Oct 012011
 

Serafín Martín Nieto

La actual carretera de la Montaña fue durante varios siglos denominada como camino del Calvario, por cuanto era allí donde fenecía antes de la erección de la primera capilla de la patrona de Cáceres.

En medio de un paisaje agreste, poblado de alcornoques, pinos2, castaños3 y olivos, se levantaron una serie de ermitas: San Marquino, el Amparo, el Calvario y, más arriba, la Montaña. Jalonaban el sendero las catorce pétreas estaciones del vía crucis, que servían de fervoroso reposo a los fieles que se encaminaban por esta empedrada ruta, muy frecuentada, antaño, en los trece días que la imagen de Nuestra Señora de la Soledad permanecía en el Calvario; y en la actualidad, por devoción a Nuestra Señora de la Montaña.

Para facilitar la carrera de las procesiones y la afluencia de los fieles, era imprescindible que el camino estuviese transitable. El trayecto entre la Fuente del Concejo y San Marquino discurría por el denominado empedrado “viejo”. El 1 de noviembre de 1604, habiendo concluido en 1602 la reedificación del Calvario, Benito Pavón Bravo, mayordomo de la cofradía de la Soledad, concertó con Pedro Prieto, natural de Hoyos, y el cacereño Pedro García Gata, la continuación del mismo “hasta la çerca de Gonçalo Hernández, que de presente es de don Pedro Rol de la Çerda, depositario, hasta el cabo della, a rraíz del camino hasta una peña gorda”, conforme a las siguientes condiciones: “que cada diez varas a de echar una cadena de piedra gorda y a los lados a de llevar cadenas de piedra gorda y fuerte”; “que an de quebrar e allanar todas las piedras que estuvieren en el dicho camino que se a de enpedrar, de manera que quede llano y a contento del dicho Blas Martín”. La piedra, cal y demás materiales corrían por cuenta del empedrador. El mayordomo se obligaba a abonar, cada sábado el trabajo semanal realizado a razón de 18 maravedís “por cada vara de media en quadra”. Una vez concluida la obra y tasada por Blas Martín Nacarino, se les satisfaría el total del valor más tres ducados de prometido4.

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Lám. 1. El camino de la Montaña, poblado de viñas antes de la plaga de filoxera. Foto Domingo Muriel

La cofradía de la Soledad siempre tuvo buen cuidado de que el camino estuviese en perfectas condiciones5. El mayordomo Alonso Rodríguez Bueso (1725-27) mandó repararlo: “Yttem. Es datta dozienttos y veintte reales que valen siette mill quatrozienttos y ochentta maravedís, los mismos en que se ajusttó el empedrado camino del Calvario, como constta de la conttratta y pago que se hizo a el maesttro”6.

Así quedó configurado el camino del Calvario hasta que 1896, el entonces mayordomo de la cofradía de la Montaña, don Santos Floriano acometió el, por muchos motivos, controvertido proyecto de la carretera. El 23 de octubre de dicho año, don Publio Hurtado se acercó a ver las obras iniciadas dos meses antes “para apreciar su importancia y trascendencia, enterándome entonces de que la antigua calzada había desaparecido por completo hasta más allá de la ermita del Amparo, ya profundizándola muchos metros, ya construyendo sobre ella elevados terraplenes” cortando todas las servidumbres de paso. Acto seguido, se personó en el Ayuntamiento, “con el que presumía se había contado”, para informarse del terraplén que se había iniciado entre el Amparo y el Calvario. Por ello, el 31, instó a la corporación a que se respetasen los derechos de los propietarios, muy anteriores a la existencia de la ermita de la Patrona, al tiempo que lamentaba la destrucción del “camino de penitencia”. En sesión de 5 de noviembre, el Ayuntamiento ordenaba al señor Floriano que se respetasen las servidumbres, que las vertientes de las aguas no perjudicasen, y sobre todo que se informase al arquitecto municipal, a quien la cofradía había encargado el anteproyecto, para que hiciese observar el acuerdo. El 12, el Ayuntamiento requería con urgencia al mayordomo el nombre del facultativo que dirigía las obras7.

A comienzos del siglo XXI, se la dotó de la actual configuración.

Inherentes a esta vía sacra, son las cruces. Documentadas ya en 15918, el 8 de abril de 1615, el obispo don Pedro de Carvajal y Girón concedió “a todas las personas que visittaren las cruzes de la esttazión de el Calvario en cada una quarentta días de verdadera yndulgenzia”9.

Muchas de ellas fueron donadas por devotos. Por ejemplo, en 1619, Francisco Jiménez y su mujer Juana Pérez mandaron levantar una junto al Amparo, de la que trataremos después. Pedro González Pantoja, en su codicilo de 20 de abril de 1671, dispuso: “que, en el camino del Calvario de esta villa, en el sitio que la dicha villa le diese liçençia, se ponga a su costa una cruz de cantería”10.

La cofradía se encargaba de su mantenimiento, como reflejan las cuentas del mayordomo Diego Alonso Merino (1698-1699): “Yten. Da en dacta ciento dos maravedís que se gastó en conponer una cruz que se estava caiendo camino del Calvario”11.

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Lám. 2. (Fot. Serafín Martín)

En principio, no había uniformidad en las mismas, sino que cada una era de una materia diferente. Al mayordomo Francisco Sánchez Valiente (1671-1672) pagó 17 reales “a Alonso Gonçález de Meneses, carpintero, de hazer una cruz camino del Calvario”12. Entre 1675 y 1679, el mayordomo Francisco de Colmenares encargó al herrero Sebastián del Moral una cruz de hierro13.

Por diversas causas, han sido renovadas en distintas ocasiones. Unas veces, por fenómenos naturales, como el huracán que desoló gran parte de Cáceres el 30 de septiembre de 167214. Competió al mayordomo Francisco Sánchez Valiente (1673-1674) volver a levantarlas, para lo que primeramente recogió dinero: “Yten. Se le haçe cargo de veinte reales que dio de limosna la mujer de Juan Paramás para ayuda adereçar la cruz de camino del Calvario quando se cayeron con el ayre”. La restauración la llevó a cabo el albañil Juan González, quien cobró 100 reales por su trabajo más otros 50 “por el adereço de las cruçes de çapateros y curtidores”15. De lo que se colige que, al menos algunas, fueron sufragadas por los gremios.

En otras ocasiones, lamentablemente, han sido los gamberros quienes las han derribado.

1. NOTICIAS HISTÓRICAS ACERCA DE LA ERMITA DEL AMPARO

El conocimiento cabal de la historia de las cofradías y ermitas cacereñas se ve limitado a consecuencia de la escasa diligencia de algunos de sus escribanos (secretarios en la terminología actual) que, con demasiada frecuencia, o bien omitieron reseñar los acontecimientos, decisiones, fastos y demás hechos relevantes, o bien, los despacharon con escuetas referencias que, si entonces eran de clara inteligencia para todos, hoy resultan, cuando menos, de dudosa interpretación. A una negligente custodia de los archivos documentales de nuestras hermandades hay que achacar el extravío, deterioro, destrucción y, en resumidas cuentas, la pérdida de una documentación rica y, sobre todo, esclarecedora del origen de estas congregaciones católicas que han contribuido, de manera decisiva, al incremento del patrimonio religioso, cultural, artístico y tradicional de nuestra ciudad.

Recogidas en los autos de algunos de los pleitos, a veces bastante ruidosos, que, en perjuicio de sus precarias economías, se veían obligadas a entablar para solventar los entonces frecuentes conflictos de intereses, subsisten noticias concernientes tanto a los hechos encausados como a otros coetáneos y/o anteriores. El azar ha querido que, gracias a una de estas desavenencias, podamos conocer parcialmente las etapas constructivas de la ermita del Señor del Amparo16.

La primera interrogante que se nos plantea es la relativa al momento de su erección y al porqué de su edificación en dicho lugar. Resulta imposible ofrecer una fecha concreta, pero se puede conjeturar que sus comienzos dependerían de la existencia del Calvario, al borde de cuyo camino -actual carretera de la Montaña- se alza. Inevitablemente, como en un círculo vicioso, surge la misma pregunta, ¿de cuándo data la del Calvario? Como veremos, la contratación y finalización de las obras del actual edificio están documentadas, sin embargo, con anterioridad se ubicaban allí tres cruces.

En 1619, Francisco Jiménez y su mujer Juana Pérez, mandaron labrar una cruz de cantería, cuyo pedestal, conservado hoy en la primera capilla del santuario de la Montaña, estuvo empotrado en una esquina de la ermita del Amparo. La inscripción reza así:

CRISTO TENDIDO, DESCOYUNTADO Y ENCLAVADO EN LA † ESTA † MANDO HACER FRAN(cis)CO JI(méne)Z Y SU MUJER JU(an)A PEREZ. AÑO DE 161917.

Su emplazamiento y el hecho de faltarle la cruz, indujo al padre fray Ángel Ortega al error de considerar dicha fecha como la de la erección de la ermita del Amparo18, cuya actual estructura es el resultado de la agregación de dos nuevas capillas a un humilladero que, en fecha indeterminada -con anterioridad a 1664 no se conservan las cuentas de la cofradía de la Soledad19-, construyó esta hermandad en un rellano que sirve de descanso a los peregrinos que, habiendo recorrido ya la empinada cuesta que comienza en Fuente Concejo, emprenden el último y más pronunciado repecho antes de su destino.

De dimensiones muy reducidas, en él se veneraría presumiblemente la santa cruz. Gracias al hecho de que en el transcurso de las sucesivas obras de ampliación, no se derribó ninguna de las construcciones anteriores, se ha conservado este primitivo humilladero.

Las tres fases están constatadas documentalmente e, incluso, son apreciables a simple vista. A este respecto, el plano que se acompaña, es claramente ilustrativo.

De arquitectura popular, sin estilo artístico definido, presenta en su interior una pequeña bóveda de aristas; en el exterior, dos estribos semicirculares soportan el empuje de la cabecera, plana. De mampostería, la pobreza de los materiales, visible antes de las últimas obras, ha quedado oculta bajo el moderno encalado, con lo que ha ganado en uniformidad el conjunto. Recrecido, sirvió de altar mayor a la segunda capilla. Una vez erigida la tercera y actual, las dos primeras se habilitaron como sacristía y, posteriormente, como almacén de trastos viejos, hasta que la restauración 1992 la devolvió a su uso primigenio.

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La prolongación del primitivo humilladero no se debió a la iniciativa de la cofradía de Nuestra Señora de la Soledad, su propietaria, sino a la piedad del cacereño Diego Durán de Figueroa, quien, habiendo adquirido la imagen de un Nazareno, quiso rendirle culto público.

Pertenecía a una familia hidalga, los Durán de Berrocal, feligreses de San Juan, donde tenían sus enterramientos, fundaron capellanías y obras pías. Entre sus miembros abundaron los abogados y los sacerdotes, de cuya genealogía trataremos en otra oportunidad.

Diego Durán de Figueroa no fue licenciado, como erróneamente se afirma en los autos del pleito. Debe de tratarse de una confusión con alguno de sus muchos primos, que sí lo fueron, y al hecho de que cuando se suscitó el problema de la posesión de la ermita, habían transcurrido cerca de veinte años desde la fecha de su muerte. En realidad, en ninguno de los documentos de su tiempo, tampoco en la partida de su entierro, se le atribuye tal condición. Además, los datos conocidos nos confirman todo lo contrario.

Francisco de la Cadena Samuscado, abogado del licenciado Francisco Durán de Berrocal, aseveró en el pleito, de un modo manifiestamente interesado, como ya analizaremos, que Diego Durán no sabía escribir. Sin embargo, tanto el testamento como una cédula testamentaria llevan estampada su firma, que reproducimos. Los trazos rudimentarios de la misma evidencian una escasa destreza para la escritura. Similares dificultades presentaba para él la lectura, a tenor de la afirmación del referido letrado: “sólo sabía leer aunque muy mal”20. En cambio, tenía conocimientos de música. Sustituyó a Pedro de Mohenas como organista de la iglesia de San Mateo, empleo que ejerció desde 1674 hasta su muerte, sobrevenida en 168221.

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En 1671, reunida la cofradía de la Soledad el 2 de julio, festividad de Santa Isabel, como preceptuaban sus ordenanzas, para, después de celebrada la fiesta principal, proceder a la elección del mayordomo, cargo que recaería en Francisco Sánchez Valiente, y siendo diputados caballeros por el estado noble don José de Ovando y don Gutierre Espadero de Saavedra; diputado mayordomo Alonso Pérez Tapia; alcaldes viejos Juan Martín Barreras y Luis Hernández; y nuevos, Diego Nevado y Diego Sánchez Picapiedra, “acordaron y mandaron que por cuanto el licenciado Diego Durán, vecino de esta villa, el susodicho ha traído a esta villa una echura de un Santo Cristo Nazareno y pretende que el Santo Cristo de ponerlo en el humilladero que esta cofradía tiene en el camino del Calvario, alargando la dicha ermita de forma que el Santo Cristo esté con toda decencia, y que, por todos los días de la vida del dicho Diego Durán, ha de correr el cuidado de la dicha ermita y la limosna que juntare ha de ser para él en su tiempo y después de su fallecimiento, ha de quedar la imagen del Santo Cristo y ermita para la dicha cofradía; y que el susodicho ha de tener obligación de alumbrar el Santo Cristo y, por si acaso se ofreciere el sacar la dicha imagen de su casa por alguna necesidad, ha de dar cuenta de ello a la dicha cofradía y en esta conformidad lo acordaron y firmaron”22.

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Erróneamente se viene afirmando que Diego Durán de Figueroa sólo trajo la cabeza y las manos. Incluso, en la página web de la Cofradía23, trufada de errorres, se muestra una hornacina como el lugar donde se colocó el supuesto busto. Todo es debido a una errónea lectura de la palabra “echura”24, es decir imagen.

Se desconoce el autor de este Nazareno. Las fuentes, tan escuetas casi siempre, señalan que Diego Durán lo trajo de fuera, pero no indican el lugar de procedencia. Estilísticamente, presenta grandes similitudes con el denominado antiguamente Cristo del Pardo de la parroquia de San Juan Bautista y, hoy, de la Buena Muerte. Este crucificado, como anotó Bartolomé Sánchez, gracias a las limosnas recaudadas por doña Inés de Vargas, se adquirió en 1661 en Salamanca25. Tal vez, el Nazareno del Amparo se deba al mismo escultor o a alguno de los talleres entonces existentes en dicha ciudad castellano-leonesa con anterioridad al establecimiento de los Churriguera. Se trata de una imagen de tamaño natural, de vestir, de candelero. Sólo tiene encarnadas las partes talladas: la cabeza, los brazos hasta la altura de los codos, y las piernas desde las rodillas a los pies; el tronco aparece tan sólo desbastado. La unión entre el cuerpo y las piernas se resolvía, traumáticamente, por medio de un bastidor hasta su remodelación por Antonio Fernández Domínguez, escultor afincado en Cáceres. La cabellera y las manos presentan gran sencillez en su ejecución, con cierto hieratismo en el movimiento conferido a ambas partes. Ciñe corona de espinas. De expresión serena, sin excesos de patetismo, la imagen, en su conjunto, resulta harmoniosa y bella.

Bartolomé Sánchez Rodríguez, testigo de excepción de muchos acontecimientos relacionados con la vida de nuestras cofradías a lo largo del siglo XVII, pues, no en vano, fue mayordomo de varias, entre ellas de la Soledad en 1664, refiere, en sus especies de anales, la entronización de la imagen en el primitivo humilladero26. El 3 de abril de 1672, Domingo de Pasión, la tradicional procesión de traslado de Nuestra Señora de la Soledad al Calvario se vio alterada con la incorporación a la misma del Cristo del Amparo, que iba a ser colocado en dicho humilladero. El cortejo no debió de ser muy distinto del que tuvo lugar en la tarde del domingo 28 de febrero de 1993, con ocasión del regreso del Señor a su ermita, tras las obras de restauración, depués de haber permanecido durante tres años en el altar del Cristo de la Encina de San Mateo.

Volviendo al relato de su entronización, una vez llegados al humilladero, la cofradía de la Soledad dio por cumplido, sin más, su cometido, prosiguiendo el cortejo hasta el Calvario, como se afirmaría años después: “y luego que se volvió la dicha ymajen a la dicha ermita concluida la prozesión, se volvió y sus ofiziales sin entrar en la dicha ermita a disponer lo que havía que disponer ni poner a la ymajen en su sitio, a que se quedó mi parte como se vio públicamente”27.

Y en él permanecería durante las obras de ampliación, que a sus expensas acometió Diego Durán. Tres años más tarde, el 9 de abril de 1675, se celebró su bendición. Francisco Mayorga, vicario de la villa, ofició la primera misa.

Esta segunda ermita, como hemos apuntado anteriormente, dejó intacto el primitivo humilladero, que se habilitó como altar del Santo Cristo. Las obras acometidas por Diego Durán de Figueroa consistieron en el adosamiento de un nuevo edificio, de planta cuadrada, con tejado a cuatro aguas, sobre el que se yergue una sencilla espadaña, terminada en vano de medio punto, que alberga el esquilón. En su interior, ofrece cúpula de media naranja.

La luz penetraba por un vano abocinado, que se conserva, debajo del cual se emplazaba la adintelada puerta de acceso, que, desde la mayordomía de Juan Lancho (1708-1709), se halla cegada. En las cuentas de la cofradía de la Soledad referentes a dicho ejercicio, figura el siguiente asiento: “Yten es data docientos zinquenta y cinco maravedís que costó el tapar una portada de la ermita del Santo Christo del Amparo”28. Su existencia ha quedado patente en el transcurso de las obras de restauración, si bien se ha vuelto a tapiar.

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Lám. 7. Primitivo humilladero y ampliación de Diego Durán. Foto: Serafín Martín

Pero Diego Durán de Figueroa, no se conformó con esta amplición, sino que emprendió la edificación de la tercera y actual capilla, que no llegaría a ver concluida.

El 19 de julio de 1682, estando ya enfermo, otorgó testamento ante el escribano Gabriel Antonio Briceño de Muesas. Nombró como testamentarios a sus primos los licenciados don Benito Durán de Berrocal, cura rector de San Juan, y al abogado don Francisco Durán de Berrocal (de quien trataremos más adelante por haberse arrogado el patronato sobre la ermita hasta que lo recuperó la cofradía de la Soledad), así como a su pariente Andrés Hernández de Tejada.

Con el remanente de sus bienes mandó fundar una memoria de misas laicales, cuyo primer capellán habría de ser su primo el citado abogado Francisco Durán de Berrocal, al que sucedería en el patronato la hermana de éste, Francisca Durán de Berrocal y sus descendientes; y a falta de estos, su sobrina Inés Flores de Vargas, hija de don Juan Flores de Vargas y de doña María de Berrocal, y a falta de todos ellos la iglesia de San Juan, con la obligación de mandar decir por su alma trece misas rezadas en la ermita. Mientras no estuviese concluida la obra de la ermita, se habrían de decir en San Juan. A esta memoria vinculó las tres casas que poseía y una huerta con olivos cerca de la desaparecida ermita de San Lázaro. Cumplidas las mandas testamentarias, el remanente de sus bienes muebles, se emplearía “en acabar de hacer la ermita del Santo Cristo del Amparo hasta donde alcanzare y si no se pudiere acabar con ellos, se quede en aquel estado”.

El 24 de dicho mes y año, redactó un codicilo por el que legaba varios bienes y derechos a la ermita: “Yten declaro me deve dicho señor don Diego de Aponte quinientos ladrillos que le presté. Mando se cobren para la obra del Santo Christo, que en mi testamento tengo mandado se acabe”. Para la celebración de la santa misa, dejó un cáliz de plata: “Yten declaro que yo tengo un cáliz de plata empeñado en cincuenta y cinco reales en casa de doña Clara de Ribera, mando se desempeñe y que se dé al Santo Cristo del Amparo para que esté en su ermita perpetuamente, sin que se pueda servir con él en otra parte, porque quiero esté en dicha ermita guardado debajo de llave. Y esto se haga estando dicha ermita perfecta y acabada”.

Aunque en un primer momento dejó para adorno de la ermita dos cuadros, uno de la Magdalena y otro de San Jerónimo, posteriormente se arrepintió de la donación y la revocó29.

El 30 de julio, Diego Durán de Figueroa fue enterrado en la iglesia de San Juan. Su partida de defunción reza así: “En treinta días de el mes de julio de mil y seiscientos y ochenta y dos años se enterró en esta yglesia parochial de Señor San Juan Baptista de esta villa Diego Durán de Figueroa, mozo soltero. Recibió los santos sacramentos y otorgó su testamento en diez y nueve de julio de 1682 por ante Gabriel Antonio de Muesas escrivano de esta villa. Testamentarios el lizenziado Benito Durán y el lizenziado Francisco Durán y Andrés Hernández de Texada”30.

El 13 de agosto de 1682, ante el citado escribano, se levantó el inventario de los bienes de Diego Durán de Figueroa. No poseía un gran ajuar en su casa. Los muebles eran escasos: un cofre, un ropero, una cama de madera pequeña, dos lámparas, una mesa grande, un banco y otro que tenía en la ermita. Más abundantes eran las imágenes y cuadros: una Virgen del Carmen grande, una Santa Verónica grande, una Santa Verónica pequeña de marco muy maltratado, un cuadro pequeño de San Juan de Dios viejo, una estampa de papel de un Crucifijado y otra cuyo motivo no se especifica, un retablo de una Verónica pintada en tabla viejo, un Niño Jesús pequeñito metido en su caja, un retablo de un Santo Cristo viejo, dos fruteros pintados. Guardaba también unos manteles de lienzo con puntillas y dos mangas de lienzo con puntillas del Santo Cristo. Como curiosidad, poseía quince cajas de cuerno para tabaco y un monocordio que había prestado al organista de Santa María31. No hay que olvidar que durante algunos años Diego Durán fue organista de San Mateo, cuya Fábrica parroquial aún le adeudaba dinero de su salario.

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Lám. 8. (Fot. Serafín Martín)

En el transcurso de la visita girada el 30 de julio de 1686 a la parroquia de San Juan, el licenciado don Juan López Higuero anotó que se habían cumplido ya las misas dispuestas en el testamento de Diego Durán de Figueroa, pero faltaba acabar la ermita con los bienes muebles y fundar la memoria de misas con los raíces32.

La imagen pronto contó con sus devotos. El 4 de octubre de 1679, doña Isabel de Perero Carvajal y Torres Holguín, madre de don Juan de Sande Carvajal, entre sus últimas voluntades dispuso que “se dé al Santo Christo del Anparo un velo de tafettán de la color que pareçiere a mis testamentarios”33. El 19 de enero de 1683, el malpartideño Miguel Sánchez Holguín dejó mandado en su testamento lo siguiente: “Yten es mi voluntad se digan al Santo Cristo del Amparo dos misas reçadas y se dé a dos reales de limosna”34. El 24 de marzo de 1691, doña Jimena de Mayoralgo, viuda de don Antonio José Becerra Monroy, ordenó que, entre muchas otras, se le dijeran nueve misas en el Cristo del Amparo35. El 7 de octubre de 1695, Isabel la Gabriela, mujer de Pedro Lunar encargó por su alma una misa al Cristo del Amparo por la limosna que se suele dar por decirla en su ermita36.

Francisco Durán de Figueroa, abogado, fue el encargado de acabar la tercera y última capilla. Hijo de Pedro Jiménez Vicioso y de Ana Durán de Figueroa, había nacido el 8 de diciembre de 1648, siendo bautizado en la parroquia de Santiago el 20 de dicho mes y año37. Casó en San Juan, el 14 de diciembre de 1696 con Isabel Juárez de Paniagua, hija de Juan Sánchez Moreno y de María Sánchez la Paniagua difuntos38.

Asistiendo a todo lo necesario de reparos que se han ofrecido a dicha ermita, (habiendo) perfeccionado y acabado la obra como hoy se halla”, gozó en pacifica posesión del patronato desde 1682 hasta que en 1700 el franciscano fray José de Aguilar solicitara licencia para hacer una procesión general de penitencia, “ por quanto mañana domingo que se contarán veinte y quatro del corriente, se a de hazer procesión de penitenzia por las calles públicas desta villa en remate de la misión que en la yglesia de Santa María la Maior de la dicha villa”, “se a determinado salga la ymagen de Nro Sr. Con la Cruz a cuestas, que se diçe del Lamparo y está en su hermita en el camino del Santo calvario, para loq ue se a de traer a la dicha yglesia de Santa María de donde a de salir la dicha proçessión”. La cofradía de la Soledad pretendió que se le solicitase a ella la licencia para sacar la imagen en procesión, conforme a la obligación suscrita por Diego Durán de Figueroa en 1672. Francisco Durán alegó tanto sus derechos de patronato, como que la cofradía en esos veinte años no se había ocupado para nada de la ermita “y sienpre a estado a mi quenta teniado (sic) una muger que le asista a su aseo y linpieza”.

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Lám. 9. (Fot. Serafín Martín).

Además, el cura de San Mateo, licenciado don Benito Tostado, suscitó una nueva disputa so pretexto de que él debía presidir la procesión por estar radicada en su parroquia la cofradía. Por su parte, don Alonso Domínguez Ribero, párroco de Santa María, aducía que la ermita se circunscribía a su colación “por estenderse asta Nuestra Señora de la Montaña”. El Provisor, don Miguel Gavaldón, salvando los derechos de las partes, ordenó llevar el Cristo a la procesión, con la asistencia de la cofradía con sus estandartes e insignias, so pena de excomunión y de 50 ducados para la guerra contra los infieles a quien impidira o perturbase este decisión. Y dado que saldría de Santa María, presidiría su párroco.

El 9 de febrero de 1700, Francisco de Córdova Samuscado, abogado de Francisco Durán, desmintió la certeza del traslado del acuerdo entre la cofradía y Diego Duran, alegando que no lo firmó puesto que “sólo sabía leer, aunque muy mal” y “que la dicha cofradía no pudo disponer expezialmente en lo que tocó a alargar el humilladero antiguo porque quien havía de dar lizenzia para ello havía de ser esta villa y su Ayuntamiento por ser el sitio suio y la cofradía no pudo disponer ni hazer grazia para sí de tierras agenas y públicas y a lo que más se pudo alargar fue a lo que estava edificado, y que era humilladero, que era una cosa muy corta y estrecha a que añadió el fundador una capilla bastante capaz, y oy mi parte le a trasladado a una yglesia maior que no es acesoria ni dependiente de el primer humilladero, y oy es prinzipal y no açesoria” No obstante, el licenciado Durán de Berrocal “se hallana a dejar a dicha cofradía sólo el humilladero que fue suio para que en él pueda poner la ymajen que le corresponde y también a que en dicha ermita no se pedirá limosna, ni se pondrá messa para ello en los treze días que Nuestra Señora de la Soledad asiste en el Calvario ni en el demás tiempo y que el que ubiere de dar la limosna sea voluntaria y sin pedirla en dicho sitio, con lo qual no se le haze perjuizio a la dicha cofradía y en sustanzia por este medio viene a conseguir lo que pretende, que es la causa final”.

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Lám. 10. (Foto: Manuel Hurtado Muro. Gentileza de la familia.

El 13 de septiembre de 1701, el visitador del obispado, licenciado Hermenegildo Prieto Giraldo accedió a la petición del procurador Francisco de Colmenares. en nombre de la cofradía de la Soledad y de su mayordomo Cristóbal Paniagua de que se le entregara la llave de la ermita que estaba en poder de Isabel Jiménez la Cotrina, hija de la difunta ermitaña Catalina Jiménez la Cotrina39, y de que se levantara inventario, por temor a que desapareceran las alhajas y ornamentos existentes.

Al día siguiente, “estando en la hermitta del Santtísimo Christo del Amparo, estramuros desta villa, en cattorze días del mes de septtiembre de mill setteçienttos y un años, Diego Pérez Anttúnez, ministtro de la Corona y antte mí el presentte nottario, hiço ymbenttario de las alaxas que en dicha hermitta se allaron, con asisttençia de Christtóval Paniagua, mayordomo de la cofradía de Nuestra Señora de la Soledad, que son las siguientes:

Lo primero la ymagen de Jesús Nazareno. Dos túnicas y dos camisas de su magestad, un fronttal de garanbainas, unos mantteles con encaxes, un tafettán blanco, ottros mantteles con unos encaxes pequeños, dos candeleros de azófar. Una cruz pequeña de madera. Un quadro de la Magdalena pequeño. Yna ymajen de Nuestra Señora del Carmen. Ottro fronttal de garanbaina, ottros mantteles, ottro tafettán blanco, una cruz pequeña de madera, un çielo de raso azul; dos tafettanes listtados y quattro tafettanes de quartterones de red, que es la colgadura que está en dicha hermitta, todos biejos. Una corttina de velillo negro, ottra de tafettán encarnado de la ymagen de Nuestro Señor. Seis laminittas de diferenttes pintturas. Una lámpara pequeña de azófar, dos corttinas del alttar de Nuestra Señora del Carmen. Un ara, un attril, dies marilleteros con sus pies. Y en dicha hermitta no se hallaron más bienes, la qual se zerró y ttraje la llave para enttregarla a su merçed. Y dicho ministro lo firmó. Doy fe. Enmendado garambaina. Diego Pérez Antúnez, Antte mí, Pedro Fernández de Solís,  firmado y rubricado.

En la villa de Cázeres en el dicho día mes y año, su merçed dicho visittador y vicario hizo parezer antte sí a Ysabel Cottrina, bezina desta villa, muger lexíttima de Juan Anttonio, de la qual reçivió juramento y lo hizo por Dios Nuestro Señor y una cruz en forma de derecho y promettió dezir verdad. Y siendo pregunttada qué bienes y alajas paran en su poder del Santíssimo Christo del Amparo, dijo: que en poder de la declarantte paran por de la hermitta del dicho Santtísisimo Christo: ttres fronttales, el uno de damasco encarnado y blanco y los ottros dos de ttela de garanbaina; una camisa de su magestad, quattro ramilletteros nuevos; una casulla, alva, amitto y zíngulo; un misal, un cáliz con su pattena de platta, que estte tiene entendido le dio a dicha hermitta don Françisco Durán. Que las demás alajas que estta declarante tiene en su poder, las adquirió de limosna para dicha hermitta Cathalina Ximénez la Cotrina, su madre, y algunas de ellas costteó de su caudal. Y en estta attençión y en la de aver estado la dicha su madre sirviendo en dicha hermitta a dicho Santtíssimo Christto más de veintte años, como es nottorio, pidió a dicho visittador que por conttinuar con la deboçión que a ttenmido y ttiene de cuidar de la assisttençia de dicha hermitta, le mandase entregar la llave de ella. Y en attençión a lo referido, se le mandó enttregar dicha llave a la dicha Ysabel Ximénez la Cottrina con la obligazión de dar fee a su merçed así de los bienes que la susodicha declara están en su poder como de los que están en dicha hermitta ymbenttariados y que dicha llave no la enttergará a persona alguna sin mandatto de su merçed o juez compettentte, pena de excomunión maior y que prozederá a lo demás que aia lugar. Y lo firmó su merçed. Testado al thenor. Ldo. Hermenegildo Prietto Giraldo. Antte mí, Pedro Fernández de Solís. firmado y rubricado”.

El 22 de dicho mes de septiembre, el procurador Fernando de Solís solicitó la nulidad del inventario en nombre del licenciado Francisco Durán de Berrocal, “quien del todo ha perfeccionado y concluido la obra y puesto la dicha ermita en la perfección que está, porque cuando murió dicho fundador sólo había unos paredones y el Santo Cristo estaba en una estrechez de una bóveda muy corta, que ahora no tiene por haberse trasladado con más decencia adonde está”. Añadió que cuando se trajo la imagen a la villa con ocasión de la misión, fue con el consentimiento de Berrocal, que se ocupó de buscar cruz y andas, pues la cofradía se limitó a su sola asistencia.

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Lám. 11. (Fot. Serafín Martín).

El 2 de noviembre, la Soledad volvió a negar a Berrocal la consideración de patrono del humilladero, so pretexto de que el licenciado Francisco Durán no había hecho más que concluir la obra iniciada por Diego Durán, conforme a sus disposiciones testamentarias, el cual se había obligado a dejar a beneficio de la cofradía la imagen y las mejoras de la capilla, cuyo cuidado había corrido a cargo de Catalina Jiménez la Cotrina, que se había servido de los ornamentos dejados por Durán de Figueroa y los comprados por ella gracias a las limosnas de los fieles.

El 19 de diciembre, el visitador licenciado Hermenegildo Prieto Giraldo, sin quitar derechos a las partes, mandó remitir todos los autos del inventario al tribunal de Coria.

El 9 de julio de 1702, el mayordomo Cristóbal Paniagua40 dio poderes a los procuradores Luis de Collazos, Pedro Díaz de Castro y Martín de Aedo para que comparecieran ante el tribunal eclesiástico de Coria.

En las cuentas de su mayordomía del 2 de julio de 1702 al de 1704, se descargó de “dos mill ziento y diez maravedís que por carta de pago pareze tuvo de costo el empedrado que se hizo junto al Santo Christo del Amparo”41, seguramente para evitar que las humedades penetraran en la ermita.

El 28 de febrero de 1707, se enterró en la parroquia de San Juan el licenciado Francisco Durán de Berrocal abogado42. Ni en su testamento ni en su codicilo otorgados ante Gabriel Briceño el 25 y 26 dicho mes y año, hace la menor alusión a la ermita y al perdido patronato, pero sí a la memoria de misas fundada por su primo Diego Durán de Figueroa43.

En adelante, los sucesivos mayordomos de la Soledad se encargarían de mantener la ermita en perfecto estado, si bien no realizaba ninguna función religiosa en el Amparo, ni tenía archivo para limosnas. Durante la mayordomía de Sebastián Bravo cantero (1709-10) se pagaron 1.275 maravedís por la compostura de las ermitas del Calvario y Amparo; en las de Francisco Ojalvo (1714-16) se recoge el pago de 10 reales y medio de diferentes reparos realizados en el Amparo; en las de Juan Gómez Chamizo (1717-19), 1.656 maravedís; en las de Pedro Hernández Duro (1721-22), 884 maravedís de arreglos en el Calvario y en el Amparo; en las de Alonso Rodríguez Bueso (1725-27), 1.071 maravedís de obras en ambas ermitas. Juan Bohoyo (1739-40), empleó 52 reales en trastejar estas ermitas44. El hijo de éste, el sabio presbítero don Simón Benito Boxoyo afirmaba, en 1794, que seguía a cargo de la Soledad45.

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Lám. 12. (Fot. Serafín Martín).

Tenemos constancia documental de que, durante la Guerra de la independencia, el Nazareno del Amparo fue llevado desde su ermita en el camino de la Montaña a la de la Soledad, sita en el interior de la población. Así lo corrobora el testamento otorgado por  doña Joaquina Rubio y Molina, en su testamento de 13 de noviembre de 1811, en en el que   mandó celebrar una misa rezada al Señor del Amparo que en el día existe en la hermita de la Soledad46.

Como tantas ermitas cacereñas, sufrió desperfectos durante esta contienda. El 30 de diciembre de 1813, una vez alejado definitivamente el enemigo francés, el mayordomo Lesmes Acedo pagó a Martín Hernández el porte de llevar quinientas tejas al Amparo47.

Pocas noticias se conservan del siglo XIX. Tan sólo sabemos que, en 1853, la imagen del Cristo poseía tres túnicas y dos camisas48.

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Lám. 13. (Fot. Serafín Martín).

A principios del siglo XX, no debía de hallarse en buen estado, pues el 24 de marzo de 1914 “se ha bendecido la capilla del Cristo del Amparo, después de la notable transformación que en ella ha hecho el piadoso mayordomo de la Soledad D. Santos Floriano. Se le ha colocado un nuevo altar, revocado las paredes, y puesto nuevo pavimento de baldosines y hecho desaparecer los poyos que la interceptaban, además de otras obras de saneamiento de no escasa importancia”. Dicho día, se colocó la nueva imagen de la Soledad en el Calvario49.En 1915, para embellecer el altar, se decoró con piezas del que se desmontó de la capilla de San Benito de la iglesia de San Mateo50 que por entonces reformaba el párroco don Santiago Gaspar Gil, gran enamorado de la Semana Santa.

La vida de la ermita fue discurriendo sencillamente gracias a las limosnas que los fieles, que entonces como hoy, en su peregrinar a la Montaña depositaban y depositan cuando se detienen a rezar ante esta devota imagen. Durante muchos años, don Pablo Floriano Cumbreño, hijo del arriba citado mayordomo, se encargó de su cuidado.

El 7 de julio del año 1989, se reunieron don Juan Andrés Dorado Pavón, don Jesús Bravo Díaz, don Santos Nicolás Martín, don Gabriel Rodriguez Alvarez, don José Ignacio Acha Mendigutia y los hermanos don Elpídeo y don Juan José Bernáldez Solano con el fin de fundar la cofradía. En una segunda reunión en noviembre, se designó a don José García Jerez como presidente de la Junta Gestora. El 4 de diciembre de 1989, monseñor don Jesús Domínguez, obispo de Coria Cáceres, aprobó los estatutos51.

Con vistas a la primera salida procesional, el Martes Santo de 1990, a mediados de enero de dicho año, en los talleres Gótico de Cáceres, se restauró la imagen del Santo Cristo, que permanecería cerca de dos años en la parroquia de San Mateo mientras concluían las obras de la ermita. Con sabio criterio, se ha decidido abrir al culto las tres capillas, por lo que se pueden contemplar las diferentes etapas constructivas de esta popular ermita.

En la tarde del domingo 28 de febrero de 1993, habiendo ya finalizada la reforma, se subió procesionalmente la imagen a su capilla, que fue bendecida por el obispo don Ciriaco Benavente Mateos.

Hasta el momento, han sido mayordomos: don José García Jerez 1989- 1994; don Jesús Bravo Díaz. 1994-2002; don Juan Narciso García-Plata. 2002- 2010; y desde 2010 don Juan Andrés Dorado Pavón.

3. APÉNDICES DOCUMENTALES

I.- Archivo Histórico Provincial de Cáceres. Protocolos de Gabriel Antonio Briceño de Muesas y Anaya. Caja 3.583. Año 1682. Doblado.

Testamento de Diego Durán de Figueroa

“En el nombre de Dios, nuestro Señor, y con su gracia, amén. Sépase por esra pública escriptura de testamento y última y final voluntad vieren como yo, Diego Durán de Figeroa(sic), vezino que soy de esta villa de Cáçeres, estando enfermo de el cuerpo y sano de la voluntad y en todo mi juiçio, memoria y entendimiento y voluntad, qual Dios, nuestro Señor, fue servido de me dar y creiendo como firmemente creo en el misterio de la Santísima Trinidad, Padre E hijo y Sprictu Santo, tres personas distintas y un solo Dios verdadero, y en todo lo demás que tiene, cree y confiesa la santa madre Yglesia romana, debajo de cuia fee y creençia protesto vivir y morir y tomando como tomo por mi ynterçesora y abogada a la gloriosísima virgen María, madre de nuestro señor Jesuchristo para que interçeda con su divina Magestad quando fuese servido de me llevar desta presente vida, encamine mi alma por el de la salvaçión, ago y ordeno mi testamento en la forma y manera siguiente:

Primeramente, encomiendo mi ánima a Dios, nuestro Señor, que la crio y la redimió con su preciosísima sangre, pasión y muerte y el cuerpo a la tierra de que fue formado.

Yten quiero y es mi voluntad que quando Dios nuesro Señor fuere servido de me llevar desta presente vida, mi cuerpo sea sepultado en la parrochial del señor san Juan Baptista en la sepultura que mis testamentarios elijieren.

Yten es mi voluntad que el día de mi entierro, si fuere ora de çelebrar, si no el siguiente, se diga por mi ánima una misa cantada ofrendada por el cura y benefiçiados de dicha yglesia.

Yten mando se digan por mi ánima çinquenta misas reçadas y se pagen a dos reales de limosna por cada una.

Yten mando se digan por las ánimas benditas dos misas reçadas. Yten mando se digan a San Diego, santo de mi nombre, otras dos. Yten mando se digan por el ánima de mis difuntos quatro misas.

Yten mando se digan a Nuestra Señora de la Asumpçión dos misas para que interceda por mi ánima.

Yten mando por penitencias mias mal cumplidas y, para si alguna cosa soy en cargo a alguna persona, de que no me acuerdo, seis misas reçadas.

Yten, quiero y es mi voluntad que si pareciere una çédula firmada mía o de qualquiera de mis testamentarios, se esté y pase por ella como parte de este mi testamento.

Yten mando se den a Ynés Flores de Vargas, hija de don Juan Flores de Vargas y de María de Berrocal quatro varas de lanparilla para un vestido que tengo en mi poder.

Yten mando otras quatro varas de lanparilla a Ynés, hija de Andrés Hernández, para un vestido.

Y para cumplir y pagar este mi testamento, mandas y legados en él contenidos, dexo y nombro por mis albaçeas y testamentarios a el licenciado Benito Durán de Berrocal, cura propio de la yglesia parrochial de señor San Juan Baptista desta villa y a Andrés Hernández, vezino della, a los quales y a cada uno ynsolidum les doy poder y facultad cumplida para que entren en mis bienes y de lo mexor y más bien parado de ellos cumplan y pagen este mi testamento y lo en él contenido, vendiéndolos en pública almoneda y fuera de ella, como les pareciere, y les dure este poder aunque sea pasado el año del albaçealgo.

Y cumplido y pagado este mi testamento y lo en él contenido, en el remanente que quedare de todos mis bienes, derechos y acciones que tengo y me pertenecen, queden y deven pertenecer en qualquiera manera, dexo y nombro y instituio de todo el remanente que de ello quedare una memoria de misas laycal y no sujeta a subsidio ni escusado ni por juez eclesiástico alguno se pueda entrometer en ella, para la qual dexo y nombro por primero capellán a el licenciado Franzisco Durán de Berrocal, abogado, vecino de esta villa, mi primo, y después de el susodicho suçeda en la dicha memoria de misas Francisca Durán de Berrocal, su hermana y mi prima, sus hijos y descendientes, prefieriendo el mayor a el menor, y el varón a la hembra. Y a falta de los susodichos, a Ynés de Flores de Vargas, hija de don Juan Flores de Vargas y doña María de Berrocal, su muger, en la misma conformidad, sus hijos y descendientes.

Y a falta de los susodichos suçeda en la dicha memoria de misas el cura y benefiçiados que fueran de Señor San Juan de la parrochial desta villa, los quales y cada uno en su tienpo an de tener obligación de decir o mandar deçir por mi ánima treçe misas reçadas en la hermita del Humilladero del Santo Cristo del Amparo y en el interim que no se acabare y se trajere licençia para poderse en ella deçir misa, se digan en la yglesia parrochial de Señor San Juan desta villaa, para lo qual y que se aya de cumplir lo aquí contenido, le dexo y nombro todo lo que valiere los bienes que yo dexare de bienes raíces, que son tres casas en esta villa, después de redimidos los censos que sobre ellas estuvieren ynpuestos.

Yten quiero y es mi voluntad que después de cumplido mi entierro y mandas que llevo hechas, lo que quedare de mis bienes muebles se gaste en acabar de açer la hermita del Santo Christo de el Amparo hasta donde alcançare y si no se pudiere acabar con ellos, se quede en aquel estado.

Y por este mi testamento revoco y anulo y doy por ninguno y de ningún valor ni efecto otro qualquiera testamento o testamentos, codiçilo o codiçilos que antes deste aya fecho y otorgado por escriptp o de palabra, que no quiero que valgan ni agan fee en juicio ni fuera de él, salvo este que al presente ago y otorgo, que quiero que valga por mi testamento, última y final voluntad o en aquella vía y forma que más y mexor aya lugar de derecho.

Y asimesmo, agrego para aumento y renta de dicha memoria de misas un huerto con olivos que está çerca de San Láçaro desta villa, con los mesmos gravámenes y condiciones referidas. Y asimismo quiero que si de los bienes muebles después de vendidos y acabada la obra del Santo Christo, sobrare alguna cosa, todo lo que quedare lo agrego a dicha memoria de misas en la misma conformidad.

Y además de las treçe misas referidas en que va cargada dicha memoria de misas, quiero se me digan por mi ánima, una misa las tres pasquas, Resurrecpción, Pentecostés y navidad, el primero día de ellas.

Y así lo otorgué por firme en la villa de Cáçeres, en diez y nueve días del mes de julio de mill y seiscientos y ochenta y dos años, siendo testigos los licenciados Thomas Flores presvítero y Benito Ojalvo y Fernando de Castro Figeroa, vezinos todos desta villa y el otorgante a quien doy fee y conosco y lo firmó. Diego Durán de Figueroa. Ante mí, Gabriel Antonio Briçeño de Muesas (firmado y rubricado)

Inventario de los bienes de Diego Durán de Figueroa

En la villa de Cáçeres a treçe días del mes de agosto de mill y seiscientos y ochenta y dos años, ante mí el presente escrivano paresçió el licenciadodon Francisco Durán de Berrocal, vezino desta dicha villa, a quien doy fee conosco y testamentario nombrado por el testamento debaxo de cuia disposición murió Diego Durán de Figeroa, vezino que fue desta dicha villa, que otorgó abierto ante mí el infra escripto escrivano, y dixo que en aquella vía y forma que más y mexor aya lugar de derecho haçía y hiço ynventario de los bienes y haçienda que quedaron por fin y muerte de dicho Diego Durán de Figeroa en la forma siguiente:

–  Primeramente un cofre pequeño viejo.

–  Un  ropero viejo de dos guardas.

–  Un caxón grande.

–  Una cama de madera pequeña.

–  Más veinte y çinco varas y media de lienço basto.

–  Quatro varas de telilla para carpeta.

–  Tres varas y media de olandilla.

–  Un tafetán colorado de cosa de media vara.

–  Quinçe caxas para tavaco de querno.

–  Un cepillo negro.

–  Una custodia de corporales bordados.

–  Más un tafetán pequeño viejo de conclusiones.

–  Dos peines nuevos.

–  Unos manteles de lienço del Santo Christo con puntas.

–  Dos mangas de lienço con puntas del Santo Christo.

–  Una tovalla de lienço vieja.

–  Cinquenta varas de puntas bastas muy pequeñas.

–  Unos caçillos de vidrio.

–  Una onça de seda negra.

–  Un ábito largo de vaieta fina el manteo quasi nuevo y la loba muy vieja.

–  Una Nuestra Señora del Carmen grande.

–  Una Santa verónica grande.

–  Dos fruteros de pintura.

–   Dos campanas, una maior que otra, que la una pesará quarenta libras y la otra veinte y çinco.

–  Un sigurón viejo y mellado.

–  Un rastro pequeño viejo.

–  Una Verónica pequeño su marco muy maltratada.

–  Un quadro pequeño de San Juan de Dios viejo.

–  Una estanpa de un Santo Christo Criucificado de papel.

–  Otra de lo mismo.

–  Otro retablo de una Verónica pintada en tabla viejo.

–  Más unas medias de paño pardo nuevas.

–  Una montera de lo mismo.

–  Veinte y çinco varas de paño pardo.

–  Un Niño Jessús pequeñito metido en su caxa.

–  Una vanca vieja.

–  Otra que está en el Santo Christo.

–  Un açadón pequeño.

–  Un sacho viejo.

–  Un almires pequeño que pesó tres libras.

–  Quatro arrovas de lana negra lavada.

–  Treçe libras de toçino y chorisos.

–  Media libra de lana sucia.

–  Media libra de añil.

–  Dos vigas grandes de pino.

–  Quatro tablas acepilladas.

–  Un burro pequeño.

–  Una messa grande que a tenido cajón.

–  Dos pares de medias de lana nuevas.

–  Un retablo de un Santo Christo viejo.

–  Diez y seis doblones de a dos escudos de oro.

–  Treçe reales de a ocho de plata.

–  Más quarenta y çinco reales en tarjas.

Con lo qual se feneció ell dicho ynbentario por el dicho lzdo. D. Francisco Durán de Berrocal abogado en esta villa como testamentario del dicho Diego Durán de Figueroa y juró en forma de derecho no aver quedado el susodicho más bienes de los expresados y lo firmó, de que doi fee. Franzisco Durán de Berrocal. Ante mí, Gabriel Antonio Briçeño de Muessas firmado y rubricado»

***

Francisco Durán de Berrocal, vezino y abogado desta villa, y testamentario ynsolidun fr Diego Durán de Figeroa digo: que en el testamento con que murió dicho Diego Durán en una cláusula de él que otorgó ante el presente escrivano, dispuso que si pareciese una cédula firmada de su nombre o de sus testamentarios, se estuviese a ella como a parte de su testamenteo y tuviese la misma fuerça, la qual hiço y firmó que es esta que presento con la solenidad neesaria. Por tanto,

A vuesa merced pido y suplico mande que dicha cédula se ponga en el protocolo con dicho testamento para que ande todo junto y sea una misma disposi- cIón, que es justicia que pido. Y que de uno y otro se me den los traslados necesarios, interponiendo a ello v. merced su autoridad y decreto judicial. Francisco Durán de Berrocal (firmado y rubricado).

Aquí la zédula

En la villa de Cázeres en cinco días del mes de agosto de mil y seiscientos y ochenta y dos años, el señor lzdo. don Franzisco Ramírez de Lezcano, abogado de los Reales Consexos, alcalde Maior en la dicha villa y su tierra por su Magestad, aviendo visto el pedimento y zédula presentada por esta parte, mandó se ponga en el protocolo juntamente con el testamento contenido en el pedimento y que ande todo junto a lo qual su merced dixo que ynterponía y ynterpuso si authoridad y decreto judicial quanto puede y a lugar de derecho y mandó se le dé a las partes ynteresadas los traslados que pidieren y así lo proveió, mandó y firmó. Licenciado F. Franzisco Ramírez de Lezcano. Ante mí gabriel Ant. Briçeño de Muesas (firmado y rubricado).

cédula

Por quanto yo, Diego Durán de Figeroa, en mi testamento que otorgué ante Gavriel Briceño en diez y nuebe días del mes de jullio de seisçientos y ochenta y dos deste presente año, en una cláusula dispuse si pareçiese una çédula firmada de mí o de mis testamentarios, se estuviese a ella como parte de mi testamento. Por tanto, la ordeno en la forma siguiente:

Yten declaro me deve el Señor Andrés Hernández de Texada diez y ocho ducados que le presté.

Yten me deve Juan Alvarado, que vive conmigo, del arrendamiento de la casa, çinco ducados y seis reales.

Yten me deve el ldo. Juan Pulido Huerta de un quarto, digo de dos quartos de toro que le vendí, treinta reales.

Yten me deve Mingo Galán veinte y un reales. Yten me deve Andrés el calero seis cargas de cal.

Yten declaro tengo en poder de el organista de Santa María un manicordio. Mando se le pida y se venda.

Yten declaro me deve don Diego de Aponte y Zúñiga treinta reales de resto del tienpo que fue mayordomo de San Matheo de el salario de organista que e sido en dicha yglesia de San Matheo.

Yten declaro me deve dicho señor don Diego de Aponte quinientos ladrillos que le presté. Mando se cobren para la obra del Santo Christo, que en mi testamento tengo mandado se acabe.

Yten declaro me deve el señor don Gonçalo de Ulloa mayordomo de la yglesia de San Matheo cinco meses que an pasado de un año diez ducados del salario de el órgano.

Yten mando que a Francisca Parrón se le entregue un guardapiés que tengo en mi poder enpeñado, con que se cunple el preçio de el olivar que le conpré en quinientos reales, que le tengo pagados con dicho guardapiés, de que está otorgada escriptura a mi favor ante Graviel Briçeño de Muesas escrivano.

Yten mando que a Juan Alvarado se le entregue una sortixa de oro pequeñita, pagando los çinco ducados y seis reales arriba referidos.

Yten me deve María Flores dos cargas de cal.

Yten me deve Juan de Paredes calero quatro cargas.

Yten declaro tengo en mi poder unos paramentos de Santana el carpintero enpeñados en quarenta reales. Pagándolos se le entreguen.

Yten declaro tengo en mi poder un plato de plata de doña Catalina de Herrera enpeñado en setenta reales. Pagando mando se le entregue.

Yten quiero y es mi voluntad que el día de mi entierro asistan y aconpañe el cabildo eclesiástico desta villa y se le dé por la salida la limosna acostunbrada. Y asimismo es mi voluntad me asistan los religiosos de Nuestro Padre San Francisco y por la salida se les dé la limosna acostunbrada.

Yten declaro que yo tengo un cáliz de plata enpeñado en cinquenta y çinco reales en casa de doña Clara de Ribera. Mando se desenpeñe y que se dé a el Santo Christo del Amparo para que esté en su ermita perpetuamente, sin que se pueda servir con él en otra parte, porque quiero esté en dicha hermita guardado debaxo de llave. Y esto se aga estando dicha hermita perfecta y acabada.

Yten mando a dicha hermita de el santo Christo dos quadros, uno de la Madalena y otro de San Gerónimo.

Yten mando los dos quadros referidos no se den a dicha hermita.

Yten quiero que del remanente de mis bienes muebles después de pagado mi entierro en la forma que tengo dispuesto, todo se gaste en la fábrica de la hermita del Santo Christo, porque los raíçes son para la memoria de misas que tengo fundada. Y si sobrare alguna cosa, después de acabada, se aplique a dicha memoria de misas, para redimir algún çenso, si alcançare.

Yten declaro que dixe que dándosele a Francisca la Parrona un guardapiés que tiene en mi poder enpeñado en cien reales, se acabava de pagar un olivar que le conpré. Digo que además de el guardapiés se le den çiento y treçe reales que le estoy deviendo del preçio de dicho olivar.

Yten declaro que en poder de María Vara está una capa mía de paño pardo. Mando se le pida y si lo a vendido, el dinero, por quanto se lo dí para que me lo vendiese.

Yten mando si algunas personas pidiesen algunas deudas, con tal que no pasen de quatro reales, jurando que se les deve, lo pagen (sic) mis testamentarios sin más diligencias y así es mi voluntad.

Yten nombro por mi testamentario y albaçea, además de los nonbrados, a el licenciado Francisco Durán, mi primo, y le doy amplia facultad para que él solo y como los demás, pueda disponer de mis bienes para los efectos referidos en mi testamento y en esta memoria y çédula se contiene.

Fecha en la villa de Cáceres, a veinte y quatro días del mes de julio de mill y seiscientos y ochenta y dos años. Diego Durán de Figeroa(firmado y rubricado).

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1  Este trabajo forma parte de un proyecto de investigación propio y ha sido íntegramente costeado por el autor. La legislación civil y penal protegen al autor y castigan el plagio o fraude cometido por aquéllos que de forma sibilina no citan fuentes de donde extraen la información o a los autores que hayan publicado sobre el tema o asunto en cuestión.

2  ARCHIVO HISTÓRICO PROVINCIAL DE CÁCERES (A. H. P. Cc.). Protocolos de Juan Guerra. Caja 3.893. Año 1630. fols. 598-601v. El 12 de agosto, el licenciado Antonio Fernández cirujano y su mujer Juana Pérez como aval para el censo que iban a tomar de la cofradía de Santo Vito, ofrecieron “un pinal que tenemos detrás del hermita del Santo Calvario y haçia la fuente Balhondo”, linde el de doña Melchora de los Reyes, viñas de Diego Sánchez Solana y el monte baldío.

3   Ibid. Protocolos de Pedro de Pérex. Caja 4.142. Años 1619-1620.  El 13 de mayo de 1593 ante Juan Romero, el cabrero Pedro García cedió a su hijo Benito García “una eredad de castañar y viña que tenía en la Sierra del Calvario, exido desta dicha villa a la parte de Valdeaçores”.

4  Ibid. Protocolos de Juan Maderuelo.  Caja 4.001. Año 1604. fols. 299-300. Pedro García Gata, como vecino de Cáceres y poseedor de bienes en la villa, se otorgó también en fiador.

5   ARCHIVO DIOCESANO DE CORIA-CÁCERES (A. D. C-Cc.).Parroquia de San Mateo de Cáceres (S. M.). Libro 101 (34). Cofradía de la Soledad. Cuentas. Inventarios y otros. 1687-1744. Fol. 157v. El Mayordomo Cristóbal Paniagua (1706-1708) pagó 220 maravedís por “conponer el enpedrado del camino del Calvario” y 107 por su limpieza (fols. 195 y 197v.).

6  Ibid.. Fol. 327.

7  ARCHIVO MUNICIPAL DE CÁCERES (A. M. Cc.). Caja 19/158. Clero 1644-1896. Para más detalles acerca de las obras, consúltese ORTI BELMONTE, Miguel Ángel: Historia del Culto y del Santuario de Nuestra Señora de la Montaña.

8  A. D. C-Cc. S. M. Cofradía de la Soledad. Libro. nº 102 (35):  Nuevas ordenanzas y acuerdos hasta 1628. Y auto del obispo de Coria de 1720. Fol. 18.

9  Ibid. Libro 101 (34). Op. cit. Fol. 134.

10  A. H. P. Cc. Protocolos de Diego del Pozo. Caja 4.157. fol. 213v.

11  Ibid. Libro 101. Op. Cit. Fol. 84v.

12  Ibid. Libro 100 (33). Cofradía de la Soledad. Cuentas. Inventarios y otros. 1663-1687. Fol. 49v.

13  Ibid. Fol. 86v. “Yten. Data en data ochozientos y diez y seis maravedís que pagó a Sevastián de el Moral por hazer unan cruz de hierro para la vía sacra camino del Calbario” y otros trabajos menudos.

14  BOXOYO, Simón Benito: Historia de Cáceres y su Patrona. Publicaciones del Departamento Provincial de Seminarios de FET y de las JONS. Cáceres, 1952. Pág. 102: “le destrozó el recio viento del día de San Gerónimo en 1672”.

15  A. D. C-Cc. S. M. Libro 100 (33). Op. cit. Fol. 59v-60.

16   En esta ponencia, ampliamos las noticias históricas parcialmente divulgadas en el Boletín de la Cofradía del Amparo durante el año 1994, cuando accedimos a la petición de su entonces mayordomo, Sr. Bravo, de ir paulatinamente publicando la historia de la ermita. Por haberse suspendido la edición del boletín, quedaron inéditos gran parte del trabajo como las fotografías de mi propiedad que le entregué. Tanto uno como otras, deben de constar en el Archivo de la Cofradía, con reserva de los derechos de autor que marca la ley.

17  ORTÍ BELMONTE: Op. Cit . Pág. 101.

18  ORTEGA, Ángel P. Fr.: Historia documentada del santuario e imagen de Nuestra Señora de la Montaña, Patrona de Cáceres. Cáceres, 1924. pág. 40.

19  A. D. C-Cc. S. M.. Libro nº 100. Op. Cit.

20  A. D. C-Cc. S. M. Legajo 5. Expte. 13: Cofradía de la Soledad. Autos sobre el Patronato de la ermita del Amparo. En la catalogación anterior realizada por don Pedro Rubio Merino figura como Leg. 4. Expte. 11. Así lo recoge en su obra Inventario de Archivos Extremeños. Real Academia de Extremadura de las Letras y las Artes. Badajoz, 1993.

21  A. D. C-Cc. S. M. Cuentas de Fábrica. 1610-1685. En 1674-1675, siendo mayordomo don Diego de Galarza Ovando, cobró 396 reales de salario (fol. 245v); en 1678-1679, el mayordomo don Diego de Ovando y Torres le satisfizo 528 reales de dos años (fol. 254); en las cuentas de 1681- 1682, don Diego de Aponte y Zúñiga asentó el pago de 264 reales al organista Diego Durán (fol. 261v).

22  A. D. C-Cc. S. M.. Legajo 5. Expte. 13. Op. Cit. Fol. 7v.

23  En la historiografía cacereña, abundan los estudiosos y estudiantes que, sirviéndose de los traba- jos ajenos para consultar una documentación a la que de otra manera no habrían podido acceder, se olvidan de citar la fuente en que han bebido. Lo que hago extensivo también a la página web de esta y de otras cofradías de la ciudad.

24  El diccionario de la Real Academia, define la palabra hechura en su acepción 8ª como “Imagen o figura de bulto hecha de madera, barro, pasta u otra materia”.

25   SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, Bartolomé: “Algunos casos dignos de notar que han acaecido en la villa de Cáceres”. Revista de Extremadura. Tomo IV. 1902. pág. 507.

26  Ibid. Pág. 531.

27  A. D. C-Cc. S. M. Legajo 5. Expte. 13. Op. Cit. Fol. 12v.

28  A. D. C-Cc. S. M. Libro nº 101. Fol. 205.

29  A. H. P. Cc. Protocolos de Gabriel Antonio Briceño de Muesas. Caja 3.583. Año 1682. Actuaron de testigos los licenciados Tomás Flores presbítero y Benito Ojalvo, además de Fernando de Castro Figueroa. Lo reproducimos íntegro en el apéndice.

30   A. D. C-Cc. Parroquia de San Juan de Cáceres A. D. C-Cc. S. J.): Libro nº 30. Difuntos- Colecturía. 1661-1733. Fol. 77.

31  A. H. P. Cc. Protocolos de Gabriel Antonio Briceño de Muesas. Caja 3.583. Año 1682.

32  A. D. C-Cc. S. J. Libro de Difuntos-Colecturías. 1661-1773. Fol. 89v.

33  A. H. P. Cc. Protocolos de Pedro Caballero. Caja 3.625.

34  Ibid. Protocolos de Martín de Colmenares. Caja 3.704.

35  Ibid. Protocolos de Gabriel Antonio Briceño de Muesas y Anaya. Caja 3.587.

36  Ibid. Protocolos de Juan Vega Muriel. Caja 4.439.

37   A. D. C-Cc.. Parroquia de Santiago de Cáceres. (Stgo.) Libro de Bautizados. 1618-1662. fol. 331v. Fue su padrino el licenciado Francisco Durán presbítero, su tío.

38  A. D. C-Cc. S. J. Libro de Matrimonios. 1678-1763. fol. 70. Fueron testigos el presbítero licenciado Fernando de Castro, el escribano Juan del Pozo y Antonio Melo.

39   A. D. C-Cc. S. J. Libro de Difuntos-Colecturías 1661-1733. Fol. 144v. Se enterró 1 de julio de 1701.

40  A. D. C-Cc. S. M. Legajo 5. Doc. 13. Op. Cit. Había sido elegido el 2 de julio de 1701, en sustitución de Juan Gregorio Becerra, su antecesor

41  A. D. C-Cc. S. M. Libro 101. Op. Cit. Fol. 157v.

42  A. D. C-Cc. S. J. Libro nº 30. Difuntos-Colecturías. 1661-1730. Fol. 169v.

43  A. H. P. Cc. Caja 3.601.

44 A. D. C-Cc. S. M. Libro 101. O. Cit. Fols. 213, 242, 257, 303, 327, 336, 403v.

45  BOXOYO, Simón Benito: Historia de Cáceres y su Patrona. Publicaciones del Departamento Provincial de Seminarios de FET y de las JONS. Cáceres, 1952. Pág. 102: “Corre al cuidado de la cofradía de nuestra Señora de la Soledad”.

46  A. H. P. Cc. Protocolos de Francisco Donís García, escribano de Cáceres. Caja 3.764.

47  A. D. C-Cc. S. M. Legajo 5. Doc. 15.

48   A. D. C-Cc. Inventarios 1800 y siguientes: “Ymventario que doy yo   Pedro Polo, vecino de Cáceres, como mallordomo (sic) de la cofradía de la Soledad de esta capital de los efectos que tengo en mi poder por mandado de la Santa Visita echa en el año de 1853”.

49  A. D. C-Cc. Diario de Cáceres. Nº 1.262.

50  HURTADO, Publio: La Parroquia de San Mateo de Cáceres y sus agregados. Cáceres, Imprenta la Minerva, 1918. Pág. 147.

51  http://www.cristodelamparo.org/

 

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