 marca como objetivos de la Mutualidad escolar los siguientes:

  • El ahorro a interés compuesto
  • La constitución de dotes infantiles
  • La formación de pensiones de retiro para la vejez
  • Cualquiera otra de previsión o bien social, tal como los seguros de enfermedad, popular de vida, cantinas, colonias y viajes escolares, las obras antialcohólicas, de cultura, de higiene social, etc. (⁶).

El ya citado E. Solana (1915) completaba estos objetivos: “habituar a los niños en la laboriosidad y el orden, iniciarlos en las prácticas de la economía y el ahorro desde la edad más tierna, hacerles comprender de qué modo se van multiplicando los céntimos ahorrados en los primeros años, y cómo con ellos puede atenderse una desgracia imprevista y aún hacer frente a un revés de fortuna y obtener recursos propios con que establecerse por su cuenta en una profesión u oficio, cuando ellos sean mayores, es trabajar en bien de la humanidad, combatir tendencias nocivas, disciplinar la conciencia, formar el carácter, fomentar por estas aspiraciones el sosiego propio, la seguridad de la familia, la tranquilidad pública, en una palabra, el bienestar social” (⁷).

La propia escuela sería el domicilio social de la mutualidad. Para la organización y administración de la misma debía nombrarse con Consejo Directivo o Junta que estaría formado por: un Presidente, un Secretario, un Tesorero, un Contador y varios Vocales. Estos cargos eran ejercidos por personas mayores, pero, cada uno, debía llevar adjunto un alumno/a con el fin de que éstos pudieran, también, intervenir en el proceso de administración de la mutualidad. Estos alumnos debían ser elegidos por sus compañeros/as y, en las reuniones, tenían voz, pero no voto y se encargarían, además, de realizar las funciones sociales que les otorgara el reglamento.

Las Mutualidades escolares oficiales debían inscribirse en el registro habilitado por el Ministerio de Instrucción Pública, que se establecía en el Instituto Nacional de Previsión. Esta oficialidad posibilitaba el apoyo del Estado a los mutualistas mediante bonificaciones que se aportaban en las libretas de previsión (existía, también, una modalidad de mutualidad libre que no se beneficiaba de las ventajas y bonificaciones estatales).

El capital social de la Mutualidad lo formarían los ingresos de las cuotas o aportaciones de los asociados -que debían constar en el reglamento que cada Mutualidad debía realizar para su inscripción en el registro del Ministerio-, de las suscripciones de los socios honorarios o protectores, de donativos, legados, subvenciones, etc., además de los intereses correspondientes generados por las cantidades ingresadas en las cajas de ahorro.

Cada mutualidad debía comprometerse por reglamento a la celebración anual de una fiesta escolar de previsión en la que se debía conferenciar o leer sobre los beneficios de la previsión y se otorgarían premios a los asociados (se creó una Medalla de Mutualidad Escolar). También debían enviar cada año una memoria de funcionamiento y el envío de cuentas al Ministerio.

Otro teórico del momento sobre los beneficios de las Mutualidades escolares, Fidel M. de Urbina (1921) insistía sobre la necesidad de incluir a las niñas en todo el proceso de instalación de mutualidades escolares: “Toda propaganda de Mutualismo escolar ha de encaminarse a lograr el fin de que las niñas sean tan mutualistas como los niños. En nuestro país, desgraciadamente, la mujer está poco o nada iniciada en los problemas sociales. Se tiene el prejuicio de que la asociación, en cualquiera de sus múltiples formas, representa un derecho y una fuerza reservados exclusivamente para el hombre […]. El ingreso de las niñas en las Mutualidades contribuirá a que se afiancen en la igualdad económica y la consideración social de la mujer, digna de gozar de mayores preeminencias en la vida” (⁸).

Como se puede apreciar, además de un contenido económico, la Mutualidad escolar pretendía aportar a los alumnos y alumnas un contenido educativo y moral, pues, más allá de las pequeñas cantidades ahorradas, además de su posibilidad de previsión para cuando fueran mayores, se incidía en hábitos como el ahorro, la disciplina de la voluntad y la formación del carácter: “Enseñar a ahorrar a los niños es un deber, porque con él se ejercita la previsión, se eleva y ennoblece a la juventud, y se la acostumbra a desasirse del liviano antojo, dando a la tornadiza voluntad del joven la firme tenacidad del maduro pensamiento de la edad viril” (⁹).

Ya se ha indicado que las Mutualidades escolares fueron decretadas como obligatorias en todas las escuelas públicas por Real Decreto de 20 de septiembre de 1919; en este decreto, además, se indicaba que, vinculadas a la Mutualidad, podían establecerse en las escuelas otros servicios de ahorro que contribuyeran a unos determinados fines y promovieran el mejoramiento social: colonias de vacaciones, roperos, excursiones escolares, etc. Además, existían otras instituciones relacionadas con la escuela, pero que, por el contra, tenían un carácter voluntario: colonias escolares (que eran igualmente subvencionadas por el Estado si se ajustaban a los requisitos del decreto de 1911), bibliotecas escolares (aconsejadas en numerosas disposiciones y organizadas por decreto de 1931), cantinas y roperos escolares o campos de demostración agrícola (que, también, tenían subvención estatal). Y, además, se institucionalizaron algunas festividades complementarias: Fiesta del Árbol (establecida como obligatoria para todos los municipios por un decreto de 1915 y cuya organización debía correr a cargo de los ayuntamientos) y Fiestas del Libro y del Maestro (23 de abril y 1 de octubre respectivamente) (¹⁰).

2.- LAS MUTUALIDADES, LOS COTOS Y LOS CAMPOS ESCOLARES CREADOS EN HERVÁS: PERIODOS Y CARACTERÍSTICAS

Una vez realizada una introducción sobre el concepto de Mutualidad escolar, su organización, sus objetivos y sus características analizaremos las mutualidades escolares que funcionaron en la población de Hervás a la luz de la documentación sobre asociaciones encontradas en el Archivo Provincial de Cáceres, única fuente documental -incompleta en ocasiones- en la que hemos encontrado referencias a estas formas de asociacionismo escolar.

En concreto, hemos encontrado documentación sobre Mutualidades escolares en Hervás en dos momentos diferentes:

  • En primer lugar, el periodo cercano a los documentos legislativos de 1911-1912-1919. Una documentación algo más abundante que nos permite conocer reglamentos y características de las Mutualidades escolares creadas en la década de 1920.
  • En segundo lugar, el periodo del primer franquismo del que apenas hemos encontrado otra documentación que los nombres de las Mutualidades escolares creadas o recreadas en Hervás.

 

2.1. Las mutualidades de los años veinte.

Antes de relacionar las Mutualidades escolares creadas en Hervás, debemos indicar que la primera de las mutualidades creadas no fue con niños y niñas, sino que la primera mutualidad que aparece registrada en los libros de Asociaciones del archivo del Gobierno Civil de Cáceres es una Asociación de Maestros del Partido Judicial de Hervás.

 

  • Asociación de Maestros del Partido Judicial de Hervás.

Es de suponer que, una vez notificada la obligatoriedad de crear Mutualidades con los alumnos y alumnas, siguiendo instrucciones desde la Inspección educativa, los maestros y maestras del partido judicial de Hervás decidieran asociarse, probablemente para conocer los beneficios del asociacionismo y probarlo ellos mismos y apoyarse en la creación futura de sus Mutualidades escolares.

El reglamento de esta asociación fue enviado al Gobernador Civil en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Asociaciones vigente. Fue enviado para su aprobación el 4 de julio de 1920, siendo firmado por el Gobernador el día 20 del mismo mes. Consta de diez capítulos que dan cobijo a un total de 27 artículos.

En concreto, y según aparece reflejado en el Capítulo 1º-Artículo 1º del reglamento de su asociación, los objetivos pretendidos eran los siguientes:

1.- Estrechar los lazos de amistad y compañerismo que les ligan.

2.- Defender en común los intereses profesionales.

3.- Pertenecer a las Asociaciones Provincial de Cáceres y Nacional del Magisterio, así como el que voluntariamente lo desee a la sección de socorros mutuos que la última tiene establecida.

4.- Organizar y celebrar conferencias y conversas pedagógicas difundiendo así entre los asociados las nuevas corrientes y los adelantos relacionados con la profesión.

5.- Trabajar por el establecimiento de Mutualidades Escolares en todas las Escuelas del partido que sea posible (¹¹).

Como se aprecia, el punto 5 de este artículo menciona, específicamente, la creación de Mutualidades escolares en las distintas escuelas del partido (partido judicial que, en aquellos momentos, agrupaba a 28 pueblos de la provincia).

El domicilio social de la asociación se estableció inicialmente, tenemos constancia de que varió con el tiempo, en la Escuela nacional de niños de Zarza de Granadilla. Se establecía una cuota inicial de una peseta al mes más las extraordinarias que pudieran determinarse; y se estipulaba una reunión ordinaria anual más las extraordinarias que pudiera acordar la Junta Directiva. Ésta, la Junta Directiva, estaba formada por: Presidente, Vicepresidente, Tesorero, tres Vocales y Secretario: como curiosidad, se indicaba en el reglamento que el vicepresidente y dos vocales elegidos debían pertenecer a pueblos situados en la margen derecha del río Alagón y el resto a pueblos de la margen izquierda, renovándose los cargos de la junta directiva cada dos años.

El primer presidente, según se aprecia en las firmas del reglamento enviado al Gobierno Civil, fue el maestro Gabriel Rivera y el primer secretario el maestro Guillermo Mena Flores.

IMAGEN 1

Firmas en documento Asociación de Maestros del Partido Judicial de Hervás

Fuente: Archivo Provincial de Cáceres. GC-Leg.2806

 

Poca documentación, más allá de este reglamento inicial enviado al Gobernador, hemos encontrado sobre el funcionamiento de esta asociación de maestros. Por algún apunte a mano en los libros de registro de asociaciones del Archivo Provincial sabemos que en algún momento tuvo su sede en Aldeanueva del Camino (quizá la sede rotaba en función de la localidad donde ejercía de maestro el Presidente).

En julio de 1938 la asociación de Maestros del Partido Judicial de Hervás seguía funcionando, siendo su presidente el maestro Ángel Sánchez Herrero de Hervás, acompañado en la junta directiva por Alicio Martín, del pueblo de Palomero, como vicepresidente, José Rubio, de Zarza de Granadilla, como secretario, Aurelia Rodríguez, de Hervás, como Tesorera y Jesús de la Calle, de Abadía, Alejandro Arroyo, de Sauceda, y Ovidio Jaraíz, de Mohedas, como vocales. La asociación, en aquellos momentos, contaba con un remanente en caja de 43,00 pesetas y la componían un total de 47 maestros y maestras (según la declaración jurada que el presidente hizo llegar al alcalde de Hervás para su remisión al Gobierno Civil).

Poco después se produjo la disolución de esta asociación: el 29 de julio de 1939, Ángel Sánchez, el presidente, envía al alcalde de Hervás el acta de disolución de la Asociación de Maestros del Partido Judicial de Hervás en la que se hacía constar que: “en virtud del acuerdo tomado por la Junta Directiva de la Asociación Provincial de Cáceres, de que esta Asociación Parcial es filial, de que se disuelvan las parciales y consecuentes con el aviso-convocatoria aparecido en el “Magisterio Cacereño” de 7 del actual, se procede a la DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN PARCIAL DE MAESTROS DEL PARTIDO DE HERVÁS por unanimidad y se decide que los fondos remanentes de la misma, TREINTA Y OCHO pesetas OCHENTA y CINCO céntimos, sean ingresados en la Protección de Huérfanos del Magisterio” (¹²).

 

  • Mutualidades Escolares de Hervás

Siguiendo la documentación de la sección Gobierno Civil del Archivo Provincial en Hervás llegaron a funcionar, en este periodo, hasta cuatro mutualidades escolares, que fueron fundadas sucesivamente poco después de la fundación de la Asociación de Maestros del Partido Judicial.

PRIMITIVAS MUTUALIDADES ESCOLARES
NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN OBJETO FECHA PRESENTACIÓN REGLAMENTO FECHA DE CONSTITUCIÓN
MUTUALIDAD ESCOLAR

“GENERAL MARVÁ”

Pensión y Ahorro 23 julio 1920 1 agosto 1920
MUTUALIDAD ESCOLAR

“VIRGEN DEL CARMEN”

Pensión y Ahorro 27 enero 1921 4 febrero 1921
MUTUALIDAD ESCOLAR

HERVASENSE

Pensión y Ahorro 27 enero 1921 5 febrero 1921
MUTUALIDAD ESCOLAR

“MARÍA AUXILIADORA”

Pensión y Ahorro 30 agosto 1922 23 julio 1922

Fuente: Archivo Provincial Cáceres. GC-Leg.2806. Elaboración propia.

 

a.- La Mutualidad Escolar “General Marvá”.

El primer documento encontrado de esta mutualidad es su acta de constitución, en la que se indica que, transcurridos los ocho días legales desde el 23 de julio de 1920 en que se hizo la presentación en el Gobierno Civil del reglamento que va a regir a la mutualidad, se estaba en condiciones de constituirla legalmente y proceder a la elección de los cargos directivos de la misma.

La Mutualidad Escolar General Marvá nace vinculada a la Escuela Graduada Nacional de Niños, ubicada en la calle Braulio Navas, nº 8, de Hervás. Los cargos electos fueron los siguientes:

– Presidente:    Modesto Sánchez Gómez                  Maestro

– Secretario:    Antonio Casares Mogollón                Maestro

– Tesorero:       Eduardo Rodríguez Santos                Maestro

– Contador:     Erasto Sánchez Muñoz                      Secretario Juzgado Munic.     – Vocales:        José Rodríguez Trinidad                Cura Párroco

Domiciano Vega Mateos                    Médico

Alfredo González Herrero                 Labrador

 

En el mismo acta se nombran a los alumnos representantes en la Junta Directiva, según la elección legal llevada a cabo:

– Presidente adjunto:              José Chamorro Mártil

– Secretario adjunto:               Guillermo Gómez Cabrera

– Tesorero adjunto:                 Moisés Sánchez Gil

– Contador adjunto:                Antonio González Aguilar

– Vocales adjuntos:                 Pascual González Ciprián

José Vega Peña

Antonio Muñoz

IMAGEN 2

Mutualidad Escolar General Marvá de Hervás

Fuente: Archivo Provincial de Cáceres. GC-Leg.2806

 

La Mutualidad Escolar General Marvá quedó inscrita en el Registro especial del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes por real orden de 15 de octubre de 1920.

Por la documentación encontrada, bastante incompleta, como la de todas las Mutualidades escolares reseñadas, conocemos que en 1926 contaba, a principios de año, con un total de 43 mutualistas, pero se produjeron 20 bajas por falta de pago, por lo que el total de mutualistas a finales de año era de 23, aunque en una anotación manuscrita al margen se indica que sólo tres niños estaban al corriente de pagos de sus cuotas. Un año después, a finales de 1927, sólo quedaban seis niños mutualistas.

El balance económico del año 1926 indicaba que los ingresos (por cuotas de dote infantil, imposiciones de ahorro y otros ingresos) ascendía a 274,22 pesetas. Las salidas (ingresos en el Instituto Nacional de Previsión y en la Caja de Ahorros, y otros gastos) sumaban la misma cantidad que los ingresos.

En el reglamento de la mutualidad (un impreso estándar en el que se rellenaba determinada información de forma particular) nos encontramos otros datos de interés: los mutualistas pagaban para ingresar en la mutualidad 20 céntimos, siendo la cuota ordinaria semanal de 10 céntimos, cinco de los cuales se destinarían a una Caja de socorros mutuos para casos de enfermedad y otros cinco irían destinados a formar una dote infantil. Para tener derecho al subsidio de enfermedad se establecía que el socio debía llevar, como mínimo, tres meses adscrito a la mutualidad y estar al corriente de los pagos. El subsidio establecido en el reglamento por socorro mutuo de enfermedad es de diez céntimos diarios durante el primer mes y cinco céntimos diarios durante los dos meses siguientes (aunque se especifica que este subsidio podría aumentarse según las circunstancias y a juicio de la junta directiva). También se establecía que los cargos directivos se renovarían, en su mitad, cada año.

IMAGEN 3

Reglamento Mutualidad Escolar General Marvá de Hervás

Fuente: Archivo Provincial de Cáceres. GC-Leg.2806

 

Un documento sellado por la Alcaldía de Hervás en julio de 1938 informa de que en esos momentos la Mutualidad tenía “paralizada su vida”, aunque la volveremos a ver mencionada durante los tiempos del primer franquismo

IMAGEN 4

Composición de la Mutualidad Escolar General Marvá en 1926

Fuente: Archivo Provincial de Cáceres. GC-Leg.2806

 

 

Quizá llame la atención el nombre de esta mutualidad, no ligado con ningún nombre local ni con ninguna adscripción religiosa como podía ser habitual. El tal general Marvá era José Marvá y Mayer, nacido en Alicante en 1846 y fallecido en Madrid en 1937; ingeniero y militar, fue fundador de la Inspección de Trabajo y llegó a ser presidente del Instituto Nacional de Previsión, considerado como un puntal del actual sistema de Seguridad Social, hecho que, sin duda, originó que se tomara su nombre para nombrar a esta primera Mutualidad escolar de Hervás.

IMAGEN 5

José Marvá y Mayer

Fuente: https://www.eldebate.com/historia/20220108/jose-marva-mayer-general-gano-batallas-obreros.html

 

b.- La Mutualidad Escolar “Virgen del Carmen”.

La primera Mutualidad femenina nació vinculada a la Escuela Nacional de niñas nº 2 de Hervás regentada por la maestra Tomasa Díaz. El reglamento fue presentado en el Gobierno Civil el 27 de enero de 1921 por lo que, tras los ocho días que reglamentaba la ley de Asociaciones de 1887, se procedía a la constitución de la Mutualidad escolar y la elección de cargos que recayeron en las siguientes personas:

– Presidenta:                Tomasa Díaz

– Secretaria:                 Cruz Lumeras

– Tesorera:                   Joaquina Municio

– Contadora:               Antonia Díaz

– Vocales:                    Benita Pérez

Águeda Pérez

Hipólita Pérez

 

La presidenta mostró a la Junta Directiva la relación de alumnas representantes en la misma, según la elección legal llevada a cabo:

– Presidenta adjunta:              Úrsula Lumeras

– Secretaria adjunta:               Alicia Hernández

– Tesorera adjunta:                  Manuela Gómez

– Contadora adjunta:              Paula Pérez

– Vocales adjuntas:                 Antonia Arias

Casilda Hernández

Aurora Barrios

 

Según se hace constar en el Reglamento de la mutualidad, las mutualistas debían pagar una cuota de ingreso de 25 céntimos y como cuota ordinaria pagarían, como en la anterior, 10 céntimos semanales, destinados de la misma manera: cinco céntimos con destino a una Caja de socorros mutuos para casos de enfermedad y otros céntimos para formar una dote infantil. Se estableció, como socorro mutuo, un subsidio de quince céntimos diarios durante el primer mes en que se hallaran enfermas y de diez céntimos diarios durante los dos meses siguientes. Se establecía que si se precisaba un socorro más prolongado sería la Junta Directiva la que tomaría las decisiones oportunas.

 

c.- La Mutualidad Escolar Hervasense.

Según el acta de constitución, la Mutualidad Escolar Hervasense se establecía vinculada con la escuela Nacional ubicada en la calle Convento nº 2 cuyo titular y director era Alejandro Cirilo Martín Castillejo. Con fecha 27 de enero de 1921, como la anterior, se envió el reglamento al Gobierno Civil tras lo cual se procedió a su constitución y a la elección de cargos de la Junta Directiva que quedaron repartidos de la siguiente manera:

– Presidente:                Alejandro Cirilo Gómez Castillejo

– Secretario:                Teófilo Hernández González

– Tesorero:                   Martín del Arco

– Contador:                 Germán González Martín

– Vocales:                    Salomé Díaz Martín

Gabriel González Neila

Antonio Gómez Jiménez

Joaquín Sánchez Vicente

Julio Peña Arroyo

 

Los alumnos elegidos para estar presentes en la Junta Directiva fueron:

– Presidente adjunto:             Salomé Díaz Calvelo

– Secretario adjunto:               Agapito González Castellano

– Tesorero adjunto:                 César del Arco Hernández

– Contador adjunto:                Marcial Sánchez Pérez

– Vocales adjuntos:                 Serapio Peña Arrojo

Diocleciano Hernández Porto

Ángel Sánchez López

Julio Castellano González

Marcelino Díaz Calvelo

 

La cuota de ingreso para los mutualista quedaba establecida en el reglamento en 0,25 pesetas, con 10 céntimos de cuota semanal, que quedarían destinados de la siguiente manera: 3 céntimos destinados a la caja de socorros mutuos para casos de enfermedad y 7 céntimos para componer la dote infantil. En caso de enfermedad se establecía, como socorro mutuo, un subsidio de 10 céntimos diarios durante el primer mes de enfermedad y 5 céntimos diarios durante los dos meses siguientes, siempre que el mutualista llevara formando parte de la mutualidad durante seis meses estuviera al día de pagos de cuotas. Esta Mutualidad Escolar Hervasense es la única que fija un subsidio funerario: se pagarían 15 pesetas a la familia del mutualista fallecido.

 

d.- La Mutualidad Escolar “María Auxiliadora”.

Esta segunda Mutualidad Escolar femenina se establecía vinculada a la 1ª Escuela Nacional de niñas que regentaba la maestra Francisca Villoria y que estaba ubicada en la plaza del Hospital (dependencias del antiguo convento de Trinitarios, hoy Hospedería de Turismo). Como en los casos anteriores, tras el envío del reglamento al Gobierno Civil el día 25 de junio de 1922 se procedía, tras los ocho días legales, a la constitución de la mencionada mutualidad, procediendo, además, a la elección de cargos que se repartieron de la siguiente manera:

– Presidenta:                Victoria Martín

– Secretario:                Ana de Piña

– Tesorero:                   Francisca Villoria

– Contadora:               Esperanza Neila

– Vocales:                    Marciana Gil

Luisa Rubio

Estanislada Martín

 

Como representantes de las alumnas fueron elegidas para los cargos:

– Presidenta adjunta:              Blanca Sánchez

– Secretaria adjunta:               Dolores Peña

– Tesorera adjunta:                  Natalia Mediante

– Contadora adjunta:              Enriqueta Peralejo

– Vocales adjuntos:                 María Ramírez

Encarnación del Arco

Olegaria Gil

 

La cuota de entrada de mutualistas quedaba fijada en el Reglamento de la mutualidad en 25 céntimos, estableciéndose como cuota semanal 10 céntimos que serían repartidos de la misma forma que en las anteriores mutualidades. Se establecía como socorro de enfermedad la cantidad de 10 céntimos diarios durante el primer mes y 5 céntimos diarios durante los dos meses siguientes siempre que se estuviera al día en el pago de cuotas y llevara como mutualista al menos tres meses. Como curiosidad, en el reglamento de esta mutualidad se indicaba que, en caso de fallecimiento de una mutualista, “la Mutualidad no abonará a su familia cantidad alguna en concepto de subsidio funerario” (¹³). Los cargos directivos se renovarían cada dos años.

Como se aprecia, funcionaron en Hervás, suponemos que con altibajos y con variaciones en el número de mutualistas, cuatro Mutualidades escolares durante los años veinte (gobierno de Alfonso XIII y Dictadura de Primo de Rivera) y durante los años de la II República. Probablemente, el mayor o menor éxito de las mutualidades y del mayor o menor número de mutualistas dependía del empeño e interés que pusiera el maestro al cargo de cada mutualidad y del empeño de la administración educativa en la inspección de su funcionamiento.

 

  • Las mutualidades durante el primer franquismo.

Quizá durante los primeros momentos del franquismo se intentara relanzar este movimiento de mutualismo escolar, no hemos encontrado en la bibliografía muchas referencias al respecto. Lo que sí es cierto es que la documentación encontrada en el Archivo Provincial es mucho menor que en el caso del inicio de estas mutualidades escolares.

En concreto, tenemos conocimiento del funcionamiento de las siguientes Mutualidades escolares en Hervás entre los años 1936 y 1948:

MUTUALIDADES ESCOLARES PRIMER FRANQUISMO
NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN OBJETO FECHA PRESENTACIÓN REGLAMENTO FECHA DE CONSTITUCIÓN
MUTUALIDAD ESCOLAR

“SANTIHERVÁS”

Enseñanza 10 noviembre 1936
MUTUALIDAD ESCOLAR

“GENERAL MARVÁ”

Ahorro 17 diciembre 1948 12 noviembre 1948
MUTUALIDAD ESCOLAR

“STMO. CRISTO DE LA SALUD”

Ahorro 17 diciembre 1948 12 noviembre 1948

Fuente: Archivo Provincial Cáceres. GC-Leg.2806. Elaboración propia.

Sólo de la primera de las mutualidades escolares reseñadas en el cuadro anterior hemos encontrado una documentación similar a las del periodo anterior; su reglamento, aunque sin el acta de constitución, lo que nos priva de conocer los nombres de los miembros integrantes en la junta directiva.

Sabemos que la Mutualidad Escolar Santihervás (nombre de uno de los ríos del municipio) se funda vinculada con la Escuela Nacional Unitaria de niños nº 2 regida por el maestro Ángel Sánchez Herrero. El reglamento de la mutualidad fue enviado al Gobierno Civil de Cáceres con fecha de 31 de octubre de 1936, quedando registrada en el libro de Asociaciones de dicho gobierno con fecha de 10 de noviembre y con el número de registro: 2592.

Por este reglamento sabemos que la cuota de ingreso en la mutualidad era de 1 peseta (cuatro veces el importe de las de 1921) y que la cuota ordinaria era de 10 céntimos semanales “de los cuales se dedicarán cinco céntimos a contratar un seguro dotal infantil, liquidable a los veinte o veinticinco años de edad, con la obligación de destinar a la adquisición de renta vitalicia una parte del capital dotal, no menos al que resulte de la capitalización de una peseta anual y cinco céntimos de fondo de la Mutualidad para socorros y fines culturales infantiles” (¹⁴). El subsidio previsto por socorro mutuo de enfermedad en este reglamento asciende a veinticinco céntimos diarios durante el primer mes de la enfermedad y quince céntimos diarios durante los dos meses siguientes (indicando el reglamento que para socorros más prolongados decidiría la Junta Directiva), siempre que el mutualista lleve perteneciendo a la asociación estando al corriente del pago de cuotas durante, al menos, seis meses. En caso de fallecimiento el reglamento prevé el pago de 9 pesetas de subsidio a la familia del mutualista fallecido. Se preveía que los cargos de la Junta Directiva fueran renovados cada dos años.

El reglamento aparece firmado por Ángel Sánchez Herrero y José González Alderete que serían, previsiblemente, los dos cargos más importantes de la mutualidad (respectivamente, el Secretario y el Presidente).

Un segundo impulso mutualizador en este periodo postbélico parece que debió desarrollarse unos años después, ya con el franquismo consolidado en el poder y con sus estructuras políticas, administrativas y, en lo que nos ocupa, educativas consolidadas o en vías de consolidación: a finales de los años 40, muy concretamente en 1948, encontramos simples anotaciones en los libros de Asociaciones del Gobierno Civil, sin más documentación (ni actas de constitución ni reglamentos) de dos mutualidades existentes en Hervás en esos momentos: la reactivada Mutualidad Escolar General Marvá y la Mutualidad Escolar Santísimo Cristo de la Salud, anotación que informa que ambas fueron constituidas el día 12 de noviembre de 1948 y ambas presentaron sus reglamentos ante el Gobierno Civil el día 17 de diciembre de 1948. Sin información de sus condiciones de funcionamiento, sus características o su periodo de existencia.

 

  • Los Cotos Escolares. El coto Escolar Pérez Comendador.

Como complemento y perfeccionamiento de las actividades del mutualismo escolar pronto se pondrá en marcha la creación de cotos escolares: “Los cotos escolares eran asociaciones de alumnos dirigidas por sus maestros que, mediante el trabajo solidario y productivo desarrollado a través de una actividad agrícola, forestal, industrial o artística, con fines educativos, pretendían ser una fuente de recursos para las mutualidades escolares. Además de una finalidad pedagógica se les atribuyó un fin social (práctica del mutualismo y de la previsión) y un fin económico (recabar ingresos para la escuela, incrementar la riqueza forestal)” (¹⁵).

 

Los cotos escolares eran concebidos a modo de pequeñas cooperativas que pretendían vincular la escuela con su entorno, tanto físico como social. Su finalidad principal era la obtención de recursos para complementar las dotes infantiles y las libretas de ahorro, premiar la gestión del maestro o conseguir otros fines de carácter social. Estaban pensados como apoyo del maestro en el adiestramiento de sus pupilos y para contribuir a inculcarles el mutualismo y espíritu cooperativo.

Antonio Lleó Silvestre, sociólogo e ingeniero de montes que desempeñó el cargo de Secretario de la Comisión Nacional de Mutualidades y Cotos Escolares de Previsión, definía los cotos escolares como “toda agrupación nacida o vinculada a la escuela, que desarrolla una actividad cooperadora, con el fin de obtener recursos que, por su destino futuro e inspirado por el interés común, facilita a la escuela la tarea de educar prácticamente a la juventud dentro de la disciplina y hábitos del mutualismo y la previsión” (¹⁶).

Los cotos escolares podían tener un contenido agrícola o forestal (agrícola, frutícola, ganadero, hortícola, piscícola, …), artístico o de manualidades (pintura, marquetería, encuadernación, repujado en cuero, trabajos en madera, …), literario o teatral, folclórico, deportivo, etc. En general, se pretendía que el contenido del coto tuviera relación con el medio en el que se situaba la escuela (rural o urbano), la preparación o preferencias del docente, etc.

Los fines que se pretendía que cumplieran los cotos escolares eran similares a los de las Mutualidades:

  • Pedagógicos (espíritu de observación y reflexión, …)
  • Económicos (despertar el conocimiento por quehaceres del entorno próximo, …)
  • Social (práctica del mutualismo y el trabajo en equipo, …)

Una diferencia importante entre el Coto Escolar y la Mutualidad era que estas últimas eran consideradas como obligatorias por ley, en tanto que los cotos eran voluntarios y se consideraban como un mérito para el maestro o maestra que lo ponía en funcionamiento (incluso estaban establecidos premios institucionalizados para cotos productivos).

El coto escolar estaba regido por una Junta Directiva que era la misma que la de la Mutualidad a la que estaba vinculada.

 

 

COTOS ESCOLARES PRIMER FRANQUISMO
NOMBRE DE LA ASOCIACIÓN OBJETO FECHA PRESENTACIÓN REGLAMENTO FECHA DE CONSTITUCIÓN
COTO ESCOLAR

“PÉREZ COMENDADOR”

Ahorro 17 diciembre 1948 12 noviembre 1948

Fuente: Archivo Provincial Cáceres. GC-Leg.2806. Elaboración propia.

El único coto escolar del que tenemos noticia que funcionó en las escuelas de Hervás fue un coto denominado Pérez Comendador. Sabemos de su existencia porque aparece registrado en libros sobre Asociaciones provinciales en el Gobierno Civil y sabemos que se estableció a finales de 1948, pero no hemos encontrado más noticias del mismo, ni reglamento, ni acta de constitución, por lo que desconocemos el contenido a que se dedicó o a cuál de las escuelas (y, por lo tanto, el maestro o maestra que lo impulsó) estuvo vinculado.

IMAGEN 6

Ilustración de Juan Bernal para el libro Horizontes abiertos. El libro de la Previsión Escolar (1952)

 

Hemos conocido, a través de una breve noticia de prensa, que aún estaba en funcionamiento en 1955. En una noticia aparecida en el periódico HOY del día 27 de febrero de ese año se informa sobre la entrega, por parte de la Diputación provincial, de premios a niños y maestros mutualistas y de la entrega de subvenciones a cotos escolares: entre los cotos escolares subvencionados aparece citado el coto escolar Pérez Comendador de Hervás, al que se le otorgó una subvención de 1500 pesetas (¹⁷).

IMAGEN 7

Recorte de prensa HOY, 27/02/1955

 

Enrique Pérez Comendador fue un conocido escultor nacido en Hervás en 1900. Formado en la Escuela de Artes, Industrias y Bellas Artes de Sevilla y en el taller del escultor Joaquín Bilbao, destacó desde temprana edad, consiguiendo la 3ª Medalla en la Exposición Nacional de Bellas Artes de 1925 y en 1930 y 1932 consiguió la Segunda y Primera Medallas respectivamente en las mismas Exposiciones Nacionales de Bellas Artes. En 1925 ganó el concurso para realización del Monumento a Gabriel y Galán que existe aún en Cáceres (también son suyas las esculturas de San Pedro de Alcántara -1954- y Hernán Cortés -instalada en 1986-). Tras una estancia de varios años en Roma, en 1941 ingresó en la Escuela Central de Bellas Artes de San Fernando. Tras larga y prolífica carrera falleció en Madrid en 1981. El pueblo de Hervás le nombró Hijo Predilecto en 1951; el Museo Pérez Comendador-Leroux de Hervás recoge gran parte de su obra artística.

 

  • El Campo escolar de experimentación agraria de Hervás.

Pensamos que este trabajo nos quedaría un tanto incompleto sin una alusión, al menos, al campo escolar que funcionó en las escuelas de Hervás ya que la creación y desarrollo de los campos escolares responde a una filosofía y un pensamiento pedagógico similar al de las mutualidades y los cotos escolares en la búsqueda de una educación integral.

Un campo escolar era un terreno adjunto a la escuela que se destinaba a la experimentación escolar agrícola. Fueron instaurados por primera vez en 1905 en poblaciones de 750 habitantes o más, pero fue por orden del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes de 17 de octubre de 1921 cuando se reguló la creación de estos campos agrícolas anejos a las escuelas nacionales. El preámbulo de esta Real Orden indicaba: “porque la Escuela rural, al forjar las almas, debe hacer amar la vida del campo, del propio modo que a la Escuela de la ciudad incumbe hacer estimar la agricultura. Misión del Maestro es dirigir la atención de los niños hacia la Naturaleza y despertarles la afición a los hábitos y trabajos rurales, sembrar en las tiernas inteligencias las verdades primordiales de la ciencia agronómica moderna y abrirles el camino de una perfección cultural que, sin esa labor previa de la Escuela, mañana rechazaría su ignorancia» (¹⁸).

El campo agrícola era un lugar de experimentación donde ensayar semillas, abonos, cultivos…, ensayos que los alumnos debían anotar en su cuaderno agrícola. Los principales problemas que tuvo la instalación de los campos escolares fueron los de poder contar con maestros que tuvieran los conocimientos adecuados y disponer de los fondos para su puesta en marcha y funcionamiento.

En el campo y gozando de los beneficios de la naturaleza, preparan los niños su parcela para la siembra; pesarán y seleccionarán las semillas, buscarán la compatibilidad del terreno con el cultivo a que se dedique, se acostumbrarán al uso de abonos y fertilizantes adecuados, realizarán sencillas prácticas de maquinaria agrícola; y burla burlando, perderán la rutina instruyéndose en las experiencias agronómicas, poniéndose en condiciones de entender y practicar los consejos de los agrónomos y buenos vulgarizadores agrarios” (¹⁹).

El campo escolar de Hervás fue creado por Real Orden de 17 de diciembre de 1921 en la que, además, se nombraba director del campo escolar al maestro Modesto Sánchez Gómez.

Poco después, el 10 de marzo, en la Gaceta de Madrid, se notificaba que el maestro Modesto Sánchez había remitido correctamente el contrato del terreno que iba a ser destinado a campo agrícola de Hervás y que se le asignaba la cantidad de 1000 pesetas de subvención anual.

El Ayuntamiento de Hervás preparó, para el día 18 de junio de 1922, con la presencia del Inspector Jefe de Primera Enseñanza de la provincia de Cáceres y otras personalidades, un acto de inauguración del campo escolar de experimentación agrícola en la Escuela Nacional Graduada de niños dirigida por el maestro Modesto Sánchez: “para solemnizar la inauguración del Campo citado y tengan de ello recuerdo los escolares mutualistas se imponga una peseta a favor de cada uno de los niños y niñas que figuren inscritos en las Mutualidades existentes en la actualidad en las Escuelas públicas de esta villa […] Que igualmente asistan a dichos actos para amenizarlos los principales tocadores de guitarras y bandurrias en la misma forma que se hizo cuando se inauguraron las Escuelas Graduadas gratificándolos con cincuenta pesetas y por último se invite también a los Sres. Vocales de la Junta Local de Primera Enseñanza por medio de oportuno oficio así como por bando al vecindario” (²º).

Unos meses más tardes, en septiembre de ese mismo 1922, el pleno del Ayuntamiento de Hervás trataba sobre los terrenos necesarios para el desarrollo del Campo escolar agrario. “Se acordó igualmente por unanimidad conceder el terreno que se considere necesario en El Lomito para completar el Campo Escolar de experimentación agrícola anejo a la Escuela Nacional graduada de niños dirigida en la actualidad por el maestro D. Modesto Sánchez Gómez […] haciéndose constar que esta concesión de terreno será sólo por el término de seis años, prorrogable después por el tiempo que dure expresado campo agrícola subvencionado por el Estado, conservando por tanto siempre la propiedad de estos terrenos el Ayuntamiento” (²¹).

En la Gaceta de Madrid del día 14 de marzo de 1926 se indicaba que, por traslado a otra escuela del titular, se nombraba nuevo director del campo escolar agrícola de Hervás al maestro Alejandro Cirilo Gómez Castillejo (²²). El 11 de marzo de 1936, tras renuncia de este maestro, fue nombrado nuevo director del Campo de demostración agrícola el maestro Ángel Sánchez Herrero (²³).

En este año de 1936 el tema del campo escolar generó cierto enfrentamiento entre los miembros de la corporación municipal del Frente Popular y este nuevo maestro responsable del campo. El 25 de marzo la corporación está discutiendo sobre el uso y destino del campo de experimentación escolar, ya que se estima que este uso no responde al que fue concebido en sus orígenes, por lo que la corporación decidió retirar la concesión del terreno que venía utilizando el campo desde 1922 “por entender que no es usufructuado por los niños de las Escuelas Graduadas a quien fue concedido este terreno concretamente, y que se comunique al actual Director del mismo y al Sr. Inspector de 1ª
Enseñanza de esta provincia
” (²⁴). El maestro Ángel Sánchez y el presidente de la Junta Escolar de 1ª Enseñanza de Hervás enviaron escritos al Ayuntamiento solicitando que se dejara sin efecto el acuerdo anterior, pero los miembros del Ayuntamiento, en sesión de pleno del 3 de abril, “acordaron por unanimidad desestimarlos por entender que los razonamientos que en los mismos se consignan no son suficientemente persuasivos para modificar el acuerdo reclamado” (²⁵).

Tras el golpe militar de julio de 1936 y empezado ya el nuevo curso escolar, el maestro Ángel Sánchez hizo otro escrito a los gestores del nuevo ayuntamiento en el que solicitaba la concesión de los terrenos ya que, argumentaba, había sido “perseguido” por no participar de la ideología del Frente Popular:

Campo Escolar de Demostración Agrícola. Hervás: Por acuerdo de 25 de marzo del corriente año, el Ayuntamiento de entonces, retiró la concesión del terreno cercado del ´Lomito´, que desde septiembre de 1922 estaba cedido para Campo Escolar en esta villa, sin otra razón fundamental para ello, que la de no ser Director de dicho Campo el Director de la Graduada.

La verdadera razón era la pasión persecutoria hacia quien no era su correligionario, sin reparar destruían una obra de muchos años instructiva y beneficiosa para los escolares hervasenses.

Como ese Ayuntamiento o Comisión Gestora de su digna presidencia viene a reparar persecuciones injustas y lesivas, restableciendo el verdadero concepto de Administración y Patria, ruégole me autorice, como Director del Campo de Demostración Agrícola escolar de Hervás, a roturar y seguir usando ese ´Lomito´ como antes se ha venido haciendo, en bien de la Enseñanza y la Infancia.

Dios guarde a V. muchos años. Hervás, 13 de octubre de 1936.

El Maestro Director: Ángel Sánchez” (²⁶).

En anotación manuscrita al margen de esta carta, se indica que se concedió la autorización pedida el día 16 de octubre, por lo que el campo de experimentación agrícola de Hervás dispuso, de nuevo, de terrenos para desarrollar su actividad.

Es la última información encontrada sobre el funcionamiento de este campo escolar agrícola de Hervás. Desconocemos cuál fue su destino a partir de 1936 y cuánto tiempo estuvo en funcionamiento.

 

A modo de conclusión

Mutualidades y cotos escolares, campos de experimentación agrícola, a los que habría que añadir cantinas escolares, colonias veraniegas, etc. Todo un conjunto de medidas y actividades desarrolladas en las primeras décadas del siglo XX puestas en práctica por educadores y reformadores sociales que concibieron una escuela desde las que se podían prevenir y remediar los males de la infancia. El movimiento educativo del momento puso sus ojos en la reforma legislativa y pedagógica, creando numerosas instituciones que permiten apreciar que, ya hace un siglo, la escuela pública pretendía ser un organismo que iba más allá del aula-clase y que promovía pedagogías con carácter innovador.

Estas prácticas pedagógicas complementarias buscaban favorecer una relación más directa entre profesores y alumnado y, al menos en la teoría, dotar a estos escolares de mecanismos para mejorar la convivencia y el desarrollo de aptitudes encaminadas a enriquecer su futuro profesional y completar su cultura primaria orientándoles hacia una iniciación profesional mediante aprendizajes basados en la observación directa y en pedagogías utilitarias y con finalidad práctica.

 

NOTAS:

(¹) López Núñez, A. (1935): Las mutualidades escolares. Curso para funcionarios del Instituto Nacional de Previsión. Madrid; Imprenta y Encuadernación de los sobrinos de la sucesora de M. Minuesa de los Ríos.

http://bvingesa.msc.es/bvingesa/es/catalogo_imagenes/grupo.cmd?path=1001261&responsabilidad_civil=on. Consultado el 23/03/2023

(²) Anales del Instituto Nacional de Previsión. Año XXV; num. 105; Sept-Oct. 1933. Pag. 653.

(³) Solana, E. (1915): La Mutualidad Escolar. Su origen, organización, desarrollo y trascendencia. Madrid. El Magisterio Español; pag. 17.

(⁴) Montero Pedrera, A.M. (2005). Infancia y ahorro: las Mutualidades Escolares en Sevilla y su reflejo en la prensa (1923-31). En Paulí Dávila y Luis M. Naya. La infancia en la historia: espacios y representaciones. San Sebastián: Espacio universitario Erein, pp. 422-429.

https://idus.us.es/bitstream/handle/11441/38687/Infancia_y_ahorro_las_mutualidades_escolares_en_sevilla.pdf?sequence=1&isAllowed=y. Consultado el 23/03/2023

(⁵) Gimeno, A (1911): Gaceta de Madrid nº 195, 14/07/1911. Exposición al proyecto de real decreto para aprobación del régimen oficial de mutualidades escolares; pag. 184.

(⁶) Gaceta de Madrid (4/07/1912). Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes. Reglamento de Mutualidad Escolar. Capítulo II; artículo 5.

(⁷) Solana, E. (1915): La Mutualidad Escolar. Su origen, organización, desarrollo y trascendencia. Madrid. El Magisterio Español; pag. 12.

(⁸) Anales del Instituto Nacional de Previsión. Año XIII; num. 50; Oct.-Dic. 1921. Las Mutualidades Infantiles en España por F. M. de Urbina; pag. 262.

(⁹) El Previsor. Revista mensual de economía práctica. Año XLIII; 2ª época; nº 52. Abril, 1927; pag. 51.

(¹⁰) Montero Pedrera, A.M. (2005). Infancia y ahorro: las Mutualidades Escolares en Sevilla y su reflejo en la prensa (1923-31). En Paulí Dávila y Luis M. Naya. La infancia en la historia: espacios y representaciones. San Sebastián: Espacio universitario Erein, Pp. 422-429.

(¹¹) Reglamento de la Asociación de Maestros del partido judicial de Hervás. Archivo Provincial de Cáceres. GC-Leg.2806. Asociación de Maestros, 1920-1939.

(¹²) Reglamento de la Asociación de Maestros del partido judicial de Hervás. Archivo Provincial de Cáceres. GC-Leg.2806. Asociación de Maestros, 1920-1939.

(¹³) Reglamento de la Mutualidad Escolar María Auxiliadora. Archivo Provincial de Cáceres. GC-Leg.2806. Asociación de Maestros, 1920-1939

(¹⁴) Reglamento de la Mutualidad Escolar Santihervás en Hervás. Archivo Provincial de Cáceres. GC-Leg.2806. Asociación de Maestros, 1920-1939.

(¹⁵) López Martínez, J.D. y López Banet, L. (2017): Cotos escolares: espacios educativos para la enseñanza de las ciencias en la escuela española del siglo XX. Bordón; Revista de Pedagogía. Vol. 69; nº 3. Sociedad Española de Pedagogía; pag. 162.

(¹⁶) Citado en: Santos Tuda, A. (1969): Mutualidades y Cotos escolares. Editorial Magisterio Español S.A.; pag. 30.

(¹⁷) HOY, 27 de febrero de 1955.

(¹⁸) Real Orden disponiendo se establezcan campos agrícolas anejos a las Escuelas Nacionales. Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes. Gaceta de Madrid, nº 299. 26 de octubre de 1921; página 283.

(¹⁹) La Escuela y la Agricultura. El Adelanto. Diario de Salamanca. 26 de febrero de 1926; pag. 2.

(²º) Archivo Municipal de Hervás. Libro de Actas de sesiones de pleno del Ayuntamiento. 13 de junio de 1922.

(²¹) Archivo Municipal de Hervás. Libro de Actas de sesiones de pleno del Ayuntamiento. 24 de septiembre de 1922.

(²²) Gaceta de Madrid, nº 73; 14 de marzo de 1926.

(²³) Gaceta de Madrid, nº 77; 17 de marzo de 1936.

(²⁴) Archivo Municipal de Hervás. Libro de Actas de sesiones de pleno del Ayuntamiento. 25 de marzo de 1936.

(²⁵) Archivo Municipal de Hervás. Libro de Actas de sesiones de pleno del Ayuntamiento. 3 de abril de 1936.

(²⁶) Archivo Municipal de Hervás. Legajo 50. Correspondencia 1936.

 

Nov 282022
 

Pedro Emilio López Calvelo

 

No son abundantes los estudios sobre la arquitectura escolar en Extremadura. La provincia y la ciudad de Cáceres en los años 60 y principios de los 70 del siglo pasado, favorecidas por la expansión económica y social del momento, verán cómo se levantan nuevos centros escolares que provocaron un alza considerable en la calidad de la enseñanza en la época. Uno de ellos fue el centro escolar objeto de este trabajo.

Tratar de investigar los orígenes y la puesta en funcionamiento de un centro de enseñanza requiere la necesidad de consultar diferentes fuentes: en nuestro caso ha sido imprescindible la consulta en el Archivo Municipal de Cáceres, en los Archivos de la Diputación Provincial y en el Histórico Provincial, así como en el archivo de documentación y proyectos de la Delegación Provincial del Ministerio de Educación; finalmente hemos recurrido a la consulta de hemerotecas de publicaciones periódicas de la ciudad (Biblioteca Pública y Biblioteca Central de la Universidad de Extremadura), además de la consulta en otras hemerotecas digitales (Biblioteca Nacional, Biblioteca de Prensa Histórica, hemeroteca de la Diputación Provincial,…).

 

1.- UN NUEVO INSTITUTO PARA LA CIUDAD DE CÁCERES: EL INSTITUTO DE BACHILLERATO Nº 2 – INSTITUTO FEMENINO

Es conocido que la ciudad de Cáceres cuenta con el instituto de enseñanza más antiguo de la región extremeña: el Instituto Provincial de Segunda Enseñanza que fue fundado en 1839 y ubicado en el casco antiguo de la ciudad de Cáceres, en el edificio construido en estilo barroco por la Compañía de Jesús en el siglo XVIII (después Colegio Menor femenino y hoy centro de la Escuela Superior de Arte Dramático de Extremadura). A partir de 1964 el Instituto Nacional de Enseñanza Media “El Brocense” –nombre que recibiría desde entonces- se trasladó a un conjunto de edificios construidos en los terrenos de la zona conocida como “El Rodeo” ¹.

Pero este nuevo instituto de enseñanza se quedó pronto pequeño para la creciente demanda de plazas escolares por parte de los jóvenes cacereños en la década de los 60 del siglo pasado. Por ello, para intentar solucionar este problema de falta de plazas de enseñanza secundaria, los integrantes de la corporación municipal considerarán necesario la creación de un nuevo instituto, destinado inicialmente para la población femenina de la ciudad, que hoy tiene el nombre de IES Norba Caesarina.

Podemos seguir el proceso de la creación del nuevo centro escolar a través de las actas de pleno del Ayuntamiento y de la Diputación provincial y del seguimiento de la prensa del momento.

El acta de pleno de Ayuntamiento de Cáceres del día 10 de diciembre de 1965, un precioso y extenso documento, que se adjunta como anexo final a este artículo, permite conocer el origen del actual instituto Norba Caesarina. Según este acta, un informe del Sr. Alcalde, D. Alfonso Díaz de Bustamante y Quijano, indica que, como indicamos, el instituto El Brocense se había quedado pequeño para la ciudad por lo que, puesto en contacto con la Dirección General de Enseñanza Media, ésta se había comprometido a construir un nuevo instituto, extensión inicial del existente El Brocense, en cuanto desde el Ayuntamiento se dispusiera de los terrenos necesarios. Por ello, el Alcalde propuso a la corporación emprender la compra de locales adecuados (previendo dos fases constructivas) para la construcción de este nuevo instituto con una capacidad de 1200 plazas más, que pudieran ser para chicas” ².

El periódico HOY del día 22 de diciembre de 1965, haciendo una recopilación de noticias del año a punto de concluir tituló: “Se construirá en Cáceres un Instituto Nacional de Enseñanza Media Femenino para 1200 plazas femenino”. Y, más adelante, indicaba: “Aparecen las primeras noticias que a lo largo del año se fueron confirmando de que pronto contará nuestra ciudad con un nuevo Instituto Nacional de Enseñanza Media para 1200 plazas femenino. Actualmente sabemos que el Ayuntamiento con ayuda de la Diputación se propone hacer la oportuna cesión de terrenos a la Dirección general de Enseñanza Media con tal fin” ³.

IMAGEN 1: Recorte de prensa. HOY, 22 diciembre 1965

 

Este artículo de prensa nos informa, además, de que el Ayuntamiento de Cáceres contó con la colaboración de la Diputación Provincial para la adquisición de los terrenos necesarios para la construcción del instituto.

En el acta de la sesión de pleno de la Diputación Provincial de Cáceres del día 30 de diciembre de 1965 se pueden apreciar los términos de esta colaboración entre Ayuntamiento y Diputación para conseguir unos terrenos que, posteriormente, se donarían al Ministerio de Educación Nacional.

Entre los años 1966 y 1967 se realizó la compra del solar para la construcción del nuevo instituto.

El 10 de marzo de 1966, en sesión ordinaria de pleno del Ayuntamiento se está tratando sobre:

“CESIÓN DE TERRENOS AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL.-

Previas explicaciones de la Presidencia y amplia deliberación por los señores asistentes a esta sesión el Pleno por unanimidad acuerda ofrecer en firme al Ministerio de Educación Nacional los terrenos necesarios para construir el nuevo Instituto Nacional de Enseñanza Media `Hernández Pacheco´” ⁴.

Como vemos, este documento nos aporta una curiosidad interesante: el nuevo instituto no está aún construido, ni siquiera se dispone aún de los solares para su construcción, pero ya se le adjudica nombre (Hernández Pacheco), un nombre que, curiosamente, nunca llegará a tener el instituto femenino de Cáceres -hoy es el nombre de otro instituto de la capital cacereña- pero que, como veremos, se barajará en diferentes ocasiones como nombre oficial para este instituto nº 2.

El día 31 de marzo de este 1966 el acta de pleno de la Diputación informa de que, tras examinar el expediente de solicitud remitido por el Ayuntamiento referido a la petición de subvención para adquirir el solar en el que construir el nuevo Instituto, se notifica que “los terrenos a adquirir a tal fin son catorce mil cuatrocientos veintitrés metros cuadrados (14.423 m²), por un precio de ochocientas veintisiete mil quinientas treinta y cinco pesetas (827.535 ptas.) […]”. Se acuerda, además, contribuir a esta adquisición de terrenos con el 50% del valor de los mismos y se faculta al Presidente para que determine la fórmula para hacer efectiva esta ayuda económica.

Estos dos organismos, Diputación y Ayuntamiento, irán aportando en sus actas información sucesiva. El 12 de abril, el acta de la sesión de pleno ordinaria del Ayuntamiento, en su punto 5, indica: “Adquisición de terrenos para Instituto de Enseñanza Media Femenino” y se da información sobre los terrenos pensados para su compra al indicar que los propietarios del terreno son los “Señores Fernández Sánchez, vecinos de esta capital, los cuales han manifestado que están dispuestos a vender el metro cuadrado a 80,00 pesetas, toda vez que se trata de una gran obra en beneficio de la Ciudad” ⁵. En el acta también aparece el agradecimiento del Alcalde a la Excma. Diputación Provincial y a su Presidente por la colaboración prestada en este y otros asuntos concernientes a la ciudad de Cáceres.

Pocos días después, el 23 de abril de ese 1966, en acta de la Diputación Provincial se trata sobre el “Expediente sobre concesión de Ayuda económica” se informa del informe remitido por la Intervención de Fondos de la misma Diputación y se indica que la subvención solicitada por el Ayuntamiento es de cuatrocientas trece mil setecientas sesenta y siete pesetas con cincuenta céntimos (413.737,50 ptas.).

En el mes de julio de 1966 se va a formalizar la compra de los citados solares. Poco después, en el acta de la sesión de pleno del Ayuntamiento de Cáceres día 10 de octubre, se informa sobre la: “INSCRIPCIÓN EN EL LIBRO DE INVENTARIO DE TERRENOS ADQUIRIDOS”. Este documento nos aporta, además, datos interesantes sobre la ubicación del solar adquirido, sobre los propietarios a los que se ha comprado, sobre sus lindes y sobre algunas características catastrales del mismo.

Aprobando dictamen emitido por la Comisión Informativa de Patrimonio, se acuerda la inscripción en el Libro de Inventario, como obligación que impone el artículo 199, de la vigente Ley de Régimen Local y 35 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, la parcela de terrenos al sitio del Charco del Gallo de esta Capital, adquirida por esta Corporación a Don Juan Eloy, Don Joaquín, Don Andrés y Don José Luis Fernández Sánchez, y cuyas características son las siguientes:

RÚSTICA.- Parcela de terreno al sitio del Charco del Gallo, término de esta Capital, de cabida de siete mil cuatrocientos noventa metros cuadrados, noventa y un decímetros cuadrados, que linda por Saliente, con terrenos propiedad de este Ayuntamiento; Poniente, con la calle en proyecto que la separa de la finca de los hermanos Fernández Sánchez y con la finca de Doña Dolores Rodríguez Sampere; Mediodía y Norte, con finca de este Ayuntamiento. Se trata de un terreno sin aprovechamiento actual. Su adquisición se ha formalizado mediante escritura de compra-venta otorgada el 1º de julio último, ante el Notario de esta Capital D. Joaquín Ros Alférez. No produce gastos ni renta alguna. No tiene cargas ni gravámenes. Su valor es de quinientas noventa y nueve mil doscientas setenta y dos pesetas con ochenta céntimos. Su destino es para su cesión al Ministerio de Educación y Ciencia, para construir un Instituto Femenino” ⁶.

Como puede apreciarse, este documento informa, por primera vez, del nombre del sitio elegido para la ubicación del nuevo instituto. Este Charco del Gallo es un espacio inserto dentro de la amplia zona denominada El Rodeo, a las afueras y al sureste del espacio hasta entonces construido de la ciudad. En esta zona, en la que ya se habían construido las nuevas instalaciones del Instituto El Brocense, desde mucho tiempo atrás el Ayuntamiento de Cáceres tenía proyectado la construcción de un parque de esparcimiento para la ciudad.

IMAGEN 2. Ortoimagen de Cáceres en 1961. Adaptación.

Fuente: SIG. Ayuntamiento de Cáceres

Ya metidos en el año 1967, el acta de pleno del Ayuntamiento del día 10 de enero de 1967, cuando en su punto 4 se trata sobre la “CESIÓN DE TERRENOS PARA AMPLIACIÓN DEL INSTITUTO”. En este documento se indica que “En cumplimiento de lo ordenado por la Dirección General de Administración Local, en escrito de fecha 28 de Diciembre pasado y como ampliación al acuerdo adoptado por este Excmo. Ayuntamiento Pleno, en la sesión mensual ordinaria celebrada el día diez de Diciembre de mil novecientos sesenta y cinco, SE ACUERDA POR UNANIMIDAD CEDER GRATUITAMENTE AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA PARA LA AMPLIACIÓN DEL INSTITUTO DE ENSEÑANZA MEDIA EL BROCENSE, un terreno propiedad municipal […]” ⁷; el resto del documento indica las características del terreno en los mismos términos que el documento de 10 de octubre de 1966. Finalmente se indica la necesidad de enviar certificación de este acuerdo de cesión para la aprobación superior de la Dirección General de Administración Local.

En poco más de un año, como se ha visto, (desde diciembre de 1965 hasta enero de 1967) se ha completado el proceso de compra, previa puesta de acuerdo con la Diputación Provincial, inscripción y cesión de los terrenos al Ministerio de Educación y Ciencia.

Finalmente, y seguramente como exigencia para poder llevar a cabo la edificación posterior, el Ayuntamiento de Cáceres va a proceder a una recalificación de los terrenos cedidos, lo que puede leerse en el acta de pleno de Ayuntamiento del día 10 de marzo de 1967.

4.- CAMBIO DE CALIFICACIÓN DE TERRENOS EN EL RODEO.

Se queda enterado de la resolución del Ministerio de la Vivienda, en relación con el cambio de calificación de terrenos sitos en el lugar denominado “Charco del Gallo”, de Ciudad Jardín a Intensiva Alta, acordándose ratificar el acuerdo adoptado por la Comisión Municipal Permanente, en su sesión del día ocho de los corrientes, por el que las construcciones que puedan erigirse en dicho lugar deberán guardar las condiciones señaladas para dicha zonificación” ⁸.

Entendemos, a partir de este documento, que el solar elegido –en el sitio del Charco del Gallo- era espacio reservado para zona verde con suelo protegido no edificable (recuérdese lo que hemos indicado sobre la antigua aspiración a convertir esta zona en parque municipal) y que, para poder edificar un edificio de las características de un instituto de enseñanza, requería necesariamente su reconversión en suelo edificable con la calificación, como se ha visto, de Intensiva Alta.

IMAGEN 3. Fotografía antigua de Cáceres con localización

del espacio en el que se construyó en instituto Femenino.

En primer plano el Instituto de Bachillerato El Brocense

Por lo que se refiere al Boletín Oficial del Estado, en el del día 6 de diciembre de 1968 se encuentra la publicación de la resolución por la que se hace pública la adjudicación de las obras del edificio que será destinado a Instituto Nacional de Enseñanza Media por un presupuesto de contrata de 11.118.925,48 pesetas ⁹.

En el BOE de 12 de junio de 1970, el Decreto 159/1970 crea para la ciudad de Cáceres un Instituto Nacional de Enseñanza Media masculino y otro femenino, extinguiendo, de paso, el instituto mixto que existía hasta el momento ¹º.

 

2.- LOS EDIFICIOS: CONSTRUCCIÓN Y REFORMAS

Como se ha podido apreciar, reconstruir el origen del Instituto Nacional de Bachillerato femenino ha sido un proceso complejo por las distintas fuentes que ha habido que consultar. No ha sido menos complejo, intentar reconstruir el desarrollo arquitectónico de los edificios que hoy forma dicho Instituto.

A pesar de haber consultados numerosas fuentes y diferentes archivos e instituciones (Archivo General de la Administración en Alcalá de Henares, Archivo Provincial, Archivo de la Diputación Provincial, Archivo Municipal de Cáceres, Delegación Provincial de Educación, Colegio de Arquitectos de Cáceres, Archivo del IES Norba Caesarina,…), de hablar con diferentes personas que pudieron estar implicadas en los orígenes del Instituto (primera Directora y primer Secretario, personal de la Delegación Provincial de Educación, arquitectos, urbanistas,…) y de consultar la prensa de la época, debemos confesar que no ha sido posible encontrar el plano original por el que se rigió la construcción del edificio y, como consecuencia, no hemos podido encontrar el nombre del arquitecto responsable del proyecto. No descartamos poderlo encontrar en el futuro, pero hasta el momento sólo podemos guiarnos, a ese respecto, por nuestra intuición que nos ha permitido elaborar una primera hipótesis inicial sobre quién fue el autor del proyecto del hoy IES Norba Caesarina (que expondremos un poco más adelante).

Si hemos podido encontrar, en el archivo de la Delegación Provincial de Educación, una buena cantidad de proyectos de remodelación y reformas de nuestro instituto, que resumimos en el cuadro que aparece en el Anexo nº II.

Comentaremos algunas de las reformas más significativas, aquellas que hayan tenido una mayor repercusión en el aspecto actual del IES Norba Caesarina.

 

2.1.- HIPÓTESIS DE PARTIDA: EL AUTOR DEL PROYECTO DEL INSTITUTO

Como hemos indicado, no hemos encontrado ni el proyecto inicial de construcción del Instituto ni hemos logrado encontrar un nombre definitivo para el autor del proyecto del mismo. Pero eso no significa que no tengamos nuestra propia teoría sobre el autor y sobre la procedencia del proyecto.

A través de los proyectos de remodelación y reformas de nuestro instituto (anexo II) podemos comprobar que en marzo de 1971 está realizando un par de proyectos de reforma el arquitecto Alejandro Hualde Elorza. Hemos de recordar que el instituto había empezado a funcionar a finales de 1970 (30 de octubre). Sabemos de este arquitecto, Alejandro Hualde, que está trabajando por esta época en Salamanca con el famoso arquitecto y urbanista Fernando Chueca Goitia en diferentes proyectos de restauración de la ciudad: trabajó en la restauración del edificio hostelería del Colegio Anaya (en un costado del Palacio Anaya, durante mucho tiempo Facultad de Filología de la Universidad de Salamanca) y en la restauración del Colegio Menor de Nuestra Señor de la Concepción de Niños Huérfanos de la misma ciudad con el fin de transformarlo en Instituto Universitario de Enseñanza Media (hoy Facultad de Ciencias de la Educación). Se nos hace muy difícil creer que un arquitecto que está trabajando en proyectos de reforma importantes en la histórica ciudad de Salamanca venga a Cáceres a hacer unas reformas en un instituto recién construido si no ha sido él mismo el arquitecto que ha dirigido la construcción de dicho instituto. Creemos, por tanto –como hipótesis inicial mientras no tengamos otros datos que confirmen o desmienten nuestra hipótesis-, que fue Alejando Hualde Elorza el arquitecto responsable de la construcción del Instituto Femenino de Cáceres, si bien, creemos igualmente como hipótesis (circunstancia que nos han indicado tanto en el Colegio de Arquitectos de Cáceres como en la Dirección Provincial de Educación), que no fue este arquitecto el autor inicial del proyecto, si no que fue un proyecto escolar-tipo impuesto por el Ministerio de Educación sobre el que nuestro arquitecto hiciera las adaptaciones pertinentes a la topografía y las particularidades constructivas que él considerara necesarias.

Lamentablemente, Alejandro Hualde falleció en 1980, por lo que es muy difícil una consulta sobre esta hipótesis que hemos planteado.

Tenemos otro dato curioso que relaciona nuestro instituto recién construido con Salamanca y con este arquitecto y es el hecho de que, como queda expuesto en el mencionado listado de reformas (anexo II), Alejandro Hualde tituló su primera reforma como: “Urbanización complementaria en el instituto Femenino Lucía de Medrano de Cáceres”. Lucía de Medrano es el nombre de un instituto femenino de Salamanca que ya existía en 1970 (hay otra curiosidad: en la Secretaría del IES Norba Caesarina se conserva una factura expedida por una casa de construcciones de Salamanca en cuyo encabezamiento figura el nombre del Instituto Lucía de Medrano de Cáceres).

El proyecto inicial, que como hemos dicho creemos que fue “heredado” por el arquitecto, consistió en la construcción del edificio central del Instituto. Es una pena no poder contar con el proyecto original en cuya memoria se haría una descripción del edificio y de las ideas del arquitecto a la hora de asumir la construcción de un edificio complejo como éste. En el Catálogo de Bienes Protegidos realizado por el Ayuntamiento de Cáceres (revisión y adaptación del Plan General Municipal de Cáceres) –en el que tampoco se identifica al posible autor- se le describe de la siguiente manera ¹¹:

Estructura: Edificio aislado con espacio libre vinculado. 2 y 3 plantas según volumen.

Cubierta: Plana con antepecho de fábrica enlucido y pintado en blanco.

Descripción de la fachada. Composición: fábrica de ladrillo visto alternando con franjas verticales de parámetros enlucidos y pintados en blanco, al igual que el antepecho de cubierta y franjas verticales donde se disponen los huecos de grandes proporciones

Conservación: Buena.           

Propiedad: Pública.  

Promotor: Ministerio de Educación y Ciencia.

 

IMAGEN 4. Plano de planta baja del Instituto Femenino. Reforma 1971.

Primer plano conservado

 

 

2.2.- REFORMAS ARQUITECTÓNICAS MÁS DESTACADAS DEL IES NORBA CAESARINA

Como decíamos más arriba indicaremos en qué consistieron las reformas más significativas que ha ido experimentado el antiguo Instituto Femenino de Cáceres fijándonos, especialmente, en aquellas que han afectado de forma más visible al aspecto actual del instituto.

▪ La primera reforma que queremos consignar es la realizada y citada por el arquitecto Alejandro Hualde Elorza “Urbanización complementaria en el instituto Femenino Lucía de Medrano de Cáceres” de marzo de 1971. En la memoria del proyecto, el arquitecto indica: “Después de haberse encontrado el recinto del Instituto Lucía de Medrano lo suficientemente explanado para la construcción de una pista polideportiva de 40 x 20 m. y una pista de tenis de 36,60 x 18,30 se procederá a la construcción de las mismas incluyendo la terminación con unas zonas verdes que permitan la expansión de los recreos” ¹².

Como se puede apreciar la primera reforma fue, en realidad, un complemento deportivo a las instalaciones iniciales que habían consistido en la construcción del edificio central del instituto. En el presupuesto se incluía la colocación de bordillo de granito y el ajardinamiento en zonas libres. El presupuesto total ascendía a 1.498.381,20 ptas.

En la que, creemos, es la fotografía más antigua conservada del hoy IES Norba Caesarina, -parte superior de la fotografía, a la derecha-, cuya fecha probable es en la feria de ganado de mayo de 1971, puede apreciarse el espacio explanado para la construcción de la que aparece definida en el proyecto como pista de tenis.

IMAGEN 5. Primera fotografía conservada en la que aparece el edificio central ya construido del hoy

IES Norba Caesarina. Se aprecia espacio explanado para la construcción de pista deportiva

▪  En enero de 1974 el arquitecto de la Dirección Provincial de Educación de Cáceres José Pérez Curto firma el “Proyecto de urbanización de las calles Médico Sorapán y Sta. Luisa de Marillac”. No nos pararemos a analizar el proyecto, sólo indicar que, aunque aparentemente es una urbanización de las calles próximas al edificio, también se contempló y realizó un muro de contención de tierras de interior del recinto del instituto que se había edificado en una zona con ciertas desigualdades topográficas y precisaba de este muro de contención que aún hoy puede apreciarse ¹³.

 

▪ Los dos proyectos siguientes, fechados en 1977, son complementarios y aportan novedades constructivas significativas al Instituto. El primero (“Proyecto de Ampliación y Mejoras en el INBF de Cáceres”), firmado por el arquitecto José M. Rodríguez Puebla en octubre de 1977, contempla la realización de una pista polideportiva de 20 x 40 m. para la ejecución de distintos deportes (balonmano, baloncesto, tenis y bolei-bol). El presupuesto del proyecto ascendió a 4.9329.483 pesetas.

 

▪ El proyecto complementario de “Reparación y Reposición de pavimentos, aseos, cubierta y carpintería de I.N.B.F. de Cáceres”, firmado por el arquitecto Juan I. Estruch Nieto en octubre de 1977, proyectó la cubrición y cerramiento de las instalaciones de la pista polideportiva de 20 x 40 que, hasta ese momento, eran pista descubierta. Se preveía, además, calefacción, altavoces, mesa para jueces, así como marcador manual y reloj contador. El presupuesto final ascendía hasta casi los 5 millones de pesetas (4.992.906,96 ptas.) ¹⁴.

IMAGEN 6. Fotografía antigua en la que se aprecia el pabellón de deportes

construido en 1977

 

▪ En 1985 se van a producir importantes novedades arquitectónicas en el Instituto, realizándose algunas reformas en el edificio central, pero, además, se construirá un nuevo edificio dentro del recinto de centro escolar que es, sin duda, la obra más significativa desde la construcción inicial del instituto, nuevo edificio cuyo proyecto aparece firmado en julio de 1985 por el arquitecto Ángel González García. Se trata de un proyecto de “Adaptación y Ampliación del INB mixto nº 2” de Cáceres. “El objeto del proyecto es la construcción de un nuevo pabellón en el INB Mixto nº 2, en donde se ubicará una sala de usos múltiples y seminarios” ¹⁵.

La memoria del proyecto indica que “los terrenos en los que va a llevarse a cabo la construcción que proyectamos, están incluidos dentro del recinto delimitado del INB Mixto nº 2 de Cáceres, estando dotado de los servicios urbanísticos perteneciente al Sector IM.54-1 del Plan General de Ordenación Urbana de Cáceres. Se desarrolla la nueva edificación en dos plantas, uniéndose a la edificación actual por medio de un porche, con lo que habrá que abrir una puerta de acceso exterior en la edificación actual”.

El edificio se proyectó con planta rectangular, con un núcleo de escaleras de forma circular al exterior y exento de esa planta rectangular. En la planta baja se proyectó un vestíbulo de acceso, un aula de usos múltiples de 244,80 m² de superficie útil y aseos para los dos sexos. En la planta superior se proyectó un vestíbulo que acoge las escaleras de comunicación con la planta baja, siete seminarios didácticos, pasillo y aseos para los dos sexos. El presupuesto, como es lógico, es el más elevado de todas las reformas hasta ahora contempladas, ascendió a 19.993.625,00 ptas.

IMAGEN 7. Nuevo edificio construido en 1985. Plano de Ángel González.

 

▪ El siguiente proyecto aporta un elemento visualmente destacado en las traseras del edificio docente central: las escaleras metálicas de emergencia. El proyecto, firmado en abril de 1991 por el arquitecto Francisco Serrano Candela, lleva como título: “Escalera metálica y Reformas en el INB Norba Caesarina”. Las otras reformas a las que se refiere el proyecto consistieron en la sustitución de las puertas de los aseos.

Indica así la memoria del proyecto: “La escalera de emergencia será de estructura metálica y se sitúa en la fachada que está orientada hacia las pistas deportivas de forma que en una posible evacuación exista un espacio suficientemente grande para dar salida a un gran número de personas. Además, está situada a una distancia considerable del núcleo de escaleras existentes, creando así dos alternativas a la evacuación de las plantas”. En la estructura de la escalera se planificaron nos descansillos semicirculares con elevada barandilla para proteger de caídas. La escalera se sujeta sobre cuatro pilares unidos por vigas. Se hizo necesario, además, la apertura de dos huecos en la fachada posterior del edificio para abrir las puertas de acceso a la escalera. El presupuesto ascendió a un total de 4.591.103 ptas ¹⁶.

 

Al llegar al año 2000 el Instituto de Bachillerato Norba Caesarina presenta ya un aspecto muy semejante al actual: en realidad las reformas producidas en los últimos 25 años son muy escasas comparadas con las de los 25 años anteriores, a excepción de la renovación de parte de sus instalaciones en 2019.

 

▪ En agosto de 2003 se firma el proyecto “Recrecido y refuerzo del muro de cerramiento”, bajo la dirección del arquitecto del Servicio Provincial de Obras y Proyectos de Cáceres Javier Salcedo Hernández. Las obras proyectadas consistieron en el reforzamiento del muro para impedir su derrumbe y la colocación de un nuevo cerramiento metálico que proporcionara altura al cierre ¹⁷.

 

▪ Este refuerzo del muro de cerramiento debió ser parcial, ya que, en junio de 2005, encontramos otro proyecto para completar su reforma. El proyecto “Construcción de muro y rampa de acceso” está firmado por el arquitecto del Servicio Provincial de Obras y Proyectos Antonio Candela Acha. Pero, especialmente, fue destacada la construcción de una rampa para facilitar el acceso al centro a personas con movilidad reducida. Para ello hubo que demoler parte de la barandilla y seto existente y construir la citada rampa de hormigón y fábrica de ladrillos, con nueva barandilla y pasamanos y arreglo de la jardinería. El presupuesto ascendió a 49.774,66 euros ¹⁸.

 

▪ Un nuevo proyecto de interés está fechado en junio de 2010 y firmado por la Arquitecta Técnica del Servicio Provincial de Obras y Proyectos de la Consejería de Educación Ana Belén Corbacho Barquero. Se trata del proyecto. “Informe valorado de reforma de cubiertas planas y marquesina en el IES Norba Caesarina de Cáceres”. Se llevó a cabo un repaso general de las deterioradas cubiertas, saneando y limpiando e impermeabilizando las terrazas y los petos, procediendo a la nueva colocación de árido. Además, se repararon las superficies interiores afectadas. El presupuesto de toda la obra ascendió a un total de 25.082,05 euros.

 

▪ En 2019, después de diferentes retrasos, se llevó a cabo una importante reforma que afectó a distintas zonas del instituto: “Proyecto básico y ejecución de: Remodelación  del edificio aulario, vestuario del gimnasio y aseos del edificio principal y mejora de urbanización”, proyecto firmado por el arquitecto Ignacio Dols Juste.

Las zonas de actuación fueron en total cuatro:

▪ Zona de actuación 1. Edificio principal del instituto. Las reformas consistieron en:

  • Reforma de aseos y colocación de pasamanos en escaleras centrales (en todas las plantas).
  • Instalación de ascensor (en todas las plantas).
  • Demolición de escalera exterior (planta baja).
  • Redistribución de algunos espacios en aulas y pasillos (planta baja y primera).

▪ Zona de actuación 2. Edificio aulario:

  • Primera planta: demolición de tabiquería existente, ocupada por espacios para Departamentos didácticos, y ejecución de nueva distribución para tres aulas.

▪ Zona de actuación 3. Gimnasio (excluyendo la zona de pista deportiva que se mantuvo en su estado anterior):

  • Demolición de tabiquería existente en aseos y otros espacios y ejecución de nueva distribución (en planta baja y primera).
  • Modificación de la escalera de acceso al piso superior.

▪ Zona de actuación 4. Pista deportiva del nivel inferior:

  • Mejora de urbanización: sustitución de bordillo perimetral, solado, reparación de pista y mejoras de acceso y cambio de cerramiento perimetral.

 

 

2.3.- ESTRUCTURA DEL EDIFICIO

Si nos adentramos a analizar brevemente el edificio en sí, lamentando de nuevo no haber podido disponer de la memoria del proyecto que nos hubiera proporcionado claves importantes de la construcción, debemos indicar que, tras una cierta apatía en la construcción de centros escolares durante el primer franquismo y tras la aprobación en 1957 del Plan Nacional de edificios escolares, los años sesenta verán cómo se edifica un importante número de centros escolares en España, entre ellos nuestro instituto. Frente a una cierta tendencia en la rehabilitación de edificios antiguos de años anteriores, en estas edificaciones de los años sesenta predominarán los edificios de nueva construcción, de bastante capacidad, de líneas sencillas, con tendencia al desarrollo de estructura interior con simetría en los espacios diseñados. Como se ha indicado, pensamos que responde a un tipo de edificio-modelo proporcionado por el Estado y adaptado a la particularidad espacial y climática de la zona construida.

En el aspecto externo, en general, el edificio da muestras de sólida cimentación, grosor de muros, compactos y, en nuestro caso, revestido de ladrillos rojos al exterior con recercados blancos en los vanos desde los que se observa una amplia perspectiva de la ciudad y, entonces, de los espacios abiertos y sin apenas edificaciones de la periferia de la ciudad, en la zona de El Rodeo.

Se trata de un edificio en bloque (a diferencia del instituto El Brocense, construido pocos años antes, que estaba construido con pabellones separados), de tres alturas -rebajadas a dos en las zonas de los extremos del edificio-, de arquitectura racional, carente de espacios interiores libres y con forma aproximada de H, con la fachada principal orientada hacia el norte en uno de los ejes largos del edificio.

En el interior del edificio, como consecuencia de la forma general del mismo, predominan las líneas rectas, conforme al estilo arquitectónico moderno de la época, desarrollando espacios uniformes, con sensación de armonía interna, aportando una sensación global de orden, organización y disciplina acorde con la actividad docente para la que está concebido el edificio. Cada nivel y cada ala del edificio se estructura a partir de un pasillo que organiza la distribución de aulas, seminarios y otras instalaciones. En el piso inferior, tras sobrepasar el recibidor de entrada, se dispusieron los espacios destinados a la administración del edificio y la dirección académica, casa del conserje, … además de aulas. Los pisos superiores quedaron reservados para aulas, seminarios, laboratorios, … (de nuevo, lamentar la falta del proyecto inicial en cuya memoria vendría detallada la distribución original de los espacios del centro: en los planos de 1971, los primeros que hemos encontrado del edificio, no se explicita el uso de los distintos espacios).

El patio del recreo, los jardines y las instalaciones deportivas, que no se construyeron en una primera fase, se situaron en los lados libres del solar -al sur y al oeste del edificio construido- limitados por vallas de baja altura cuya función, además de cerramiento, contribuye a crear un espacio físico diferenciado, como suele ser característico en los edificios docentes.

IMAGEN 8. Fachada actual del IES Norba Caesarina

 

3.- LOS INICIOS DE FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO Y OTROS ASUNTOS DE INTERÉS

3.1.- LOS INICIOS DE FUNCIONAMIENTO A TRAVÉS DE LA PRENSA        

El análisis de la prensa de la época permite acercarnos a los inicios del funcionamiento del Instituto Femenino (actual Norba Caesarina) de Cáceres. A pesar de que hubo pocas noticias en prensa referidas a la construcción y funcionamiento del mismo -hecho que no deja de ser curioso ya que en fechas similares se está construyendo en la ciudad la Universidad Laboral y se están construyendo otros centros escolares en la provincia de Cáceres que concitaron más interés en los medios de prensa- sí hemos encontrado alguna noticia en los periódicos locales (HOY de Badajoz y Extremadura de Cáceres).

En diciembre de 1968 el periódico HOY publica una entrevista con el director del Instituto de Enseñanza Media El Brocense -el único existente en la ciudad en esos momentos y construido en 1964 en las proximidades del que se está construyendo para instituto femenino- y, a la vez, vicepresidente de la Diputación Provincial, D. Daniel Serrano, de quien, en un principio, dependía el nuevo instituto. En ella, además de una reflexión sobre el aumento del alumnado de enseñanzas medias en Cáceres y en la provincia, se informa de que ya se han adjudicado las obras para la construcción de este instituto femenino para 1200 alumnas, adjudicación realizada a una empresa madrileña cuyo nombre no se cita. El director indica que, en una primera fase de la obra se está construyendo el edificio central del nuevo instituto en un solo bloque y que, en una segunda fase, que contaría con un presupuesto similar a la primera, se construirían los accesos, se mejoraría la urbanización y jardinería, se construiría un campo de deportes. El mismo director comenta que ambos institutos, debido a su proximidad, compartirían algunas dependencias comunes para El Brocense y el nuevo instituto, como el salón de actos y la capilla, pero, indica, estaba previsto que los dos centros tuvieran un funcionamiento independiente tanto administrativamente como económicamente y como en la adjudicación del profesorado ²¹.

Las siguientes noticias que encontramos en prensa, entre agosto y octubre de 1970, son ya referidas al anuncio del proceso de matriculación en el nuevo instituto Femenino que se desarrolló entre los días 6 y 8 de octubre y que no estuvo exento de problemas. Los periódicos regionales de esos días fueron informando de que, quizá por un exceso de celo por parte de la Secretaría del instituto El Brocense, secretaría en la que debía realizarse la matrícula de las chicas puesto que el nuevo instituto femenino estaba aún con las obras sin finalizar, se originaron importantes colas -incluidas noches enteras- y numerosas quejas por parte de las familias afectadas, por lo que debió ampliarse el plazo de matriculación.

IMAGEN 9. Recorte prensa. HOY, 6 de octubre de 1970

 

Finalmente, entre los días 26 y 28 de octubre tanto el Extremadura como el HOY informaban de la proximidad de la apertura del curso escolar que se produciría el viernes 30 de octubre, notificando, además, el horario en que se procedería a la recepción de las alumnas a lo largo del día según su nivel escolar.

Sabemos que, efectivamente, el curso escolar se inició el día 30 de octubre, pero, lamentablemente, ningún medio de prensa se hizo eco de la noticia ni tuvo lugar, tal como nos ha confirmado la primera directora del instituto, una inauguración oficial (sin embargo, sí hemos podido comprobar que se produjo esta inauguración oficial en otros centros educativos de Cáceres capital y de la provincia en fechas no muy alejadas).

 

3.2.- EL NOMBRE OFICIAL DEL CENTRO: INSTITUTO NORBA CAESARINA

Hemos visto que el Instituto Femenino de Cáceres, como fue conocido desde un principio (también Instituto de Bachillerato nº 2), tuvo nombres no oficiales al principio de su puesta en funcionamiento (se le denominó como Hernández Pacheco y, también, apareció citado, como hemos indicado, como Lucía de Medrano; en la ciudad era conocido, simplemente, como “el Femenino”).

El nombre oficial de “Norba Caesarina” fue aprobado en un claustro extraordinario de profesores celebrado el día 27 de noviembre de 1979 bajo la dirección de Dª. Ángeles Fuertes Rodríguez. En aquel claustro se propusieron diferentes nombres por parte de los profesores asistentes. El acta de claustro indica lo siguiente:

Tomó la palabra la Sra. Directora para dar lectura al escrito del Sr. Delegado con fecha 14 de noviembre en el que aconseja, previa audiencia del Claustro, se ponga nombre al Instituto.

Seguidamente D. Pablo Naranjo Porras, catedrático de Geografía e Historia, y en representación de la comisión que se había formado ad hoc, propone una serie de nombres a considerar de los claustrales.

Alude en primer lugar al origen histórico y etimológico de Cáceres, apoyando sus tesis en las teorías de D. Publio Hurtado.

A continuación, y de un modo pormenorizado hace el currículum vitae de distintas personas vinculadas por su vida a Extremadura y a Cáceres en particular y así presentó las figuras de Rodríguez Rebollo, D. Antonio Silva, D. Ángel Rubio y Muñoz Bocanegra, D. Manuel Castillo y Quijada Lerchundi, D. Sergio Sánchez, D. Eugenio Frutos, D. Mario Roso de Luna y Hernández Pacheco.

  1. Rafael Alejandre Montalvo hace igualmente la semblanza de D. Juan del Águila, D. Alonso Mª de Acebedo, D. Alonso de Acebedo y D. Juan de Acedo y Rico.
  2. Rafael Pérez Massó ofrece a la consideración de los profesores los nombres de D. Publio Hurtado y de D. Antonio Floriano.
  3. José Mª Corzo Sinovas alude al nombre de Guadalupe, tan arraigado en la conciencia y en el ser de todo extremeño” ²².

Las propuestas para dar nombre del instituto, como se ve, fueron numerosas; finalmente se llevó a cabo la preceptiva votación, tras una primera selección de nombres, que arrojó el siguiente resultado:

NOMBRE PROPUESTO VOTOS
Norba Caesarina 27
Hernández Pacheco 24
Juan del Águila 13
Antonio Floriano 13
Roso de Luna 10
Eugenio Frutos 4
Publio Hurtado 3

 

Como se puede apreciar, por muy poco nuestro instituto no acabó llamándose Instituto Hernández Pacheco que fue el primer nombre no oficial que se le dio y que hoy tiene otro instituto de la ciudad (el que se creó como Instituto nº 3 de Cáceres).

En el acta de claustro de profesores del día 12 de diciembre de 1979 ya se utiliza oficialmente el nombre de Norba Caesarina. La Orden de 29 de octubre de 1980, que apareció en el BOE del 5 de diciembre de 1980 -más de un año después de su aprobación en claustro-, sólo aportaba la legalidad oficial de dicho nombre: “Orden de 29 de octubre de 1980 por la que se concede la denominación de ´Norba Caesarina´ al Instituto Nacional de Bachillerato mixto número 2 de Cáceres” ²³.

 

3.3.- EL ALUMNADO DEL INSTITUTO FEMENINO – NORBA CAESARINA

Según datos proporcionados por la secretaría del IES Norba Caesarina en el primer curso escolar de funcionamiento del centro se matricularon un total de 1008 alumnas (el claustro de profesores/as en ese momento era de unos 30 miembros).

En el siguiente gráfico de elaboración propia podemos observar la evolución del número de matriculaciones en los primeros cincuenta años de funcionamiento del centro, entre los cursos 1970-1971 y 2019-2020. Debe tenerse en cuenta que entre los cursos 1973-1974 y 1993-1994 el instituto contó, además de con la modalidad diurna, con la modalidad de estudios nocturnos (cuyo alumnado varió desde los 268 en el curso 1978-1979 hasta los 71 alumnos/as en el curso 1993-1994).

IMAGEN 10.  Evolución del número de alumnas y alumnos 1970-2020

 

El curso en que hubo más alumnado matriculado fue el 1978-1979 en el que hubo 1.280 alumnas matriculadas (durante el periodo del doble turno diurno-nocturno) y el curso con menor alumnado fue el 2007-2008, en el que el IES Norba Caesarina contó con 700 alumnos/as. Debe tenerse en cuenta que el centro dejó de ser femenino y empezó a funcionar como centro mixto a principios de los años 80 del siglo XX.

La transformación del instituto femenino Norba Caesarina en instituto mixto se cuajó en 1979. En dicho año un acta de sesión de claustro de profesores del día 20 de abril trataba, como único punto del día, sobre la posibilidad de transformar el instituto en mixto según oferta realizada por el Delegado provincial de Educación y Ciencia, posibilidad que fue aprobada por 28 votos a favor y 14 en contra. Esta decisión fue confirmada por el Consejo Asesor del INB Femenino según el acta de la sesión celebrada el día 24 de abril de 1979 ²⁴.

El total de alumnos y alumnas que han cursado estudios en el IES Norba Caesarina en los primeros cincuenta años de funcionamiento es de 44.960 alumnos/as, un número elevado que permite apreciar la fuerte vinculación del instituto con la población cacereña.

 

3.4.- DIRECTORAS Y DIRECTORES DEL INSTITUTO FEMENINO – NORBA CAESARINA

Un nuevo aspecto de interés es el que se refiere a las personas que han ejercido la dirección del centro desde sus inicios.

DIRECTOR/A CURSO
-Mª  ÁNGELES FUERTES RODRÍGUEZ 1970-1971
-Mª PILAR DÍAZ PIERNA 1971-1972
-Mª  ÁNGELES FUERTES RODRÍGUEZ 1972 (*)-1976
-PABLO NARANJO PORRAS 1976-1977
-Mª  ÁNGELES FUERTES RODRÍGUEZ 1977-1981
-JOSÉ LUIS TUDA ALARCÓN 1981-1985
-FLORENTINO RODRÍGUEZ OLIVA 1985-1989
-JAVIER VIDAL MARTÍNEZ 1989-1993
-PEDRO PABLO ALONSO PÉREZ 1993-1996
-JAVIER VIDAL MARTÍNEZ 1996-2000
-MANUEL CARRAPISO ARAUJO 2000-2003
-JAVIER VIDAL MARTÍNEZ 2003-2019
-MARÍA DELGADO SÁNCHEZ 2019-…

 

(*) Desde mayo de 1972

El IES Norba Caesarina ha contado con un total de 9 directoras y directores a lo largo de sus primeros cincuenta años de existencia, incluyendo a la actual directora Dª. María Delgado que se hizo cargo de la dirección del Centro en 2019.

Ha habido tres directoras y seis directores cuyos mandatos han tenido diferentes duraciones: en algunos casos la misma persona ha ejercido la duración durante varios periodos electivos (por ejemplo, la primera directora, Dª. Mª Ángeles Fuertes, ejerció durante más de nueve cursos escolares en tres periodos electivos distintos, y el último director antes de la actual directora, D. Javier Vidal, ha sido la persona que más tiempo ha ejercido como director del IES Norba Caesarina -un total de 21 años en tres periodos diferentes-). Sin embargo, ha habido algunos casos en los que los directores sólo ejercieron durante un curso escolar, o incluso, algunos meses: es el caso de la segunda directora, Dª Mª Pilar Díaz, que no llegó a completar un curso escolar.

 

 

Hemos hecho un recorrido por el origen y el proceso constructivo del antiguo Instituto Femenino de Cáceres o instituto de bachillerato nº 2. Los ya más de cincuenta años de funcionamiento, la cantidad de alumnos y alumnas que han pasado por sus aulas y la cantidad de proyectos educativos que lleva desarrollando en este largo recorrido hacen de este actual IES Norba Caesarina un importante referente educativo y cultural de gran importancia en la vida de la ciudad de Cáceres.

 

 

NOTAS:

¹ BARRANTES LÓPEZ, C.: El Instituto Nacional de Enseñanza Media “El Brocense”. Modelo de arquitectura escolar de los años 60 en Cáceres. Norba-Arte, vol. XXII-XXIII, 2002-2003.

² ARCHIVO MUNICIPAL DE CÁCERES. Caja 96. Libro de Actas Municipales, 1965. Acta de 10 de diciembre de 1965.

³ HOY, 22 de diciembre de 1965.

⁴ ARCHIVO MUNICIPAL DE CÁCERES. Caja 97. Libro de Actas Municipales, 1966. Acta de 10 de marzo de 1966.

⁵ ARCHIVO MUNICIPAL DE CÁCERES. Caja 97. Libro de Actas Municipales, 1966. Acta de 12 de abril de 1966.

⁶ ARCHIVO MUNICIPAL DE CÁCERES. Caja 97. Libro de Actas Municipales, 1966. Acta de 10 de octubre de 1966.

⁷ ARCHIVO MUNICIPAL DE CÁCERES. Caja 97. Libro de Actas Municipales, 1966. Acta de 10 de enero de 1967.

⁸ ARCHIVO MUNICIPAL DE CÁCERES. Caja 97. Libro de Actas Municipales, 1966. Acta de 10 de marzo de 1967.

⁹ Resolución por la que se hace público haber sido adjudicadas las obras de edificio con destino a Instituto Nacional de Enseñanza Media, de Cáceres. https://boe.es/boe/dias/1968/12/06/pdfs/A17505-17506.pdf

¹º Decreto 1959/1970, de 12 de junio, por el que se crea un Instituto Nacional de Enseñanza Media masculino y otro femenino en Cáceres, quedando extinguido el actual Instituto mixto. BOE nº 293, de 6 de diciembre de 1969; pag. 17505. https://boe.es/boe/dias/1970/07/16/pdfs/A11294-11294.pdf

¹¹ Revisión y Adaptación del Plan General Municipal de Cáceres. Texto refundido. Catálogo de bienes protegidos, pag. 124. Marzo 2010. Consultado en: https://sig.caceres.es/PGM2010/TOMO_V_CATALOGO/CATALOGO_REFUNDIDO.pdf

 

¹² Hualde Elorza, A. Proyecto “Urbanización complementaria en el instituto Femenino Lucía de Medrano de Cáceres” de marzo de 1971.

¹³ Pérez Curto, J.: “Proyecto de urbanización de las calles Médico Sorapán y Santa Luisa de Marillac”. Enero, 1974.

 

¹⁴ Estruch Nieto, J.I.: Proyecto: “Reparación y reposición de pavimentos, aseos, cubierta y carpintería” y proyecto: Rodríguez Puebla, J.M.: “Ampliación y mejoras en el INB Femenino de Cáceres”. Octubre,  1977.

 

¹⁵ González García, A. Proyecto: “Adaptación y Ampliación del INB mixto nº 2”. Octubre, 1985.

¹⁶ Serrano Candela, F. Proyecto: “Escalera metálica y reformas en el INB Norba Caesarina”. Abril, 1991.

 

¹⁷ Salcedo Hernández, J. Proyecto: “Recrecido y refuerzo de muro de cerramiento”. Agosto, 2003.

 

¹⁸ Candela Acha, A. Proyecto: “Construcción de muro y rampa de acceso”. Junio, 2005.

 

¹⁹ Corbacho Barquero, A.B. Proyecto: “Informe valorado de reforma de cubiertas planas y marquesina en el IES Norba Caesarina de Cáceres”. Junio, 2010.

 

²º Dols Juste, I.: “Proyecto básico y ejecución de: Remodelación  del edificio aulario, vestuario del gimnasio y aseos del edificio principal y mejora de urbanización”, 2019.

 

²¹ 28 de diciembre de 1968. El nuevo instituto femenino será una realidad el próximo curso. HOY, p.9.

²² Archivo de la Secretaría del IES Norba Caesarina. Acta de claustro 27 de noviembre de 1979.

²³ Orden de 29 de octubre de 1980 por la que se concede la denominación de «Norba Caesarina» al Instituto Nacional de Bachillerato mixto número 2 de Cáceres.  BOE nº 292, de 5 de diciembre de 1980; pag. 26983. https://www.boe.es/boe/dias/1980/12/05/pdfs/A26983-26983.pdf

 

²⁴ Archivo de la Secretaría del IES Norba Caesarina. Acta de sesión de claustro de profesores celebrada el día 20 de abril de 1979 y Acta de sesión de Consejo Asesor del INB Femenino celebrada el 24 de abril de 1979.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO I

Acta sesión ordinaria – Pleno Excmo. Ayuntamiento de Cáceres. 10 diciembre 1965.

PROPOSICIONES, RUEGOS Y PREGUNTAS QUE FORMULEN:

AMPLIACIÓN DE INSTITUTO DE ENSEÑANZA MEDIA

Seguidamente se dio lectura a una moción suscrita por el Ilmo. Sr. Alcalde presidente, la cual copiada literalmente dice así:

Moción: Excmo. Sr.: El Instituto de Enseñanza Media “El Brocense”, modelo de su género, orgullo de nuestra ciudad, se nos ha quedado pequeño. Y se nos ha quedado pequeño no por imprevisión de sus proyectistas sino, tal vez, y de ello debemos alegrarnos, por el afán de nuestra juventud de acudir a sus aulas a recibir enseñanzas tanto de su excelente claustro de profesores, garantía de cosecha óptima, como de disfrutar de sus magníficas, modernas y pedagógicas instalaciones.

De esta insuficiencia se han hecho eco las autoridades del ramo quienes por boca del Ilmo. Sr. Director General de Enseñanza Media, han prometido formalmente a quien tiene el honor de dirigirse a la corporación que, tan pronto se reciba en su Dirección General ofrecimiento de terrenos para ampliarlo, así se acordaría para que fuera realidad un aumento en su capacidad de 1200 plazas más, que pudieran ser para chicas, soslayando al propio tiempo la coeducación existente hoy en él, que no empece en absoluto la rigidez de su disciplina.

Por ello y no dudando vuestro alcalde de que vuestro sentir al respecto es idéntico que el de todas aquellas Autoridades, Director y Profesores del instituto y suyo propio, se atreve confiadamente a proponeros acordéis:

1º. Iniciar la tramitación obligada y con carácter urgente para la adquisición de terrenos precisos y necesarios, en las inmediaciones del actual, para la ampliación apuntada, que muy bien pudiera llevarse a cabo en dos etapas. En la primera, de 6000 metros cuadrados cuya adquisición se prevee menos laboriosa, que sumados a los 8000 m² de propiedad de este Excmo. Ayuntamiento harían 14000 m² bastantes para la construcción de los edificios; y en la segunda, los necesarios hasta 20000 para cubrir la total necesidad que se estima no rebasaría esta superficie.

2º. Ofrecerlos al Ministerio de Educación Nacional para la ampliación del Instituto de Enseñanza Media “El Brocense” y dedicarla a instituto femenino.

Así lo espera del Excmo. Ayuntamiento, quien se honra y dignifica con decisiones como la pretendida, su Alcalde.

10 de diciembre de 1965 = Alfonso Díaz de Bustamante y Quijano. Rubricado.

El Ayuntamiento, después de la conveniente deliberación acordó por unanimidad, aprobar en todas sus partes la Moción a que se ha dado lectura y autorizar al Ilmo. Sr. Alcalde Presidente para ofrecer al Ministerio de Educación Nacional los terrenos precisos para ampliación del Instituto de Enseñanza Media “El Brocense”, así como para la firma de los documento y escrituras que para ello sean necesarias.

 

ANEXO II:

REGISTRO DE REFORMAS CONSTRUCTIVAS EN EL IES NORBA CAESARINA (1970-2020)

FECHA ARQUITECTO TÍTULO DEL PROYECTO PRESUPUESTO
1971  Marzo

 

1971

Marzo

Alejandro Hualde Elorza Urbanización complementaria en el instituto femenino Lucía de Medrano de Cáceres

 

Sustitución de calefacción de calor negro por sistema automático de agua caliente asistida por fuel-oil

1.498.381,20

pesetas

 

 

 

1.494.243,25

1974 Enero José

Pérez Curto

Proyecto de urbanización de las calles Médico Sorapán y Santa Luisa de Marillac
1977 Mayo José

Pérez Curto

R.A.M. en el Instituto de Bachillerato Femenino

 

          520.380,74
1977  Octubre Juan I. Estruch Nieto Reparación y reposición de pavimentos, aseos, cubierta y carpintería

 

4.992.906,94
1977  Octubre

 

José M. Rodríguez Puebla Ampliación y mejoras en el INB Femenino de Cáceres

 

4.989.483,00
1979  Julio

 

Tomás Civantos Hermández Reforma de instalación eléctrica de alumbrado y fuerza 548.609,00
1981  Abril

 

Francisco J.

Mirón Rivero

Proyecto de ampliación, mejora y reparación 3.000.000,00
1984 Febrero Miguel Matas Cascos Proyecto básico y de ejecución de reparaciones varias en el INB Norba Caesarina 1.500.000,00
1984 Agosto Tomás Civantos Hernández Proyecto de reparación en pistas deportivas en INB 4.738.752,00
1985 Marzo José

Pérez Curto

Ejecución de zócalo en el INB Norba Caesarina

 

1.091.632,00
1985  Mayo Ignacio

Dols Juste

Reparaciones INB 2

 

2.512.205,00
1985  Junio

 

Ángel González García Adaptación y ampliación del INB Mixto nº 2 19.242.450,0
1986  Octubre José

Pérez Curto

Adaptación de espacio para aula-taller

 

1.700.00,00
1987  Julio José

Pérez Curto

Cambio de la caldera de calefacción

 

989.142,00
1988  Abril Montaña Luengo Rodríguez Reparaciones varias IEM nº 2

 

5.024.510,00
1990  Mayo Montaña Luengo Rodríguez Reparaciones varias IEM nº 2

 

12.009.610,0
1991 Abril Francisco Serrano Candela Escalera metálica y reformas en el INB Norba Caesarina

 

4.591.103,00
1992 Julio No consta Obras de reparación de instalación eléctrica en el INB nº2 1.808.000,00
1994 Octubre Antonio Candela Acha Obra de adaptaciones en el IB Norba Caesarina

 

5.220.796,00
1997  Marzo Antonio Candela Acha Obras de reparación de aseos en el IB nº2

 

2.869.008,00
1997  Julio Tomás Civantos Hernández Reparación de electricidad en IB Norba Caesarina 2.000.000,00
1998  Marzo Antonio Candela Acha Reparación de aseos, saneamiento y varios en el IES Norba Caesarina

 

4.999.986,00
1999 Junio Antonio Candela Acha Rectificación de cerramiento en el IB Norba Caesarina

 

2.999.860,00
1999 Noviem-bre Tomás Civantos Hernández Reparación de cubierta en el IES Norba Caesarina 4.999.986,00
2003  Agosto Javier Salcedo Hernández Recrecido y refuerzo de muro de cerramiento

 

11.120,92 euros
2005 Junio Antonio Candela Acha Construcción de muro y rampa de acceso

 

49.774,66 euros
2007 Mayo Isabel Palomino Márquez Reparación de cubierta y reformas interiores

 

306.521,46 euros
2010

Junio

Ana Belén Corbacho Barquero Reforma de cubiertas planas y marquesinas en el IES Norba Caesarina con sustitución del material impermeable de las mismas 25.082,05 euros
2019 Ignacio

Dols Juste

Proyecto básico y ejecución de: Remodelación del edificio aulario, vestuario del gimnasio y aseos del edificio principal y mejora de urbanización

 

Nota: estos son los proyectos de reforma que nos han sido facilitados en la Dirección Provincial de Educación (Servicios Múltiples, planta 6ª), de los que allí tienen constancia. Es posible que a lo largo de todos estos años se hayan realizado otros proyectos de reforma y obras menores cuyos proyectos no se conserven. No existen proyectos posteriores a 2010 salvo el proyecto de la última importante reforma llevada a cabo en 2019.

Nov 252021
 

 Pedro Emilio López Calvelo

 

Juana Petra fue la primera en subir al patíbulo. Iban a dar las 8 de la mañana de un lluvioso día de enero. Le temblaba el labio inferior. Tan solo unos minutos más tarde le tocó el turno a Demetrio José. A las 8 y veinte minutos todo había terminado.

 

PALABRAS CLAVE

Hervás, garrote, ajusticiamientos, capilla, Cofradía de la Caridad, patíbulo

 

RESUMEN

En las dos últimas décadas del siglo XIX se levantó patíbulo en tres ocasiones en Hervás, ajusticiándose a un total de cuatro condenados ya que uno de los ajusticiamientos fue doble.

Todos ellos fueron condenados a muerte por homicidio y, para todos, el modo de cumplimiento de la sentencia a muerte, dictadas por la Sala de lo Criminal de la Audiencia de Cáceres y ratificadas por el Tribunal Supremo tras los respectivos recurso de casación, fue el garrote, modo de ejecución de condenados a muerte que era el oficial en el país desde que Fernando VII, en 1828, había abolido definitivamente la ejecución en horca.

Ninguno de los ejecutados era de Hervás ni cometió su homicidio en esta población: si los habitantes de Hervás vieron levantar patíbulo y ajusticiar condenados en estas décadas finales del siglo XIX fue por la condición de cabeza de partido judicial adquirida por el municipio durante el periodo del Sexenio revolucionario.

 

INTRODUCCIÓN

 

En los años finales del siglo XIX se produjeron en Hervás cuatro ajusticiamientos a garrote en tres actos de ajusticiamiento (en uno de ellos se dio muerte a dos personas): ninguno de los ajusticiados procedía de la localidad de Hervás, pero la reciente adquisición de la capitalidad del partido judicial llevó al municipio hervasense al triste espectáculo de ver levantar el cadalso en tres ocasiones en los últimos veinte años del siglo.

 

En este artículo pretendemos aproximarnos al análisis de la pena de muerte en Extremadura en esta etapa finisecular a través de los casos registrados en Hervás; además, la posibilidad de hacer un seguimiento en la prensa de la época de estas ejecuciones  nos permitirá, de paso, contemplar el sensacionalismo que acompañaba a estos actos de ejecución en público.

Utilizaremos para nuestro análisis las distintas fuentes de investigación a que hemos podido acceder, que son de diferente tipología. Se trata, por un lado, de fuentes de carácter histórico y judicial que nos aportan los datos y circunstancias en que se cometieron los delitos por los que fueron condenados a muerte los reos y las consideraciones tenidas en cuenta a la hora de dictaminar las sentencias, y, por otro lado, de fuentes literarias, bibliográficas y periodísticas a partir de las cuales podemos observar la percepción y el impacto social de estas ejecuciones y que permiten apreciar el ritual que conllevaban estos actos de ejecución que eran de carácter público.

  • Archivo Municipal de Hervás (en adelante AMH): en realidad, apenas hemos encontrado datos referidos a estas ejecuciones en el AMH; sin embargo, a la primera pista referida a ellas la encontramos, por casualidad, leyendo las actas de las sesiones del pleno de Ayuntamiento de la época.
  • Archivo de la Diputación Provincial de Cáceres, donde se conserva la documentación legislativa referida a las Sentencias del Tribunal Supremo en materia criminal y donde hemos encontrado las referencias a los juicios y los recursos de casación interpuestos por los reos.
  • Archivo Diocesano de Cáceres; Libro 40: Cofradía de Nuestra Señora de la Caridad. Partida de ajusticiados que asiste la Cofradía como hermanos de ella; limosnas y su distribución desde 1793.
  • Fuentes periodísticas y literarias de carácter nacional, en las que hemos encontrado una gran cantidad de noticias de los ajusticiamientos con un tratamiento muy sensacionalista.
  • Fuentes periodísticas de carácter local: el periódico local El Ariete, publicado entre 1896 y 1897 hizo un relato exhaustivo de uno de los ajusticiamientos (el último) que coincidió con el periodo de publicación del periódico.
  • Bibliografía variada (que se expondrá al final del artículo).

 

No abundan los trabajos sobre la pena de muerte y su dinámica histórica en la región extremeña y los que existen, en general, fueron publicados hace tiempo. Son clásicos ya los trabajos del que fue profesor de la Universidad de Extremadura, Ángel Rodríguez Sánchez; otros trabajos clásicos se deben a los investigadores Teodoro Fernández Sánchez y Javier Marcos Arévalo. Sólo hemos encontrado un trabajo reciente, escrito por el historiador Santiago Aragón Mateos.

LOS CASOS DE ASESINATO Y SUS SENTENCIAS

 

Hemos conocido las circunstancias de los asesinatos que trajeron como consecuencia las sentencias a pena de muerte a partir del análisis de las sentencias del Tribunal Supremo en materia criminal de la Colección Legislativa de España a través de los recursos de casación contra las sentencias de pena de muerte presentadas por los condenados a muerte por medio de sus abogados (las condenas a pena de muerte fueron decretadas por la Sala de lo Criminal de la Audiencia de Cáceres, que fue donde se desarrollaron los juicios; los recursos de casación fueron resueltos por el Tribunal Supremo).

 

Tal como hemos indicado, en Hervás se produjeron tres actos de ejecución en los que se ajustició a cuatro personas entre 1884 y 1897. Los ajusticiados fueron:

 

CONDENADO FECHA DE EJECUCIÓN
JULIÁN MARTÍN SÁNCHEZ 24 ABRIL 1884
DEMETRIO JOSÉ GARCÍA RODRÍGUEZ

JUANA PETRA GARCÍA GONZÁLEZ

10 ENERO 1895
CEFERINO RODRÍGUEZ DELGADO 11 FEBRERO 1897

 

Todos ellos, como se verá, fueron condenados por delitos de asesinato u homicidio. Curiosamente, ninguno de los ajusticiados había nacido ni tenía su domicilio en Hervás. Las ejecuciones se produjeron en Hervás en su calidad de cabeza del partido judicial adquirida poco antes de la primera ejecución.

 

Reseñaremos brevemente las circunstancias que hicieron que Hervás llegara a convertirse en cabeza de partido judicial.

Hervás había pertenecido desde la Edad Media al Ducado de Béjar; el 1 de diciembre de 1816, tras varios siglos pleiteando por ello, el municipio accedió al Real Privilegio de Exención y Villazgo, lo que le convirtió en villa jurisdiccionalmente independiente de la de Béjar. En 1833, como consecuencia del reajuste territorial y administrativo llevado a cabo por Javier del Burgo, Hervás -destacado núcleo industrial- pasó a pertenecer a la provincia de Cáceres, convirtiéndose en la población provincial de mayor tamaño por encima de Plasencia en dirección hacia Salamanca. Se tiene constancia documental de que, al menos desde 1829, Hervás está compitiendo con la población de Granadilla –que la poseía en aquel momento- por la capitalidad de la cabecera de Partido Judicial.  Una Real Orden de 23 de marzo de 1866 decretó el cambio de la capitalidad de partido judicial a favor de Hervás, pero tal cambio no se llevó a efecto hasta 1868, ya dentro del periodo del Sexenio Revolucionario. Tras la reclamación realizada por la población de Granadilla, y en tiempo políticamente muy inestable, la cabecera del partido fue restituida a Granadilla en enero de 1872 (Decreto del 8/01/1872); finalmente, un decreto de 26 de junio de 1873 devolverá a Hervás, definitivamente, la capitalidad del  partido judicial (lo que supuso el traslado del juzgado y del registro de la propiedad).

IMAGEN 1. El Imparcial, 30 junio 1873

 

  • Caso de JULIÁN MARTÍN SÁNCHEZ

 

Julián Martín, natural de la Alquería del Castillo, fue condenado a muerte por parricidio, cometido en la persona de su hijo Romualdo Martín Fernández.

Julián Martín estaba casado en segundas nupcias con María Vázquez, con la que tenía dos hijos (una niña de 3 años y un bebé de pocos meses); también vivía con ellos su hijo Romualdo, de 15 años, nacido de su primer matrimonio y que había heredado de su difunta madre los pocos bienes que poseía la familia. Según la sentencia, el matrimonio maltrataba con frecuencia al hijo adolescente hasta que la mujer, María, amenazó con abandonar el domicilio si Romualdo seguía viviendo en él. La mañana del día 22 de marzo de 1883, estando María Vázquez ausente de la localidad, apareció muerto en su casa el joven Romualdo, certificando inicialmente el médico su muerte por apoplejía. Pero, como se difundieron rumores públicos de que podía tratarse de una muerte violenta (el cadáver presentaba arañazos y esquimiosis en la garganta), el Juez de 1ª Instancia decretó la exhumación del cadáver que fue analizado por facultativos que decretaron que “la muerte había sido producida por asfixia por sofocación y que había habido un criminal cuyas huellas habían quedado impresas en el cuello, mejillas y otros sitios”. Ante las evidencias “confesó en último estado Julián Martín, que habiendo concebido con bastante anterioridad a la realización del hecho, la fatal idea de matar a su hijo” [1].

La Sala de lo Criminal de la Audiencia de Cáceres calificó los hechos constitutivos del delito de parricidio con las circunstancias agravantes de alevosía y premeditación sin atenuantes, por lo que le condenó a la pena de muerte “que se ejecutará en la cabeza del partido judicial de Hervás en la forma prevenida por la ley”. El Tribunal Supremo, tras la presentación del recurso de casación, decretó la sentencia como ajustada a derecho, decretando “no haber lugar al recurso de casación admitido de derecho en beneficio de Julián Martín Sánchez” (9 de febrero de 1884) [2].

 

  • Caso de DEMETRIO JOSÉ GARCÍA RODRÍGUEZ Y JUANA PETRA GARCÍA GONZÁLEZ.

 

Este matrimonio formado por Demetrio J. García y Juana P. García, naturales ambos y residentes en la población de Mohedas, fueron condenados a la pena de muerte por el asesinato del padre de Juana Petra, Manuel García Hernández, de 79 años.

Al parecer, el día 29 de junio de 1893, estando Manuel García acostado en su cama “ambos esposos, los dos procesados, se abalanzaron sobre el desdichado anciano, sujetándole uno la cabeza, más que para impedir su débil defensa, para que el otro le estrangulase con toda comodidad, como únicamente dice Demetrio en una de sus declaraciones, mientras que el otro los estranguló, en efecto, en breves momentos”, según consta en la sentencia de la Audiencia de Cáceres de 29 de mayo de 1894 [3].

Los asesinos fueron condenados a la pena de muerte por los delitos de parricidio con el agravante de alevosía y asesinato en parentesco en el caso de Juana Petra y de asesinato con el agravante de alevosía en el caso de Demetrio José (quién, además, ya había sido condenado, en abril de 1878, por el delito de parricidio frustrado a la pena de ocho años y un día de presidio mayor).

Los condenados interpusieron recurso de casación ante el Tribunal Supremo el 17 de agosto de 1894 alegando quebrantamiento de forma e infracción de ley en la sentencia que les condenó; los abogados defensores trataron de demostrar, por medio de recurso de casación, que había contradicciones entre las preguntas y respuestas del juicio, entendiendo que los dos acusados no podrían haber cometido el mismo delito de asesinato. Sin embargo, el Tribunal Supremo decretó que “examinada la causa por esta Sala (…), no ha encontrado ningún otro fundamento para declarar procedente el recurso de casación por infracción de ley ni por quebrantamiento de forma”, manteniéndose para los acusados la condena a pena de muerte impuesta por la Audiencia de Cáceres [4].

La prensa de la época dio cuenta de la sentencia producida el 29 de mayo de 1894, aportando abundante información sobre el parricidio. El diario El País narraba así el hecho de autos:

Manuel García Hernández, de ochenta años de edad y padre de Juana, vivía al cuidado y sostenimiento de su hija y de un nieto del pobre anciano que alternaban por semanas.

El 20 de Junio de 1893 correspondía al primero de la semana en que al anciano le tocaba recogerse en casa de su hija; así es que entró en el domicilio de ésta y se acostó.

Pocos momentos después se entabló entre padre e hija una ligera disputa por insistir Juana en que el cuidado de aquel le era gravoso. En seguida Juana se lanzó sobre su padre y le estranguló con la ayuda de su marido, quien sostuvo al pobre viejo por la cabeza a fin de que Juana cometiera el crimen `con más comodidad´ (textual).

Después de muerto el anciano, Demetrio José se marchó a la taberna.

A la una de la madrugada él y su mujer sacaron el cadáver y lo arrojaron al pozo de un cercado próximo, donde fue encontrado pocos días después” [5].

 

  • Caso de CEFERINO RODRÍGUEZ DELGADO

 

Ceferino Rodríguez, natural de Miera y vecino del pueblo de Nava de Béjar, fue condenado a la pena de muerte por la Audiencia de Cáceres por el delito de robo y homicidio.

Ceferino Rodríguez dio muerte a Prudencio Martín García la noche del 17 de julio de 1895 en el sitio de las Cobedas, próximo a la carretera de Extremadura a Castilla. Prudencio Martín era un arriero que transportaba entre Salamanca y Cáceres una carga de caballería con dos pellejos de aceite; al parecer Ceferino hizo trato con él de forma que, llegada la noche, se dispusieron a dormir juntos; aprovechando la noche y el sueño de Prudencio Martín, el referido Ceferino Rodríguez, con intención de robar los pellejos de aceite, asesinó al primero asestándole varios golpes en la cabeza con una piedra de más de diez kilos (los pellejos le fueron ocupados al Ceferino por la Autoridad según consta en la sentencia).

Ceferino Rodríguez fue condenado a la pena de muerte por el delito de robo con resultado de homicidio con los agravantes de alevosía, nocturnidad, buscado de propósito y en despoblado.  Presentado el recurso de casación en beneficio de reo en junio de 1896, el Tribunal Supremo “no encuentra motivos de casación por quebrantamiento de forma ni por infracción de ley” [6], por lo que confirmó la pena de muerte impuesta por la Audiencia de Cáceres.

 

EL GARROTE

 

Como se ha puede apreciar por las sentencias, todos los acusados fueron condenados a morir en garrote. El garrote era el método habitual de ejecución de los condenados a muerte en España desde que el Código Penal de 1822 introdujo la práctica de esta forma de ejecución de la pena capital que, hasta esa fecha, se realizaba habitualmente por ahorcamiento. Será, no obstante, la Real Cédula de 28 de abril de 1828 por la que el rey Fernando VII aboliese definitivamente la muerte en horca disponiendo que en lo sucesivo se ajusticiase en garrote. Para ésta sustitución la Real Cédula de Fernando VII alegaba razones humanitarias: “el inevitable rigor de la justicia con la humanidad y la decencia en la ejecución de la pena capital, y que el suplicio en que los reos expíen sus delitos no le irrogue infamia cuando por ellos no la mereciesen, he querido señalar con este beneficio la grata memoria del feliz cumpleaños de la reina mi muy amada esposa, y vengo a abolir para siempre en todos mis dominios la pena de muerte en horca; mandando que en adelante se ejecute en garrote” [7].

 

Los Códigos posteriores de 1848, 1850 y 1870 regulaban también las ejecuciones en garrote, que debían celebrarse sobre tablado, de día, con publicidad y con carácter público, al menos hasta 1900.

El  método  del garrote consiste  en un tornillo o torniquete  que se fija a un madero en el suelo. El aparato se coloca en la garganta del reo, sentado junto al madero; a su espalda se sitúa el funcionario de la manivela. A una señal comienza a girar el tornillo con lo que la abrazadera  se cierra sobre la garganta y la muerte se produce por asfixia, estrangulamiento y rotura de las vértebras cervicales” [8].

 

En un principio había tres tipos de garrote: el garrote ordinario se aplicaba a las personas del pueblo llano; por medio del garrote vil se ajusticiaba a los condenados por delitos infamantes; el garrote noble se reservaba para los condenados de alta condición social. El Código Penal de 1848, a la vez que excluía cualquier otro método de ejecución, puso fin a estas distinciones, denominándose en adelante genéricamente como ejecución en garrote.

La pena de muerte podía ser complementada con una pena especial, en función de la gravedad y las circunstancias del delito cometido, de forma que el castigo pudiera tener un efecto ejemplarizante ante el grupo social: eran las condenas de descuartizamiento, arrastramiento o encubamiento. Estos complementos a la pena de muerte se aplicaron en la España del siglo XIX, pero estaban ya en desuso en estos momentos finales del siglo.

La pena se ejecutará en garrote, de día, en sitio adecuado de la prisión en que se hallare el preso y a las dieciocho horas de notificarle la señalada para la ejecución, que no sería verificada en días de fiesta religiosa o nacional” Código Penal, 1870; artículo 102. [9].

 

En su libro “La pena de muerte”, D. Sueiro, especialista en el tema, apunta una curiosa cita de un autor de principios del siglo XX que narra así: “El garrote es algo más noble y reposado que la cuelga inglesa, porque es algo más sedentario y eminente. El condenado se ofrece sedente sobre un banquillo, sobre un alto tablado teatral; puede discurrir por él y hablar desde allí a la muchedumbre si así lo desea (…) Todo es solemne y clásico en este arte de dar muerte (…). El garrote vil es la tragedia de un pueblo latino, grave y decoroso, como el nuestro, que gusta de la pompa litúrgica y de los dramas históricos” [10].

 

ANTES DEL CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS: “ESTAR EN CAPILLA

 

Para acercarnos a cómo se producía una ejecución a garrote y las horas previas a la misma en la España de finales del siglo XIX podemos ayudarnos de fuentes artísticas y literarias. La pintura de Ramón Casas: Garrote vil, en la que se representa la ejecución de Aniceto Poblador en la Barcelona de 1894 o el poema con el mismo título de Valle Inclán son buena muestra de ello. Si hacemos caso de estas manifestaciones literarias y artísticas la ejecución de un reo en la España del siglo XIX estaba revestida de un complejo ceremonial en el que condenados, funcionarios varios, religiosos, agentes de autoridad, autoridades y espectadores formaban un complejo conglomerado humano.

Pío Baroja en su obra “La decadencia de la cortesía” (citada por D. Sueiro) narra así la ejecución de Higinia Balaguer:

Años después presencié la ejecución de Higinia Balaguer, la del crimen de la calle de Fuencarral, desde los desmontes próximos a la cárcel. Hormigueaba el gentío. Soldados de a caballo formaban un cuadro muy amplio. La ejecución fue rápida. Salió al tablado una figurita negra. El verdugo la sujetó los pies y las faldas. Luego los hermanos de la Paz y la Caridad y el cura con una cruz alzada formaron un semicírculo delante del patíbulo y de espaldas al público. Se vio al verdugo que ponía a la mujer un pañuelo negro en la cara, que daba una vuelta rápidamente a la rueda, quitaba el pañuelo y desaparecía. En seguida el cura y los hermanos de la Paz y la Caridad se retiraron y quedó allí la figurita negra, tan pequeña, encima de la tapia roja de ladrillo, ante el cielo azul claro de una mañana madrileña [11].

 

Este texto de Pío Baroja aporta un dato interesante que afecta a los últimos momentos de la vida de los condenados a muerte al citar a los hermanos de la Paz y la Caridad; se trata de miembros de una cofradía que actuaba para atender las últimas atenciones espirituales y materiales de los condenados a muerte, una especie de “apostolado entre los condenados a la última pena” [12].

Para los condenados por la Audiencia de Extremadura, como es el caso de nuestros reos, actuaba la Cofradía de Nuestra Señora de la Caridad, con sede en Cáceres. El historiador Ángel Rodríguez Sánchez en su obra Morir en Extremadura narra la forma de actuación de esta cofradía en 82 sentencias de muerte determinadas por la Real Audiencia de Extremadura entre 1792 y 1909 y atendidas por la Cofradía de la Caridad; desgraciadamente una laguna en la documentación entre 1877 y 1908 nos quita la posibilidad de conocer datos concretos de la atención a todos los reos ejecutados en Hervás  por parte de esta Cofradía, pero, sin duda, esta atención debió producirse de forma similar a cómo se produjo con los demás condenados a muerte.

La notificación de la negación del indulto y la confirmación de la proximidad de la ejecución de la sentencia de muerte desencadenaba una actuación institucional que aislaba al reo y lo ponía “en capilla”; la actuación de la Cofradía de la Caridad iba encaminada a dotar al reo, en los últimos momentos, de una serie de bienes materiales de los que normalmente carecía en la cárcel y de humanizar esas últimas horas en prisión buscando conseguir el arrepentimiento y la salvación del alma del condenado. Miembros de la hermandad eran enviados, en turnos de dos o tres horas, para permanecer junto al reo y reconfortarle. Mientras, otros hermanos de la cofradía recorrían las calles de la población pidiendo limosnas para atender las necesidades del reo al que iban a ajusticiar. El dinero recaudado iba destinado a financiar los gastos materiales y espirituales del preso mientras permanece en capilla: “esta dádiva será el cauce utilizado para tranquilizar la conciencia social” [13].

Estas limosnas servirán para pagar la alimentación de los reos en capilla (una alimentación especial y diferente de la del resto de los condenados: caldos de gallina, potaje, jamón, bizcochos, bolluelas, leche y vino según A. Rodríguez); para dotar de un menaje de habitación básico para aportar a esas últimas horas de cierta “comodidad”: ropa de cama, mantelería, vasos, braseros, almohadas, colchones, candiles,… y para proporcionarles algunos objetos de uso personal: tabaco, ropa para acceder al patíbulo,..

Por otro lado, se proporcionaban al reo una serie de atenciones espirituales: auxilios sacramentales, celebración de misas, organización de la última voluntad del condenado, enterramiento…

Este mismo historiador, A. Rodríguez, da una visión de cuál sería el efecto de “entrar en capilla” en los condenados a muerte:

La cárcel es un sistema de reclusión que unifica una serie de tratamientos que contribuye a fijar una imagen del condenado como ser menesteroso que ha llegado donde está por merecimiento propio. El reo que ha sido condenado a morir ha acumulado tal cantidad de sufrimiento en el tiempo de permanencia en la cárcel que, cuando llega al patíbulo, no responde al estímulo social. En efecto, la capilla desempeña un papel adormecedor; pásese a un ser hambriento que sea semiviva representación de la privación, a un estadio de abundancia artificial, para que tal hombre se derrumbe en la inconsciencia y llegue aturdido a encontrarse con la muerte” [14].

 

LA CARCEL, EL LUGAR DE EJECUCIÓN DE HERVÁS Y EL VERDUGO

 

La cárcel de Hervás que acogió a los presos durante el proceso de capilla era, como es lógico, una cárcel de Partido Judicial, y sabemos que desde hacía pocos años, estaba situada en el edificio de las Casas Consistoriales del pueblo: un edificio situado, entonces, en las afueras de la población que había sido construido a principios del siglo XVIII como enfermería del Convento de Padres Franciscanos de la Bien Parada de Abadía. El edificio fue desamortizado en la primera mitad del siglo XIX y fue adquirido por el Ayuntamiento de Hervás a un particular en 1872 para convertirlo en las Casas Consistoriales del municipio (anteriormente ayuntamiento y cárcel habían estado instalados en las dependencias del también desamortizado Convento de Padres Trinitarios de la localidad –hoy convertido en Hospedería de Turismo-).

A partir del libro “Las cárceles de España: colección de datos descriptivos y estadísticos de los establecimientos carcelarios”, publicado en 1893, conocemos algunos datos de esta cárcel de Hervás: se trataba de una cárcel de partido por sistema de aglomeración. Constaba de tres departamentos, con capacidad para 70 hombres, tenía un calabozo de castigo e incomunicación y patio para el recreo de los reclusos. Había, además, un despacho para el Jefe de la Cárcel, y un almacén para utensilios, grillos y otros efectos. Era abastecido de agua por un demandadero a partir de la fuente pública, contaba con alumbrado de petróleo y tenía dos empleados: el Jefe de la Cárcel y el Demandadero, cuyos sueldos eran de 700 y 425,25 pesetas respectivamente. “El edificio está situado a la salida de la población; no tiene local destinado a depósito municipal ni guardia para la vigilancia exterior” [15].

 

Acerca del lugar en el que se desarrollaron las ejecuciones en Hervás, en un primer momento pensamos que, debido a lo avanzado que estaba el siglo XIX y a que, por aquellos momentos, ya había muchas voces contra el hecho de que se realizaran ejecuciones públicas, con toda la parafernalia que ello conlleva –tal como hemos visto en las fuentes literarias- estas ejecuciones se habrían realizado en un patio en el interior de la prisión de Hervás. Pero la lectura de las actas de sepultura y de algún medio de prensa demuestra que fueron ejecuciones públicas todas ellas (casualmente, o no, todas se realizaron en jueves) suponemos que con todo el proceso de montaje de tablado, conducción al patíbulo en carro,…

Sabemos que en Hervás el patíbulo se instaló en el sitio de El Robledo, una zona entonces alejada del pueblo, amplia, de límites un tanto imprecisos, pero creemos que el tablado debió montarse en las cercanías de la actual Ermita de San Antón: a finales del siglo XIX el edificio de la ermita no era el actual, sino que existía otra ermita, dedicada a los Mártires San Fabián y San Sebastián, construida en el siglo XVII (existía cerca un crucero y, no muy alejado, el rollo instalado desde la consecución de la Exención y Villazgo en 1816): “era una casa rústica de una sola planta con un portal en la entrada con viguería de castaño” [16].

IMAGEN 2. Ermita de los Santos Mártires, Hervás, en cuyas cercanías se instaló el patíbulo para las ejecuciones.

 

Como norma general, el condenado era conducido hasta el lugar elegido para ubicar el cadalso en un carro y flanqueado por los funcionarios de la Audiencia, miembros de la Cofradía, alcaldes de la custodia, sacerdotes, etc. Este patíbulo situado en alto ejemplifica un doble proceso de intimidación: el reo siente que es separado de la tierra desde el momento en que empieza a subir al cadalso; el público, a su vez, percibe la elevación del patíbulo como el gigantismo de la justicia: ambos, condenado y asistentes, quedan sobrecogidos.

 

Acerca de la figura del verdugo que ejecutó las sentencias no tenemos una confirmación concreta de su nombre –no aparece mencionado su nombre en ningún documento-, aunque aparece citado en los documentos periodísticos de las ejecuciones, cuando se informa de su viaje a Hervás. Pero, aún sin que se llegue a indicar su nombre, tenemos evidencias de quién fue el verdugo que ejecutó, al menos, a los tres últimos reos ejecutados en Hervás. En su libro “Garrote vil. Rituales de ejecución, verdugos y reos en la España contemporánea”, Eladio Romero indica que a finales del siglo XIX en España había cinco verdugos titulares, cada uno correspondiente con cinco Audiencias territoriales (alguno de los cuales llegó a ser un personaje muy famoso, como el de la Audiencia de Barcelona Nicomedes Méndez López); en la de Cáceres laboraba –es el término que suele utilizarse- Saturnino de León Virreales. Apenas hemos encontrado datos de su actividad como verdugo en la provincia de Cáceres, sin embargo, sí hemos encontrado referencias de él en la prensa salmantina, ya que intervino como verdugo en el ajusticiamiento de los reos del crimen de Galisancho, llevado a cabo en la población de Alba de Tormes en 1897. En los periódicos La OpiniónEl Adelanto de los días 9 y 10 de diciembre de dicho 1897, en extensas crónicas sobre el crimen citado y las ejecuciones, se dice que Saturnino de León, natural de Toledo, era padre de cinco hijos y que, en esa fecha, llevaba ejerciendo como  verdugo doce años en los que había ejecutado a 11 condenados –habría ejercido, por tanto, desde 1885-; “su aspecto es repulsivo en alto grado y el sentimiento de repugnancia que causa auméntase al oírle hablar con cínico desparpajo de su oficio y de la precisión y seguridad de los aparatos que usa, cuya invención se atribuye y que califica de inmejorables. Conserva como recuerdo un escapulario de cada uno de los reos que ha ajusticiado, y asegura que diariamente reza algunas oraciones por su eterno descanso” [17].

Era habitual que cada verdugo poseyera su propio instrumento de garrote que transportaba a los lugares donde iba a aplicar la pena; y era frecuente que cada verdugo hiciera sobre el instrumento aquellos arreglos que él consideraba como apropiados como mejoras para su funcionamiento.

La revista El Defensor del Contribuyente nos permite conocer que Saturnino de León aún estaba ejerciendo como verdugo de la Audiencia de Cáceres en 1904.

IMAGEN 3: Revista El Defensor del Contribuyente. 30 de abril de 1904

 

Como curiosidad, hemos encontrado en el periódico Heraldo Toledano de 9 de febrero de 1909 una noticia sobre tribunales en la que se habla de un juicio por jurados contra Saturnino de León, vecino del pueblo de La Estrella, acusado de homicidio. Desconocemos si se trata del mismo Saturnino de León, de ser así sería éste un triste final para una persona que ejerció una triste profesión.

 

EL CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS

 

Para conocer el cumplimiento de las sentencias es útil recurrir a la prensa de la época ya que, como dijimos, en el Archivo Municipal de Hervás apenas han quedado rastros de estas ejecuciones. Es muy curioso observar el sensacionalismo con el que se narran estas ejecuciones en la prensa de la época. Para el caso de la última ejecución, la de Ceferino Rodríguez contamos, además de con la narración de la prensa nacional, con una fuente local que narra la ejecución con gran cantidad de detalles: se trata del periódico El Ariete, un periódico quincenal que circuló en Hervás entre septiembre de 1896 y octubre de 1897 (con anterioridad existió en Hervás otro periódico de similares características –El Eco de Hervás-, que circuló entre agosto de 1895 y marzo de 1896).

Todas fueron ejecuciones públicas, a pesar de que una Real Orden de 1894 establecía que los patíbulos no podían levantarse en lugares públicos: “los reos de la pena capital, en sus horas postreras, suelen ser asunto de de una afrentosa y despiadada curiosidad que, trocando en espectáculo el ejemplo, turba el recogimiento de que tanto ha menester el afligido, y ofende la delicadeza de los sentimientos cristianos” (R.O. 1894) [18]. La aplicación de esta ley, como puede suponerse, tuvo muchos altibajos y no se aplicó en el caso de Hervás.

 

  • Cumplimiento de sentencia: JULIÁN MARTÍN SÁNCHEZ

De los tres procesos de ejecución es del que menos datos disponemos, ya que apenas ocupó espacios en la prensa del momento. En realidad sólo hemos encontrado dos referencias: una en febrero de 1884 en la que se notifica que en la Sala Segunda de la Audiencia del Tribunal Supremo de Madrid se vio el recurso contra la sentencia impuesta por la Audiencia de Cáceres (no se indica el resultado de la vista).

IMAGEN 4: Diario Oficial de Avisos de Madrid. 9 de febrero de 1884.

 

La segunda referencia ya es relativa a la ejecución, pero no narra la ejecución misma. Se trata de una nota aparecida en diferentes periódicos (Diario Oficial de Avisos de Madrid, El Imparcial,…) en la que se da cuenta del destacamento militar que se desplazó desde Cáceres a Hervás para asistir al ajusticiamiento.

IMAGEN 5: Diario Oficial de Avisos de Madrid. 22 de abril de 1884.

 

No hay más noticias de prensa en este caso. Las últimas referencias las hemos encontrado en el Registro Civil y en el Archivo Parroquial de Hervás: son los registros de defunción y la anotación de enterramiento de Julián Rodríguez.

A partir de la anotación en el Registro Civil, realizada a las 11 de la mañana del día 24 de abril de 1884 sabemos que Julián Martín Sánchez había nacido en la Alquería del Castillo, que contaba con cuarenta y cinco años y que su ocupación era la de propietario. Falleció (hora de ejecución) a las ocho de la mañana en el sitio llamado del Robledo por muerte en garrote vil.

La inscripción en el libro de difuntos de la parroquia de Santa María de Aguas Vivas de Hervás (la única que existía en aquel momento en la población) es más explícita:

En la Villa y Partido judicial de Hervás, provincia de Cáceres, Diócesis de Plasencia, a las ocho de la mañana del veinticuatro de abril de mil ochocientos ochenta y cuatro, fue ejecutado por la justicia a consecuencia de haber cometido el delito de asesinar a su propio hijo, Julián Martín, marido de María Vázquez, natural de Orbijuela, anejo del Pino Franqueado, hijo legítimo de Juan Martín y María Rosa Sánchez. Recibió los auxilios espirituales que exije nuestra Sta. Religión, y a su cadáver se le dio sepultura esca. en el campo santo de esta villa. Y firmo: Eduardo Mendoza” (párroco de la iglesia) [19].

 

 

  • Cumplimiento de sentencia: DEMETRIO JOSÉ GARCÍA RODRÍGUEZ Y JUANA PETRA GARCÍA GONZÁLEZ.

Contrariamente a la falta de noticias de la ejecución de Julián Martín, del cumplimiento de sentencia que nos ocupa hay mucha información.

El caso de Demetrio José y Juana Petra fue el primero del que tuvimos conocimiento -y el que nos permitió “tirar del hilo” hasta conocer el resto de los casos-, y lo fue al encontrar en el acta de plenos del día 23 de diciembre de 1894 del Ayuntamiento de Hervás la siguiente reflexión:

“(…) Unánimemente se acordó así mismo, se hiciera constar en acta el sentimiento con que la Corporación ha sabido por la prensa periódica de Madrid que ha sido denegado en Consejo de Ministros el indulto de los reos condenados á la pena de muerte por la Excma. Audiencia de lo Criminal de Cáceres, por el delito de parricidio cometido en el pueblo de Mohedas perteneciente á este partido judicial, y estando muy próxima la ejecución de la Sentencia que por ministerio de la ley ha de verificarse en esta Villa, como cabeza de partido, con el fin de evitar que este vecindario presencie tan triste y doloroso espectáculo, creyendo interpretar fielmente los sentimientos caritativos del mismo, vista la excitación que reina desde que se tiene la evidencia de su pronta ejecución acuerda se dirijan comunicaciones á los Ilmos. Sres. Obispos de Coria y Plasencia, á todos los Diputados y Senadores de la provincia, á las personalidades mas distinguidas de la política, que militan en los partidos monárquicos, á los Excmos. Sres. Ministros de la Gobernación y Gracia y Justicia así como á todos los periodicos de mayor circulación de España, a fin de que todos interpongan su poderosa influencia cerca de S.M. la Reina Regente (Q.D.G.) para que ejerza una vez más la más hermosas de todas las regias prerrogativas a favor de los desgraciados reos José Demetrio García y su esposa Juana; y para en el caso de que no pudiera conseguirse por la enormidad del crimen cometido, que se dirija una instancia suscrita por todos los individuos de la Ilustre Corporación á el Ilmo. Sr. Presidente de la Audiencia de lo Territorial de Cáceres solicitando acuerde el Tribunal Sentenciador que la ejecución de la pena de muerte de indicados reos se verifique en el pueblo donde se cometió el delito, en vista de la escitación reinante que hace temer se alterara el orden público en el día que haya de llevarse á efecto, teniendo además en cuenta que producirá más ejemplaridad el castigo de los delincuentes en el lugar donde murió la víctima, que no en un punto lejano como se encuentra esta Villa, ofreciendo no obstante este Ayuntamiento sufragar todos los gastos que se originen con motivo de la ejecución en dicho pueblo (…) [20].

 

Perdido el recurso de casación, es de suponer que los abogados defensores, ante la inminencia de la ejecución de sus defendidos, intentaran que ésta no se llevara a cabo, para lo que solicitarían, con toda probabilidad, el indulto para los condenados y el cambio de la sentencia de muerte por otra menor, que sería la cadena perpetua. Esta circunstancia es la que aprovecharían los miembros del Ayuntamiento de Hervás en su intento de que la ejecución no tuviera efecto en el municipio. La Corporación de Hervás se sumaba a las peticiones de indulto a la Reina Regente (Mª Cristina, esposa del fallecido Alfonso XII y regente hasta la mayoría de edad de Alfonso XIII) o, si ésta no era concedida (“por la enormidad del crimen cometido”), pretendía de la Audiencia de Cáceres que la ejecución se realizara en el propio municipio de Mohedas donde ocurrió el asesinato, para lo que se alegaba el estado de excitación y las posibles alteraciones de orden público en la población de  Hervás y la efectividad de la ejemplaridad en el municipio de los condenados. Tal era el deseo de que no se ejecutase a los reos en Hervás que, incluso, se asumían los gastos de la ejecución en Mohedas. No tenemos noticia de que a Hervás llegara contestación de ninguna de las instancias citadas en la sesión de la Corporación (la Reina Regente, los Ministros, o la Audiencia de Cáceres), sospechamos que no fue así; lo que sí sabemos es que la sentencia se ejecutó en Hervás el día 10 de enero de 1895.

Ya la prensa, en mayo de 1894 había informado de la condena a muerte de los acusados; los periódicos El Liberal, La Correspondencia de España o La Iberia dejaban constancia del hecho:

IMAGEN 6. El Liberal. 29 de mayo de 1894.

 

El Diario de Córdoba del 1 de junio de 1894 apuntillaba: “El público dio muestras de aprobación cuando se leyó la sentencia”.

La sentencia se cumplió, como hemos dicho, el día 10 de enero de 1895. La prensa nacional se hizo amplio eco desde varios días antes, comentando el traslado a Hervás de los presos y del verdugo, el estado de excitación de los condenados esos días previos y de la ejecución final.

Por ejemplo, el Diario Oficial de Avisos de Madrid del día 7 de enero notifica la conducción en coche celular  de los presos desde Cáceres “saliendo con ellos hasta la estación el gobernador y los jefes de la guardia civil. La reo fue llorando hasta la estación. El marido iba muy sereno. La ejecución será el día 9”.

IMAGEN 7. Diario Oficial de Avisos de Madrid. 7 de enero de 1895.

 

El periódico La Vanguardia de España del día 8 indicaba que “en el mismo tren, y escoltado por una pareja de la Guardia Civil, va el verdugo”.

El diario El Liberal del día 8 de enero se hace eco del ruego que ha enviado el Ayuntamiento de Hervás a la prensa en petición de que interceda ante los poderes públicos y a diputados y senadores de la provincia para evitar el ajusticiamiento que se va debe producir en Hervás.

La ejecución, finalmente, no se produjo el día 9 como aparece indicado en alguna noticia de prensa anterior; se llevó a cabo el día 10, quizá a la espera de la resolución de la solicitud de indulto, aunque la información en la prensa aparece, como es lógico por los sistemas de comunicación de la época con algún retraso. El periódico La Correspondencia de España del día 10 de enero, pero reflejando una crónica del 9 a las 9,15 horas, comenta que los reos han sido puestos en capilla indicando que “ayer no fueron puestos en capilla, porque se esperaba la llegada  de la fuerza de caballería. Se les ha puesto a las ocho de la mañana. Hay gran afluencia de forasteros, que vienen a presenciar la ejecución.

Aquí todo el mundo trabaja por el indulto, siendo imposible conseguirlo por la enormidad del delito” [21].

Una vez los reos en capilla, la prensa da cumplida información sobre su estado; el Diario Oficial de Avisos de Madrid del día 10 informa:

Los reos se encuentran extraordinariamente excitados. Demetrio insultó esta mañana al médico forense, señor Villar; después ha sufrido un fuerte ataque nervioso. Durante él ha delirado, pronunciando frases incoherentes. Asegura que ha sido condenado por la declaración del médico forense e insulta al escribano actuario de su causa. Clama pidiendo a la Providencia amparo y protección a sus desgracias.

El espectáculo es desconsolador y triste y muy penoso para cuantos lo presencian. Los esfuerzos hechos para conseguir que se confiese resultan inútiles.

Juana, sentada en el suelo, llora desconsolada, protestando de su inocencia. Sus agudos lamentos se oyen en toda la prisión, donde es difícil entrar dadas las prohibiciones  severísimas que con este propósito se han dictado.

No obstante, adquiriré noticias, y, a falta de éstas, telegrafiaré los rumores que lleguen a mi conocimiento” [22].

 

IMAGEN 8: Diario Oficial de Avisos de Madrid. 10 de enero de 1895

 

La ejecución se produjo finalmente a las ocho de la mañana del día 10 de enero. También aparece reflejada en distintos medios de prensa; en  La Correspondencia de España del día 11 –pero reflejando una crónica de las 9,5 horas del día 10-  puede leerse: “Anoche se confesaron los reos. Esta mañana, a las ocho, se cumplió la sentencia ante numeroso gentío que acudió a presenciar la ejecución. La reo fue dando gritos de terror por todo el camino, hasta que llegó al patíbulo. Demetrio fue sereno, pero muy pálido.

Un pequeño grupo rodea constantemente el cadalso, donde están los cadáveres. No hay más gente a causa de la lluvia. Reina orden completo” [23].

El acto final, entonces, la mañana del día 10 de enero podemos imaginarlo así: después de la última cena de los condenados llegarían los auxilios espirituales, la confesión y el arrepentimiento de los reos que se prologarían a lo largo de la noche por eclesiásticos y miembros de la Cofradía de la Caridad; finalmente lo reos serían llevados en carro al patíbulo, en el sitio de El Robledo, vestidos con hábito negro, y conducidos por miembros de la Guardia Civil y Guardias Municipales. Junto al patíbulo estarían esperando las autoridades judiciales y municipales y el gentío que acudió a presenciar la ejecución. Según la costumbre de la época, los reos se sentarían en el banco del garrote rezando un Credo y con un crucifijo en sus manos y así, mientras musitaban la oración, les debía sorprender el golpe de manivela que acababa con su vida.

Como en el caso de la ejecución de 1884 hemos encontrado las inscripciones de fallecimiento y entierro en el Registro Civil de Hervás y en el Archivo Parroquial de la iglesia de Santa María de Aguas Vivas.

A partir de estas fuentes sabemos que Juana Petra García González, la primera en ser ejecutada, hija de Manuel y de Nicolasa, había nacido en la población de Mohedas y contaba con 42 años, se dedicaba a las labores de su casa y falleció a las ocho de la mañana debido a “asfisia por estrangulación” –Registro Civil-, “ajusticiada en garrote vil el Robledo por el delito de parricidio en la persona del Manuel, a las ocho de la mañana” –Registro Parroquial-.

Su marido, Demetrio José García Rodríguez era natural de Mohedas y contaba con 44 años, de profesión jornalero; fue ajusticiado en segundo lugar, a las ocho y cuarto, constando las mismas causas en ambos registros, aunque, curiosamente, en el registro parroquial se omite la apreciación “en garrote vil”.

El párroco que firmó el acta indica, en ambos casos, que recibieron los sacramentos de penitencia y eucaristía y que fueron enterrados de caridad.

Una última alusión a la ejecución la encontramos en las actas del Ayuntamiento de Hervás. En la sesión de la Corporación del día 13 de enero ésta acuerda expresar su agradecimiento a todas aquellas personas que intervinieron en el intento de lograr el indulto de los condenados:

“(…) Así mismo y por unanimidad también se acordó se hiciera constar en acta, el agradecimiento de la Corporación a los Sres. Diputados y Senadores de la provincia, y en especial á el Excmo. Sr. Don Joaquín González Fiori así como á los demás Excmos. Sres. que han gestionado cerca de S.M. la Reina, y Ministro de Gracia y Justicia para conseguir el indulto de los reos ejecutados el 10 del actual, quedando plenamente convencidos de la imposibilidad material de conseguirlo debido á la enormidad del delito cometido y malos antecedentes de los condenados á tan tristísima pena, acordando que el Sr. Presidente en nombre del Ayuntamiento, escriba á los que han intervenido dándole las más expresivas gracias, por la actividad desplegada con tan noble fin (…)” [24].

 

 

Cumplimiento de sentencia: CEFERINO RODRÍGUEZ DELGADO

Como hemos indicado, la ejecución de Ceferino Rodríguez está documentada no sólo a través de la abundante prensa nacional si no, también, a través de una extensa crónica en el periódico local El Ariete, que había empezado a publicarse en Hervás pocos meses antes de la ejecución. Ya en su primer número, el 1 de septiembre de 1896, este periódico quincenal notificaba la denegación, por parte del Consejo de Ministros, del indulto de la pena de muerte a Ceferino en sesión del día 22 de agosto –hecho que, también,  fue recogido por la prensa nacional-.

Bien nos consta que los Senadores y Diputados de la provincia en unión de otras respetabilísimas personas han hecho supremos esfuerzos para alcanzar el indulto, pero sin duda algún hado fatal persigue a este país condenado a sufrir el baldón de ver levantarse con tanta frecuencia el patíbulo, aún para reos que no tienen de común con el mismo país más que la coincidencia momentánea del sitio escogido para perpetrar el crimen” [25].

En este número de El Ariete del 1 de septiembre se aportan también algunos datos personales del condenado; se indica que era natural  de Mina de Ribera, partido de Vitigudino y vecino de Nava de Béjar, que estaba casado, era arriero y tenía en aquellos momentos 27 años. Después de narrar brevemente el crimen por el que Ceferino fue condenado a muerte y hacer una  valoración moral sobre el mismo, el periodista aporta un dato curioso: informa de que pocos meses antes de cometer el crimen, Ceferino Rodríguez vino a Hervás “exclusivamente” a presenciar como espectador la ejecución de Demetrio José y de Juana Petra.

Acercándose la fecha de la ejecución se hacen nuevos intentos de conseguir el indulto para el condenado. El diario El Imparcial del día 22 de enero de 1897 hace una reseña de la comisión de personalidades (senadores y diputados de la provincia de Cáceres) que hacen visita al Ministro de Gracia y Justicia para solicitar el indulto de Ceferino Rodríguez “que habrá de ser ejecutado uno de estos días en Hervás”. La argumentación para solicitar el indulto es extensa:

La circunstancia de haberse impuesto la pena capital tan solo por prueba de indicios, el carecer el reo de antecedentes penales, el largo tiempo transcurrido desde el mes de julio en que fue sentenciado, el haberse ejecutado hace pocos meses otra sentencia de pena capital en aquel mismo juzgado y la feliz coincidencia de haberse interpuesto el día del Santo de S.M. el rey entre la fecha en que se decretó el cumplimiento del fallo y la ejecución de éste, fueron las razones alegadas al señor Ministro de Gracia y Justicia, el cual ofreció llevar nuevamente al Consejo de ministros el asunto para que sea resuelto en definitiva. Dichos señores visitarán esta tarde al señor Cánovas” [26].

El indulto no llegó y, como en el caso anterior, los periódicos nacionales empezaron a dar noticias varios días antes de la ejecución. El periódico El Imparcial notificaba el día 9 de febrero que el día anterior, a las 8 de la tarde, había salido desde Cáceres en dirección a Hervás el reo, cuyo ajusticiamiento estaba previsto para el día 11 y cuyo indulto había sido denegado hasta en tres ocasiones: “va gravemente enfermo de tisis pulmonar, y llora con el mayor desconsuelo. Le acompaña la Guardia Civil” [27].

También por informaciones de la prensa sabemos que Ceferino, de apodo el Hospiciano, fue puesto en capilla, veinticuatro horas antes de la ejecución como era preceptivo, a las ocho de la mañana del día 10 de febrero. Los periódicos La Dinastía y El Liberal –día 11- informaban de la negativa del condenado a firmar la sentencia que le fue leída, indicando que le asistían en sus últimas horas diversos sacerdotes y personas piadosas. También informaban de su arrepentimiento y de que pasó las últimas horas escuchando con recogimiento a los sacerdotes.

Los periódicos del día 12 de febrero daban ya la información de que la ejecución había tenido lugar el día 11 a las ocho de la mañana. El periódico El País indicaba que “subió al patíbulo queriendo aparecer tranquilo, pero al sentarse en el banquillo estaba tan abatidísimo que hubo necesidad de ayudarle para que no se cayera” [28].

Pero, como decíamos, la crónica más completa de los hechos apareció en el periódico local El Ariete del día 20 de febrero de 1897.

Preliminares de la ejecución: En el tren de la madrugada del día 8 llegaron el ejecutor de la justicia y un alguacil de la Audiencia, encargado éste de conducir la ejecutoria y desde luego el público comprendió que pocos días tardaría en cumplirse el fallo, concurriendo gran número de personas a la estación a las horas del tren, deseosas de conocer al reo, que llegó a ésta en la madrugada del día 9, conducido en coche celular, custodiado por la Guardia Civil, siendo trasladado a la cárcel en un carro. La fuerza pública compuesta de un piquete de infantería y otro de la Guardia Civil mandada por sus respectivos oficiales, llegaron el día 10.

El cadalso se levantó en la planicie que forma el Robledo alto, a corta distancia de la ermita de San Antón, ocupando una buena posición que, por grande que sea la concurrencia, todos pueden contemplar el espectáculo hasta sus más pequeños detalles.

El reo: Como se ha dicho llegó en la madrugada del día 9, y fue encerrado en uno de los calabozos de la cárcel del partido, siendo entonces cuando empezó a comprender el motivo de su viaje, pues según nuestros informes, venía en la creencia de que había sido llamado para prestar una declaración. Por la tarde del mismo día 9 rogó que fuera llamada su esposa y que por telégrafo se pidiera al diputado Sr. Fiori que gestionara nuevamente el indulto, y en ambas cosas fue complacido inmediatamente. A las ocho de la mañana del siguiente día 10, le fue leída la sentencia y no pudo firmar la notificación por la excitación nerviosa que sufría y, aunque mostró bastante serenidad, en algunos momentos dio rienda al llanto.

Desde luego los sacerdotes de esta villa y los hermanos de San Vicente de Paul se constituyeron en acompañantes del reo, a quien excitaron a tomar algún alimento, pero inútilmente, porque Ceferino manifestó serle imposible deglutirlo; a las once recibió la visita de un hermano de su esposa, que le entregó una carta de ésta, manifestando sería imposible venir por encontrarse enferma; esta visita y la carta le emocionaron mucho; ya cerca de media noche hizo confesión general y a las seis de la madrugada le fue administrada la sagrada Comunión; a las siete recibió la visita del verdugo, a quien saludó afectuosamente tanto al entrar como al despedirse. Durante todo el tiempo que estuvo en capilla el pulso del reo marcaba 90 pulsaciones, a pesar de su aparente serenidad.

La ejecución: A las ocho menos cinco minutos, el infeliz Ceferino Rodríguez fue subido al patíbulo. Tanto en el trayecto como en el tablado mostró la mayor resignación, no profirió una sola frase ofensiva contra nadie; repetía las oraciones que recitaban los sacerdotes; besó con fervor varias veces el crucifijo y dio las mayores muestras de arrepentimiento confiando en Dios. A las ocho en punto quedó cumplida la justicia humana y el reo había dejado de existir.

¡Que Dios haya recibido su alma arrepentida y purificada con la pena y el perdón!.

No es cierto que Ceferino Rodríguez haya hecho pública confesión del crimen porque se le ha castigado y se haya revelado autor de otro homicidio; pero de su arrepentimiento, de muchas de las frases que ha pronunciado, se colige claramente que el Jurado no se equivocó y que los miembros que le constituyeron pueden tener la conciencia tranquila” [29].

Se nos muestra, por tanto, una crónica bastante completa del proceso: la llegada del reo y el verdugo, la estancia en capilla, la función de los Hermanos de la Cofradía de la Caridad (en este caso los hermanos de San Vicente de Paul), el levantamiento del cadalso y la ejecución.

Pero, además, hemos encontrado una crónica de la ejecución curiosa en el periódico El Isleño, de Palma de Mallorca, del día 16 de febrero (al parecer Ceferino Rodríguez había pertenecido al Batallón Baleares). Reproduciremos un par de fragmentos que pueden complementar la información anterior:

Hemos hablado con él durante su estancia en capilla, y apenas si podía contestarnos por lo abatido de su ánimo. Sólo me encargó  hiciera presente a todos los señores directores de periódicos su arrepentimiento, y que con su lectura inculcaran a los pueblos las más sanas doctrinas, para no incurrir en delitos tan abominables, con objeto de no verse en afrenta tan bochornosa. […]

Hasta la primera hora ha estado resignadísimo, confiando en recibir la gracia del indulto. A las cinco de la madrugada confesó y comulgó sin oponer resistencia alguna y muy contrito. Después tomó un chocolate, que los hermanos de la Caridad le ofrecieron y aceptó gustoso.

Al partir para el patíbulo suplicó a todos el perdón. Fue acompañado por dos sacerdotes. Al presentarse el teniente de la fuerza que mandaba la escolta hubo una escena desgarradora, por haber servido el reo en el mismo regimiento” [30].

Como en los otros casos, también se encuentran las anotaciones de la defunción en el Registro Civil y en el Registro Parroquial. En el caso del Registro Civil se indica que “se ignora si otorgó disposición testamentaria y que a su cadáver se habrá de dar sepultura en el cementerio católico de esta villa”. La anotación del Registro Parroquial, después de los datos personales del finado, indica que “murió ahorcado por el verdugo por el crimen de asesinato en la persona de Prudencio García en la jurisdicción de esta villa, se le ausilio hasta en última hora y firmo, Eduardo Mendoza” [31].

 

La de Ceferino Rodríguez debió ser, quizá, de las últimas ejecuciones públicas en nuestro país; la sensibilización social contra el carácter público y festivo que habían tenido estas ejecuciones en el pasado promovió el desarrollo de legislación contraria a la misma. Finalmente,  la denominada Ley Pulido de 9 de abril de 1900 (su nombre hace referencia a Ángel Pulido, médico y  parlamentario, partidario de la abolición de la pena de muerte que promovió una iniciativa de ley contra las ejecuciones abiertas) ya suprimiría el carácter público de las ejecuciones: “…La pena se ejecutará en garrote, de día, en sitio adecuado de la prisión en que se hallare el preso y a las dieciocho horas de notificarle la señalada para la ejecución, que no sería verificada en días de fiesta religiosa o nacional” [32].

 

NOTAS:

[1] y [2]   Colección legislativa de España. Sentencias del Tribunal Supremo en materia criminal. Primer semestre de 1884, nº 131, pp. 388-390. Madrid, 1885.

[3] y [4] Colección legislativa de España. Jurisprudencia criminal. Volumen III de 1894. De julio a diciembre; nº 41. Pp. 119-122. Madrid, 1916.

[5] El País. Diario Republicano Independiente. 30 de mayo de 1894.

[6] Colección legislativa de España. Jurisprudencia criminal. Volumen II de 1896. De abril a junio; nº 159. Pp. 376-379. Madrid, 1914.

[7] y [8] Marcos Arévalo, J. (1984): El hacinamiento, la marginalidad y la pena de muerte: la cárcel de Badajoz en el siglo XX. Diputación Provincial de Badajoz. pag. 127.

[9], [10] y [11] SUEIRO, D. (1974): La pena de muerte. Ceremonial, historia, procedimientos. Alianza Ed. Madrid. pag. 134.

[12]  Fernández Sánchez, T. (1975): “Un siglo de horca y garrote en la Real Audiencia de Extremadura”. Congreso de Estudios Extremeños. Dip. Provincial de Badajoz. p. 200

[13] Marcos Arévalo, J. (1984): op. cit. p.132.

[14]. Rodríguez Sánchez, A. (1980: Morir en Extremadura. Instit. Cultural El Brocense. Diput. Provincial de Cáceres, p.63.

[15] Guillén Andreu. N. y López Cancio, A. (1983): Las cárceles de España: colección de datos descriptivos y estadísticos de los establecimientos carcelarios. Imprenta J. Comas, Sabadell.

[16] Marciano de Hervás (2009): “Historia de Hervás: sus orígenes. Estudios Bejaranos, nº 13. Centro de Estudios Bejaranos, pag. 40.

[17] El Adelanto, Diario Político de Salamanca. 10 de diciembre de 1897.

[18] Real Orden de 24 de noviembre de 1894.

[19] Archivo Parroquial de Hervás. Libro de Difuntos, 1884. Inscripción nº 37.

[20] Archivo Municipal de Hervás (AMH). Libro de actas de corporación municipal. 23 de diciembre de 1894. Legajo 31, cap. 4, folio 99.

[21] La Correspondencia de España. 10 de enero de 1895.

[22] Diario Oficial de Avisos de Madrid. 10 de enero de 1895.

[23] La Correspondencia de España. 11 de enero de 1895.

[24] AMH. Libro de actas de corporación municipal. 23 de diciembre de 1894. Leg. 31, cap. 5, fols 3v-4.

[25] El Ariete. 20 de febrero de 1897.

[26] El Imparcial. 22 de enero de 1897.

[27] El Imparcial. 9 de febrero de 1897.

[28] El País. 12 de febrero de 1897.

[29] El Ariete. 20 de febrero de 1897.

[30] El Isleño. 16 de febrero de 1897.

[31] Archivo Parroquial de Hervás. Libro de Difuntos, 1897. Inscripción nº 8.

[32] Ley de 3 de abril de 1900 (Ley Pulido).

 

BIBLIOGRAFÍA:

ARAGÓN MATEOS, S.: Delincuentes y patíbulos en Badajoz a través de fuentes literarias y periodísticas (siglos XVIII-XIX). Revista de Estudios Extremeños, 2015. Tomo LXXI, nº III, pp. 2069-2096.

  • COLECCIÓN LEGISLATIVA DE ESPAÑA. JURISPRUDENCIA CRIMINAL. Imprenta de la Revista de Legislación. Madrid, 1916.
  • FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, T.:Un siglo de horca y garrote en la Real Audiencia de Extremadura”. V Congreso de Estudios Extremeños. Diputación Provincial de Badajoz, 1975.
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  • MARCOS ARÉVALO, J.: El hacinamiento, la marginalidad y la pena de muerte: la cárcel de Badajoz en el siglo XX. Diputación Provincial de Badajoz, 1984.
  • RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, A.: Morir en Extremadura (La muerte en la horca a finales del Antiguo Régimen). Institución Cultural El Brocense. Diputación Provincial de Cáceres, 1980.
  • RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, A.: La soga y el fuego. La pena de muerte en la España de los siglos XVI y XVII. En AMNISTÍA INTERNACIONAL (ed.): La pena de muerte y su abolición en España. Los Libros de la Catarata.
  • ROMERO GARCÍA, E.: Garrote vil. Rituales de ejecución, verdugos y reos en la España contemporánea. Ed. Nowtilus, 2014.
  • SERRANO TÁRREGA, M.D.: La pena capital en el sistema español. UNED. Col. Aula Abierta, 64. Madrid, 1992.
  • SUEIRO, D.: La pena de muerte. Ceremonial, historia, procedimiento. Alianza Ed. Madrid, 1974.

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